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Idea transversal

Patronato regio

Régimen jurídico-político por el cual el papado delegó a la Corona española el control sobre la Iglesia católica en América: nombramiento de obispos, cobro de diezmos, autorización de bulas y gobierno del clero. Funcionó durante tres siglos como nervio central de la administración indiana y, tras la independencia, fue heredado como instrumento y como problema por las repúblicas latinoamericanas.

4.369 palabras33 documentos40 fragmentos citados
Patronato regio

Trayectoria de una idea

  1. 1493

    Bulas alejandrinas: fundamento pontificio del patronato

  2. 1494

    Tratado de Tordesillas desplaza la línea de demarcación

  3. 1500

    Consolidación del andamiaje patronal en Indias

  4. 1717

    Creación del Virreinato del Nuevo Reino de Granada

  5. 1767

    Expulsión de los jesuitas: acto extremo del patronato borbónico

  6. 1814

    Encíclica Etsi Longissimo: Roma apoya a la Corona española

  7. 1824

    La Gran Colombia legisla el patronato republicano

  8. 1887

    Concordato de 1887: cierre del ciclo conflictivo

03

La lectura

El patronato regio no fue simplemente un privilegio eclesiástico: fue la arquitectura invisible que sostuvo tres siglos de gobierno colonial en América, convirtiendo al clérigo en funcionario y al altar en extensión del trono. En el Nuevo Reino de Granada su funcionamiento real distó del esquema piramidal que proclamaba: arzobispos enfrentados a las órdenes, cabildos eclesiásticos en pugna con la Audiencia y oidores divididos en facciones clientelares dibujaron un campo de negociación permanente más que una cadena de mando tersa. El giro borbónico del siglo XVIII lo transformó en instrumento de reforma ilustrada —la expulsión de los jesuitas en 1767 fue su expresión más radical—, sembrando en la élite criolla el resentimiento que alimentaría la independencia. Cuando las repúblicas nacieron, el patronato sobrevivió a la Corona que lo había ejercido, convertido en herencia envenenada: ni la Iglesia quería cederlo ni el Estado sabía cómo administrarlo sin el respaldo de Roma, y esa tensión estructuró el conflicto político colombiano durante todo el siglo XIX hasta que el Concordato de 1887 lo reemplazó por un nuevo pacto bilateral.

El patronato regio fue el régimen jurídico-político que otorgó a la Corona española el control sobre la Iglesia católica en sus dominios americanos: nombramiento de obispos y beneficiados, cobro de diezmos, autorización de bulas y edificios, intervención en tribunales eclesiásticos, fundación de misiones y gobierno del clero secular y regular. Concedido por el papado a finales del siglo XV y perfeccionado a lo largo del XVI, funcionó durante tres siglos como el nervio central de la administración indiana: la Corona no gobernó América solo con audiencias, virreyes y gobernadores, sino también a través del altar, porque el clérigo que bautizaba, doctrinaba y confesaba derivaba su nombramiento y sus rentas del rey. Cuando el imperio se derrumbó, el patronato no cayó con él: las nuevas repúblicas lo heredaron como instrumento y como problema, y en el caso colombiano se convirtió en el campo de batalla donde liberales y conservadores libraron, durante todo el siglo XIX, la disputa constitutiva del Estado. Lo que sigue reconstruye ese arco, con foco en el Nuevo Reino de Granada y luego en la República de Colombia, desde las bulas alejandrinas de 1493 hasta el Concordato de 1887.

Qué era el patronato: la fusión de dos soberanías

En su formulación más simple, el patronato consistió en la delegación pontificia a los reyes de Castilla de un conjunto de facultades que, en la tradición canónica, correspondían al papa. Tres eran los derechos centrales que la bula fundacional puso por escrito: la prohibición de erigir o edificar iglesias grandes sin autorización regia, el patronato en sentido castellano tradicional —la protección y dotación de los templos como si el rey fuera su fundador— y el derecho de presentación de personas idóneas para catedrales, monasterios, dignidades, colegiatas y demás beneficios eclesiásticos. Sobre esa base mínima, la práctica indiana fue añadiendo capas hasta convertir el patronato en un régimen omnicomprensivo.

En la práctica cotidiana implicaba cinco cosas simultáneas. Primero, la Corona nombraba obispos y beneficiados en todos los niveles de la jerarquía. Segundo, recibía los diezmos en nombre de la Iglesia y los administraba para el sostenimiento del culto y del clero. Tercero, revisaba o intervenía en las sentencias de los tribunales eclesiásticos. Cuarto, ninguna disposición o bula papal podía circular ni aplicarse en Indias sin autorización regia previa. Quinto, la fundación de misiones y el gobierno administrativo del clero secular y regular quedaban bajo control real. A cambio, la Corona asumía la obligación de edificar y sostener las iglesias necesarias y sufragar los gastos del culto.

El efecto fue que los clérigos de Indias —desde el arzobispo de Santafé hasta el doctrinero de un pueblo de indios en el altiplano cundiboyacense— quedaron integrados en la administración real. Los altos dignatarios eclesiásticos eran, casi sin excepción, de procedencia española y no americana, y su relación efectiva no era con Roma sino con Madrid: se comunicaban con el rey, respondían al Consejo de Indias, dependían de la cédula regia. La Iglesia americana no fue, en rigor, una provincia de la Iglesia universal gobernada desde el Vaticano; fue una rama de la monarquía católica gobernada desde la corte. Esa es la anomalía institucional que hay que retener para entender todo lo demás.

Las bulas alejandrinas y la construcción del andamiaje

El punto de partida son las tres bulas que Alejandro VI —el papa valenciano Rodrigo de Borja— promulgó en 1493 a favor de los Reyes Católicos. Las dos primeras, ambas llamadas Inter caetera, se fecharon el 3 y el 4 de mayo; la tercera, Dudum siquidem, el 26 de septiembre. La segunda Inter caetera trazó la línea de demarcación entre Castilla y Portugal mediante un meridiano situado a cien leguas al oeste de determinados puntos atlánticos, meridiano que al año siguiente fue desplazado por el Tratado de Tordesillas hasta las 370 leguas al oeste de Cabo Verde. En esas bulas los Reyes Católicos recibieron, en su condición de "príncipes cristianos", derechos sobre las tierras del Nuevo Mundo con la carga correlativa de evangelizar a sus habitantes.

Ese fue el fundamento jurídico-pontificio invocado para legitimar el dominio castellano en América. La lógica era simple y contundente: el papa, como vicario de Cristo, disponía de las almas por descubrir; delegaba su cuidado en los reyes cristianos que asumieran la empresa; y esa delegación traía consigo un poder temporal indistinguible del espiritual. La conquista fue, en su justificación oficial, una empresa evangelizadora, y la evangelización fue, desde el primer momento, un asunto de Estado. Esta simbiosis —religión y monarquía fundidas en una sola razón— explica por qué la cristianización de los indígenas neogranadinos no fue meramente un proyecto religioso sino una política de Estado, con todo lo que la expresión implica de coordinación, financiación y control.

Sobre las bulas alejandrinas se fueron acumulando concesiones posteriores que precisaron y ampliaron el patronato hasta convertirlo en el régimen que gobernó la Iglesia indiana durante tres siglos. Como toda estructura viva, se dotó de intermediarios: en América, las prerrogativas del rey se ejercían a través de virreyes, presidentes de audiencias y gobernadores, que actuaban como vicepatronos. En el Nuevo Reino de Granada eso significó que el presidente de la Audiencia de Santafé —y desde 1717 el virrey— tenía en sus manos la maquinaria eclesiástica de un territorio inmenso: presentaba candidatos, autorizaba fundaciones, arbitraba conflictos, controlaba la circulación de disposiciones romanas.

