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Idea · Independencia

Patronato republicano

Mecanismo jurídico mediante el cual los gobiernos surgidos de la Independencia se declararon herederos de las prerrogativas que la Corona española había ejercido sobre la Iglesia católica en América, transfiriendo al Estado republicano el control sobre nombramientos eclesiásticos, fundaciones religiosas y jurisdicciones diocesanas sin cambiar la naturaleza de la institución, apenas su titular.

3.555 palabras24 documentos33 fragmentos citados
Patronato republicano

Trayectoria de una idea

  1. 1493

    Bulas de Alejandro VI: origen del patronato regio en América

  2. 1814

    El clero patriota instrumentaliza la religión: el Catecismo de Fernández de Sotomayor

  3. 1821

    Congreso de Cúcuta: primeras medidas del Estado republicano sobre la Iglesia

  4. 1824

    Ley de patronato eclesiástico de la Gran Colombia

  5. 1826

    Gestiones de Bolívar ante la Santa Sede y concesión de episcopado nacional

  6. 1832

    La Convención Granadina delimita diócesis en ejercicio del patronato

  7. 1834

    Elección del arzobispo Mosquera mediante el patronato republicano

  8. 1850

    Renuncia al patronato bajo José Hilario López

03

La lectura

El patronato republicano no fue una creación original de los fundadores de Colombia sino la apropiación deliberada de una institución colonial de tres siglos de antigüedad: los gobiernos surgidos de la Independencia se declararon sucesores jurídicos de los reyes de Castilla en su calidad de cabezas operativas de la Iglesia americana, sin negociar esa herencia con Roma ni abolir su arquitectura. La paradoja más llamativa de su historia es que fueron sacerdotes patriotas —Azuero Plata, Fernández de Sotomayor— quienes redactaron y promovieron el instrumento con el que el Estado disciplinaría al clero, combinando en una misma figura la sotana y la logia masónica. Su aplicación práctica reveló las tensiones estructurales del proyecto: Roma no reconocía la transmisibilidad del privilegio regio a repúblicas, las diócesis estaban descabezadas, los conventos se suprimían por decreto y los obispos se elegían sin consulta previa al Vaticano. Durante casi treinta años, el patronato republicano fue el terreno donde se libró la lucha por definir si Colombia heredaría las herramientas absolutistas de la monarquía católica o construiría un Estado separado de la Iglesia; cuando en 1850 el liberalismo renunció a esa herencia, cerró un ciclo que había comenzado, sin solución de continuidad, en los tiempos de la conquista.

El patronato republicano fue el mecanismo jurídico mediante el cual los gobiernos surgidos de la Independencia se declararon herederos de las prerrogativas que la Corona española había ejercido sobre la Iglesia católica en América. Nombrar obispos, autorizar la construcción de templos, delimitar diócesis, controlar el clero regular y secular, presentar candidatos a beneficios eclesiásticos: todo aquello que los reyes de Castilla habían recibido de Roma en 1493 y ejercido durante tres siglos pasó, tras 1819, a los presidentes y congresos de la Gran Colombia sin cambiar de naturaleza, apenas de titular. La institución no fue una invención republicana ni una ruptura revolucionaria: fue una apropiación deliberada, sostenida durante casi medio siglo, que preservó la arquitectura colonial de dominación sobre lo eclesiástico bajo la nueva soberanía. Entender el patronato republicano es entender por qué la Colonia, en materia religiosa, se prolongó bastante más allá del acta del 20 de julio.

Bajo esta figura, el Estado colombiano —primero como Gran Colombia, luego como Nueva Granada— reclamó ejercer sobre la Iglesia católica dentro de sus fronteras el conjunto de derechos y facultades que había definido el regio patronato indiano, en continuidad directa con él. Su núcleo eran tres prerrogativas heredadas del esquema alejandrino: la autorización exclusiva para erigir iglesias catedrales y monasterios, el patronato en sentido castellano tradicional y el derecho de presentación, esto es, la potestad de proponer a Roma a las personas que habrían de ocupar dignidades y beneficios eclesiásticos. Sobre esa base se incluía nombrar obispos, intervenir en tribunales eclesiásticos, recibir diezmos, fundar misiones y ejercer control administrativo sobre el clero regular y secular.

Su peso no fue meramente técnico. Durante los primeros treinta años de vida republicana, este régimen fue el terreno donde se libró una parte decisiva de la lucha por definir qué tipo de Estado sería Colombia: uno que heredaba las herramientas absolutistas de la monarquía católica o uno que se separaba de la Iglesia bajo principios liberales. Fue también el marco en el que se procesaron los primeros grandes conflictos con Roma, la primera política eclesiástica autónoma de un país recién nacido y el primer ensayo de disciplinamiento del clero por parte de un gobierno republicano. Cuando en 1850 el partido liberal, bajo José Hilario López, adoptó la fórmula de Cavour —Iglesia libre en el Estado libre— y renunció a esa herencia como principio, cerró un ciclo que había comenzado, sin solución de continuidad, en los tiempos de la conquista.

Los orígenes: del patronato regio al patronato republicano

Para comprender lo que la república heredó hay que remontarse a las bulas de Alejandro VI de 1493, que concedieron a los Reyes Católicos, en su condición de príncipes cristianos, el derecho de patronato y presentación en las islas y tierras adquiridas o por adquirir en el Nuevo Mundo. El concepto castellano tenía raíces más antiguas —las Partidas de Alfonso X, en el siglo XIII, ya lo definían con precisión—, pero fue la concesión pontificia la que lo proyectó sobre América con un alcance sin precedentes. La Corona no gobernaba la Iglesia americana como un poder externo: la administraba desde adentro, en virtud de una delegación pontificia que la convertía en su cabeza operativa.

