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Hecho histórico · Conquista · 1499–1599

Rebelión de las Alcabalas en Santa Fe (1592-1593)

Entre 1592 y 1593, encomenderos, cabildos, mercaderes y clero del altiplano neogranadino bloquearon mediante memoriales, la fórmula del 'obedézcase pero no se cumpla' y presión callejera la primera fiscalización sistemática del comercio interno ordenada por Felipe II. Fue la primera gran resistencia fiscal urbana del Nuevo Reino de Granada y ensayó, casi dos siglos antes de las Capitulaciones de Zipaquirá, el repertorio criollo de resistencia fiscal que reaparecería en 1781.

Rebelión de las Alcabalas en Santa Fe (1592-1593)
1592-1593 (con prolongaciones hasta 1596 en Tunja y regularización del cobro desde 1603)
01

Ficha del acontecimiento

Síntesis

Cuándo
1592-1593 (con prolongaciones hasta 1596 en Tunja y regularización del cobro desde 1603)
Dónde
Tunja, Pamplona, Mariquita, Quito, Santafé de Bogotá, Vélez, Cartagena de Indias, Nuevo Reino de Granada
Protagonistas
Antonio González (presidente de la Real Audiencia de Santa Fe), Felipe II (rey de España, ordenante del cobro de la alcabala), Luis Tello de Erazo (oidor enviado a Tunja en 1596 para restablecer la autoridad fiscal), Cabildos seculares de Santa Fe, Tunja y villas del altiplano (corporaciones que lideraron la resistencia institucional), Cabildo eclesiástico de Santa Fe (denunció la injusticia distributiva del impuesto), Encomenderos y regidores criollos del altiplano (sector dirigente de la resistencia), Mercaderes y tratantes del altiplano (contribuyentes afectados y partícipes de la resistencia)
02

Lectura causal

Causas, hecho y consecuencias

Causas

  1. Fiscal-estructural: hasta la década de 1590 el sistema tributario del Nuevo Reino gravaba la producción primaria y la sujeción indígena (quintos, tributos, diezmos), sin tocar el comercio urbano; la alcabala abría por primera vez un frente fiscal directo sobre las transacciones comerciales del altiplano.
  2. Política imperial: la orden formaba parte de un movimiento más amplio de Felipe II y el Consejo de Indias para recuperar el control sobre las colonias frente al poder acumulado por los encomenderos, percibido localmente como un asedio institucional en curso.
  3. Injusticia distributiva: la carga real del impuesto recaía sobre el colono pobre y el pequeño tratante, pues los encomenderos y hombres ricos producían en sus propias estancias los bienes gravados (vino, carne, velas) y disponían de mano de obra encomendada, eludiendo de hecho la mayor parte del gravamen.
  4. Erosión del poder encomendero: la caída demográfica indígena y la creciente intervención de la Audiencia sobre la tasación de tributos y la encomienda debilitaban la base económica de las élites locales, haciendo que la alcabala se percibiera como un frente adicional de un asedio institucional ya en curso.
  5. Lógica fiscal de la Corona: las nuevas imposiciones (alcabala, bula de la cruzada) debían remitirse íntegras a España, sin destinarse a gastos de la administración colonial, lo que evidenciaba que el Nuevo Reino financiaba directamente al fisco peninsular sin contrapartida local.
1592-1593 (con prolongaciones hasta 1596 en Tunja y regularización del cobro desde 1603)Rebelión de las Alcabalas en Santa Fe (1592-1593)

Consecuencias

  1. Suspensión de facto del cobro de la alcabala en Santa Fe durante los años inmediatamente posteriores al motín, sin anulación formal ni pronunciamiento explícito de la Corona.
  2. Envío del oidor Luis Tello de Erazo a Tunja en 1596 para restablecer la autoridad fiscal, reconociendo que la resistencia había desbordado la capacidad de los oficiales ordinarios.
  3. Aplazamiento de más de diez años entre la orden de cobrar la alcabala y su recaudación efectiva y sistemática: Tunja registró su primera recaudación regular en 1603 (3.227 pesos) y 1604 (3.413 pesos).
  4. Consolidación del repertorio criollo de resistencia fiscal: memoriales jurídicos, recurso de suplicación, acción corporativa de cabildos seculares y eclesiásticos, y uso de la amenaza contenida de tumulto como argumento de negociación.
  5. Construcción de una autoimagen criolla de lealtad y legalismo que ocultó retrospectivamente el episodio, presentando al Nuevo Reino como un territorio sin motines serios antes de 1781 y absorbiendo la rebelión en el olvido oficial.
  6. Prefiguración del ciclo comunero de 1781: los mecanismos, actores y argumentos ensayados en 1592-1593 reaparecerían con notable fidelidad en las Capitulaciones de Zipaquirá, confirmando la larga duración del repertorio de resistencia fiscal criolla.
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La clave interpretativa

Por qué importa

La rebelión de las alcabalas es el primer episodio documentado en que las élites criollas del Nuevo Reino de Granada bloquearon con éxito una reforma fiscal de la Corona mediante la combinación de legalismo institucional y presión popular contenida, sin derivar en sedición abierta. Su importancia no reside en la violencia que no hubo sino en la eficacia de un modelo de resistencia que demostró ser exportable: los mismos instrumentos —memorial, cabildo unido, suplicación, amenaza de tumulto— reaparecerían casi dos siglos después en la revuelta comunera de 1781. El episodio revela además, con inusual nitidez, la tensión estructural entre una Corona que intentaba fiscalizar el comercio interno americano y unas élites locales que habían construido su poder precisamente en el vacío fiscal que esa fiscalización venía a cerrar.
04

Desarrollo histórico

La historia completa

La Rebelión de las Alcabalas en Santa Fe (1592-1593)

Entre finales de 1592 y comienzos de 1594, Santa Fe de Bogotá y las villas vecinas del altiplano —Tunja sobre todo— vivieron la primera gran resistencia fiscal urbana del Nuevo Reino de Granada: un pulso institucional contra la orden de cobrar la alcabala, impuesto sobre las transacciones comerciales del que las colonias americanas habían estado eximidas hasta entonces. No fue un tumulto plebeyo ni una rebelión abierta contra el rey, sino un episodio contenido en el que encomenderos, cabildos, mercaderes y clero doctrinero combinaron el memorial jurídico, la fórmula del se obedece pero no se cumple y la presión callejera para bloquear la primera fiscalización sistemática del comercio interno impuesta por Felipe II. Su importancia excede el episodio: allí se ensayó, casi dos siglos antes de las Capitulaciones de Zipaquirá, un repertorio criollo de resistencia fiscal que reaparecería con notable fidelidad en 1781.