El patronato en el Nuevo Reino: un andamiaje fracturado

El modelo, sobre el papel, era una correa de transmisión coherente: el rey mandaba, los vicepatronos ejecutaban, los prelados obedecían, los frailes doctrinaban. En la práctica del Nuevo Reino de Granada, esa maquinaria funcionó como un espacio de conflicto continuo, no como una jerarquía tersa.

Las órdenes religiosas —dominicos, franciscanos, agustinos, jesuitas, entre otras— fueron las grandes protagonistas de la cristianización neogranadina durante los siglos XVI, XVII y XVIII. Adquirieron un poder e influencia social, política y cultural tan considerables que, junto con los obispados, constituyeron el eje efectivo de la Iglesia católica del virreinato. Y ese poder chocaba estructuralmente con el del clero secular. Los arzobispos y obispos del Nuevo Reino se enfrentaban con frecuencia a las órdenes, que gozaban de exenciones canónicas, doctrinas rurales prácticamente autónomas y superiores que no residían en Indias. En el ámbito civil, la Real Audiencia de Santafé se desgarraba a su vez por disensiones internas: los oidores se apoyaban en facciones clientelares propias y arbitraban los conflictos eclesiásticos con lealtades cruzadas.

La correspondencia del arzobispo Luis Zapata de Cárdenas, a fines del siglo XVI, es reveladora. Zapata escribió al Consejo de Indias denunciando lo que veía en las doctrinas rurales: frailes que consideraba hombres incapaces, algunos incluso delincuentes huidos de la justicia, que vivían en chozas que llamaban monasterios "sin ley ni orden". Del otro lado, el cabildo eclesiástico de Santafé se quejaba de lo poco que producían los diezmos y denunciaba la continua intromisión de la Audiencia en asuntos que competían a la Iglesia. Es el patronato mostrando sus dos caras a la vez: la queja del arzobispo pidiendo más control sobre las órdenes, y la queja del cabildo pidiendo menos control civil sobre el clero. La Corona era, al tiempo, aliada y adversaria de cada actor eclesiástico.

Ese cuadro —arzobispos peleados con las órdenes, cabildos peleados con la Audiencia, oidores peleados entre sí, órdenes celosas de sus fueros— define mejor el patronato indiano que cualquier esquema piramidal. Era menos un mecanismo de dominación vertical que un campo de negociación permanente, donde la agencia de los actores locales —criollos incluidos— resultaba real y decisiva. La Corona no gobernaba la Iglesia americana con la firmeza de un dueño: mantenía el equilibrio inestable de un árbitro que a veces perdía el control de la partida.

Los Borbones: intensificación regalista y expulsión de los jesuitas

El siglo XVIII trajo un cambio de tono. La nueva dinastía borbónica, llegada al trono en 1700, importó de Francia una concepción más rigurosa y racionalista del poder real. Aplicada a la Iglesia, esa concepción se tradujo en regalismo: un endurecimiento del control regio sobre el clero, una desconfianza sistemática hacia todo poder eclesiástico que no derivara directamente del monarca, y una voluntad de reducir la mediación romana al mínimo. Las reformas borbónicas buscaban obtener, en la fórmula descarnada que resume su ambición, un clero completamente dócil y controlable por la Corona.

En términos concretos, el regalismo borbónico limitó las comunicaciones entre los episcopados americanos y la Santa Sede: se prohibieron las visitas ad limina —las visitas periódicas de los obispos a Roma— y las informaciones sobre el estado de las diócesis dejaron de circular libremente. La Iglesia indiana quedó, más que nunca, encerrada dentro del perímetro administrativo del imperio. La creación del Virreinato del Nuevo Reino de Granada en 1717, con Santafé de Bogotá como capital, fue la primera manifestación borbónica del fortalecimiento administrativo colonial, y la política eclesiástica marchó en paralelo con la reorganización civil.

Las órdenes religiosas se convirtieron en objeto privilegiado de sospecha. Los ministros borbónicos las concebían como entidades díscolas: habían mostrado gran independencia bajo los Habsburgo, dependían de autoridades internacionales fuera de España y respondían a lealtades supranacionales que la razón de Estado ilustrada no toleraba. Entre todas, la Compañía de Jesús aparecía como la más peligrosa. Sus reducciones —los conjuntos misionales autogobernados en fronteras remotas— resultaban imposibles de vigilar por las autoridades reales; y su enseñanza jurídica, que incluía doctrinas sobre el origen popular del poder y los límites de la soberanía, se consideraba subversiva en el contexto absolutista del siglo XVIII.

La consecuencia fue la orden de expulsión de 1767. Los jesuitas fueron sacados de todos los territorios de la monarquía hispánica, sus bienes expropiados, sus colegios cerrados o transferidos, sus reducciones desmanteladas. En el Nuevo Reino de Granada eso significó, entre otras cosas, la interrupción abrupta de la labor misional en los Llanos Orientales y una vacante educativa considerable, pues los jesuitas dominaban buena parte de la enseñanza superior. La disputa por ese vacío fue inmediata: los dominicos entraron en conflicto con las autoridades locales por el control de la educación superior, y el asunto se tensó particularmente con el caso Mutis en 1774, cuando el enfrentamiento en torno a la enseñanza del sistema copernicano puso en evidencia el choque entre la ciencia ilustrada y la escolástica dominicana.

Esas tensiones muestran al patronato ya no como andamiaje de la conquista sino como instrumento de la reforma ilustrada. La expulsión de los jesuitas fue un acto extremo de patronato: la Corona disponía de una orden religiosa universal como quien disuelve un batallón. Y sembró, al mismo tiempo, las condiciones de su propio final: la élite criolla que en pocas décadas iría a la independencia se formó, en parte, en el resentimiento contra las intromisiones borbónicas y en el vacío intelectual que la expulsión de la Compañía dejó tras de sí.

La independencia y la herencia problemática

Cuando entre 1810 y 1824 las colonias hispanoamericanas se separaron de España, el patronato quedó suspendido en el aire jurídico. No fue abolido: fue incorporado —incompleto, disputado, contradictorio— a la estructura de los nuevos Estados. Y ese gesto de continuidad, más que cualquier otro, definiría el carácter conflictivo de las relaciones entre la Iglesia y las repúblicas latinoamericanas durante todo el siglo XIX.

Roma no facilitó las cosas. En 1814, el papa Pío VII publicó la encíclica Etsi Longissimo exhortando a los hispanoamericanos a la obediencia y sumisión al gobierno español. Diez años después, León XII mantuvo una actitud semejante de apoyo a la Corona frente a las independencias. La Santa Sede, comprensiblemente, prefería tratar con un interlocutor conocido y católico —el rey de España— antes que con repúblicas nacientes de dudosa ortodoxia liberal. Esa hostilidad inicial dejó a la Iglesia americana en una situación paradójica: sin patronato regio efectivo, con sedes vacantes y sin reconocimiento romano de las nuevas autoridades civiles.

En el Caribe neogranadino el vacío fue palpable. Las dos diócesis de Cartagena y Santa Marta permanecieron sin obispo durante un período prolongado tras la independencia. La mayoría de los sacerdotes y misioneros españoles abandonaron el país, dejando muchas parroquias desatendidas. En la Gran Colombia, mientras Salvador Jiménez de Enciso ocupaba Popayán y Rafael Lasso de la Vega estaba en Mérida, otras diócesis como Quito y Santa Marta seguían vacantes. La Iglesia católica en los territorios recién independizados era una institución descabezada.