De ahí la fórmula que atraviesa todo el orden colonial: los monarcas españoles aparecían como jefes de la Iglesia en América. El alto clero, mayoritariamente de procedencia peninsular, se relacionaba más estrechamente con el rey que con el papa. Las prerrogativas se extendieron a virreyes, presidentes de audiencias y gobernadores en calidad de vicepatronos, de modo que la red administrativa civil era simultáneamente red administrativa eclesiástica. La evangelización del Nuevo Reino de Granada durante el siglo XVI fue así una política de Estado: la conquista militar y la conquista espiritual avanzaban juntas, y la expansión de los dominios de la monarquía implicaba la expansión de la fe.

La creación de la Real Audiencia de Santafé en 1549 suele tomarse como punto de partida del establecimiento sistemático de las órdenes religiosas y de la maquinaria evangelizadora en el Nuevo Reino. Desde entonces, obispados y órdenes —dominicos, franciscanos, agustinos, jesuitas— constituyeron el eje del aparato eclesiástico neogranadino, y tendieron a concentrarse en los centros de poder económico y político. Antioquia y Santander conocieron una presencia religiosa mucho más ligera, con pocos conventos; los Llanos y el Chocó fueron zonas de misión periférica, adonde no acudían muchos ni los mejores sujetos. La evangelización fue, por tanto, regionalmente desigual: en Cundinamarca, Boyacá, Nariño, Tolima y Huila los naturales estaban adoctrinados con regularidad por el clero; en el Chocó la situación era muy distinta.

Sobre este sustrato golpearon, ya en el siglo XVIII, las reformas borbónicas. Cuando la Corona ordenó la enajenación de capitales acumulados por cofradías, conventos y clero secular, no solo afectó la economía eclesiástica: desconoció una función social —la del crédito, la beneficencia, la educación— que la Iglesia había desempeñado durante siglos en la Nueva Granada. Las consecuencias institucionales fueron grandes y crearon, entre sectores del clero, un malestar hacia la política peninsular cuyos ecos se percibirían en 1810.

Esa es la herencia que reciben los revolucionarios. No una Iglesia distante gobernada desde Roma, sino una Iglesia colonial cuya cabeza jurídica era el rey y cuya operación cotidiana estaba entrelazada con la administración civil. Cuando el 20 de julio quebró el vínculo con Fernando VII, la pregunta lógica no era si la Iglesia quedaría libre, sino quién ocuparía el lugar vacante del patrono.

La trayectoria: los hitos, fechados

1810-1815: el clero se parte y la simbología se disputa

Desde el mismo estallido de 1810, los miembros del clero católico neogranadino se alinearon con uno u otro bando. Una parte apoyó decididamente la causa americana. El caso más elocuente es el de Juan Fernández de Sotomayor, cura de Mompós y más tarde obispo de Cartagena, que publicó en 1814 el Catecismo e Instrucción Popular: en él denunció los abusos cometidos por los españoles bajo pretexto de la promoción cristiana y proclamó la justicia de la revolución, llamando a los pueblos a defenderla. Fernández de Sotomayor estaba, además, vinculado a las primeras logias masónicas, una filiación que se repetirá en la biografía de otros clérigos patriotas. Pablo Francisco Plata, rector de San Bartolomé y cura de la Catedral, firmó el Acta de Independencia y promovió las ideas emancipadoras desde el corazón mismo del aparato eclesiástico santafereño.

Otros sectores del clero, en cambio, defendieron a la Corona con igual convicción. La religión funcionó como instrumento político en ambos bandos: patriotas y realistas se apropiaron de la simbología católica compartida y la pusieron al servicio de sus causas. Cuando en 1814 Pío VII publicó una encíclica exhortando a los hispanoamericanos a la obediencia y sumisión al gobierno español, el documento circuló poco, fue en ocasiones considerado una falsificación y recibió interpretaciones acomodadas por parte del clero patriota. Diez años más tarde, León XII adoptaría una actitud semejante, con resultado parecido.

Las constituciones provinciales expedidas entre 1811 y 1815 —Cundinamarca, Tunja, Antioquia, Cartagena, Mariquita, Popayán, Neiva, Pamplona— no rompieron categóricamente con las instituciones coloniales. Las adecuaron semánticamente, cambiándoles el nombre y el fundamento, pero conservaron su arquitectura. En materia eclesiástica, ninguna abolió la vieja institución: la asumieron como atribución natural del nuevo poder.

1819-1821: la Gran Colombia y el Congreso de Cúcuta

Con la victoria patriota y la fundación de la República de Colombia, la cuestión pasó del terreno provincial al del Estado nacional. El escenario era delicado: al momento de la fundación, las diócesis de Santa Marta, Quito y Cuenca, junto con la arquidiócesis de Santafé, estaban vacantes de su prelado. Las diócesis caribeñas de Cartagena y Santa Marta permanecerían sin obispos durante un tiempo prolongado, y la mayoría de sacerdotes y misioneros españoles habían abandonado el país tras el desenlace militar, dejando muchas parroquias desatendidas. La estructura eclesiástica que la república pretendía heredar estaba, en buena medida, descabezada.