El Nuevo Reino que Felipe II intenta fiscalizar

Hacia 1590, el Nuevo Reino de Granada era ya un territorio con una élite urbana consolidada. Los encomenderos que habían acompañado la conquista dos generaciones atrás controlaban los cabildos de Santa Fe, Tunja, Vélez, Pamplona y Mariquita; ocupaban de manera casi hereditaria las regidurías y alcaldías; y, gracias a la cédula de 1591 que permitió legalizar mediante composición las ocupaciones de hecho sobre tierras indígenas, habían comenzado a transformarse en terratenientes. En el mismo círculo giraban los mercaderes vinculados al comercio de importación por Cartagena de Indias, los tratantes menores del altiplano y los oficiales reales, autorizados a introducir artículos personales libres del almojarifazgo y por ello frecuentemente asociados a empresas comerciales especulativas.

Esta élite había construido, en el silencio administrativo de las décadas previas, circuitos económicos internos que ningún impuesto anterior había tocado seriamente. Las rentas antiguas de la Corona (los quintos sobre la producción minera, los tributos indígenas cobrados por los encomenderos, los diezmos eclesiásticos) gravaban la producción primaria o la sujeción indígena, no el comercio urbano. Los quintos, además, se habían reducido en la práctica al tres por ciento del oro y la plata acuñados, con el argumento declarado de fomentar la minería. El sistema, ya entonces recargado de gravámenes menores y percepciones con destinación especial, apenas alcanzaba para sostener una burocracia mal pagada y los gastos militares del virreinato.

En la segunda mitad del siglo XVI, Felipe II y el Consejo de Indias habían tomado conciencia de lo que en la documentación de la época empezaba a llamarse la feudalización de América: la formación de una capa de conquistadores-encomenderos que operaba con creciente autonomía respecto a la Corona. Las medidas para coartar ese poder fueron múltiples y de largo aliento; la orden de cobrar la alcabala en el Nuevo Reino, hacia el filo de la década de 1590, se inscribe en esa política. La lógica fiscal era estricta: las rentas ordinarias o antiguas —quintos, tributos, diezmos— seguirían destinadas a los gastos de la administración colonial, mientras que las nuevas imposiciones, entre ellas la alcabala y la bula de la cruzada, debían llegar íntegras a España. El Nuevo Reino descubría así, por primera vez, que su comercio interno interesaba directamente al fisco peninsular.

La alcabala era un impuesto sobre las ventas, cobrado por los oficiales reales en cuentas separadas de las rentas ordinarias. Su reparto entre los contribuyentes urbanos revelaba, en sí mismo, la estructura social que iba a rebelarse. En Tunja, cuando por fin se recaudó de manera regular en 1603, el gravamen se distribuyó entre cuatro grupos en proporciones que no dejaban a nadie fuera. Los encomenderos aportaban cerca del treinta por ciento; los mercaderes se acercaban a esa misma cifra; los vecinos cargaban con otro tercio; los tratantes, con algo más del diez por ciento. Era, en la práctica, el primer impuesto que tocaba a la vez a los cuatro pilares de la sociedad urbana criolla. Y era, precisamente por eso, el que menos podía introducirse sin resistencia.

La orden y el pulso: cronología de un motín contenido

El detonante llegó cuando la Real Audiencia de Santa Fe, presidida en esos años por Antonio González, comunicó la orden real de cobrar la alcabala en el distrito. La reacción no fue una asonada callejera de gente desarmada contra el poder, sino algo más sutil y más difícil de sofocar: la conjunción coordinada del cabildo capitalino, los cabildos de las villas vecinas, el clero doctrinero y una vecindad urbana movilizada en la Plaza Mayor y en las esquinas notariales donde se firmaban los memoriales de protesta.

En Santa Fe, el episodio se desplegó a lo largo de los meses finales de 1592 y del año 1593. Los regidores y alcaldes, hombres del círculo encomendero que llevaba décadas ocupando esos cargos, alegaron ante la Audiencia la novedad del impuesto, la exención tradicional de las colonias, el empobrecimiento de la vecindad y el peligro de disturbios mayores si se insistía en su cobro. La fórmula jurídica en la que se ampararon no era nueva. Desde 1546, cuando el Cabildo de Bogotá había obedecido formalmente las Leyes Nuevas pero decidido que no debían cumplirse, la administración colonial neogranadina había aprendido a manejar el obedézcase pero no se cumpla: un principio de realismo político que permitía recibir con reverencia las cédulas reales y, al mismo tiempo, suspender su aplicación alegando desconocimiento de la Corona sobre las condiciones locales.

La resistencia en Tunja fue más frontal y ha dejado huella documental más nítida. La vecindad reaccionó al cobro con una agitación suficientemente seria como para obligar a la Audiencia a enviar en 1596 al oidor Luis Tello de Erazo con la misión de restablecer la autoridad fiscal en la ciudad. El envío de un oidor con comisión especial era, en la práctica administrativa colonial, la respuesta institucional más grave: reconocía que la resistencia había desbordado la capacidad de los oficiales reales ordinarios y del corregidor local.