Simón Bolívar entendió tempranamente que sin acuerdo con Roma la administración eclesiástica —y por tanto una porción sustancial del gobierno civil— sería imposible. Emprendió gestiones para que la Santa Sede reconociera a la Gran Colombia como jurisdicción religiosa autónoma. Los papas León XII y Pío VIII terminaron concediendo la creación de un episcopado nacional independiente de las disposiciones de la Corona española, en un proceso que llevó años de negociación y que abrió, con el reconocimiento eclesiástico, la puerta al reconocimiento diplomático del Estado Pontificio.

Sin esperar a Roma, sin embargo, el Congreso de la Gran Colombia legisló. En los años veinte del siglo XIX, impulsada entre otros por el presbítero Juan Nepomuceno Azuero Plata, se aprobó una ley de patronato eclesiástico. La lógica que la sustentaba era clara: la República era heredera del Estado español, y por tanto heredaba también las prerrogativas de patronato que la Santa Sede había concedido a los reyes católicos. Esa tesis —la República como sucesora del rey en la relación con la Iglesia— sería sostenida por buena parte de las élites republicanas durante décadas.

El Congreso de Cúcuta ya había adoptado una decisión que tensaría aún más las relaciones con el Vaticano: nacionalizar los conventos con menos de ocho miembros y transformarlos en escuelas secundarias. La Convención Granadina de 1832 revalidó la ley del 6 de agosto de 1821 y la de 7 de abril de 1826 sobre supresión de conventos menores, destinándolos a casas de educación. Y en enero de 1832, una ley fijó los límites de las diócesis de Bogotá y Popayán con las de Mérida y Quito, para uniformar la demarcación territorial civil con la eclesiástica, pues existían parroquias granadinas dependientes de prelados venezolanos y ecuatorianos. La República, sin decirlo con esas palabras, actuaba como patrona.

El patronato republicano: instrumento y fricción

Durante las primeras décadas de la vida independiente, los gobernantes neogranadinos mantuvieron la institución del patronato como mecanismo de control sobre el poder eclesiástico. La razón era menos ideológica que pragmática. El pueblo aceptaba casi universalmente la autoridad de obispos y curas; en contraste, percibía a los nuevos gobernantes como algo lejano, y el Estado era débil en cobertura territorial y legitimidad. En esas condiciones, gobernar sin controlar a la Iglesia era, sencillamente, no gobernar. El patronato republicano fue, en buena medida, síntoma de la debilidad estatal antes que expresión de una voluntad de dominio: la única manera de estar presente en el país profundo era estarlo a través de los curas.

El ejercicio del patronato republicano incluyó, entre otras exigencias, la obligación de los ministros del clero de jurar obediencia a la Constitución y las leyes como condición previa para ejercer su ministerio, bajo pena de destierro sin procedimiento judicial. La disposición desató resistencias inmediatas. Sacerdotes que se negaron a acatar las disposiciones vieron sus iglesias cerradas, con las consecuencias predecibles sobre la vida sacramental y el orden público en localidades enteras. La primera gran crisis abierta entre la Iglesia y el Estado neogranadino tuvo por protagonista al arzobispo Manuel José Mosquera, hermano del futuro presidente Tomás Cipriano de Mosquera, desterrado por defender los derechos eclesiásticos frente a las pretensiones del poder civil.

El caso Mosquera es paradigmático porque exhibe la contradicción de fondo: el patronato republicano se aplicaba con la misma lógica autoritaria de la Corona —desterrar prelados incómodos— pero sin la legitimidad papal que la Corona sí había tenido. La Santa Sede podía tolerar que un rey católico expulsara a un arzobispo; toleraba mucho peor que lo hiciera un gobierno constitucional cuya ortodoxia religiosa era discutible. La fricción era estructural, y crecía.

La ruptura liberal: 1850 y el desmonte del patronato

El punto de inflexión llegó con la presidencia de José Hilario López. En 1850, el partido liberal adoptó como base doctrinal de su política el principio de separación entre Iglesia y Estado, expresado en la fórmula del conde Camillo Benso di Cavour: "Iglesia libre en el Estado libre". El horizonte era, en principio, terminar con el patronato: si la Iglesia y el Estado eran esferas separadas, ninguno podía nombrar a los ministros del otro, ni cobrar sus rentas, ni intervenir en sus tribunales.

En la práctica, el liberalismo neogranadino hizo algo más ambiguo: junto con proclamar la separación, impuso la tuición de cultos, que sometió a la Iglesia no solo a vigilancia sino a dependencia del poder civil, y restableció el ejercicio del patronato prescindiendo de la intervención de la Santa Sede en los asuntos administrativos del culto. El gobierno liberal ejerció más patronato del que la Iglesia estaba dispuesta a aceptar, pero se negó a negociarlo con Roma. La contradicción produjo, previsiblemente, una guerra abierta.

La legislación obligó nuevamente a los ministros del clero a jurar obediencia a la Constitución y las leyes bajo pena de destierro sin proceso. Muchos sacerdotes respondieron cerrando iglesias. El ambiente político del período 1850-1876 estuvo marcado —lo dirían con estupor incluso los propios radicales— por la lucha entre laicos y clero, entre gobierno e Iglesia, entre autoridades civiles y comunidades religiosas expropiadas de sus bienes en 1861 mediante la desamortización decretada por Mosquera, ahora presidente. Se produjo entonces la expropiación de los bienes de las comunidades religiosas, uno de los actos más audaces —y más resistidos— del ciclo reformista liberal.

Conviene, en este punto, moderar un lugar común. La imagen de una Iglesia colombiana propietaria de un tercio de las tierras cultivadas del país, muy repetida por la propaganda liberal decimonónica, no resiste el examen regional. Estudios sobre el Tequendama y sobre partes de Antioquia muestran que el papel de la Iglesia como propietaria rural era secundario y en ocasiones casi nulo. La desamortización tuvo, sin duda, efectos económicos y simbólicos considerables, pero se aplicó sobre una base menos abrumadora de lo que la retórica de la época daba por sentado.

En enero de 1862, en plena guerra civil, el presidente Tomás Cipriano de Mosquera escribió al papa Pío IX una carta que condensa la posición liberal más radical sobre el patronato. Mosquera justificaba el derecho de Colombia a heredar el patronato que antes ejercía la Corona española, y señalaba que cargos eclesiásticos habían sido ocupados por hombres que deshonraban a la Iglesia mediante conductas escandalosas, incluida la participación activa en el conflicto armado. El argumento era doble y consistente con la lógica del patronato desde 1493: el Estado tenía derecho a controlar a la Iglesia porque era su patrono, y tenía el deber de hacerlo porque la Iglesia, dejada a su suerte, se politizaba peligrosamente.

La Regeneración y la inversión del Concordato de 1887

El pendulazo llegó con Rafael Núñez y la Regeneración. La Constitución de 1886 y el Concordato firmado con la Santa Sede en 1887 —aprobado en 1888— revirtieron por completo el ciclo liberal. Y lo hicieron, además, invirtiendo la lógica misma del patronato: lo que durante siglos había sido un instrumento del poder civil sobre la Iglesia se convirtió, en 1887, en un régimen en el que el poder civil quedó supeditado al eclesiástico.