El Congreso de Cúcuta de 1821 dio los primeros pasos codificadores. Además de resolver el debate constitucional entre centralismo y federalismoAntonio Nariño presentó un proyecto que resumía la fórmula centralismo primero, federalismo después—, adoptó una medida que marcó de entrada el tono de las relaciones con la Iglesia: decidió nacionalizar los conventos con menos de ocho miembros y convertirlos en escuelas secundarias. La disposición apuntaba al clero regular más débil, disolviendo las casas menos numerosas y redirigiendo sus recursos hacia la educación pública. Fue una decisión de vasto alcance simbólico: el Estado republicano se atribuía la potestad de suprimir instituciones eclesiásticas, disponer de sus bienes y reasignar sus edificios. Las relaciones con la Iglesia se deterioraron, y el descontento se extendió tanto al clero regular directamente afectado como a Roma.

1824: la ley de patronato

En los años veinte del siglo XIX, el Congreso de la Gran Colombia aprobó una ley de patronato eclesiástico que constituyó la codificación formal del régimen. Su promotor más visible fue el presbítero Juan Nepomuceno Azuero Plata, signatario del Acta de Independencia, miembro activo del Congreso y figura destacada entre los clérigos que se afiliaron a logias masónicas. Su biografía condensa el perfil típico de los redactores: sacerdote, patriota, ilustrado, con inserción en las redes de sociabilidad liberal de la época.

La lógica subyacente a la ley era clara: el Estado republicano heredaba las prerrogativas que habían ejercido los reyes españoles. Nombramientos episcopales, presentación de candidatos a beneficios, autorización de fundaciones religiosas, delimitación de jurisdicciones eclesiásticas: todo pasaba al gobierno de Bogotá con el mismo alcance —o al menos con la misma pretensión— que había tenido en manos de Madrid. La transferencia no requería, en la lectura de sus promotores, negociación con Roma: se trataba de una sucesión, no de una nueva concesión.

1820-1830: la negociación con la Santa Sede

El problema es que Roma no lo veía así. El derecho regio había sido una concesión pontificia a príncipes cristianos determinados —los Reyes Católicos y sus sucesores— y no un privilegio transmisible por vía de sucesión política a repúblicas cuyo carácter cristiano aún estaba por demostrar a los ojos vaticanos. El propio hecho de que Pío VII hubiera publicado en 1814 una encíclica pro-española, y León XII repitiera la posición en 1824, mostraba que la Santa Sede consideraba aún vigente el vínculo con la Corona.

Simón Bolívar comprendió la magnitud del problema y desplegó una activa gestión diplomática ante la Santa Sede para que reconociera a la Gran Colombia como jurisdicción religiosa autónoma, independiente de la Corona española. La iniciativa se enmarcaba en la política exterior más amplia estructurada bajo la Secretaría de Relaciones Exteriores, en la que Pedro Gual tuvo un papel organizador. Enviar misiones ante la Santa Sede para obtener el reconocimiento pontificio de la independencia fue una de las líneas centrales de esa política, en paralelo a las gestiones ante otros estados soberanos.

Los resultados fueron parciales pero significativos. León XII y Pío VIII concedieron la creación de un episcopado nacional para la Gran Colombia, independiente de las disposiciones de la Corona española. Roma admitía así, en la práctica, la existencia de una jerarquía eclesiástica colombiana no supeditada a Madrid: una concesión de fondo, no de forma. El reconocimiento formal de la independencia por parte del Estado Pontificio, sin embargo, tardó bastante más en materializarse: llegaría solo el 26 de noviembre de 1835, cuando la Gran Colombia ya había dejado de existir. El desfase entre concesión episcopal y reconocimiento diplomático marcaría durante décadas la naturaleza ambigua de la institución: operativa hacia adentro, disputada hacia afuera.

1826-1834: aplicación práctica

Mientras se negociaba con Roma, el sistema funcionaba. La supresión de conventos menores, dispuesta en 1821, fue adoptada nuevamente en 1826 y reconfirmada en 1832, señal de que la medida enfrentaba resistencias y requería sucesivas ratificaciones. La Convención Granadina de 1832 expidió una ley sobre los límites de las diócesis de Bogotá y Popayán en ejercicio de las prerrogativas republicanas, prueba de que la potestad de demarcación jurisdiccional se ejercía sin pedir autorización previa a Roma. En 1834 se produjo la demostración más elocuente de que la institución operaba: la elección del arzobispo Manuel José Mosquera se hizo mediante el derecho de patronato republicano, es decir, presentado por el gobierno según el mecanismo heredado del regio patronato.

Su red: personas, lugares e ideas

La aplicación práctica descansaba en muy pocas manos, y la composición de esa red dice tanto del proyecto como los textos legales.

Del lado eclesiástico patriota, la figura decisiva fue Juan Nepomuceno Azuero Plata: presbítero, signatario del Acta de Independencia, congresista, masón, promotor de la ley de 1824. En él se cifra la paradoja de una institución nacida de manos clericales: fueron sacerdotes, no anticlericales militantes, quienes redactaron el instrumento con el que el Estado disciplinaría a la Iglesia. Juan Fernández de Sotomayor encarnó la otra cara de esa paradoja: su Catecismo de 1814 anticipaba la lógica de un catolicismo republicano compatible con la independencia y con la supremacía del nuevo Estado, y su llegada al obispado de Cartagena, tras años de vacancia caribeña, corporizó la nueva jerarquía surgida del régimen. Pablo Francisco Plata, rector de San Bartolomé, aportó desde la Catedral santafereña el capital simbólico del clero ilustrado adherido a la causa.

