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Hecho histórico · Estados Unidos de Colombia · 1863–1885

Abolición sistemática de resguardos indígenas bajo el Olimpo Radical (1870-1875)

Entre 1870 y 1875, bajo los gobiernos radicales de Salgar, Murillo Toro y Santiago Pérez, el liberalismo radical colombiano llevó a su cima la disolución legal de los resguardos indígenas mediante leyes de los estados soberanos que ordenaron mensurar, partir, vender y municipalizar tierras comunales, transfiriéndolas al mercado y produciendo una masa de campesinos desposeídos. El proceso, que venía madurando desde las primeras décadas de la República, encontró resistencias organizadas en el suroccidente y dejó abiertos los frentes del conflicto agrario que estallaría en el siglo XX.

Abolición sistemática de resguardos indígenas bajo el Olimpo Radical (1870-1875)
1870-1875
01

Ficha del acontecimiento

Síntesis

Cuándo
1870-1875
Protagonistas
Eustorgio Salgar, Manuel Murillo Toro, Manuel Ancízar, Santiago Pérez Manosalva, Comunidades paeces del alto Cauca, Legislatura del Estado Soberano del Cauca, Manuel Gerónimo Cárcamo, Mandones de los resguardos del macizo colombiano
02

Lectura causal

Causas, hecho y consecuencias

Causas

  1. La ideología liberal republicana concebía la propiedad comunal como obstáculo al proyecto de construcción nacional y a la formación de una ciudadanía homogénea de propietarios individuales, impulsando legislación para desmantelar los resguardos.
  2. Las fuerzas económicas en ascenso —hacendados, comerciantes y el Estado con criterio fiscalista— coincidían en que la extinción de los resguardos era necesaria para ampliar el mercado nacional, obtener mano de obra libre y barata, y romper la economía de autoabastecimiento indígena.
  3. El proceso venía madurando desde las reformas de José Hilario López en 1850, que otorgaron plenos derechos de enajenación sobre tierras de resguardo, y desde la ley de 1859, creando un marco legal que el Olimpo Radical reactivó con urgencia administrativa.
  4. La voracidad latifundista, la presión de mestizos y colonos y la declaración fraudulenta de tierras de resguardo como baldíos —argumentando la ausencia de títulos en notarías— venían erosionando los resguardos desde el siglo XVIII, proceso que el régimen radical aceleró y legitimó.
  5. El federalismo de los Estados Unidos de Colombia entregó a los estados soberanos la potestad de legislar sobre tierras de resguardo, permitiendo un mosaico de leyes estatales que ejecutaron la disolución sin necesidad de una sola ley nacional.
1870-1875Abolición sistemática de resguardos indígenas bajo el Olimpo Radical (1870-1875)

Consecuencias

  1. La descomposición de los resguardos generó una masa de campesinos desposeídos que se incorporaron como peones, aparceros y arrendatarios en las haciendas del Cauca, Cundinamarca, Boyacá, Nariño y Tolima, sedimentando el conflicto agrario que estallaría en el siglo XX con la insurgencia de Manuel Quintín Lame.
  2. La adjudicación de baldíos movilizó superficies considerables hacia manos particulares, engrosando las haciendas vecinas y consolidando el latifundio en regiones donde los resguardos habían sido la forma dominante de tenencia.
  3. La resistencia organizada de los pueblos indígenas del suroccidente —paeces, comunidades del macizo colombiano, resguardo de Guambía— frenó o retardó la disolución en esa región, creando un mapa diferencial de aplicación del programa radical y prolongando la disputa territorial durante décadas.
  4. La Ley 89 de 1890, aprobada por los conservadores, frenó parcialmente el proceso de abolición que venía impulsándose, reconociendo implícitamente el fracaso del programa radical de disolución total y dejando abiertos frentes de disputa que se extenderían hasta el siglo XX.
  5. El resguardo de Guambía no obtuvo el título completo de su tierra sino hasta 1966, cuando buena parte del territorio original ya había sido usurpado, ilustrando el horizonte temporal de largo plazo del despojo iniciado en este período.
03