El Concordato otorgó a la Iglesia católica pleno control sobre la educación nacional, autonomía total de gobierno, restitución del fuero eclesiástico —que había sido disputado durante el período liberal—, ventajas fiscales e indemnización por la desamortización de sus bienes mediante pagos anuales ab aeternitatem, es decir, a perpetuidad. El artículo 41 de la Constitución de 1886 establecía que "la educación pública será organizada y dirigida en concordancia con la Religión Católica", y el artículo 12 del Concordato precisaba que la educación e instrucción pública en todos los centros de enseñanza se organizaría y dirigiría en conformidad con los dogmas y la moral de la Religión Católica.

Este régimen tenía un aire de familia inequívoco con el Syllabus errorum que Pío IX había promulgado en 1864 como catálogo de los errores del liberalismo. Sin llegar a ser aplicación directa de aquel documento, la Constitución de 1886 y el Concordato de 1887 compartían con él una orientación contraria al liberalismo y favorable al control eclesiástico sobre la educación y los asuntos públicos. Colombia, en esto, siguió un rumbo distinto al del resto de América Latina: mientras la mayor parte de las repúblicas otorgó independencia al Estado frente al poder eclesiástico durante el siglo XIX, la Regeneración colombiana consumó lo contrario. Como observó Orlando Fals Borda, tras la aprobación del Concordato se produjo un retorno a antiguas pautas de señorialidad: los jesuitas regresaron por tercera vez y reconstruyeron sus instituciones dentro del marco burgués, y en antiguas áreas de resguardos reapareció la institución colonial del concertaje.

Las consecuencias políticas fueron duraderas. La Iglesia, en estrecha alianza con el Partido Conservador, intervino activamente en asuntos políticos: lanzó condenas contra el liberalismo, orientó el voto de los fieles, respaldó candidatos conservadores. Las prerrogativas otorgadas por el régimen concordatario le dieron un poder de intervención en la vida pública que se prolongaría, en materia educativa, al menos hasta 1930, cuando los gobiernos liberales de la República Liberal iniciaron la lenta recuperación de las prerrogativas del Estado en la enseñanza.

El Convenio de Misiones de 1902 y las periferias

La lógica del Concordato encontró su expresión más extrema en el Convenio de Misiones firmado en 1902 entre el Estado colombiano y la Santa Sede, bajo la presidencia de José Manuel Marroquín. El texto entregó a las órdenes religiosas autoridad absoluta para gobernar, policiar y educar a los nativos en los territorios de misión —Llanos, Amazonas, Chocó, Guajira, Putumayo, entre otros—, así como control sobre la educación pública de ciudadanos colombianos en esas regiones y acceso ilimitado a baldíos para promover la colonización.

El Convenio elevó el subsidio oficial a las misiones a setenta y cinco mil pesos anuales y estableció que ninguna persona inaceptable para los misioneros podría ser nombrada en cargos de autoridad civil en los territorios de misión. La consecuencia práctica fue la subordinación de facto de los funcionarios territoriales a los vicarios y prefectos apostólicos: en amplias franjas de la Colombia periférica, el capuchino o el jesuita mandaba más que el intendente. Los opositores liberales presentaron objeciones al acuerdo, pero el gobierno de Marroquín las desatendió. Durante el Quinquenio de Rafael Reyes (1904-1909) se emprendieron reformas administrativas territoriales, con cambios en la organización departamental e intendencial, mientras el gobierno eclesiástico en los territorios nacionales continuaba expandiéndose.

Con frecuencia se ha asociado esta política misional con las antiguas misiones coloniales de los jesuitas en los Llanos Orientales, como si se tratara de una continuidad institucional entre el patronato regio y el patronato republicano. La lectura es engañosa: las misiones finiseculares respondían a políticas propias de las élites republicanas articuladas en torno al Concordato de 1887, no a la prolongación de un modelo virreinal. Lo que sobrevivía no era el mecanismo colonial sino el problema al que ese mecanismo había intentado responder: cómo gobernar territorios inmensos, poco poblados y culturalmente ajenos, con un Estado débil y una Iglesia fuerte. La respuesta colombiana, entre 1887 y 1930, fue delegar en la Iglesia lo que el Estado no podía hacer por sí mismo.

La huella: qué sobrevivió al imperio

Vista en su arco largo, la historia del patronato regio en tierras colombianas es la de un dispositivo institucional que sobrevivió a sus propios fundamentos. Nació en 1493 como delegación pontificia a los Reyes Católicos, se perfeccionó durante los siglos XVI y XVII como instrumento de gobierno indiano, se endureció bajo los Borbones como brazo del regalismo ilustrado, y no cayó con el imperio: fue heredado por la República, disputado por liberales y conservadores durante todo el siglo XIX y transformado —o invertido— por el Concordato de 1887 en un régimen donde la relación de fuerza entre las dos partes cambió de signo.

Lo que sobrevivió al imperio no fue el instrumento: fue el problema. El patronato había sido siempre el intento de resolver una pregunta política de fondo —quién manda sobre la Iglesia en un territorio católico— mediante una fórmula de delegación jurídica. Esa fórmula funcionó de modo imperfecto bajo los Habsburgo, se tensó bajo los Borbones, se desmoronó con la independencia y se sustituyó en Colombia por soluciones sucesivamente opuestas: patronato republicano temprano, ruptura liberal, Concordato regeneracionista, Convenio de Misiones. Cada solución fue leída, en su momento, como definitiva; cada una duró lo que tardó en llegar la siguiente.

La disputa constitutiva del Estado colombiano en el siglo XIX —entre laicos y clero, entre liberales y conservadores, entre soberanía civil y autonomía eclesiástica— es incomprensible sin este trasfondo. El liberalismo radical no inventó el conflicto: heredó una tensión que venía desde 1493, y que las bulas alejandrinas habían codificado en un lenguaje que tres siglos después seguía siendo el terreno del debate. Cuando Azuero Plata argumentaba en los años veinte que la República heredaba el patronato de la Corona, cuando Mosquera escribía a Pío IX en 1862, cuando Núñez firmaba el Concordato en 1887, cuando Marroquín cerraba el Convenio de Misiones en 1902, todos hablaban —sin saberlo del todo— un mismo idioma institucional cuyo diccionario había sido escrito por Alejandro VI.

La pieza más notable del legado quizás sea su longevidad silenciosa. El Concordato de 1887 rigió, con reformas, hasta bien entrado el siglo XX, y algunas de sus disposiciones sobre educación e indemnizaciones sobrevivieron mucho más allá de lo que sus firmantes habrían imaginado. La Constitución de 1991 rompió con ese régimen al proclamar el Estado laico, pero incluso esa ruptura se explica mejor como el último capítulo de una historia larga —la de la lenta emancipación del Estado colombiano frente al andamiaje jurídico-eclesiástico heredado del patronato— que como una inauguración. El patronato regio, entendido no como institución específica sino como problema perdurable, es una de las pocas categorías que atraviesa cinco siglos de historia colombiana sin perder relevancia. Empezó en Roma, en 1493, con un papa valenciano que dividió el mundo con una raya sobre el Atlántico. Terminó —si es que terminó— en Bogotá, en las postrimerías del siglo XX, cuando el Estado dejó por fin de necesitar a la Iglesia para ser Estado.

04

En el archivo

118 apariciones públicas, ordenadas por período y año.