Estos clérigos ilustrados se movían con soltura entre el púlpito, el aula universitaria, el Congreso y la logia. Su formación teológica les daba autoridad para redactar leyes sobre la Iglesia sin exponerse a la acusación de anticlericalismo; su filiación masónica los conectaba con las redes internacionales del liberalismo hispanoamericano; su condición de firmantes del Acta los legitimaba ante los sectores civiles del gobierno. Ninguna otra institución republicana temprana tuvo un cuerpo redactor tan homogéneo ni tan bien situado en la doble frontera Iglesia-Estado.

Del lado civil, la figura central fue Simón Bolívar, cuyo pragmatismo diplomático ante Roma equilibró la firmeza legislativa del Congreso: mientras los legisladores afirmaban la sucesión unilateral, el Libertador negociaba con la Santa Sede el reconocimiento que le daría legitimidad canónica. Francisco de Paula Santander, lector directo de Bentham, representó la vertiente institucional-legalista del proyecto, aquella que veía en el patronato no una concesión pontificia sino un atributo natural de la soberanía. Del lado pontificio, los actores fueron Pío VII, León XII y Pío VIII, cuyas actitudes oscilaron entre la defensa nominal del vínculo con Madrid y la concesión práctica de una jerarquía colombiana autónoma. La tensión entre las dos líneas civiles —la pragmática bolivariana y la doctrinaria santanderista— explica buena parte de la ambivalencia del régimen: se negociaba con Roma lo que, en simultáneo, se afirmaba no requerir negociación alguna.

Las ideas que sostenían el edificio provenían de dos fuentes que a primera vista parecerían incompatibles y que en la práctica convivieron. Por un lado, la tradición regalista española, que durante los Borbones había afirmado con creciente fuerza la primacía del poder civil sobre lo eclesiástico y que los legisladores republicanos heredaron casi intacta: el Estado como cabeza natural de la Iglesia en su territorio. Por otro, el pensamiento ilustrado y liberal, que llegaba a los mismos redactores por vía de las logias masónicas, de la lectura de los publicistas europeos y del contacto directo con figuras como Bentham. Ambas corrientes coincidían en un punto operativo: el Estado debía controlar a la Iglesia. Diferían en el fundamento —herencia jurídica o principio racional— pero convergían en la conclusión. Esa doble raíz explica que la fórmula pudiera ser defendida a la vez por conservadores prácticos y por liberales tempranos: cada cual leía en ella lo que necesitaba.

Los lugares donde se decidió y ejerció fueron pocos y densamente cargados. Santafé de Bogotá, sede del gobierno y de la arquidiócesis, concentró el núcleo administrativo. Cúcuta, en 1821, dio el marco legislativo inicial. Roma fue el escenario diplomático donde se negoció la legitimidad canónica. Cartagena, sede episcopal caribeña, encarnó las vacancias de la posindependencia y la llegada de un nuevo tipo de obispo patriota. Popayán, con su tradición eclesiástica arraigada, fue objeto de la delimitación diocesana de 1832. Y las regiones de escasa presencia eclesiástica —Antioquia, Santander, los Llanos, el Chocó— configuraron el mapa de una geografía religiosa desigual que la república heredó sin poder transformar.

La huella: continuidades, fricciones y ruptura

En su fase de plena vigencia, el régimen funcionó como el instrumento con el que gobernantes de escasa legitimidad social intentaron controlar a una institución cuya autoridad era casi universalmente aceptada. El contraste era radical: obispos y curas eran obedecidos por el pueblo con naturalidad, mientras los nuevos gobernantes republicanos eran percibidos como distantes. El peso social, político y económico de la Iglesia superaba con creces la debilidad fiscal y la precaria legitimidad del Estado naciente. La herramienta fue así menos un mecanismo efectivo de dominio que una pretensión jurídica sostenida a pulso, dependiente en buena medida de la colaboración de un sector del clero —el ilustrado y patriota— que veía en ella una oportunidad de reconfigurar el mapa eclesiástico en su favor.

Un sector de las élites políticas republicanas leyó desde temprano el poderío eclesiástico como un peligro y emprendió acciones para controlarlo, limitarlo y reducirlo, sobre todo en sus aspectos económicos y políticos. La supresión de conventos menores, ratificada sucesivamente, apuntaba a la disolución de las casas más débiles y a la reasignación de sus recursos hacia la educación pública. Fue el primer ensayo de una política que, décadas después, la desamortización liberal llevaría a una escala mucho mayor. Al mismo tiempo, sectores del clero apoyaron estas medidas, sea por afinidad con las ideas ilustradas, sea por integración en las redes de poder locales que se estaban rearticulando.

Pero la asimetría entre pretensión y poder marcó los límites de la institución. En parroquias donde el Estado no proveía escuelas ni hacía cumplir la ley, algunos sacerdotes argumentaban con razón que su presencia era necesaria para enseñar, prevenir crímenes y sostener las bases de la sociedad política. La norma moral eclesiástica seguía funcionando como norma legal en la práctica: los desórdenes morales eran delitos perseguibles de oficio por alcaldes, alguaciles y párrocos, y la ortodoxia cristiana era condición de prestigio social. En términos de gobierno cotidiano del territorio, la Iglesia hacía lo que el Estado no podía hacer. El derecho de presentación le confería a Bogotá la facultad de nombrar al obispo, pero era el obispo, y no Bogotá, quien tenía autoridad efectiva sobre la vida de los feligreses.