Los pormenores del motín tunjano (los nombres de sus cabecillas, la escenografía exacta de la protesta, la eventual violencia sobre los oficiales del rey) quedaron opacados por la propia lógica del episodio: la élite que resistía no buscaba dejar rastro de sedición, sino producir un hecho consumado que forzara la negociación. En Santa Fe, la resistencia fue más contenida y más eficaz, precisamente por operar dentro de los canales institucionales: memoriales al presidente Antonio González, alegaciones ante los oidores, uso del recurso de suplicación —uno de los mecanismos formales del sistema colonial americano que permitía pedir la revisión de una disposición peninsular sin desobedecerla abiertamente— y un uso mesurado de la agitación popular como argumento de fondo. El mensaje que la élite hacía llegar a la Audiencia era, en sustancia, siempre el mismo: si insistían en cobrar la alcabala, no podían garantizar la paz de la ciudad.

El desenlace inmediato fue el que la lógica del sistema colonial hacía previsible. Sin una anulación formal ni un pronunciamiento explícito de la Corona, el cobro de la alcabala quedó suspendido de facto en Santa Fe durante los años inmediatamente siguientes al motín, y sólo comenzó a regularizarse, con dificultad, a comienzos del siglo XVII. La recaudación sistemática en Tunja se consolidó desde 1603, cuando el impuesto rindió 3.227 pesos de trece quilates, y desde 1604, con 3.413 pesos. Entre la orden inicial de cobrarla y su recaudación efectiva mediaron más de diez años. Ese lapso —esa parálisis administrativa producida por la resistencia de las élites locales— es, más que ningún estallido violento, la verdadera medida del éxito de la rebelión.

El episodio neogranadino, además, no se produjo en el vacío. Casi simultáneamente, la ciudad de Quito vivía una revuelta abierta contra el mismo impuesto, con enfrentamientos armados, ejecuciones de cabecillas y una intervención militar directa de la Corona. La comparación ilumina, por contraste, la naturaleza específica del episodio santafereño. Donde Quito produjo un choque frontal, Santa Fe y Tunja produjeron un pulso institucional: motín contenido, memoriales, comisión especial de un oidor, suspensión práctica del cobro. El resultado material fue, sin embargo, parecido: el aplazamiento efectivo de la fiscalización del comercio interno. La diferencia de forma explica por qué la memoria colonial neogranadina retuvo hasta bien entrado el siglo XVIII la idea de que en el territorio del futuro virreinato los desacuerdos entre vecinos nunca habían derivado en manifestaciones serias de infidelidad al rey antes de la revuelta comunera de 1781. Esa autoimagen —la de un reino leal, sin motines, apenas atravesado por desavenencias menores— era en parte una construcción retrospectiva de las propias élites criollas, interesadas en presentar su tradición política como pacífica y legalista. La rebelión de las alcabalas, precisamente por haber operado dentro de los canales institucionales, encajaba mal en la memoria de los tumultos y fue en buena medida absorbida por el olvido oficial.

Causas estructurales: por qué la alcabala tocó un nervio

La violencia latente del episodio se entiende sólo cuando se observan las causas de fondo. La primera es fiscal-estructural. Hasta la década de 1590, el sistema tributario del Nuevo Reino había gravado sobre todo la producción primaria y la sujeción indígena: los quintos sobre la minería, los tributos que los encomenderos cobraban a las comunidades indias de manera arbitraria, imponiendo el derecho de facto por encima de las leyes metropolitanas, y los diezmos eclesiásticos. Todos esos impuestos operaban sobre la base productiva; ninguno alcanzaba de manera sistemática el comercio urbano. La alcabala, al gravar las transacciones, abría por primera vez un frente fiscal directo sobre la actividad económica de los mercaderes de Santa Fe y sobre la circulación de mercancías que sostenía la vida material del altiplano.

La segunda causa es política. El impuesto llegaba al Nuevo Reino como parte de un movimiento más amplio de la Corona para recuperar el control sobre las colonias frente al poder acumulado por los encomenderos. Felipe II y el Consejo de Indias tomaban conciencia en esos años de la deriva señorial de las Indias, y las medidas para contenerla —desde la legislación sobre encomiendas hasta el envío de oidores con comisiones extraordinarias— se percibían localmente como una intromisión creciente. La alcabala era, en ese marco, no sólo un gravamen sino un símbolo: la afirmación de que la Corona tenía derecho a fiscalizar la vida comercial interna de sus reinos americanos.

La tercera causa es la más incómoda y la que la propia élite prefería no verbalizar. La estructura del impuesto, tal como iba a cobrarse en Tunja y previsiblemente en Santa Fe, gravaba las ventas al detalle: el alquiler de indios, la venta de vino por menudeo, la de velas, la de carne. El cabildo eclesiástico de Santa Fe denunció con crudeza la asimetría real de la carga. Los encomenderos, mercaderes y hombres ricos no alquilaban indios porque disponían de mano de obra encomendada; no compraban vino por menudeo porque lo recibían por partidas mayores; no compraban velas ni carne porque las producían en sus propias estancias. Los nuevos impuestos, en la práctica, recaían sobre el colono pobre y el pequeño tratante, no sobre los sectores privilegiados que teóricamente aportaban treinta por ciento de la recaudación en las cuentas oficiales.

Ese hecho es la tensión más profunda del episodio. La resistencia legalista fue dirigida por las élites, pero su fuerza política provenía en buena medida del malestar de sectores populares sobre quienes recaía la carga real. Los encomenderos y regidores hablaban de bien común, de empobrecimiento de la vecindad, de peligro de tumultos; y en esa retórica cabía —sin necesidad de nombrarse— la presión efectiva de un descontento social más amplio que las élites no representaban plenamente pero sí canalizaban con eficacia. Los sermones de los curas doctrineros, que en circunstancias ordinarias apoyaban a las autoridades en la imposición de tributos, en este caso oscilaron o se sumaron a la protesta, sobre todo cuando el cabildo eclesiástico articuló su denuncia sobre la injusticia distributiva del impuesto.