01Prehispánicoantes de 14991
  1. 1493Primeros contactos hispano-indígenas en el Caribe (1493–1499)Hecho
02Conquista1499–159940
  1. 1499Alonso de OjedaFicha
  2. 1499La Conquista del territorio colombianoÉpoca
  3. 1499Primeras expediciones al Caribe y fundación de Santa María la Antigua del Darién (1499–1510)Hecho
  4. 1500Rodrigo de BastidasFicha
  5. 1520CapitulaciónFicha
  6. 1525Fundación de Santa Marta y Cartagena y conquista del Caribe neogranadino (1525–1533)Hecho
  7. 1533Pedro de HerediaFicha
  8. 1535Servicio personalFicha
  9. 1536Carlos VFicha
  10. 1536Pedro Fernández de LugoFicha
  11. 1537La contradicción del conquistador-evangelizadorPregunta
  12. 1537Tributo indígenaFicha
  13. 1538Gonzalo Jiménez de QuesadaFicha
  14. 1538Implantación de la encomienda en el Nuevo Reino de Granada (1538–1560)Hecho
  15. 1539Nicolás de FedermánFicha
  16. 1540Fraude masivo en los quintos reales del oro neogranadino (1540-1560)Hecho
  17. 1542Bartolomé de las CasasFicha
  18. 1542Las Leyes Nuevas y el debate sobre los derechos indígenas (1542–1551)Hecho
  19. 1542Leyes NuevasFicha
  20. 1544Visita frustrada de Miguel Díez de Armendáriz al Nuevo Reino (1544-1550)Hecho
  21. 1547Juan del ValleFicha
  22. 1549Establecimiento de la Real Audiencia de SantaféHecho
  23. 1550Derecho indianoFicha
  24. 1550EncomiendaFicha
  25. 1550EvangelizaciónFicha
  26. 1550Faccionalismo y violencia interna de la Real Audiencia de Santafé (1550-1564)Hecho
  27. 1550Guerra justaFicha
  28. 1550Pueblo de indiosFicha
  29. 1550Real Audiencia de SantaféFicha
  30. 1550Resistencia indígenaFicha
  31. 1553Juan de los BarriosFicha
  32. 1556Felipe IIFicha
  33. 1560Extirpación de idolatríasFicha
  34. 1560Política de reducciones, resguardos y pueblos de indios (1560–1599)Hecho
  35. 1564Andrés Díaz Venero de LeivaFicha
  36. 1573Catecismo de Zapata de Cárdenas y extirpación de idolatrías (1573–1586)Hecho
  37. 1576Luis Zapata de CárdenasFicha
  38. 1577Campaña de expolio de los santuarios muiscas (1577)Hecho
  39. 1584Diego de Torres y MoyachoqueFicha
  40. 1592Rebelión de las Alcabalas en Santa Fe (1592-1593)Hecho
03Colonia1600–178032
  1. 1569La Cédula de 1569 y la tolerancia colonial de la coca en la Nueva GranadaHecho
  2. 1600La evangelización del Nuevo Reino de GranadaPregunta
  3. 1610El Tribunal de la Inquisición de Cartagena (1610–1660)Hecho
  4. 1615Juan de BorjaFicha
  5. 1630Pedro ClaverFicha
  6. 1636Letras criollas del barroco neogranadino (1636–1688)Hecho
  7. 1650El convento femenino en el Nuevo Reino de GranadaPregunta
  8. 1650SincretismoFicha
  9. 1650Trata atlánticaFicha
  10. 1653Cristóbal de TorresFicha
  11. 1680CabildoFicha
  12. 1680Catolicismo colonial y africanos esclavizados en la Nueva GranadaPregunta
  13. 1688Lucas Fernández de PiedrahitaFicha
  14. 1700CofradíaFicha
  15. 1700CompadrazgoFicha
  16. 1700Instauración borbónica y reorganización del gobierno neogranadino (1700–1720)Hecho
  17. 1700MayorazgoFicha
  18. 1700Sociedad de castasFicha
  19. 1713Pacto del obispo Cassiani con los palenques de los Montes de MaríaHecho
  20. 1739Restablecimiento del Virreinato de la Nueva Granada y gobierno de Eslava (1739–1750)Hecho
  21. 1741Sebastián de EslavaFicha
  22. 1750Rochelas del Caribe interior neogranadino (1750–1780)Hecho
  23. 1757José Solís Folch de CardonaFicha
  24. 1760Reformas borbónicasFicha
  25. 1764EstancoFicha
  26. 1767Expulsión de la Compañía de Jesús del Nuevo Reino de Granada (1767–1775)Hecho
  27. 1767Pedro Mesía de la CerdaFicha
  28. 1769Carlos III de EspañaFicha
  29. 1770Castellanización, disolución de resguardos y censo de 1778 en el Nuevo Reino de GranadaHecho
  30. 1772Francisco Antonio Moreno y EscandónFicha
  31. 1774Manuel GuiriorFicha
  32. 1776Antonio de la Torre y MirandaFicha
04Pre-independencia1780–180919
  1. 1776Visita Regia, virreinato de Caballero y Góngora y Expedición Botánica (1776–1789)Hecho
  2. 1778Sebastián José López RuizFicha
  3. 1778Simplificación censal borbónica de 1778–1782Hecho
  4. 1780Despotismo ilustradoFicha
  5. 1780Pacto colonialFicha
  6. 1780Pre-independencia neogranadina (1780–1809)Época
  7. 1780Reformas borbónicas tardías y reorganización fiscal en la Nueva Granada (1780–1782)Hecho
  8. 1781CapitulacionesFicha
  9. 1781Las reformas borbónicas en la Nueva GranadaPregunta
  10. 1782Antonio Caballero y GóngoraFicha
  11. 1782Virreinato de Caballero y Góngora y pacificación reformista (1782–1789)Hecho
  12. 1783Ciencia ilustrada en la Nueva GranadaFicha
  13. 1785Ilustración criollaFicha
  14. 1787Juan Antonio Mon y VelardeFicha
  15. 1789Reformismo judicial borbónico en Nueva GranadaPregunta
  16. 1791El Papel Periódico de la Ciudad de Santafé de Bogotá (1791–1797)Hecho
  17. 1793Bautizadores negros esclavizados en las minas del Chocó (c. 1793)Hecho
  18. 1795Sinforoso Mutis ConsuegraFicha
  19. 1800Pedro Mendinueta y MúzquizFicha
05Independencia1810–18317
  1. 1810Antonio VillavicencioFicha
  2. 1813Realismo pastuso y lealtad popular al rey (1813-1824)Hecho
  3. 1814Juan Fernández de Sotomayor y PicónFicha
  4. 1819Patronato republicanoFicha
  5. 1820Continuidad colonialFicha
  6. 1825Las reformas santanderistas y el benthamismo (1825–1828)Hecho
  7. 1826Prohibición bolivariana de Bentham y guerra cultural sobre el currículo (1828)Hecho
06Nueva Granada1831–18626
  1. 1831República de la Nueva Granada (1831–1862)Época
  2. 1835Reconocimiento diplomático de la Nueva Granada por la Santa Sede (1835)Hecho
  3. 1839Resistencia pastusa a la supresión de conventos menores (1839-1842)Hecho
  4. 1843Pedro Alcántara HerránFicha
  5. 1856AnticlericalismoFicha
  6. 1869José Manuel GrootFicha
07Estados Unidos de Colombia1863–18852
  1. 1861Desamortización de bienes de manos muertasFicha
  2. 1861Tuición de cultosFicha
08La Violencia1946–19571
  1. 1948Contracción de la etnología estatal y ascenso del Museo del Oro (1948–1952)Hecho
09Transversal9
  1. 1538Nueva GranadaFicha
  2. 1550Origen colonial de la debilidad estatal colombianaPregunta
  3. 1700MadridFicha
  4. 1767Fronteras coloniales y marginalidad periférica en ColombiaPregunta
  5. 1805La larga duración colonial en ColombiaPregunta
  6. 1887El Concordato de 1887Pregunta
  7. 1887PatronatoFicha
  8. 1887Roma en la historia de ColombiaFicha
  9. 1887SecularizaciónFicha
05

Relaciones

Vínculos editoriales de la ficha y conexiones observadas dentro del archivo.