La Convención Granadina de 1832 y la elección de Manuel José Mosquera en 1834 muestran que, tras la disolución de la Gran Colombia, la Nueva Granada retuvo la institución como pieza operativa de su régimen. Gobiernos posteriores, incluso los conservadores como el de Mariano Ospina Rodríguez, no la cuestionaron formalmente. Mantuvieron relaciones estrechas con la Iglesia y auspiciaron medidas como el reingreso de los jesuitas para dirigir planteles públicos, pero conservaron aquella prerrogativa como atributo del Estado. La ruptura no vino del conservatismo sino del liberalismo.

En 1850, bajo la presidencia de José Hilario López, el partido liberal —recién formalizado como tal, en el marco de la aparición de los dos partidos políticos colombianos cuya diferenciación giraba en gran medida en torno al lugar de la Iglesia— adoptó como base de su política el principio de separación Iglesia-Estado, formulado con la fórmula de Cavour: Iglesia libre en el Estado libre. Con ello se cerraba el ciclo. Ya no se trataba de que el Estado heredara las prerrogativas de la Corona, sino de que renunciara a ellas para dejar a la Iglesia en un espacio propio y separado. La consecuencia práctica fue inmediata y violenta: Manuel José Mosquera, el mismo arzobispo elegido en 1834 en virtud de la vieja fórmula, fue desterrado por orden de López tras defender los derechos de la Iglesia. Su sucesor, Antonio Herrán, se enfrentó a los gobiernos de López y Mosquera, y fue confinado por este último.

El fin del régimen no fue, sin embargo, el fin del debate. La Regeneración liderada por Miguel Antonio Caro y los legisladores de 1886 buscó revertir la separación establecida por los liberales, y restituyó a la Iglesia una posición de mayor autoridad en el orden nacional. Pero incluso la Regeneración conservó algunos logros del período liberal —la estabilidad financiera derivada de la desamortización— y no restauró la institución en su forma antigua. La Constitución de 1886 y el Concordato de 1887 con la Santa Sede definirían un nuevo régimen de relaciones que ya no era ni el patronato colonial ni la separación radical de 1850, sino una tercera forma negociada entre el Estado y Roma. En ese Concordato, la Santa Sede recuperó márgenes de autonomía que la fórmula republicana le había disputado durante medio siglo.

Lo que quedó, después de 1850, no fue un régimen sino una gramática. La discusión pasó de heredar el patronato a definir la separación, y luego de definir la separación a negociarla en el Concordato; pero el eje —quién dispone de la Iglesia, y con qué títulos— siguió organizando la política colombiana durante otro medio siglo. Los sacerdotes ilustrados de Cúcuta y Bogotá, al codificar en 1824 una herencia que creían transferible con la soberanía, hicieron algo más duradero que perpetuar una ficción jurídica: fijaron el terreno en el que Liberales y Conservadores se reconocerían como adversarios. Que el patrono llevara casaca republicana en vez de manto real no cambió el hecho de que, durante treinta años, alguien siguiera reclamando el derecho de nombrar obispos en nombre de una soberanía que aún no había persuadido a Roma de que era, en efecto, cristiana.

04

En el archivo

1 apariciones públicas, ordenadas por período y año.

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Relaciones

Vínculos editoriales de la ficha y conexiones observadas dentro del archivo.

Relaciones editoriales

  1. 01Patronato regio: institución colonial de la que el patronato republicano fue heredero directo, sin cambio de naturaleza, solo de titular; fundado en las bulas de Alejandro VI de 1493 y ejercido por la Corona española durante tres siglos.
  2. 02Juan Nepomuceno Azuero Plata: presbítero, signatario del Acta de Independencia, congresista y masón, fue el promotor más visible de la ley de patronato eclesiástico de la Gran Colombia aprobada en los años veinte del siglo XIX.
  3. 03Simón Bolívar: gestionó ante la Santa Sede el reconocimiento de la Gran Colombia como jurisdicción religiosa autónoma, logrando que León XII y Pío VIII concedieran la creación de un episcopado nacional independiente de la Corona española.
  4. 04Congreso de Cúcuta (1821): primer escenario legislativo donde el Estado republicano ejerció prerrogativas sobre la Iglesia al nacionalizar conventos con menos de ocho miembros y convertirlos en escuelas secundarias.
  5. 05Juan Fernández de Sotomayor: cura de Mompós y luego obispo de Cartagena, cuyo Catecismo e Instrucción Popular de 1814 ilustra la apropiación patriota de la simbología católica que precedió y acompañó la construcción del patronato republicano.
  6. 06José Hilario López: presidente bajo cuyo gobierno el partido liberal renunció al patronato republicano en 1850, adoptando la separación entre Iglesia y Estado como principio.
  7. 07Concordato: figura jurídica alternativa al patronato unilateral, que implicaba negociación bilateral con la Santa Sede y que el patronato republicano pretendió eludir al reclamar la sucesión directa de las prerrogativas regias sin nueva concesión pontificia.
  8. 08Nueva Granada / Gran Colombia: marcos estatales sucesivos en los que se ejerció el patronato republicano desde 1821 hasta su abandono en 1850.
06

Documentos y fragmentos citados

24 documentos · 33 fragmentos

01Historia de la religión en Colombia, 1510-2021Jose Joaquin Pinto Bernal, Katherinne Giselle Mora Pacheco, Juan David Cascavita Mora, Juan Carlos Jurado Jurado, José Eduardo Rueda Enciso, Fabio Hernán Carballo, Fernanda Muñoz, Darío Arturo Zuleta Gómez, Carlos Arboleda Mora, Rafael Tamayo Franco, Juan Felipe Córdoba-Restrepo, Jeiman David López Amaya, María del Rosario Vázquez Piñeros, Andrés Felipe Manosalva Correa, Gabriel Cabrera Becerra, Gina Marcela Reyes Sánchez · 2022 · p. 1, 62 citas
[1]

