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Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR)

Entre 2017 y 2022, Colombia construyó el SIVJRNR, la arquitectura institucional más ambiciosa de justicia transicional en América Latina, nacida del Acuerdo de La Habana con las FARC-EP: tres órganos autónomos —la JEP, la Comisión de la Verdad y la UBPD— coordinados para procesar más de medio siglo de conflicto armado mediante verdad histórica, sanción judicial y búsqueda humanitaria.

Alejandro Gutiérrez · 20 de julio de 2026 · 3.913 palabras · 72 fuentes
Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR)
Fecha
4 de abril de 2017 (Acto Legislativo 01); Informe Final de la CEV publicado el 28 de junio de 2022
Lugares
ColombiaLa HabanaBogotáDabeiba (Antioquia)BarrancabermejaUrabáCatatumboMontes de MaríaCaucaPutumayoSucreMedellín (Comuna 13)
Protagonistas
Juan Manuel SantosRodrigo Londoño 'Timochenko'Humberto de la CalleSergio JaramilloFrancisco de Roux (presidente de la CEV)Patricia Linares (primera presidenta de la JEP)Eduardo Cifuentes (presidente de la JEP)Luz Marina Monzón (directora de la UBPD)Álvaro Uribe VélezIván DuqueJurisdicción Especial para la Paz (JEP)Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (CEV)
Causas
  • Más de medio siglo de conflicto armado interno con las FARC-EP, que dejó más de 110.000 personas desaparecidas, miles de secuestrados, falsos positivos y comunidades enteras victimizadas en regiones como el Urabá, el Catatumbo, los Montes de María, el Cauca y el Putumayo.
  • Las limitaciones estructurales de la Ley de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005), que instaló el vocabulario de la justicia transicional pero mostró incapacidad para producir verdad histórica, reparación colectiva y búsqueda efectiva de desaparecidos, y no impidió la reorganización paramilitar.
  • La descoordinación institucional crónica en materia de desaparición forzada —con cifras divergentes entre la Fiscalía (19.973 casos), la Procuraduría (2.523) y la Comisión de Búsqueda (924)— que evidenciaba la ausencia de una política unificada de búsqueda e identificación.
  • La negociación en La Habana, que impuso el reto de diseñar un sistema que garantizara el máximo posible de justicia sin sacrificar la paz, respetando la Constitución colombiana y el Estatuto de Roma, y que motivara la firma de la guerrilla con condiciones jurídicas asumibles.
Consecuencias
  • Creación constitucional mediante el Acto Legislativo 01 del 4 de abril de 2017 de tres instituciones autónomas e interdependientes: la JEP, la CEV y la UBPD, configurando el diseño de justicia transicional más complejo ensayado en América Latina.
  • La JEP priorizó siete macrocasos —entre ellos los falsos positivos, el secuestro sistemático de las FARC-EP y la victimización de la Unión Patriótica— y adelantó diligencias de exhumación en el cementerio de Dabeiba (Antioquia) en 2019, produciendo evidencia material sobre crímenes de Estado antes negados.
  • El Caso 001 de la JEP ('Toma de Rehenes y otras graves privaciones a la libertad cometidas por las FARC-EP') implicó el reconocimiento institucional por primera vez de la escala del secuestro sistemático, con 3.015 detenidos de la organización reconocidos al momento de la firma.
  • La CEV inauguró 28 Casas de la Verdad en igual número de ciudades del país, desplegó equipos territoriales en 28 localidades y publicó el 28 de junio de 2022 su Informe Final 'Hay futuro si hay verdad', compuesto por 11 tomos en 24 volúmenes.
  • El SIVJRNR operó bajo asedio político permanente del Centro Democrático y del gobierno de Iván Duque (2018-2022), que presionaron para modificar o eliminar el Acuerdo de Paz, convirtiendo cada decisión de la JEP en disputa judicial y mediática.
  • El Sistema estableció un precedente metodológico al investigar patrones de violencia por redes y entramados de mando —no solo responsabilidades individuales—, superando la limitación central que había paralizado a Justicia y Paz.
  • La derrota del plebiscito del 2 de octubre de 2016 y la posterior refrendación del acuerdo renegociado por el Congreso dejaron al SIVJRNR con una fisura de legitimidad de origen que sus detractores explotaron sistemáticamente durante todo el período.
Por qué importa
El SIVJRNR es el experimento más ambicioso de justicia transicional en la historia de América Latina: por primera vez un país coordinó en un mismo sistema la sanción judicial, la verdad histórica extrajudicial y la búsqueda humanitaria de desaparecidos, con metodologías diferenciadas y mandatos constitucionales propios para cada función. Su diseño respondió directamente a los fracasos de Justicia y Paz y fijó estándares inéditos sobre el alcance de los derechos de las víctimas —incluyendo comunidades étnicas, población LGBT, sindicalistas y defensores de derechos humanos— en contextos de negociación de paz. La tensión irresuelta entre legitimidad popular, eficacia institucional y resistencia política que atravesó todo el período convierte al SIVJRNR en un laboratorio vivo sobre los límites y posibilidades de la justicia transicional en democracias polarizadas.

Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición

El Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición —SIVJRNR— fue la arquitectura institucional que Colombia construyó entre 2017 y 2022 para procesar más de medio siglo de conflicto armado con las FARC-EP. Nacido del Acuerdo de La Habana y consagrado por el Acto Legislativo 01 del 4 de abril de 2017, desagregó la justicia transicional en tres órganos autónomos e interdependientes: la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (CEV) y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD). A ellos se sumaron medidas de reparación integral y garantías de no repetición. Ningún país latinoamericano había ensayado antes un diseño tan ambicioso: verdad histórica, sanción judicial y búsqueda humanitaria coordinadas en un mismo aparato, cada una con misiones y metodologías propias. Durante cinco años, el Sistema produjo hallazgos y reconocimientos inéditos —desde la exhumación en el cementerio de Dabeiba hasta el Informe Final Hay futuro si hay verdad— mientras sobrevivía al cambio de gobierno, al asedio del uribismo y a la inercia de las instituciones preexistentes.

El aprendizaje de Justicia y Paz

El SIVJRNR no surgió en el vacío. Su diseño respondía a los límites, ampliamente diagnosticados, del experimento anterior: la Ley 975 de 2005, conocida como Ley de Justicia y Paz, con la que el gobierno de Álvaro Uribe Vélez había buscado encauzar la desmovilización de las Autodefensas Unidas de Colombia. Aquella ley marcó la entrada del vocabulario de la justicia transicional al campo jurídico colombiano —los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación quedaron por primera vez en el centro—, pero mostró en carne viva sus insuficiencias.

El proyecto original del gobierno Uribe se inclinaba abiertamente a favor de los victimarios. Buscaba motivar la desmovilización con penas bajas sin exigir resarcimiento de daños. Solo tras un intenso debate público se incorporaron elementos de protección a las víctimas. Aun así, el sistema arrastró una tensión estructural entre la verdad judicial —recortada por las categorías penales— y la verdad histórica que las víctimas y la sociedad reclamaban. Los incidentes de reparación evidenciaron esa estrechez: en el caso del Bloque Norte, la Fiscalía presentó los hechos únicamente en clave individual, imposibilitando deducir daños colectivos, y la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación señaló la ausencia de criterios adecuados para diagnosticarlos.

Al problema del relato se sumó el problema material de los cuerpos. Antes de desmovilizarse, integrantes de los bloques paramilitares removieron cadáveres de fosas comunes y los arrojaron a los ríos, destruyendo evidencia y privando a las familias de la posibilidad de recuperar a sus seres queridos. La institucionalidad respondió tarde y en desorden: en agosto de 2007 la Fiscalía creó la Subunidad de Exhumaciones —hoy Grube— adscrita a la Unidad Nacional de Fiscalías para la Justicia y la Paz, y en diciembre de ese año se estableció el Centro Único Virtual de Identificación (CUVI), con participación del DAS, Medicina Legal y la Policía, para coordinar diligencias a escala nacional. Pero el CUVI quedó ubicado funcionalmente dentro de la Unidad de Justicia y Paz, lo que contradijo el espíritu de la Resolución 1678 y propició una descoordinación crónica con la jurisdicción ordinaria. Las investigaciones de desaparición forzada se dispersaron entre unidades —Justicia y Paz, Derechos Humanos y DIH, Desplazamiento y Desaparición—, sin que ninguna asumiera una política específica. Las cifras oficiales lo delataban: la Fiscalía registraba 19.973 casos entre 1991 y 2008, la Procuraduría 2.523, la Comisión de Búsqueda apenas 924. Colombia no sabía cuántos desaparecidos tenía.