Los detonantes y el arte de resistir sin sublevarse

Ese fondo estructural, sin embargo, no basta para explicar por qué la orden encontró resistencia justamente entonces y en esa forma. Sobre esas capas actuó una coyuntura precisa. La orden llegaba en un momento en el que el poder encomendero comenzaba a erosionarse por dentro. La tributación indígena, base económica del sistema, se resentía de la caída demográfica de las comunidades y de la creciente intervención de la Audiencia sobre la tasación de tributos, la encomienda y las relaciones con los cabildos. Los encomenderos, al mismo tiempo que se transformaban en terratenientes gracias a la cédula de 1591, veían restringirse el margen de autonomía sobre el que habían construido su poder. En ese contexto, la alcabala se percibía no como un impuesto más sino como el frente adicional de un asedio institucional en curso.

La respuesta que esa élite construyó fue extraordinariamente eficaz porque combinó tres registros. El primero, el jurídico: memoriales, alegaciones, recurso de suplicación, uso disciplinado de la fórmula obedézcase pero no se cumpla. El segundo, el corporativo: los cabildos hablaron con una sola voz, y en la conexión entre el cabildo secular y el cabildo eclesiástico se construyó una legitimidad que la Audiencia no podía desdeñar. El tercero, el de la amenaza contenida: la vecindad movilizada, los rumores de motín, los incidentes en Tunja funcionaron como el argumento último de una negociación que las élites querían llevar hasta el borde, sin cruzarlo.

Esa combinación —legalismo, corporación, amenaza modulada— es exactamente el repertorio que reaparecerá en 1781. La diferencia es que en 1592-1593 los actores operaron dentro de un marco todavía indiscutido de lealtad a la Corona, y que el resultado fue una suspensión práctica sin acuerdo escrito, mientras que en Zipaquirá el pulso terminó en unas Capitulaciones formales que la Corona anularía después. Pero la gramática política es la misma: el argumento de que las disposiciones metropolitanas se han tomado sin conocimiento de la realidad americana; la apelación al bien común de la vecindad; la conversión de un interés corporativo en defensa general; el uso disciplinado de la presión callejera como recurso último.

Consecuencias inmediatas: el impuesto aplazado

En el corto plazo, la Corona no consiguió imponer la alcabala en el Nuevo Reino con la regularidad que había ordenado. El cobro sistemático en Tunja sólo se consolidó desde 1603-1604, más de una década después de la orden inicial. En Santa Fe la fricción persistió con altibajos durante el mismo período. La comisión del oidor Luis Tello de Erazo en 1596 restableció la autoridad fiscal en Tunja, pero no logró restituir sin más el tono original de la orden: el impuesto se cobró finalmente, sí, pero adaptado a la realidad de los circuitos comerciales locales y con una recaudación modesta.

Las cifras del reparto son elocuentes. Los 3.227 pesos de 1603 se distribuyeron así: los encomenderos aportaron unos 960 pesos, cerca del treinta por ciento; los mercaderes, 930 pesos, otro veintinueve por ciento; los vecinos, 1.005 pesos, un treinta y uno por ciento; los tratantes, 332 pesos, algo más del diez por ciento. Al año siguiente, los mercaderes superaron levemente a los encomenderos. Estas cuentas revelan dos cosas. Primera: el impuesto terminó por implantarse. Segunda: su carga se distribuyó con una lógica que confirmaba la denuncia del cabildo eclesiástico. Los grupos privilegiados aportaban en proporción a su presencia formal en el comercio urbano, pero la carga efectiva sobre bienes de consumo popular recaía sobre vecinos y tratantes menores.

El efecto sobre la relación entre la Audiencia y los cabildos fue duradero. Durante los años que siguieron al motín, cada intento de los oficiales reales por sistematizar el cobro se topó con la misma trama de retrasos, alegaciones, memoriales y objeciones técnicas sobre la tasación de las mercancías. La administración fiscal descubrió que aplicar el impuesto exigía no sólo una orden real sino una infraestructura burocrática de la que el Nuevo Reino carecía: escribanos entrenados en llevar cuentas de alcabala, oficiales con jurisdicción clara sobre las transacciones al menudeo, mecanismos de verificación de las ventas mayores. Esa carencia dio a las élites urbanas un margen adicional para negociar de facto el ritmo y el alcance del cobro. Cuando en Tunja se consolidó por fin la recaudación, lo hizo sobre un acuerdo tácito: la Corona aceptaba una cifra modesta a cambio de la regularidad; los cabildos aceptaban la regularidad a cambio de la modestia.

Institucionalmente, el episodio dejó otra huella. Confirmó a la Audiencia y a los oidores como árbitros indispensables de los conflictos fiscales, y reforzó la práctica de enviar comisiones especiales de magistrados para restablecer la autoridad en las ciudades. La Real Audiencia se reservó ya sin discusión la legislación sobre tasación de tributos indígenas, encomienda, trabajo indígena, relaciones con el cabildo y repartición de tierras en la sabana, mientras el cabildo conservaba sus atribuciones sobre otras acciones de la comunidad urbana. La rebelión de las alcabalas fue, paradójicamente, uno de los episodios que ayudaron a definir esa división de competencias, al forzar a la Audiencia a intervenir de manera directa en un asunto que las élites urbanas habían querido tratar como suyo.