26 EL PATRONATO REGIO EN LA AMÉRICA HISPANA Juana M. Marín Leoz Introducción El presente artículo hace un recorrido por la creación peninsular del patronato regio, su definición al compás de la expansión de la conquista y colonización material y espiritual del Nuevo Mundo, así como su transformación y consolidación de…

p. 1
[2]

edificar ni erigir iglesias grandes en dichas islas y tierras adquiridas o que en adelante se adquirieren; y concedemos el derecho de Patronato, y de presentar personas idóneas para cualesquiera iglesias catedrales, monasterios, dignidades, colegiatas y otros cualesquiera beneficios eclesiásticos y lugares píos. 14…

p. 6
02Breve historia de BogotáMarco Forero · 2016 · p. 291 cita
[3]

Gonzalo Jiménez de Quesada sentó su real en la Sabana de Bogotá, mandó construir doce bohíos en memoria de las doce tribus de Israel en su estación de Elim... Esta puede ser la clave de la persistencia del trazado en damero y de la regularidad creciente de la manzana cuadrada en las ciudades americanas... El modelo de…

p. 29
03The Colombia Reader: History, Culture, PoliticsAnn Farnsworth-Alvear, Marco Palacios, Ana María Gómez López · 2017 · p. 1331 cita
[4]

the deep-rooted political and re- ligious conflict that shaped the institutional relations between Church and state in Colombia—from the Independence period through the late nineteenth century. Since the “discovery” of América, altar and throne had governed jointly, as the pa- pacy conceded to the Spanish Crown…

p. 133
04Historia de Colombia. La Nueva Granada y los Estados Unidos de Colombia IIJavier Ocampo López, Marco Palacios, Germán Arciniegas, Gonzalo Hernández de Alba y otros (obra colectiva) · p. 30, 442 citas
[5]

las parro- quias; la dotacién de los templos, monasterios y hospitales; la revisi6n de las sentencias de los tri- bunales eclesiésticos; la autorizacién para la circu- laci6én y aplicacién de todas las disposiciones pa- pales y el recibo de los diezmos que la Iglesia re- caudaba para sus atenciones. Por su parte, la…

p. 30
[30]

jesuitas, comuni- dad militante de la Iglesia Catdlica perseguida por los anticlericales de todo el mundo. La crisis religiosa se difundié en Nueva Granada a través de periddicos, hojas volantes, avisos, pan- fletos y otros medios de comunicacién social. Por su parte, los prelados utilizaron las pastorales para dar a…

p. 44
05Civilization and Violence: Regimes of Representation in Nineteenth-Century ColombiaCristina Rojas · 2002 · p. 67, 2242 citas
[6]

reprinted in Carlos Martínez Silva, Escritos Varios (Bogotá: Ministerio de Educación Nacional / Ediciones de la Revista Bolívar, 1954), 173. 27. The patronato refers to the special power conceded by the pope to the Spanish Crown. The Spanish Crown had the jurisdiction to orient Chris- tian evangelization. Religion was…

p. 224
[27]

they saw only differences; but as perceived from the outside, each was the double of the other: p. Sir, if politics does not encompass morality, and if morality can’t take roots without religious instruction; if politics were not con- cerned with happiness or unhappiness of men, then the priest should abstain from…

p. 67
06Historia de la religión en ColombiaJosé David Cortés Guerrero, Juana María Marín Leoz, Leonardo Fabián García Rincón, William Elvis Plata, Diana Paola Hernández Fernández, Alberto José Campillo Pardo, Aliza Moreno-Goldschmidt, Odette Yidi David, Jorge Enrique Salcedo Martínez, Jose Joaquin Pinto Bernal, Katherinne Giselle Mora Pacheco · 2022 · p. 11 cita
[7]

43 LA EVANGELIZACIÓN DE LAS COMUNIDADES INDÍGENAS DEL NUEVO REINO DE GRANADA DURANTE EL SIGLO XVI Leonardo Fabián García Rincón Introducción Lo que hoy denominamos “evangelización” se ha entendido como el proyecto religioso de expandir el catolicismo en América, una vez esta fue incorporada a la imagen de mundo que…

p. 1
07Historia de la religión en ColombiaJosé David Cortés Guerrero, Juana María Marín Leoz, Leonardo García Rincón · 2022 · p. 1, 142 citas
[8]

57 LAS ÓRDENES RELIGIOSAS Y LA SOCIEDAD NEOGRANADINA, SIGLOS XVI-XIX William Elvis Plata Introducción Las órdenes religiosas no solo fueron las grandes protagonistas del proceso de cristianización de la Nueva Granada en los siglos a, sino que, además, por lo mismo, adquirieron tal grado de XVI XVIII poder y de…

p. 1
[10]

algunas regiones, como las actuales Antioquia y Santander, la influencia de las órdenes religiosas fue mucho más reducida, al punto de no existir sino muy pocos conventos y casas religiosas durante los siglos y. XVI, XVII XVIII Tan estrecho fue el vínculo de las órdenes con los poderes civiles, que su establecimiento…

p. 14
08Historia de Colombia. El Establecimiento de la Dominación EspañolaJorge Orlando Melo · 1977 · p. 1211 cita
[9]