La clave interpretativa

Por qué importa

La operación radical de disolución de resguardos es una dimensión olvidada de la guerra cultural del Olimpo Radical: no solo anticlericalismo, sino destrucción sistemática de estructuras indígenas bajo bandera civilizatoria e igualitaria, que transfirió tierras comunales al mercado latifundista y produjo la matriz del conflicto agrario colombiano del siglo XX. Revela además la contradicción estructural del liberalismo republicano latinoamericano: una retórica de igualdad y libertad individual que, en su ejecución concreta, protocolizó desigualdades y despojó a las poblaciones que decía liberar. La resistencia indígena organizada que generó —especialmente en el suroccidente— demuestra que el programa nunca fue consumado como operación cerrada, y que sus fracturas y límites son tan constitutivos de la historia agraria colombiana como sus avances.
04

Desarrollo histórico

La historia completa

Abolición sistemática de resguardos indígenas bajo el Olimpo Radical (1870-1875)

Entre 1870 y 1875, bajo las presidencias sucesivas de Eustorgio Salgar, Manuel Murillo Toro y Santiago Pérez Manosalva, el liberalismo radical colombiano llevó a su cima una operación jurídica e ideológica que venía madurando desde las primeras décadas de la República: la disolución de los resguardos indígenas. La propiedad comunal de tierras debía transformarse en parcelas individuales enajenables o, en su defecto, en baldíos apropiables por particulares. No fue un episodio aislado de política agraria. Fue una pieza mayor del programa civilizatorio del Olimpo Radical, hermana operativa de la desamortización eclesiástica decretada por Mosquera en 1861 y del proyecto de ciudadanía homogénea hispanohablante y católica que atravesaba a las élites letradas. Se ejecutó mediante leyes de los estados soberanos que ordenaron mensurar, partir, vender y municipalizar tierras que hasta entonces habían pertenecido, en régimen colectivo, a comunidades indígenas. La operación transfirió superficies considerables al mercado, engrosó las haciendas del Cauca, Cundinamarca, Boyacá, Nariño y Tolima, produjo una masa de peones, aparceros y arrendatarios sin tierra, y sembró la matriz del conflicto agrario que estallaría en el siglo XX con la Quintinada. Pero también encontró, desde el primer día, resistencias organizadas, bloqueos regionales y fracturas legislativas que impidieron consumarla como programa cerrado y dejaron abiertos frentes de disputa que la propia Ley 89 de 1890 terminaría, en parte, reconociendo.

El resguardo antes del radicalismo: institución colonial y erosión republicana

El resguardo, establecido en la segunda mitad del siglo XVI, fue una institución de doble filo: organizaba a los indígenas dentro de un territorio del cual gozaban la propiedad en forma comunitaria, protegiéndolos del tratamiento esclavizador de los encomenderos, y al mismo tiempo los concentraba —los "reducía"— para garantizar el cobro del tributo a la Corona. Cuando la encomienda fue sustituida por el corregimiento, el tributo pasó a ser recaudado por el corregidor de indios en nombre del rey. Bajo la política de composiciones, las comunidades indígenas recibieron propiedad colectiva de la tierra bajo forma de resguardo, en un paisaje jurídico en el que los colonos españoles poseían mercedes cuyo estatuto evolucionaría hacia la propiedad privada consolidada. La forma de tenencia predominante fue colectiva, aunque en algunos resguardos la tierra se dividía entre familias.

El resguardo cargó desde su origen con tensiones internas: albergaba en una misma unidad a poblaciones de orígenes y tradiciones distintas, y los indígenas concentrados no se resignaban con facilidad a la pérdida de sus tierras originarias. Desde el siglo XVIII sufrió un ataque sistemático. La voracidad latifundista, la presión de mestizos y colonos, y un Estado con criterio fiscalista redujeron los resguardos a su mínima expresión, concentraron varios en uno solo —generalmente en tierras de menor calidad y distantes de los centros poblados— y remataron las áreas desocupadas en beneficio de terratenientes vecinos.