En el plano social, el impuesto acabó por incorporarse a la vida cotidiana del altiplano sin dejar de ser resentido. Los vecinos de Tunja y Santa Fe se acostumbraron a pagar la alcabala como una carga más entre otras, pero la memoria del pulso quedó grabada en la cultura política local: quedó fijada la idea de que un impuesto podía ser demorado, modulado o rebajado si los cabildos hablaban con voz común y si la vecindad respaldaba, con su presencia en la plaza, la alegación jurídica de los regidores. Esa lección, aprendida en los primeros años del siglo XVII, se transmitió en el ejercicio cotidiano de los cargos concejiles a lo largo de todo el período colonial.

Consecuencias de larga duración: el ensayo de 1592 y el ciclo de 1781

La proyección más significativa del episodio no está en sus consecuencias inmediatas sino en el repertorio político que legó. La resistencia legalista a la alcabala inauguró en el Nuevo Reino una manera específica de tramitar los conflictos fiscales con la Corona: bloquear la ejecución de la orden sin desobedecerla formalmente, articular las corporaciones locales en una voz común, y sostener la negociación con el respaldo modulado de una vecindad movilizada. Ese repertorio se conservó y reapareció con notable fidelidad casi dos siglos después en la Revolución de los Comuneros de 1781.

Los paralelismos son estructurales. En 1780, el Regente Visitador Juan Francisco Gutiérrez de Piñeres ejecutó, como parte de las reformas borbónicas, el aumento de la alcabala, la sal, el tabaco, los textiles y el algodón, junto con el reforzamiento del sistema de guías y tornaguías contra el contrabando. En marzo de 1781, la vendedora Manuela Beltrán rompió en El Socorro el edicto donde se anunciaban los nuevos impuestos, entre ellos la Armada de Barlovento. El malestar acumulado desembocó en la marcha comunera hacia Santafé y en las Capitulaciones de Zipaquirá, negociadas con el arzobispo Antonio Caballero y Góngora y firmadas por el líder criollo Juan Francisco Berbeo, que incluyeron la extinción de la Armada de Barlovento, la supresión de guías y tornaguías y la rebaja de varios ramos fiscales. El virrey, desde Cartagena, improbó las Capitulaciones alegando que habían sido negociadas bajo amenaza de violencia; una vez reforzada militarmente la capital, las autoridades las anularon. José Antonio Galán, que había rechazado el acuerdo por considerarlo apresurado y desconfiado de las promesas del arzobispo, fue aprehendido cerca de Onzaga el 13 de octubre de 1781 y condenado a muerte con sus compañeros.

La gramática de fondo es la misma que en 1592-1593. Élites criollas urbanas —cabildo, clero, comerciantes en 1592; hacendados, criollos con aspiraciones de cargos, sacerdotes en 1781— canalizan una presión fiscal que afecta transversalmente a la sociedad, negocian dentro de los marcos institucionales, obtienen concesiones formales o de facto, y presentan el conflicto como defensa del bien común frente a una Corona fiscalmente invasiva. La diferencia es de intensidad y de contexto imperial. En 1592, la Corona todavía podía aplazar la fiscalización sin sentir que ponía en riesgo su dominio. En 1781, las reformas borbónicas no dejaban ese margen: la carga tributaria de la Nueva Granada pasó de cerca del tres por ciento del producto a algo más del diez por ciento hacia finales del siglo XVIII, con los estancos de tabaco y aguardiente aportando aproximadamente el treinta y dos por ciento de los ingresos de la Corona. El desenlace fue represivo.

La resistencia legalista, además, no fue una innovación del Nuevo Reino: prolongaba un patrón estructural ya presente desde las Leyes Nuevas de 1546, cuando el Cabildo de Bogotá había estrenado la fórmula del obedézcase pero no se cumpla. El motín de 1592-1593 no inaugura un repertorio: lo aplica por primera vez a un objeto fiscal en lugar de a la legislación indigenista. Lo que sí es nuevo, y lo que hace del episodio un hito, es haber revelado por primera vez la incompatibilidad estructural entre la lógica extractiva de la Corona —remitir íntegras las nuevas imposiciones a España— y la economía interna del Nuevo Reino, donde encomenderos convertidos en terratenientes y mercaderes locales habían construido circuitos comerciales que ningún impuesto anterior había tocado.

Por qué este episodio sigue importando

La rebelión de las alcabalas de 1592-1593 pesa en la historia colombiana por tres razones. La primera es que fue el primer episodio en el que la sociedad urbana del Nuevo Reino se enfrentó institucionalmente a la Corona por un asunto fiscal, y en el que las élites criollas descubrieron que disponían de los instrumentos —cabildo, clero, memoriales, presión modulada— para bloquear una orden real sin ponerse formalmente fuera de la ley. Ese descubrimiento definió un modo de hacer política que atravesó todo el período colonial y llegó, transfigurado, hasta las juntas de 1810. La técnica —recibir la cédula con reverencia, alegar desconocimiento de la Corona sobre las condiciones locales, movilizar el cabildo eclesiástico y la vecindad, dilatar el cumplimiento hasta convertir el aplazamiento en costumbre— se enseñaba en la práctica cotidiana del gobierno concejil, y cada regidor que llegaba al cargo la aprendía de sus antecesores.

La segunda es que muestra, con una claridad que otros episodios oscurecen, la naturaleza jerárquica y socialmente asimétrica de la resistencia fiscal criolla. Quienes dirigieron la protesta —encomenderos, regidores, cabildo eclesiástico— eran precisamente quienes menos pagaban en términos reales, porque sus estancias les permitían escapar de los gravámenes al consumo menudo. La denuncia interna del propio cabildo eclesiástico contra esa asimetría es una de las voces del episodio que anticipan la crítica que dos siglos después harían algunos ilustrados a la estructura del fisco colonial. La resistencia legalista fue eficaz precisamente porque supo presentar los intereses de una élite privilegiada como defensa general de la vecindad, y esa operación —hacer pasar la parte por el todo— se conservaría como técnica política mucho más allá del período colonial.