A esas fallas se sumó un dato político decisivo: la desmovilización formal de las AUC bajo la Ley 975 no produjo la paz. En varias regiones, especialmente en la costa norte, los paramilitares se reorganizaron como bandas criminales —las Bacrim— con influencia política y económica de facto. La víctima sin identificar quedó fuera de los tribunales; las familias, sin respuesta; y el país, sin la verdad histórica que Justicia y Paz había prometido producir. Cuando las delegaciones del gobierno Santos y las FARC-EP se sentaron en La Habana, el diagnóstico de esas limitaciones era el subsuelo del que emergería un diseño distinto.

La negociación de un sistema

El reto central en La Habana, según lo formularon los negociadores, era diseñar un sistema de justicia transicional que garantizara el máximo posible de justicia sin sacrificar la paz, respetando la Constitución colombiana y los tratados internacionales, incluido el Estatuto de Roma. Ese doble techo —el interno de la Carta del 91 y el externo del derecho penal internacional— obligaba a moverse en un margen estrecho: penas suficientes para no configurar impunidad, condiciones asumibles para que la guerrilla firmara.

El Acuerdo #62, adoptado en octubre de 2015, propuso ya la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas como pieza específica de la nueva institucionalidad, separada de la investigación penal y con vocación humanitaria y extrajudicial. Fue una decisión de método: sacar la búsqueda de los cuerpos del ritmo de los procesos judiciales, para que las familias no dependieran de la lógica probatoria de un fiscal. Sobre esa misma premisa se dibujó la Comisión de la Verdad como órgano extrajudicial —relato sin sanción— y la JEP como jurisdicción especial con reglas propias.

El punto quinto del Acuerdo Final rompió con la mirada estrecha del combatiente y reconoció como sujetos victimizados a un universo amplio: comunidades étnicas y campesinas, pueblo Rrom, población LGBT, desplazados y exiliados, defensores de derechos humanos, sindicalistas, periodistas, partidos y movimientos políticos, gremios productivos, y también quienes participaron directamente como combatientes junto a sus familias. Antes de firmar, la Mesa encomendó a la ONU y a la Universidad Nacional foros regionales de consulta ciudadana en Villavicencio, Barrancabermeja, Barranquilla y Cali, con convocatoria plural y enfoque diferencial y de género. La amplitud del catálogo no era retórica: fijaba una definición operativa de víctima que la Ley 975 había mantenido estrecha y que ahora obligaba a las tres instituciones a diseñar metodologías capaces de sostenerla.

Firmado el Acuerdo, Santos lo sometió a plebiscito el 2 de octubre de 2016 buscando otorgarle máxima legitimidad popular frente a la oposición del uribismo. El No se impuso por un margen estrecho. La derrota abrió una crisis de origen que marcaría todo lo que vino después: el texto fue modificado en profundidad en semanas y, esta vez, refrendado por el Congreso en lugar de sometido a un nuevo plebiscito. Analistas cercanos al proceso reconocerían después que la vía plebiscitaria había sido un error de cálculo. El resultado fue un acuerdo jurídicamente vigente pero políticamente frágil, con una fisura de legitimidad que sus detractores explotarían sistemáticamente.

El Acto Legislativo 01 de 2017 y la arquitectura del Sistema

El 4 de abril de 2017 el Congreso aprobó el Acto Legislativo 01, que incorporó a la Constitución un título de disposiciones transitorias para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera. Ese fue el nacimiento constitucional del Sistema. La JEP quedó consagrada como jurisdicción especial con vocación temporal; la CEV, como órgano extrajudicial con un mandato de tres años prorrogables; la UBPD, como entidad de naturaleza humanitaria con quince años de mandato inicial.