La República heredó ese proceso y lo aceleró en el papel. La Junta Suprema de Santafé decretó la abolición del tributo indígena en 1810, y la Constitución de Cúcuta lo ratificó en 1821. Bolívar restableció transitoriamente el tributo en 1828, pero fue derogado de manera definitiva en 1832. Ese mismo año se ordenó la disolución de la propiedad comunal y su distribución entre los indios tributarios, con una salvaguarda que reconocía la fragilidad del arreglo: se prohibió a los indios vender su participación por espacio de diez años. La restricción cayó con las reformas del gobierno de José Hilario López en 1850, cuando los indios y otros ciudadanos pudieron poseer tierras de resguardo libremente y con plenos derechos de enajenación. En 1859, otra ley reforzó ese marco. Hacia 1863, varios resguardos habían sido efectivamente desmantelados, no tanto por la eficacia técnica del aparato administrativo como por la combinación de esfuerzos legislativos, decisiones judiciales y peritajes de agrimensores. Cuando el Olimpo Radical se afianzó, el resguardo era ya una institución golpeada, sitiada por la ley y por la presión latifundista, pero todavía viva en amplias regiones del país, sobre todo en el suroccidente.

El programa civilizatorio: individualismo agrario y ciudadanía homogénea

El liberalismo radical no inventó la campaña contra el resguardo, pero le dio coherencia doctrinal. Manuel Ancízar, viajero de la Comisión Corográfica, presidente del Senado y figura mayor de la generación radical, preconizaba la política individualista del reparto de tierras como medio de liberación del indio y de transformación de la economía pública. Ancízar sostuvo que solo la "igualdad de fortunas" podía ser "asiento de la verdadera democracia", concepto que también atravesó los planteamientos agrarios de Manuel Murillo Toro y, más tarde, la explicación teórica que Rafael Núñez dio de la desamortización de bienes de manos muertas. La igualdad democrática se pensaba, para esa generación, como igualdad de propietarios individuales; toda forma de propiedad colectiva estorbaba ese ideal por definición.

Sobre esa premisa, el resguardo aparecía como una institución que ataba al indio a la tierra mediante posesión forzosa, negándole libertad individual. Su extinción se promovía por dos razones que en la doctrina radical eran una sola: liberar mano de obra hacia el mercado de trabajo y romper la economía cerrada de autoabastecimiento indígena para ampliar el mercado nacional de bienes de consumo. Las fuerzas económicas en ascenso —hacendados que necesitaban peones baratos, comerciantes que necesitaban consumidores, letrados que necesitaban ciudadanos legibles por el Estado— coincidían en el diagnóstico: los resguardos limitaban la oferta de trabajo libre y la capacidad de consumo de la población indígena, y eran, por tanto, obstáculos al desarrollo manufacturero y comercial.

A esa argumentación económica se le sumó una capa antropológica. La antropología evolucionista europea que circulaba entre las élites letradas —de Lewis Morgan a Edward Tylor a John Lubbock— ofrecía un marco donde la propiedad comunal figuraba como estadio primitivo destinado a ser superado por la propiedad individual. La ciudadanía que el radicalismo imaginaba era homogénea, hispanohablante, católica —a pesar del anticlericalismo doctrinal— y propietaria. El resguardo, con su lengua propia, su cabildo, su tierra colectiva y su economía cerrada, contradecía todos esos rasgos. Diluir el ideal democrático de igualdad en libertad en una "democracia ateniense" para minorías gobernantes y letradas fue el efecto real de esa ideología liberal republicana injertada en América Latina; el reparto de resguardos, en su ejecución concreta, protocolizó desigualdades que la retórica igualitaria nunca alcanzó a corregir.

La operación 1870-1875: leyes de estados soberanos y mecanismos de despojo

El régimen federal de los Estados Unidos de Colombia entregó a los estados soberanos la potestad de legislar sobre las tierras de resguardo dentro de sus territorios. La operación del Olimpo Radical no se ejecutó, entonces, mediante una sola ley nacional, sino mediante un mosaico de leyes estatales expedidas entre 1870 y 1875 que ordenaron mensurar, partir, adjudicar y en ocasiones municipalizar los resguardos. En Cundinamarca, Boyacá, Tolima y Nariño, y en la mayor parte del territorio nacional, esas leyes reactivaron los mandatos de 1850 y 1859 y les dieron urgencia administrativa.