el proceso de la conquista siguiera un ritmo diferente y sea por lo tanto difícil de escoger una fecha como indicativa de una transformación básica en la nueva sociedad, puede acogerse la fecha tradicional de 1550 como punto final de esa época, momento de transición entre la sociedad de conquista, basada en el saqueo…

p. 121
09Enciclopedia de Colombia - Volumen 2Camilo Calderón Schrader · 2001 · p. 1651 cita
[11]

poder fue mayor, debido a las caracte- rísticas de la colonización y evangelización. Cundinamarca, Boyacá, Nariño y algunas zonas del Tolima y Huila, en donde había una población aborigen abundante sobre la que se impuso la en- comienda, el resguardo y la mita, dieron lugar a una estructura de latifundio y minifundio…

p. 165
10Catolicismo, cambio social y búsqueda de paz en Colombia. Historia y MemoriaWilliam Elvis Plata Quezada (Editor), Ana María Bidegain Greising, Angélica Villamizar Beltrán, Antonio José Echeverry Pérez, Eduardo Díaz Ardila, Eliécer Soto Ardila, Héctor Alfonso Torres Rojas, Hernando Pinilla Rey, Isabel Corpas De Posada, Javier Alejandro Acevedo Guerrero, Joselín Aranda Cano, Lizeth Torres Rodríguez, Miguel Arturo Fajardo Rojas, Natalia Alejandra Mora Navarro, Osmir Ramírez Trillos, Sofía Brizuela Molina, Sor María Sampayo Flórez · 2022 · p. 35, 382 citas
[12]

institución eclesiástica sufrió un asalto sin precedentes, iniciado por ministros y funcionarios que se jactaban de sus ideas ilustradas. Sin embargo, esta no es la única interpretación disponible acerca de las relaciones entre Estado e Iglesia, pues también existieron miembros del clero afines a las reformas, incluso…

p. 35
[26]

y patronato estatal sobre la Iglesia lo que generó los primeros conflictos entre ambas potestades. El Estado pretendió seguir controlando a una institución eclesiástica cuya organización, peso social, político y económico, eran enormes, en comparación con la pobreza de sus arcas fiscales. En este escenario, el Estado…

p. 38
11La Religión en ColombiaCarlos Arboleda Mora · 2010 · p. 571 cita
[13]

el Estado y las normas morales eclesiásticas hacen que la Colonia perdure hasta después de 1819. La penetración del gobernante y del cura en el fuero interno es constantes y se ve en el hecho de que desórdenes morales se consideran como delitos perseguibles de oficio por alcaldes, alguaciles y párrocos. La norma…

p. 57
12Gran Enciclopedia de Colombia. Tomo 7: InstitucionesRoberto Hinestrosa Rey (Director Académico), Sandra Morelli Rico (Coordinación Académica) · 1993 · p. 212, 2162 citas
[14]

las controver- sias sobre el patronato, luego del 20 de Jullo de 1810 El cura de Mompós y luego obispo de Cartagena, Juan Fernández de So- tomayor, vinculado a las primeras lo- ¡ms masónicas, publicó en 1814 el Ca- fecismo v Jrstrucción popidar, dedicado a denunciar los que consideró como atrmpellos cometidos por los…

p. 212
[20]

1623, año en que el dero enemigo de La - depondencia y algunos criollos su mún confisban en la cansa del emprendieran contra Las Idea ma goblerno, en las po- siciónes más e de la jerarquia militar y, en fin, entre comere e incipientes artesanos, la pertemen- cia a alguna logía masónica era cas| TD e pam s te mar Y rm…

p. 216
13Aproximaciones a la historia del Derecho en ColombiaLuis Freddyur Tovar, Beatriz Eugenia Salamanca Charria, Carlos Andrés Delvasto Perdomo, Carlos Andrés Echeverry Restrepo, Francesco Zappalá Sastoque, Iván Alberto Díaz Gutiérrez · 2014 · p. 341 cita
[15]

de Indepen - dencia de Socorro (15 de agosto de 1810), de la Federación de las Provincias Unidas de la Nueva Granada (27 de noviem - bre de 1811), y en las Constituciones de Cundinamarca (30 de marzo de 1811), Tunja (9 de diciembre de 1811), Antioquia (21 de marzo de 1812), Cartagena de Indias (15 de junio de 1812),…

p. 34
14Enciclopedia de ColombiaCamilo Calderón Schrader · 2002 · p. 2652 citas
[16]

par- ticipara en el movimiento de emancipación. Sin embargo, en Roma el papa Pío VII publicó una encíclica (1814) exhortando a los hispanoameri- canos a la obediencia y sumisión al gobierno espa- ñol; diez años más tarde, el papa León XII tuvo una actitud semejante. De todas maneras, estos documentos fueron poco…

p. 265
[17]

par- ticipara en el movimiento de emancipación. Sin embargo, en Roma el papa Pío VII publicó una encíclica (1814) exhortando a los hispanoameri- canos a la obediencia y sumisión al gobierno espa- ñol; diez años más tarde, el papa León XII tuvo una actitud semejante. De todas maneras, estos documentos fueron poco…

p. 265
15Liberty and Equality in Caribbean Colombia, 1770-1835Aline Helg · 2004 · p. 1941 cita
[18]

infrastructure not within the government’s reach.  ’  The influence of the Catholic Church was even weaker than before inde- pendence. Caribbean New Granada’s two dioceses of Cartagena and Santa Marta were without bishops until . Most Spanish priests and mis- sionaries had abandoned the country,…

p. 194
16Liberty and Equality in Caribbean Colombia, 1770-1835Aline Helg · p. 1941 cita
[19]

infrastructure not within the government’s reach.  ’  The influence of the Catholic Church was even weaker than before inde- pendence. Caribbean New Granada’s two dioceses of Cartagena and Santa Marta were without bishops until . Most Spanish priests and mis- sionaries had abandoned the country,…

p. 194
17Historia de la primera República de Colombia, 1819-1831. "Decid Colombia sea, y Colombia será"Armando Martínez Garnica · 2019 · p. 156, 7832 citas
[21]