Relaciones editoriales

  1. 01Alejandro VI — promulgó las bulas alejandrinas de 1493 que constituyeron el fundamento jurídico-pontificio del patronato
  2. 02Fernando el Católico e Isabel la Católica — primeros titulares del patronato regio como 'príncipes cristianos' receptores de las bulas
  3. 03Nueva Granada — territorio donde el patronato funcionó como nervio de la administración colonial y luego como campo de batalla político-religioso
  4. 04Simón Bolívar — gestionó ante la Santa Sede el reconocimiento de la Gran Colombia como jurisdicción eclesiástica autónoma, heredando el patronato para el Estado republicano
  5. 05Concordato — instrumento que en 1887 reemplazó el régimen patronal por un acuerdo bilateral entre Colombia y la Santa Sede
  6. 06Reformas borbónicas — intensificaron el control regio sobre la Iglesia mediante el regalismo, la expulsión de los jesuitas y la limitación de las comunicaciones con Roma
  7. 07Compañía de Jesús — orden expulsada en 1767 como acto extremo del patronato borbónico, cuya supresión dejó vacíos misionales y educativos en el Nuevo Reino de Granada
  8. 08Rafael Núñez — artífice de la Regeneración y del Concordato de 1887 que cerró el ciclo conflictivo del patronato en Colombia
06

Documentos y fragmentos citados

33 documentos · 40 fragmentos

01Breve historia de BogotáMarco Forero · 2016 · p. 291 cita
[1]

Gonzalo Jiménez de Quesada sentó su real en la Sabana de Bogotá, mandó construir doce bohíos en memoria de las doce tribus de Israel en su estación de Elim... Esta puede ser la clave de la persistencia del trazado en damero y de la regularidad creciente de la manzana cuadrada en las ciudades americanas... El modelo de…

p. 29
02Historia de Colombia. Descubrimiento y Conquista IGermán Arciniegas, Mauricio Obregón, Jorge Morales, Roberto Pineda Camacho, Javier Ocampo López, et al. · p. 471 cita
[2]

en previsión, habían hecho salir a Colón hacia las Indias descubiertas y por descubrir. en su segundo viaje el 25 de septiembre de 1493. El papa Alejandro VI promulgó tres bulas, los días Aunque existía la amenaza de un conflicto bélico, al 3 y 4 de mayo y 26 de septiembre de 1493; las dos — fin volvieron a reunirse…

p. 47
03Biografía del CaribeGermán Arciniegas · 2016 · p. 7281 cita
[3]

Free People, Boston: Little, Brown & Company, 1943. André Siegfried, Suez and Panama, New York: Harcourt, Brace & Company, 1940. Gerstle Mack, op. cit. Miles P. Duval, Cádiz to Cathay, London: Stanford University Press, 1940. Samuel Flagg Bemis, The Latin American Policy of the United States, New York: Harcourt, Brace…

p. 728
04Historia de la religión en Colombia, 1510-2021Jose Joaquin Pinto Bernal, Katherinne Giselle Mora Pacheco, Juan David Cascavita Mora, Juan Carlos Jurado Jurado, José Eduardo Rueda Enciso, Fabio Hernán Carballo, Fernanda Muñoz, Darío Arturo Zuleta Gómez, Carlos Arboleda Mora, Rafael Tamayo Franco, Juan Felipe Córdoba-Restrepo, Jeiman David López Amaya, María del Rosario Vázquez Piñeros, Andrés Felipe Manosalva Correa, Gabriel Cabrera Becerra, Gina Marcela Reyes Sánchez · 2022 · p. 6, 142 citas
[4]

edificar ni erigir iglesias grandes en dichas islas y tierras adquiridas o que en adelante se adquirieren; y concedemos el derecho de Patronato, y de presentar personas idóneas para cualesquiera iglesias catedrales, monasterios, dignidades, colegiatas y otros cualesquiera beneficios eclesiásticos y lugares píos. 14…

p. 6
[10]

de los centros educativos americanos y su inmersión en las nuevas corrientes intelectuales de la época. Así mismo, y con el objetivo de fortalecer la figura del rey frente al pontífice, se revisó la política conciliar, la cual se hizo más favorable a las medidas regalistas, y se apostó por limitar la comunicación…

p. 14
05Civilization and Violence: Regimes of Representation in Nineteenth-Century ColombiaCristina Rojas · 2002 · p. 2241 cita
[5]

reprinted in Carlos Martínez Silva, Escritos Varios (Bogotá: Ministerio de Educación Nacional / Ediciones de la Revista Bolívar, 1954), 173. 27. The patronato refers to the special power conceded by the pope to the Spanish Crown. The Spanish Crown had the jurisdiction to orient Chris- tian evangelization. Religion was…

p. 224
06The Colombia Reader: History, Culture, PoliticsAnn Farnsworth-Alvear, Marco Palacios, Ana María Gómez López · 2017 · p. 1331 cita
[6]

the deep-rooted political and re- ligious conflict that shaped the institutional relations between Church and state in Colombia—from the Independence period through the late nineteenth century. Since the “discovery” of América, altar and throne had governed jointly, as the pa- pacy conceded to the Spanish Crown…

p. 133
07Historia de Colombia. La Nueva Granada y los Estados Unidos de Colombia IIJavier Ocampo López, Marco Palacios, Germán Arciniegas, Gonzalo Hernández de Alba y otros (obra colectiva) · p. 301 cita
[7]

las parro- quias; la dotacién de los templos, monasterios y hospitales; la revisi6n de las sentencias de los tri- bunales eclesiésticos; la autorizacién para la circu- laci6én y aplicacién de todas las disposiciones pa- pales y el recibo de los diezmos que la Iglesia re- caudaba para sus atenciones. Por su parte, la…

p. 30
08Manual de Historia de Colombia, Tomo IJaime Jaramillo Uribe (Director Científico), Gerardo Reichel-Dolmatoff, Juan Friede, Jorge Palacios Preciado, Alberto Corradine Angulo, Francisco Gil Tovar, María Teresa Cristina · 1982 · p. 1951 cita
[8]

en un estado pu nitivo, poco aculturados. En sus cartas al Consejo de Indias no 206 LA CONQUISTA DEL TERRITORIO Y FL POBLAMIENTO ocultaba Zapata su desilusi ó n. Denunciaba el “ poco fruto que han ’ hecho — los espa ñ oles — en la vi ñ a del Se ñ or". Los indios prose gu í an sus ritos y ceremonias, los frailes eran…

p. 195
09Catolicismo, cambio social y búsqueda de paz en Colombia. Historia y MemoriaWilliam Elvis Plata Quezada (Editor), Ana María Bidegain Greising, Angélica Villamizar Beltrán, Antonio José Echeverry Pérez, Eduardo Díaz Ardila, Eliécer Soto Ardila, Héctor Alfonso Torres Rojas, Hernando Pinilla Rey, Isabel Corpas De Posada, Javier Alejandro Acevedo Guerrero, Joselín Aranda Cano, Lizeth Torres Rodríguez, Miguel Arturo Fajardo Rojas, Natalia Alejandra Mora Navarro, Osmir Ramírez Trillos, Sofía Brizuela Molina, Sor María Sampayo Flórez · 2022 · p. 29, 382 citas
[9]

de catolicismo que se implantó y que iba a seguir el del modelo europeo, donde los poderes civil y eclesiástico interactuaban simbióticamente. El advenimiento de la época de la Colonia, a partir de la segunda mitad del siglo XVI, resulta en el establecimiento de las instituciones españolas en América y la fundación de…

p. 29
[26]

y patronato estatal sobre la Iglesia lo que generó los primeros conflictos entre ambas potestades. El Estado pretendió seguir controlando a una institución eclesiástica cuya organización, peso social, político y económico, eran enormes, en comparación con la pobreza de sus arcas fiscales. En este escenario, el Estado…

p. 38
10Historia de la religión en ColombiaJosé David Cortés Guerrero, Juana María Marín Leoz, Leonardo García Rincón · 2022 · p. 1, 102 citas
[11]