Los mecanismos concretos del despojo funcionaban en cadena. La autorización de mensura impartida por el presidente del respectivo estado abría el proceso: agrimensores contratados debían levantar planos, fijar linderos y proponer la partición. El resguardo de Jegua, en la Costa Caribe, ilustra el arranque típico: en 1869, apenas en el umbral del período radical, los indígenas reaccionaron ante la amenaza de mensura autorizada por el presidente del Estado, alertados por comuneros como Manuel Gerónimo Cárcamo, y organizaron su defensa. En la sabana de Bogotá, resguardos como el de Tocancipá fueron sometidos a repetidos intentos de mensura y partición a lo largo del siglo XIX, en un proceso que se prolongaba al menos desde la década de 1850. Las agrimensuras presentaron con frecuencia fallas técnicas: los trabajos de Barriga y Pombo, graduados del Colegio Militar, no pudieron concluirse en el plazo previsto, lo que abría flancos jurídicos que los interesados aprovechaban.

Cuando la mensura no arrojaba títulos claros —cosa frecuente, pues muchos títulos coloniales estaban dispersos, perdidos o nunca protocolizados—, se declaraban las tierras como baldíos, argumentando la imposibilidad de encontrar los documentos en las notarías. La consecuencia era demoledora: los indígenas quedaban convertidos en simples ocupantes o colonos, y solo se les reconocía lo efectivamente cultivado. El resto pasaba al fondo de baldíos adjudicables, del cual salían las mercedes que engrosarían las haciendas vecinas. Por esa vía, la adjudicación de baldíos terminó movilizando muchas más hectáreas hacia manos particulares que la propia desamortización eclesiástica.

La Notaría pública operaba como instrumento activo de despojo: escrituraba tierras a favor de terceros mediante poderes y documentos fraudulentos, en confabulación con inmigrantes blancos que desplazaron a propietarios originarios en distintas regiones. Antes de la disolución formal y del remate, ya se había ejecutado el paso previo del siglo XVIII: concentrar varios resguardos en uno solo, generalmente en tierras de menor calidad y distantes de los centros poblados.

La retórica legalista que envolvía la partición encubría intereses concretos. En zonas del suroccidente, la división se justificó con argumentos de progreso, pero apuntaba a la valorización de esas tierras por la construcción de una carretera que las conectaría con los mercados regionales del Cauca, el Valle y el Huila. En otros casos, la mensura autorizada por el presidente del Estado abría paso a las haciendas cañeras o ganaderas que necesitaban expandirse.

Salgar, presidente de 1870 a 1872, consolidó el marco. Murillo Toro, en su segundo mandato entre 1872 y 1874, imprimió al proceso el sello doctrinal de su individualismo agrario. Santiago Pérez, presidente entre 1874 y 1876, mantuvo la línea. Ninguno de los tres firmó una gran ley nacional de disolución —el federalismo lo impedía—, pero los tres presidieron un Estado central que impulsaba, orientaba y legitimaba las leyes estatales que hacían el trabajo.

Geografía diferencial: donde se ejecutó y donde se resistió

El programa radical se aplicó de manera muy desigual. En la sabana de Bogotá, en Boyacá y en amplias zonas de Cundinamarca, los resguardos se fueron partiendo y transfiriendo con relativa fluidez, sostenidos por una presión latifundista que venía del siglo XVIII y por la cercanía a los mercados urbanos. En el Tolima, la disolución avanzó al ritmo de los intereses de los latifundistas del sur, lo que produciría, cuatro décadas después, la insurgencia de Quintín Lame. En la Costa Caribe, casos como el de Jegua muestran mensuras autorizadas y reacciones comunitarias inmediatas.

En el suroccidente —Cauca, Popayán, Pasto, Tierradentro— el mapa fue otro. Los resguardos mantuvieron su vigencia y resistieron tanto los embates de la política colonial como los de la republicana. Dos factores operaron a la vez. Uno, geográfico: las barreras cordilleranas, los cañones profundos y los ríos caudalosos aislaban a los resguardos de la maquinaria administrativa, ofreciendo una tregua real frente a las leyes de disolución. Otro, político: las provincias sureñas concentraban una alta población indígena que se organizó para defender la tierra.