La tercera es que estableció el guion. Cuando en 1781 el arzobispo Caballero y Góngora se sentó a negociar con Berbeo en Zipaquirá, ninguno de los dos actuaba sin memoria. La estructura del pulso —orden fiscal metropolitana, resistencia corporativa de las élites locales, movilización vecinal como argumento, negociación institucional, resultado ambiguo— venía ensayándose desde el motín contra la alcabala de finales del siglo XVI. Que en 1781 el desenlace fuera represivo y en 1592 elusivo depende de la coyuntura imperial, no de la naturaleza del conflicto. En ambos casos quedó dibujada la línea de fractura fiscal que atravesaría el orden colonial hasta el final: entre una Corona que necesitaba extraer cada vez más recursos de sus reinos americanos y unas élites locales que habían aprendido, desde muy temprano, a defender los suyos por vía jurídica sin perder el respaldo tácito de la plaza.

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La época alrededor

Este hecho no ocurrió solo

07

Archivo documental

Documentos y fragmentos citados

26 documentos · 37 fragmentos
01¿Otra historia de Colombia? De tiempos prehispánicos a hoy: lo fundamental en 12 capítulosFelipe Arias Escobar · 2023 · p. 391 cita
[1]itinerario del co mercio colonial al conocer la actividad portuaria de Cartagena, Mompox y Honda, como también al tener una comunicación permanente con habitantes de Tunja y Popayán, hacia donde él mismo se dirigía para comercializar los productos de los indíge nas a los que evangelizaba en el piedemonte amazónico. Él…p. 39
02Nueva Historia de Colombia. Vol. I: Colombia Indígena, Conquista y ColoniaÁlvaro Tirado Mejía, Jaime Jaramillo Uribe · 1989 · p. 1061 cita
[2]pesos la "pieza". Por lo demás, el Nuevo Reino gozaba de la paz social, salvo en Tunja cuando se ordenó cobrar el impuesto de alcabala, del cual estaban eximi- dos hasta entonces las colonias españolas. Esto produjo una reacción de la vecindad, lo cual obligó en 1596 a enviar al oidor, Luis Tello de Erazo a aquella…p. 106
03Historia Económica y Social de Colombia I 1537-1719Germán Colmenares · 1997 · p. 392, 399, 4373 citas
[3]la,<ibula de la cruzada». Sus cuentas y los envíos a España figuraban por separado de las rentas llamadas ordinarias o anti guas rentas (quintos, tributos, diezmos, etc.). Para los gastos de la adminis- 48 AGI. Cont. L. 1353. 49 Ibid. L. 1548. 50 AGI. Santa Fe L. 17 r. 2 Doc. 51 f. 2 v. Cont. L. 1294 A y 1294 B. Las…p. 399
[5]de Santa Fe de Antioquia. Los mineros se abstenían de declarar el metal y pagaban a los comerciantes en oro en polvo. Estos lo sacaban del distrito y lo declaraban en condiciones más favorables o simplemente lo sacaban de contrabando de la Nueva Granada. Ya se ha visto cómo la percepción de los quintos había…p. 392
[11]mantener un almacén en Tunja, en donde los frutos de la tierra se codeaban con las «ropas de Castilla». Según las cuentas de alcabalas, Mancipe era uno de los encomenderos que realizaba, año tras año, las operaciones más cuantiosas122. Con todo, a pesar de la seguridad de sus ingresos, los encomenderos no podían…p. 437
04Historia de la vida cotidiana en ColombiaBeatriz Castro Carvajal (editora) · 2016 · p. 167, 4332 citas
[4]ft Ciailqíe religioso, del orden político, del jurídico y del espacial. Las fiestas y ceremonias, de regocijo o duelo, también tenían los dos sentidos. Podemos decir que se hacía uso civil de las religiosas y religiosos de las civiles, cuyas fronteras no siempre eran claras. Desde las primeras épocas del periodo…p. 167
[10]directamente desde Sevilla; la vinculación de Alavis con un funcionario gubernamental refleja el entusiasmo generalizado por el comercio entre quienes poseían un ca- pital que les permitiera formar parte del mismo. Los encomenderos y los oficiales reales con frecuencia se vinculaban al comercio ya fuera comprando…p. 433
05Historia económica de ColombiaJosé Antonio Ocampo Gaviria (compilador), Germán Colmenares, Jaime Jaramillo Uribe, Hermes Tovar Pinzón, Jorge Orlando Melo González, Jesús Antonio Bejarano Ávila, Joaquín Bernal Ramírez, Mauricio Avella Gómez, María Errázuriz Cox, Carmen Astrid Romero Baquero · 2017 · p. 1391 cita
[6]de exportación del palo de tinte y el de la quina, de corta duración. Estos estancos o monopolios, especialmente el de aguardientes y tabaco, fueron el blanco de las mayores críticas, porque restaban campos de actividad a comerciantes y agricultores, que estaban en capacidad de hacer inversiones y explotar por su…p. 139
06Breve historia económica de ColombiaSalomón Kalmanovitz · 2017 · p. 651 cita
[7]0,72 1,21 2,74 2,5 Impuesto/pib 2,9 % 4,7 % 10,4 % 8,4 % Fuentes: para los promedios de los quinquenios entre 1761 y 1800 en Meisel (2004); para 1810, Jaramillo, (1987) —cuenta fiscal que está posiblemente incompleta—. Los ingresos de la Corona en la última década de su dominación alcanzaron en promedio la suma de 2,…p. 65
07Industria y protección en Colombia, 1810-1930Luis Ospina Vásquez · 2017 · p. 981 cita
[8]peso de 8 reales. Al final del siglo xviii contenía 371 granos de plata pura. Se le acuñaba en la Metrópoli y en varias de las colo- nias, incluso en el virreinato —Santa Fe y Popayán—. El área en que ese peso corría como moneda era sumamente extensa puesto que, a más de los dominios americanos y asiáticos de la…p. 98