Los tres órganos compartían un principio operativo: la interdependencia sin subordinación. La Comisión no podía trasladar información con valor probatorio a la JEP; la UBPD trabajaba con reserva para proteger a las familias y a los aportantes de información; la JEP conservaba la potestad sancionatoria. Cada órgano tendría su presidencia y su cuerpo directivo: Patricia Linares presidió inicialmente la JEP, luego Eduardo Cifuentes; el jesuita Francisco de Roux, con largo trabajo en el Magdalena Medio, presidió la Comisión de la Verdad; Luz Marina Monzón dirigió la UBPD desde su instalación. En la Secretaría Ejecutiva de la JEP se sucedieron figuras como Martha Lucía Zamora.

El régimen sancionatorio de la JEP diseñó una escala novedosa. Para quienes reconocieran verdad plena y responsabilidad de manera temprana, sanciones propias con restricciones efectivas de libertad y componente restaurativo. Para quienes reconocieran tardíamente, penas alternativas. Para quienes no confesaran crímenes que les fueran demostrados, penas privativas de la libertad ordinarias de entre quince y veinte años. Los defensores del acuerdo insistieron desde el comienzo en que este esquema no era impunidad sino un régimen especial orientado a la paz y a la satisfacción de las víctimas. La distinción no era retórica: la sanción propia exigía la verdad como precio.

El Acuerdo contempló también una aplicación diferenciada de la justicia transicional a militares y policías. El objetivo era evitar que los agentes del Estado quedaran en peor situación jurídica que los combatientes desmovilizados. La diferenciación fue, desde el inicio, uno de los puntos más disputados y menos claros del diseño. A mediados de 2018, miembros de la fuerza pública vinculados a investigaciones por presunta complicidad con paramilitares en masacres en Barrancabermeja se acogieron a la JEP y fueron dejados en libertad por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga. Cada movimiento de este tipo se leía, según la orilla, como cumplimiento del acuerdo o como concesión inaceptable.

La JEP: siete macrocasos y una guerra política

La JEP eligió como método de trabajo la concentración en macrocasos: patrones de violencia definidos por conducta, actor o territorio, en lugar de investigaciones caso por caso. Priorizó siete. Cuatro de ellos tocaban con particular intensidad las dinámicas del conflicto en regiones como la Amazonía: la retención ilegal de personas por las FARC-EP, las muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado —los falsos positivos—, la victimización a miembros de la Unión Patriótica y el reclutamiento y vinculación de niños, niñas y adolescentes.

El Caso 001, denominado en documentos institucionales Toma de rehenes y otras graves privaciones a la libertad cometidas por las FARC-EP, atacaba una de las prácticas más devastadoras del secuestro sistemático. Al firmarse el Acuerdo, la cifra de detenidos de la organización finalmente reconocidos fue de 3.015 personas. La magnitud del reconocimiento importaba: por primera vez un actor armado del conflicto colombiano admitía institucionalmente la escala de su práctica de secuestro ante una jurisdicción constituida.

El caso de los falsos positivos abrió otra frontera. En 2019, la JEP adelantó diligencias de prospección y exhumación en el cementerio de Dabeiba, Antioquia. Los cuerpos hallados —jóvenes desaparecidos y luego presentados como guerrilleros muertos en combate— dieron sustento material a lo que durante años había circulado como denuncia. La metodología macro permitió lo que Justicia y Paz no había podido: cruzar patrones, identificar redes de mando, señalar responsabilidades por líneas jerárquicas más allá del ejecutor de bajo rango.

El giro metodológico resultó decisivo. La justicia transicional ha mostrado limitaciones estructurales para alcanzar a quienes ordenaron, planearon y financiaron la violencia, y solo cuando las investigaciones adoptan metodologías centradas en redes y entramados —no exclusivamente en responsabilidades individuales— los avances superan al ejecutor material. La JEP apostó a un método que Justicia y Paz nunca había podido implementar con consistencia.

Pero la JEP también fue, desde su instalación, el blanco político preferente del Centro Democrático. La oposición uribista ejerció presión constante contra la justicia transicional y la participación política de la guerrilla desmovilizada. Abogados y dirigentes del uribismo habían representado durante años a militares acusados de graves violaciones de derechos humanos, y el sector expresaba con frecuencia la convicción de que ciertos métodos brutales del Estado en el conflicto habían sido legítimos. Ese trasfondo se tradujo en incentivos concretos para atacar la JEP como institución.