Los paeces del alto Cauca estrecharon lazos de unión y emplearon una gama amplia de mecanismos de resistencia: protestas violentas, dilaciones legales, resistencia pasiva y negociación. Se aliaron con líderes regionales del liberalismo —una convergencia paradójica, dado que la doctrina liberal era, en el papel, el motor doctrinal de la disolución— y lograron conservar tierras comunitarias, montes y bosques. La Legislatura del Cauca, además, mantuvo una oposición activa a la política nacional de división de resguardos, oposición que se prolongó hasta 1886, cuando la nueva Constitución cerró el ciclo federal. Esa oposición no fue simbólica: protegió el resguardo de Guambía contra la política nacional, aunque no impidió que varias haciendas grandes se nutrieran de territorios originalmente parte de Guambía en los años posteriores a la Independencia. La lucha por la integridad territorial de Guambía marcaría la vida política indígena durante casi un siglo: solo en 1966 la comunidad obtuvo el título completo de la tierra, cuando buena parte del territorio original ya había sido usurpado.

En el macizo colombiano, la resistencia adquirió forma organizada. A partir de la década de 1840, las discordias internas entre indígenas de los resguardos cedieron paso a señales de unión colectiva frente a las presiones de reparto. Los mandones de los principales resguardos presentaron una petición conjunta como forma articulada de resistencia frente a las disposiciones de disolución. Las Cámaras Provinciales de Neiva, Riohacha, Cartagena y el Chocó también intervinieron ante el gobierno nacional en relación con las leyes de reparto, lo que muestra que la resistencia se articulaba en varios niveles institucionales, no solo desde las comunidades directamente afectadas.

Este mapa diferencial matiza la imagen de un programa radical uniformemente ejecutado. En vastas regiones —el suroccidente en primer lugar— la disolución fue frenada, retardada o parcialmente revertida por una combinación de aislamiento geográfico, resistencia indígena organizada y bloqueo legislativo regional. En el norte y centro del país, en cambio, avanzó con velocidad y produjo transformaciones agrarias profundas. El Olimpo Radical no fue un poder omnímodo sobre el territorio; fue una dirección doctrinal que se tradujo en resultados desiguales según las fuerzas locales.

Las causas: entre estructura y coyuntura

La disolución radical de resguardos entre 1870 y 1875 fue, en su base, la cristalización legislativa de un proceso estructural más largo. La voracidad latifundista, la presión de mestizos y colonos, y el fiscalismo del Estado colonial ya habían reducido los resguardos a su mínima expresión desde el siglo XVIII; las ventas y robos de tierras que venían de esa época seguían operando. El radicalismo no inventó el despojo: lo codificó jurídicamente y le dio velocidad.

La coyuntura añadió elementos propios. La crisis de la economía señorial caucana en la segunda mitad del siglo XIX —descenso de la producción minera, manumisión de los esclavos decretada en 1851, conflictos civiles recurrentes— generó una presión intensa sobre la tierra y el trabajo indígenas. Las haciendas caucanas, para sobrevivir, necesitaban capturar mano de obra que había quedado libre y expandirse sobre tierras que los resguardos aún controlaban. La disolución radical ofrecía, en el papel, el mecanismo legal para ambas cosas.

A esa presión se sumó el proyecto de mercado nacional que las élites liberales impulsaban, y que requería —según su diagnóstico— romper la economía de autoabastecimiento indígena y convertir a los indios en trabajadores asalariados y consumidores de bienes manufacturados. El mismo argumento que había justificado la desamortización eclesiástica de 1861 se trasladó, casi sin costuras, al otro gran bloque de propiedad comunal. La ideología civilizatoria del radicalismo —individualismo agrario, ciudadanía homogénea, evolucionismo antropológico— aportó la cobertura doctrinal que legitimaba el despojo como progreso. Sin esa doctrina, el proceso habría seguido siendo lo que fue en el siglo XVIII: una presión latifundista y fiscal sin nombre elevado. Con ella, se convirtió en programa nacional. La coyuntura política federal, por último, multiplicó los frentes desde los cuales se podía atacar el resguardo, aunque esa misma multiplicación permitió que estados como el Cauca resistieran la corriente.

Las consecuencias inmediatas: haciendas, proletarización y ruralización

Las consecuencias agrarias fueron profundas donde la disolución se ejecutó. La descomposición de los resguardos generó una masa de campesinos desposeídos que se incorporaron como peones, aparceros y arrendatarios bajo diferentes sistemas de producción, en beneficio de los terratenientes. Esa masa fue el germen del proletariado moderno latinoamericano: una población sin ligazón con la tierra, que se alquilaba por salario y cuya única propiedad era su fuerza de trabajo. La proletarización rural, largamente anhelada por la doctrina liberal como condición del desarrollo manufacturero, se produjo efectivamente, aunque el desarrollo manufacturero que la doctrina prometía tardó décadas en llegar.