Las XVIII reformas borbónicas, buscando obtener un clero completamente dócil y controlable por la Corona, concibieron a las órdenes religiosas como entidades díscolas, debido a la gran independencia mostrada durante la época de los Habsburgo (siglos y) y a que eran dirigidas por autoridades XVI XVII internacionales,…

p. 10
[16]

57 LAS ÓRDENES RELIGIOSAS Y LA SOCIEDAD NEOGRANADINA, SIGLOS XVI-XIX William Elvis Plata Introducción Las órdenes religiosas no solo fueron las grandes protagonistas del proceso de cristianización de la Nueva Granada en los siglos a, sino que, además, por lo mismo, adquirieron tal grado de XVI XVIII poder y de…

p. 1
11The Ideal of the Practical: Colombia's Struggle to Form a Technical EliteFrank Safford · 1976 · p. 971 cita
[12]

condemned Spain's backwardness in matters scientific and held as his first principle the abandonment of the suppositions and systems of the Peripatetics. Apparently the Dominicans in Bogotá considered Mutis a dangerous challenge to their authority. Taking exception to the public exposition of the Copernican system by…

p. 97
12Historia de Colombia. País fragmentado, sociedad divididaFrank Safford, Marco Palacios · 2012 · p. 1101 cita
[13]

d a 1 1 3 conflictos intestinos. En el ám bito eclesiástico, los arzobispos y obispos chocaban frecuentem ente con las órdenes religiosas. Del lado civil, la A udiencia se desga rraba p o r la disensión interna; cada oidor veía a sus colegas com o rivales, y cada uno se ap o y ab a en su p ro p ia facción clientelar.…

p. 110
13Nueva Historia de Colombia. Vol. I: Colombia Indígena, Conquista y ColoniaÁlvaro Tirado Mejía, Jaime Jaramillo Uribe · 1989 · p. 1011 cita
[14]

poderes inquisitoriales y que se impusieran diezmos a los artículos que antes no lo pagaban, como eran las mantas y la leña. Consideraba perjudicial el nombramiento de "oficiales —manuales- y advenedizos" para curas, acusaba a los frailes de estorbar la inspec- ción de su bienes y protestaba contra el continuo envío…

p. 101
14Violencia pública en Colombia, 1958-2010Marco Palacios · 2012 · p. 381 cita
[15]

de la Real Audiencia. Los arzobispos, preben- dados y dignidades que han sido de esta santa iglesia catedral, desde el año de 1539, que se fundó, hasta 1636, que esto se escribe; con algunos casos sucedi- dos en este Reino, que van en la historia para ejemplo, y no para imitarlos, por el daño de la conciencia, obra…

p. 38
15Crafting a Republic for the World: Scientific, Geographic, and Historiographic Inventions of ColombiaLina del Castillo · 2018 · p. 2811 cita
[17]

of the Grenadine Confederacy from 1861 to 1863, served as the first president of the United States of Colombia from 1863 to 1864, and again from 1866 to 1867. In January 1862, as civil war raged and the outcome still hung in the balance, Mos- quera wrote a letter to Pope Pius IX, the first pope to have personal…

p. 281
16Liberty and Equality in Caribbean Colombia, 1770-1835Aline Helg · p. 1941 cita
[18]

infrastructure not within the government’s reach.  ’  The influence of the Catholic Church was even weaker than before inde- pendence. Caribbean New Granada’s two dioceses of Cartagena and Santa Marta were without bishops until . Most Spanish priests and mis- sionaries had abandoned the country,…

p. 194
17Liberty and Equality in Caribbean Colombia, 1770-1835Aline Helg · 2004 · p. 1941 cita
[19]

infrastructure not within the government’s reach.  ’  The influence of the Catholic Church was even weaker than before inde- pendence. Caribbean New Granada’s two dioceses of Cartagena and Santa Marta were without bishops until . Most Spanish priests and mis- sionaries had abandoned the country,…

p. 194
18Enciclopedia de ColombiaCamilo Calderón Schrader · 2002 · p. 2652 citas
[20]

par- ticipara en el movimiento de emancipación. Sin embargo, en Roma el papa Pío VII publicó una encíclica (1814) exhortando a los hispanoameri- canos a la obediencia y sumisión al gobierno espa- ñol; diez años más tarde, el papa León XII tuvo una actitud semejante. De todas maneras, estos documentos fueron poco…

p. 265
[21]

par- ticipara en el movimiento de emancipación. Sin embargo, en Roma el papa Pío VII publicó una encíclica (1814) exhortando a los hispanoameri- canos a la obediencia y sumisión al gobierno espa- ñol; diez años más tarde, el papa León XII tuvo una actitud semejante. De todas maneras, estos documentos fueron poco…

p. 265
19Historia de la primera República de Colombia, 1819-1831. "Decid Colombia sea, y Colombia será"Armando Martínez Garnica · 2019 · p. 1561 cita
[22]

Nueva Granada” (El Aviso, 1-21 y 24-43, 23 y 30 de enero, 6, 13, 20 y 27 de febrero de 1848). 38 Ibid. 115 La ambición política restringida: la República de Colombia obispos: Salvador Jiménez de Enciso (Popayán), fray Gregorio José Rodríguez OSB (Cartagena), Rafael Lasso de la Vega (Mérida de Maracaibo), Leonardo…

p. 156
20Historia de Colombia. La Gran Colombia II. Tomo 10Juan Salvat, Roberto García Rojas (directores); Ricardo Martín (director de la obra); Gonzalo Hernández de Alba (director científico) · p. 461 cita
[23]

mapa de la Gran Colombia que se conserva en el Archivo Jacinto Jijon y Caamano de Quito. De acuerdo con su carta fundacional, Colombia se form6 con el antiguo virreinato de Santa Fe y la Capitania General de Venezuela. A la derecha, una imagen poco corriente de Simén Bolivar en ese lienzo de Tito Salas. El sueno…

p. 46
21Historia de Colombia. La Nueva Granada y los Estados Unidos de ColombiaRicardo Martín (dir.), Gonzalo Hernández de Alba (dir. científico); con colaboración de Germán Arciniegas, Mauricio Archila, Antonio Caballero, Fernán González, Margarita González, Alfredo Iriarte, entre otros · 1988 · p. 141 cita
[24]

sus necesidades. A mas de discutir y de dotar al pais de esta Constitucién, la notable Convencién Granadina de 1832, que asi se reconoce en la historia este me- morable congreso, se ocupé de dictar una larga se- tie de decretos y de leyes tendientes a la organiza- cién del pais, de los cuales citaremos los principa-…

p. 14
22Gran Enciclopedia de Colombia. Tomo 7: InstitucionesRoberto Hinestrosa Rey (Director Académico), Sandra Morelli Rico (Coordinación Académica) · 1993 · p. 2161 cita
[25]