Cuando Iván Duque llegó al poder en agosto de 2018 —con una plataforma electoral que prometía eliminar o modificar sustancialmente el Acuerdo de Paz—, la presión se volvió acción de gobierno. El Centro Democrático, con respaldo presidencial, lanzó campañas para señalar a los exguerrilleros como violadores en masa de niños y promover penas drásticas —cadena perpetua en algunas versiones, pena de muerte en otras—, con el mensaje implícito de excluirlos de la competencia política. En paralelo, se sostuvo la exigencia de que los desmovilizados cumplieran penas de cárcel antes de acceder a curules en el Congreso. El argumento central de la campaña del No —que no se oponía a la paz sino a la impunidad y exigía penas retributivas en establecimientos carcelarios estatales— se prolongó como línea programática de gobierno.

En medio de ese asedio, la JEP tuvo que sostener sus decisiones, defender su autonomía y avanzar en los macrocasos. Cada auto, cada versión voluntaria, cada libertad concedida se disputaba en el terreno judicial y en el mediático al mismo tiempo.

La Comisión de la Verdad: casas, territorios, un informe

La Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición eligió una apuesta metodológica distinta a la de cualquier comisión anterior en América Latina: descentralizar radicalmente el trabajo de escucha. La Dirección de Territorios inauguró 28 Casas de la Verdad distribuidas por todo el país, con presencia en el norte y oriente (Aguachica, Apartadó, Arauca), en la cordillera (Barrancabermeja, Bucaramanga, Cúcuta), en el Pacífico (Buenaventura, Tumaco, Quibdó), en la Amazonía y la Orinoquía (Florencia, Mocoa, Puerto Asís, San José del Guaviare) y en las principales capitales regionales, de Medellín a Yopal. La lista misma dibujaba el mapa del conflicto. En paralelo desplegó equipos de investigación territorial en 28 localidades, incluyendo Bogotá y la zona Cundinamarca-Boyacá.

Las Casas no eran oficinas administrativas: se pensaron como espacios políticos y sociales donde las comunidades pudieran acercarse en sus propios términos, en sus propios ritmos. Los lineamientos metodológicos quedaron sistematizados en el documento Lineamientos metodológicos. Escuchar, reconocer y comprender, publicado en 2019 como Módulo de Captura de la institución. Escuchar antes de interpretar, reconocer antes de sistematizar: la secuencia importaba.

La Comisión desarrolló una Metodología étnica contra el racismo, la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia y un Protocolo de relacionamiento con los pueblos, las comunidades y las organizaciones étnicas en los territorios, con referentes explícitos en la Constitución de 1991, el Capítulo Étnico del Acuerdo Final y los decretos leyes sobre víctimas étnicas. La presión de organizaciones de base fue determinante: sin comunidades étnicas, sin colectivos de mujeres, sin plataformas como el GIDH o el Movice —que entregaron a la JEP, la UBPD y la CEV informes sobre episodios como la Operación Orión en la Comuna 13 de Medellín—, el enfoque diferencial habría quedado en el papel.

La Comisión también ensayó un formato que sería una de sus marcas: los encuentros de reconocimiento entre víctimas y responsables. El 27 de julio de 2021, en Sucre, once familias de jóvenes presentados ilegítimamente como bajas en combate se sentaron con el coronel Borja bajo la metodología del diálogo de improbables. El coronel reconoció responsabilidad de mando, aunque señaló no haber conocido los detalles operativos. No era un juicio ni una sentencia: era el rito público de decir en voz alta lo que durante años se había ocultado, con las familias enfrente. El formato —sin réplica exacta en experiencias latinoamericanas anteriores— apostó a que la verdad sostenida por el reconocimiento del responsable pesara distinto que la verdad meramente documentada.

El 28 de junio de 2022, la Comisión entregó la versión digital del Informe Final. Se tituló Hay futuro si hay verdad y se compuso de 11 tomos en 24 volúmenes, con ilustraciones, diagramas, fotografías, mapas a color y referencias bibliográficas. Nunca antes Colombia había producido un relato de tal amplitud sobre su conflicto armado.