08Manual de Historia de Colombia, Tomo IJaime Jaramillo Uribe (Director Científico), Gerardo Reichel-Dolmatoff, Juan Friede, Jorge Palacios Preciado, Alberto Corradine Angulo, Francisco Gil Tovar, María Teresa Cristina · 1982 · p. 157, 192, 2063 citas
[9]que se acog í an a la Iglesia, o porque cobraba derechos e impuestos sobre los indios de alquiler y la venta de velas, carne y vino, el cabildo escrib í a: “ Porque los ecomende- ros, mercaderes y hombres ricos, que tienen negros y caballos con qu é servirse y estancias con ganado para su. mantenimiento, no alquilan…p. 206
[14]ganado de los espa ñ oles, la decisi ó n 168 LA CONQUISTA DEL TERRITORIO Y EL POBLAMIENTO sobre los l í mites jurisdiccionales de las ciudades del Nuevo Reino que pleiteaban entre s í. Tampoco lograron zanjarse las rivalidades entre los encomenderos por linderos de sus encomiendas o por ios indios encomendados, pues…p. 157
[15]Corona contrat ó la importaci ó n de esclavos africanos' desde Guinea, Cabo Verde y Angola con una compa ñí a particular, c En octubre de 1592 fue nombrado Pedro de Acu ñ a para el cargo de gobernador de Cartagena. De las actas de la visita a Cartagena hecha en julio de 1594 por Luis Tello de Erazo, oidor de la Audien…p. 192
09Historia de Colombia. El Establecimiento de la Dominación EspañolaJorge Orlando Melo · 1977 · p. 1581 cita
[12]los demás empleos municipales. Como se ha visto los gobernadores recibían su nombramiento de España, y era difícil influir sobre su selección desde una región de las Indias, sobre todo después de que ésta comenzaba a estabilizarse. Pero los cargos de regidores, alcaldes y demás empleos urbanos se proveían localmente.…p. 158
10Breve historia de BogotáMarco Forero · 2016 · p. 39, 442 citas
[13]acciones de la comunidad eran regidas y supervisadas por el Cabildo, pero sus contrapartes, la Real Audiencia y sus oidores, se reservaron la legislación sobre temáticas centrales y primordiales para el funcionamiento económico de la ciudad: Tasación de los tributos indígenas.. Legislación sobre encomienda..…p. 39
[30]estimó que cerca de cuatro mil personas avanzaban hacia la capital. Cuando llegaban a la actual ciudad de Zipaquirá, el arzobispo español Antonio Caballero y Góngora (designado para negociar la pacificación de la rebelión) se reúne con los líderes del movimiento, siendo el principal Juan Francisco Berbeo; es ahí que…p. 44
11Economía y Nación: una breve historia de ColombiaSalomón Kalmanovitz · 1994 · p. 14, 274 citas
[16]instrumentos de intervención: de las prime- ras ocupaciones, financiadas privadamente, se había pasado al entronizamiento de una burocracia administrativa y eclesiástica, además de algún pie de fuerza militar, suficientes para debilitar el poder de los conquistadores. Las contradicciones entre la política colonial…p. 14
[17]instrumentos de intervención: de las prime- ras ocupaciones, financiadas privadamente, se había pasado al entronizamiento de una burocracia administrativa y eclesiástica, además de algún pie de fuerza militar, suficientes para debilitar el poder de los conquistadores. Las contradicciones entre la política colonial…p. 14
[22]abierto" —abolición de las cercas que protegían los cultivos—, con perjuicio de los agricultores. 24 En tales circunstancias es probable que parte de los encomenderos fueron simultáneamente terratenientes, con la ventaja de poseer durante un cierto tiempo el monopolio de la mano de obra indígena. No había dificultad…p. 27
[23]abierto" —abolición de las cercas que protegían los cultivos—, con perjuicio de los agricultores. 24 En tales circunstancias es probable que parte de los encomenderos fueron simultáneamente terratenientes, con la ventaja de poseer durante un cierto tiempo el monopolio de la mano de obra indígena. No había dificultad…p. 27
12Colombia: las razones de la guerraJorge Orlando Melo González · 2021 · p. 241 cita
[18]ordenar formas serviles de trabajo. Los debates sobre estos temas fueron interminables y de gran riqueza, y en ellos aparece el rechazo de los colonos a los alegatos de los curas y a las normas reales que los obligaban a moderar la explotación del indio. Los nuevos pobladores de las Indias argumentaban la necesidad de…p. 24
13Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado. Ensayo introductorioComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 311 cita
[19]las Indias 21, que garantizaba la dominación con intuiciones de control y vigilancia, la uniformidad pretendida seguía siendo trastocada por la realidad heterogénea del terri- torio. A este respecto Jaramillo Uribe anota: Diversas culturas, diversas densidades de población, diferentes territorios geográficos,…p. 31
14Aproximaciones a la historia del Derecho en ColombiaLuis Freddyur Tovar, Beatriz Eugenia Salamanca Charria, Carlos Andrés Delvasto Perdomo, Carlos Andrés Echeverry Restrepo, Francesco Zappalá Sastoque, Iván Alberto Díaz Gutiérrez · 2014 · p. 29, 2832 citas
[20]para resistir. España administraba sus colonias a través de un sistema legal y magistrados equivalentes a los propios. Adicionalmente, se trataba de un gobierno de jueces, donde cada oficial delegado ejercía funciones jurisdiccionales de una u otra manera 7. La costumbre y la equidad jugaron un papel crucial en los…p. 283
[21]eran uni - ficadas, centralizadas y solo existió una autoridad normadora: la voluntad real. En el anterior sentido, entonces, el llamado control jurídico de los actos de los gobernantes coloniales americanos es una derivación del concepto de justicia retenida que operó en el medioevo y ejercido desde la administración…p. 29