1623, año en que el dero enemigo de La - depondencia y algunos criollos su mún confisban en la cansa del emprendieran contra Las Idea ma goblerno, en las po- siciónes más e de la jerarquia militar y, en fin, entre comere e incipientes artesanos, la pertemen- cia a alguna logía masónica era cas| TD e pam s te mar Y rm…

p. 216
23Enciclopedia de Colombia - Volumen 2Camilo Calderón Schrader · 2001 · p. 1671 cita
[27]

la inspección o la tuición de cultos, con lo cual la Iglesia quedó sometida, no sólo a la vigilancia sino AAA SS EE El país en la segunda mitad del siglo XIX El arzobispo Manuel Iglesia y el Estado, el ar- José Mosquera y sacer- zobispo defendió los de- dotes jesuitas. En la pri- rechos eclesiásticos, por mera gran…

p. 167
24Manual de Historia de Colombia, Tomo IIIJaime Jaramillo Uribe (director científico), Jesús Antonio Bejarano, Darío Mesa, Miguel Urrutia Montoya, Germán Téllez Castañeda, Germán Rubiano, Rafael Gutiérrez Girardot · 1980 · p. 261, 2702 citas
[28]

a la instituci ó n del patronato, aunque hubieran propiciado, como fue el caso de Ospina Rodr í guez, el mantenimien to pr á ctico de muy í ntimas relaciones con la Iglesia, y hubieran auspiciado medidas como el reingreso de los jesu í tas al pa í s para hacerse cargo de la direcci ó n de planteles p ú blicos y fundar…

p. 261
[35]

la Santa Sede en 1887, dar í an a la Iglesia Cat ó lica el control completo de la educaci ó n por lo menos hasta 1930, é poca en que los gobiernos liberales iniciaron una recupera ci ó n de las prerrogativas del Estado en materias educativas a. MANUAL DE HISTORIA III 279 5 ¡ 1 art í culo 41 de la Constituci ó n de…

p. 270
25Historia de Colombia. La República de Colombia IRicardo Martín (dir.), Gonzalo Hernández de Alba (dir. científico), y colaboradores: Arturo Alape, Óscar Alarcón Núñez, Germán Arciniegas, Mauricio Archila, Antonio Caballero, Antonio Cacua Prada, Germán Cavelier, entre otros · 1988 · p. 951 cita
[29]

la Union y constituirse en republi- cas independientes o anexarse a otro pais, como lo intentaron Antioquia y Panama. Pero por algo la Constitucién de 1858 les prohibié usar bandera o escudo de otra nacién. Aquella conducta no era nueva, pues recordemos cémo en 1831 algunas provincias proclamaron su anexi6n a…

p. 95
26El café en Colombia, 1850-1970: una historia económica, social y políticaMarco Palacios · 2009 · p. 2221 cita
[30]

la expedición del decreto de desamor- tización de bienes de manos muertas, no había en la región del Tequen- dama ninguna propiedad con vinculación pendiente, y debe añadirse que en el distrito de La Mesa, no se remató ninguna propiedad en aplicación del decreto. La Iglesia tuvo allí un papel muy reducido como…

p. 222
27La subversión en Colombia. El cambio social en la HistoriaOrlando Fals Borda · 2008 · p. 1501 cita
[31]

- cordato con la Santa Sede es aprobado en 1888, que concede a la Iglesia pleno control sobre la educación nacional, total autonomía de gobierno, el fuero eclesiástico antes disputado y ventajas fiscales. Dispone también que se indemnice a la Iglesia del perjuicio por la desamortización de sus bienes, mediante pagos…

p. 150
28Nueva Historia de Colombia, Vol. I: Historia Política 1886-1946Álvaro Tirado Mejía (director científico), Jorge Orlando Melo, Carlos Eduardo Jaramillo Castillo, Eduardo Lemaitre Román, Alfonso López Michelsen, Humberto Vélez Ramírez, Germán Colmenares, Mario Latorre Rueda, Germán Arciniegas, Gustavo Humberto Rodríguez R. · 1989 · p. 3331 cita
[32]

V que pertenecían a la derecha del par- tido de la derecha. Es decir, que esa división expresaba la antigua pugna conservadora entre históricos y nacio- nalistas, los problemas generacionales del partido y, por supuesto, las diver- gencias ideológicas. Los enfrentamientos con la Iglesia En las relaciones entre la…

p. 333
29Nosotros y los otros: las representaciones de la nación y sus habitantes Colombia, 1880-1910Amada Carolina Pérez Benavides · 2015 · p. 190, 1972 citas
[33]

organización política federalista a uno centralista. El catolicismo fue declarado como la reli- gión de la nación y la libertad de cultos se mantuvo mientras no fueran contra- rios a la moral cristiana ni a las leyes, además, se dictaminó que la educación pública sería organizada y dirigida en concordancia con la…

p. 197
[37]

organización social que, por más que trataban de ser controladas, terminaban por escaparse 2. Las misiones indígenas durante el siglo XIX en Colombia Cuando se hace referencia a las misiones indígenas en Colombia, generalmente se piensa en la época colonial y se asocian principalmente con la obra de los jesuitas en…

p. 190
30Historia contemporánea de Colombia (1920-2010)José Ricardo Arias Trujillo · 2011 · p. 441 cita
[34]

dación de un régimen confesional. Las disposiciones constitucionales y concordatarias hicieron del catolicismo una pieza fundamental del andamiaje del Estado colombiano, lo que se vio reflejado de inme- diato en los planos educativo, moral, social y cultural. Además de su influencia en la sociedad y en el individuo,…

p. 44
31La Religión en ColombiaCarlos Arboleda Mora · 2010 · p. 1431 cita
[36]

síntesis de las posiciones teológico políticas sostenidas por la Iglesia católica contra las ideas liberales y modernas sobre el Estado que se habían desarrollado durante el siglo XIX. Eran principios políticos irreconcilia- bles. De acuerdo con los principios liberales, el Papa y los ministros de la Iglesia se debían…

p. 143
32Historia de la religión en ColombiaJosé David Cortés Guerrero, Juana María Marín Leoz, Leonardo Fabián García Rincón, William Elvis Plata, Diana Paola Hernández Fernández, Alberto José Campillo Pardo, Aliza Moreno-Goldschmidt, Odette Yidi David, Jorge Enrique Salcedo Martínez, Jose Joaquin Pinto Bernal, Katherinne Giselle Mora Pacheco · 2022 · p. 11 cita
[38]

43 LA EVANGELIZACIÓN DE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS DEL NUEVO REINO DE GRANADA DURANTE EL SIGLO XVI Leonardo Fabián García Rincón Introducción Lo que hoy denominamos “evangelización” se ha entendido como el proyecto religioso de expandir el catolicismo en América, una vez esta fue incorporada a la imagen de mundo que…

p. 1
33Territorial Rule in Colombia and the Transformation of the Llanos OrientalesJane M. Rausch · 2013 · p. 7, 1642 citas
[39]

Thousand Days, but soon after the fighting ceased, President José Manuel Marroquín and the Vatican signed the Convention on Missions of 1902. This agreement granted to the religious orders absolute authority to govern, police, and educate the natives in their mission territories. It also gave them control over the…

p. 7
[40]

vicar is a bishop or priest with jurisdiction over an unorganized territory that is not yet ready to be a full diocese. An apostolic prefect is a priest who heads a missionary area even less developed than that of a vicariate. If a prefecture grows and flourishes, it is elevated to an apostolic vicariate. The usual…

p. 164