Nueva Granada” (El Aviso, 1-21 y 24-43, 23 y 30 de enero, 6, 13, 20 y 27 de febrero de 1848). 38 Ibid. 115 La ambición política restringida: la República de Colombia obispos: Salvador Jiménez de Enciso (Popayán), fray Gregorio José Rodríguez OSB (Cartagena), Rafael Lasso de la Vega (Mérida de Maracaibo), Leonardo…

p. 156
[25]

Centenario, Ministerio de la Presidencia de la República, 2004, volumen II, 63-76. Laurent, Muriel. Contrabando, poder y color en los albores de la República. Nueva Granada, 1822- 1824. Bogotá: Ediciones Uniandes, 2014. Lemos Guzmán, Antonio José. Obando. De Cruzverde a Cruzverde. Popayán: Instituto del Li - bro,…

p. 783
18Historia de Colombia. La Gran Colombia I. Tomo 9Salvat Editores (Dirección: Juan Salvat, Roberto García Rojas; Director científico: Gonzalo Hernández de Alba) · 1988 · p. 631 cita
[22]

organizado el Congreso se Mapa de Colombia, trazado en 1828 por H. S, Tanner y que se conserva en el Archivo Nacional. Todas las provincias que constituéan la Republica enviaron, en 1821, sus delegados al Congreso de Cticuta. procedié a elegir al presidente y al vicepresidente del mismo; la eleccién recay6 en José…

p. 63
19Historia de Colombia. La Gran Colombia II. Tomo 10Juan Salvat, Roberto García Rojas (directores); Ricardo Martín (director de la obra); Gonzalo Hernández de Alba (director científico) · p. 33, 462 citas
[23]

mapa de la Gran Colombia que se conserva en el Archivo Jacinto Jijon y Caamano de Quito. De acuerdo con su carta fundacional, Colombia se form6 con el antiguo virreinato de Santa Fe y la Capitania General de Venezuela. A la derecha, una imagen poco corriente de Simén Bolivar en ese lienzo de Tito Salas. El sueno…

p. 46
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fundamental del Congreso, el antiguo virreinato de Nueva Granada y la antigua Capitania General de Venezuela se unian para formar un solo Estado. fruto de su madura inteligencia, don Pedro Gual tra- duce a la realidad las ideas inspiradoras de Bolivar y en primer lugar organiza la propia Secretaria de Relaciones…

p. 33
20Historia de Colombia. La Nueva Granada y los Estados Unidos de ColombiaRicardo Martín (dir.), Gonzalo Hernández de Alba (dir. científico); con colaboración de Germán Arciniegas, Mauricio Archila, Antonio Caballero, Fernán González, Margarita González, Alfredo Iriarte, entre otros · 1988 · p. 141 cita
[28]

sus necesidades. A mas de discutir y de dotar al pais de esta Constitucién, la notable Convencién Granadina de 1832, que asi se reconoce en la historia este me- morable congreso, se ocupé de dictar una larga se- tie de decretos y de leyes tendientes a la organiza- cién del pais, de los cuales citaremos los principa-…

p. 14
21Simón Bolívar: A LifeJohn Lynch · 2007 · p. 2731 cita
[29]

by authors like Bentham and the others, whose works contain not only enlightening ideas but also many that are hostile to religion and morality and public order’. These courses should be replaced by, among others, the study of Latin, Roman and Canon Law, and the Roman Catholic religion and its history. 80 The…

p. 273
22Manual de Historia de Colombia, Tomo IIIJaime Jaramillo Uribe (director científico), Jesús Antonio Bejarano, Darío Mesa, Miguel Urrutia Montoya, Germán Téllez Castañeda, Germán Rubiano, Rafael Gutiérrez Girardot · 1980 · p. 2611 cita
[31]

a la instituci ó n del patronato, aunque hubieran propiciado, como fue el caso de Ospina Rodr í guez, el mantenimien to pr á ctico de muy í ntimas relaciones con la Iglesia, y hubieran auspiciado medidas como el reingreso de los jesu í tas al pa í s para hacerse cargo de la direcci ó n de planteles p ú blicos y fundar…

p. 261
23Colombia: A Concise Contemporary HistoryMichael J. LaRosa, Germán R. Mejía · 2023 · p. 2991 cita
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Peru Founding of P á cora in new colonization zone, Antioquia Painter José Mar í a Espinosa creates portrait of Simón Bol í var 1829 Military uprising against Bol í var’s dictatorship Shipyard project, to build steamships Juan Garc í a del R í o writes Meditaciones Colombianas 1830 —Constitutional assembly…

p. 299
24Historia y nación. Tentativas de la escritura de la historia en ColombiaAlexander Betancourt Mendieta · 2020 · p. 31 cita
[33]

la formalización de los dos partidos políticos predominantes en el espectro político colombiano se dio a mediados del siglo. Esta situación se consolidó en torno a las discusiones XIX sobre temas como los modelos administrativos y económicos que debía aplicar la República naciente, la caracterización de las fuerzas…

p. 3