15Grandes momentos de ColombiaGustavo Castro Caycedo · 2016 · p. 2351 cita
[24]deseo de participación política. En 1752, en 1764 y en 1767 se realizaron motines contra la corona; y en 1779 una sublevación de 1.000 indígenas. Se incrementaron o crearon impuestos para alimentar la guerra de España contra Inglaterra. Al Regente Visitador Juan Francisco Gutiérrez de Piñeres, le correspondió ejecutar…p. 235
16Historia de Colombia. País fragmentado, sociedad divididaFrank Safford, Marco Palacios · 2012 · p. 1241 cita
[25]n te las restricciones, destruían todas las plantas de tabaco sem bra das fuera de las áreas perm itidas y arrestaban y encarcelaban a los violadores. Todo ello ocurría en una época de escasez de alim entos y epidem ia de viruela en la región de G uanentá, cuando, según se dice, m urieron allí unas seis mil personas.…p. 124
17Historia mínima de ColombiaJorge Orlando Melo · 2017 · p. 871 cita
[26]pesinos y comerciantes arrancaron los avisos de las nuevas reglas de impuestos. Las protestas crecieron con rapidez y poco a poco fueron incorporando a los notables locales de todo el oriente y se extendie ron a los llanos orientales. En decenas de pueblos se formaron gru pos de gente del “ com ú n ” que se un í an y…p. 87
18Enciclopedia de Colombia - Volumen 2Camilo Calderón Schrader · 2001 · p. 95, 982 citas
[27]el rey, pero no queremos pagar la Armada de Barlovento!» El alcalde prometió que participaría al cabildo sobre los reclamos de los reunidos para informar al visitador. La muchedumbre no le prestó aten- ción y una vendedora de la plaza, Manuela Bel- trán, rompió el edicto donde se hallaba fijado el impuesto. Como…p. 95
[28]del Socorro. En esta pro- vincia, entre el 20 de por el arzobispo Caballero y Góngora, que se ha- llaba de visita en la región, no apoyó las preten- siones del pueblo. Galán, que había llegado a Mogotes el 2 de septiembre, pertenecía al bando de quienes no creían en las promesas del arzobispo de hacer cumplir las…p. 98
19Historia económica de Colombia, 1845-1930William Paul McGreevey · 2015 · p. 531 cita
[29]las relaciones comerciales de sus colonias. La población nativa de Colombia probablemente nunca había gozado de mejores condiciones que las existentes al finalizar la prime- ra mitad del periodo borbónico, pues su población iba en aumento y todos los viajeros de la época dan cuenta de su nivel de vida modesto pero…p. 53
20Peregrinación de AlphaManuel Ancízar · 2016 · p. 2201 cita
[31]a los principales jefes o capitanes de los comunes, dándoles a entender su comisión, y que los oirían gratos luego que les avisaran el paraje de la reunión. «Mas como la principal fermentación estaba dentro de la capital, donde se cree que formaron los pasquines, y se comunicaban frecuentemente los avisos al cuerpo de…p. 220
21Resistencia en el San JorgeOrlando Fals Borda · 2002 · p. 1611 cita
[32]a la religión y no haber entre ellos asesinatos ni peleas, aún en sus b o r r a c h e r a s ". (En esta tarea misional González Belandres tuvo d e s p u é s sus fuertes encontrones con el p a d r e José Palacios de la Vega, a quien también se le confió, en 1787, la misión de re- ducir a los indios de San Cipriano y…p. 161
22Pensar el siglo XIX. Cultura, biopolítica y modernidad en ColombiaSantiago Castro-Gómez (ed.) · 2004 · p. 131 cita
[33]incorporado previamente en el habitas (Bourdieu, 1999b: 21). Hábito e ideología criolla... 9 Debido al proceso de expropiación de los privilegios criollos, acelerado con la visita general de 1776 y encaminado a desestimular la formación de vínculos entre ellos y los peninsulares, se desencadenó u n a creciente…p. 13
23¿Por qué fracasa Colombia?Enrique Serrano López · 2016 · p. 451 cita
[34]de que los cronistas registran que en algunas ocasiones surgían desacuerdos entre vecinos y algunas complicaciones regionales, estas nunca fueron serias ni derivaron en motines y prácticamente hasta antes de la revuelta de los Comuneros, en 1780, no hubo manifestaciones entre estas familias de una insatisfacción…p. 45
2430 hechos que cambiaron la historia de ColombiaRafael Pardo Rueda · 2022 · p. 131 cita
[35]se inició el retorno de los comuneros a sus pueblos. Berbeo fue nombrado corregidor, con un sueldo anual de mil pesos. José Antonio Galán no aceptó las negociaciones, pues le parecía que habían sido aprobadas muy rápido. El tiempo acabó por darle la razón. El virrey, que estaba en Cartagena para prevenir un ataque de…p. 13
25Estudios interdisciplinarios de las élites en ColombiaCatalina Acosta Oidor, Alexander Gamba Trimiño, Verónica Salazar Baena · 2023 · p. 611 cita
[36]nuevos títulos y bienes. Según Lope de Vega, los indianos son derrochadores por naturaleza, pues “tienen dineros y los dan en toda ocasión”, además de vivir presumiendo no solo las fatigas y trabajos vividos en el pasado, sino también los títulos que gracias a ello han alcanzado (Martínez-Tolentino, 2001, pp. 83 -…p. 61
26Ensayos para la historia de la política de tierras en Colombia. De la colonia a la creación del Frente NacionalAbsalón Machado Cartagena · 2009 · p. 331 cita
[37]agraria los expone Liévano así: La reforma agraria de 1591 aspiraba a provocar una revisión general de los títulos de propiedad, porque no era un secreto para la Corona que las condiciones de morada, labor y residencia de cuatro años no se habían cumplido en la mayoría de los casos; ni se ignoraba tampoco en el Con…p. 33