El Tomo 11, Colombia adentro: relatos territoriales sobre el conflicto armado, tradujo la apuesta territorial en escritura. La Comisión definió once unidades regionales: Amazonía; Antioquia, sur de Córdoba y Bajo Atrato chocoano; Caribe; Eje cafetero; frontera nororiental; Magdalena Medio; Nariño y sur del Cauca; Orinoquía; Pacífico; región Centro; y Valle y norte del Cauca. A ellas se sumaron volúmenes específicos sobre las dinámicas urbanas de la guerra y sobre el campesinado. Otros tomos —Resistir no es aguantar, sobre pueblos étnicos, y Mi cuerpo es la verdad, sobre mujeres y personas LGBTIQ+— hicieron visibles impactos que Justicia y Paz había disuelto en las categorías penales individuales. Mi cuerpo es la verdad recogió testimonios de mujeres que padecieron desplazamiento, orfandad, viudez, pérdida de tierras y múltiples formas de violencia, tratándolas como sujetos activos de memoria y no repetición, no como víctimas pasivas de un daño.

Los hallazgos sustantivos del Informe reordenaron la conversación pública. El conflicto armado colombiano no tuvo en su origen una guerra por el narcotráfico: los narcotraficantes entraron en la guerra para legitimar el negocio y la guerrilla entró en el narcotráfico buscando financiamiento. Del total de asesinatos asociados con la guerra entre 1981 y 2012, los grupos paramilitares fueron responsables del 38%, los grupos guerrilleros del 17% y las Fuerzas Armadas del 10%, con un 35% de actores sin identificar. La magnitud del daño —aproximadamente 8 millones de desplazados forzados, alrededor de 230.000 homicidios, 80.000 desapariciones forzadas y cerca de 32.000 secuestros— dejó de ser una acumulación de datos sueltos para convertirse en relato con estructura.

La UBPD: buscar por fuera del castigo

La Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas afrontó una tarea de magnitud desconcertante. Según el Informe Final de la CEV, el número de personas buscadas por desaparición en Colombia supera las 110.000, y esa búsqueda ha continuado al menos desde 1982. La cifra convierte la desaparición forzada en uno de los fenómenos más masivos del conflicto y hace del rezago de Justicia y Paz —donde muchas víctimas sin identificar nunca fueron presentadas ante los tribunales, invisibilizadas pese a que se conocían circunstancias y ubicación— un pasivo institucional que la UBPD heredaba de facto.

El diseño de la Unidad respondió a ese diagnóstico con una idea simple y sin embargo revolucionaria en el contexto colombiano: la búsqueda no dependería del proceso penal. Encontrar un cuerpo no exigiría probar un delito; entregarlo a una familia no requeriría condenar a un responsable. Se le confirió naturaleza humanitaria y extrajudicial, autonomía presupuestal, financiera y organizativa, con la potestad de exigir información a otras entidades mediante requerimientos vinculantes.

El terreno donde ese diseño tenía que operar era, sin embargo, un archipiélago de fosas, cementerios sin registro y expedientes fragmentados. Líderes paramilitares habían declarado que existía una práctica deliberada de desaparecer cuerpos para ocultar los hechos, y la desaparición forzada seguía patrones temporales coincidentes con las ejecuciones extrajudiciales. La UBPD desplegó equipos en La Guajira, el Cauca, el Guaviare y el litoral Pacífico, acompañando a familias en laderas, ríos y cementerios municipales donde la información oficial se cruzaba con memorias orales de vecinos y comadronas. En cementerios como el de Dabeiba —el mismo donde la JEP había abierto su prospección— el trabajo humanitario de la Unidad convivió con la diligencia judicial sin confundirse con ella: la Unidad buscaba a las personas, no a los responsables. Las familias, muchas organizadas desde décadas atrás en colectivos como ASFADDES, no eran objeto de la búsqueda: eran sus sujetos, convirtiendo el dolor en lucha colectiva por los derechos humanos.

La coordinación con la institucionalidad heredada resultó, como era previsible, tensa. La UBPD tuvo que trabajar sobre el terreno construido por el CUVI y el Grube, con la Fiscalía de Justicia y Paz aún activa y con investigaciones repartidas entre la Unidad de Derechos Humanos y DIH, la de Desplazamiento y Desaparición y otras dependencias. El acceso de las víctimas a las diligencias de exhumación e identificación en el marco de Justicia y Paz había tenido siempre dificultades; la UBPD debía construir un canal nuevo sin poder desmantelar el viejo. La ambición humanitaria del diseño chocaba con instituciones fragmentadas, cifras divergentes entre entidades —la Fiscalía, la Procuraduría, la Comisión de Búsqueda registraban cantidades incompatibles— y un país donde durante décadas cada institución había contado sus propios muertos.

Un experimento asediado

Entre 2017 y 2022 el SIVJRNR operó en dos temporalidades simultáneas. Por un lado, el tiempo interno de sus tres órganos: los macrocasos avanzando, las Casas de la Verdad recogiendo miles de testimonios, la UBPD desplegándose sobre el territorio. Por otro, el tiempo político nacional: un gobierno Duque que había ganado con el mandato explícito de modificar el acuerdo, un Congreso con presencia significativa del Centro Democrático, unos medios donde la palabra impunidad se repetía sobre cada decisión del Sistema.

La oposición no fue homogénea ni exclusivamente ideológica. El Centro Democrático encabezó el bloque, acompañado por el ala pastranista del Partido Conservador y por gremios como Fedegán, con motivos que mezclaban convicción, cálculo electoral y agravio personal. Sectores del poder económico y político vinculados a estructuras del conflicto tenían incentivos objetivos para atacar la justicia transicional, especialmente en regiones donde la penetración paramilitar había sido más profunda. La construcción retórica —no se oponen a la paz sino a la impunidad— permitió sostener el asedio con un lenguaje democrático.

La JEP absorbió el grueso de los ataques porque era la única de las tres instituciones con potestad sancionatoria: la Comisión no juzgaba, la UBPD no imputaba, pero la JEP podía —eventualmente— dictar sanciones. Y en política colombiana la sanción, incluso restaurativa y con restricciones de libertad, es un objeto explosivo.

Aun así, los tres órganos entregaron resultados que ningún mecanismo anterior había alcanzado. La JEP consolidó los siete macrocasos y estableció un método de trabajo por patrones que superaba el caso a caso de Justicia y Paz. La Comisión produjo un Informe Final de 11 tomos y 24 volúmenes, con un enfoque territorial y diferencial que ningún proceso previo en el país había ensayado. La UBPD instaló una lógica humanitaria autónoma que separó la búsqueda del proceso penal. Los reconocimientos públicos —el coronel Borja ante las madres de Sucre en julio de 2021, las versiones voluntarias en la JEP, las entregas de cuerpos por la UBPD— construyeron, sumados, un archivo simbólico del que Colombia carecía.

Un balance provisional

El período 2017-2022 dejó al SIVJRNR consolidado como diseño y sometido como implementación. La brecha entre verdad documentada e imputación judicial efectiva, la fragmentación heredada de instituciones que nunca fueron pensadas para coordinarse y el asedio político sostenido durante todo el gobierno Duque marcaron los límites materiales del experimento. La derrota del plebiscito de octubre de 2016 y la posterior refrendación congresional dejaron una fisura de origen que el uribismo explotó sin descanso.

El contexto en el que operó tiene una particularidad estructural. En Colombia la justicia transicional se aplicó a un conflicto cuyos actores —las estructuras paramilitares reconvertidas en Bacrim, las redes económicas que financiaron la guerra, los sectores políticos que legitimaron métodos violentos del Estado— no habían sido derrotados militar ni políticamente. A diferencia del Cono Sur, donde las transiciones procesaron regímenes clausurados, el SIVJRNR debía procesar un pasado cuyos beneficiarios seguían activos en el presente, con curules, medios y capital. Ahí reside su singularidad y también su límite: fue el primer sistema latinoamericano de justicia transicional obligado a operar sin la asimetría previa que suele hacer posible la transición.

Los productos del período no se agotan en los tomos publicados, las sentencias en preparación o los cuerpos entregados. El Sistema desagregó en tres órganos autónomos —relato, sanción, búsqueda— lo que antes se concentraba en una jurisdicción sobrecargada, y esa desagregación produjo más verdad que la suma de sus partes. Justicia y Paz había prometido verdad histórica y entregó verdad procesal recortada; el SIVJRNR entregó un Informe Final de 24 volúmenes precisamente porque separó la escucha de la sentencia. Ese hallazgo metodológico, más técnico que espectacular, es lo que hace del período 2017-2022 un archivo consultable no solo por Colombia sino por cualquier país que enfrente el problema de decir la verdad sobre una guerra cuyos actores todavía están en la mesa.