La estructura agraria resultante consolidó dos patrones. En las zonas de resguardo disuelto, se expandieron las haciendas y la tierra se concentró en manos no indígenas. En las zonas altas donde no hubo comunidades indígenas organizadas o en vertientes con condiciones para la economía familiar, se conformó el patrón del minifundio, que en Nariño y otras regiones agravaría problemas estructurales de sostenibilidad rural. La combinación de latifundio en tierras planas y minifundio en tierras altas —una polarización que se mantendría durante todo el siglo XX— tiene, entre sus fuentes, la disolución radical de resguardos.

En el Cauca, la crisis de la aristocracia señorial se profundizó pese a la disolución de resguardos, y en parte gracias a ella. El hundimiento de la producción minera, la pérdida de la mano de obra esclava y los conflictos civiles arrastraron a las élites regionales hacia una ruralización y un debilitamiento que se prolongarían hasta las primeras décadas del siglo XX. La disolución alimentó a las haciendas sobrevivientes con tierra y mano de obra, pero no revirtió la crisis estructural de la región.

La resistencia como consecuencia: del macizo colombiano a la Quintinada

La consecuencia más duradera no fue la disolución consumada sino la construcción de un campo de conflicto que se prolongaría todo el siglo XX. La resistencia organizada de los pueblos indígenas ante las disposiciones radicales —peticiones conjuntas de los mandones del macizo, alianzas paeces con el liberalismo regional, dilaciones legales, protestas violentas, resistencia pasiva, intervención de Cámaras Provinciales— demostró que el resguardo no era una institución agonizante que la modernización recogía del suelo, sino una forma viva de organización social y territorial capaz de defenderse.

La Ley 89 de 1890, aprobada por los conservadores entonces en el poder tras el fin del régimen radical, frenó el proceso de abolición que venía impulsándose desde 1870. Esa ley reconoció, con las ambigüedades de su época, la existencia legal de los resguardos y de los cabildos indígenas, y creó un marco jurídico que permitiría, cuatro décadas después, las movilizaciones de Manuel Quintín Lame. La sola existencia de la Ley 89, expedida bajo la Regeneración y contra la doctrina radical, es un reconocimiento implícito de que el programa de disolución había fracasado como aspiración de aniquilamiento institucional y solo había prosperado como mecanismo de transferencia de tierras.

En el sur del Tolima, donde la disolución había sido efectiva bajo presión de los latifundistas, el resguardo indígena de Ortega y Chaparral fue disuelto y sus tierras absorbidas por las haciendas. Contra ese despojo se alzó, desde 1915, Manuel Quintín Lame, junto con José Gonzalo Sánchez, liderando en Tolima y Huila un movimiento por la recuperación de los resguardos y el autogobierno de los pueblos indígenas. Lame combinó litigio jurídico y acción de hecho: en 1924, junto con Sánchez y Eutiquio Timonte, formó el Consejo Supremo Indígena, fundó el pueblo San José de Indias y emprendió la reconstitución de los resguardos del sur del Tolima. Su programa incluía recuperar las tierras de los resguardos, ampliarlos, fortalecer los cabildos y no pagar terrajes. Fue encarcelado cerca de setenta veces. La victoria liberal de 1930 asestó un golpe final a su movimiento, pero su legado sería recogido décadas después por el CRIC y por un grupo guerrillero que tomó su nombre, ambos centrados en recuperar y ampliar tierras de resguardos y fortalecer los cabildos.

Del programa radical de 1870-1875 a la Quintinada de comienzos del siglo XX hay un hilo sin quiebres. La disolución creó el despojo; la Ley 89 de 1890 dejó abierto un resquicio jurídico; la resistencia comunitaria conservó la memoria territorial; y sobre esos tres soportes se levantó la insurgencia de Lame y las movilizaciones indígenas posteriores.

El paralelo con la desamortización: hermanas doctrinales, resultados asimétricos

La disolución de resguardos y la desamortización de bienes de manos muertas guardaron un parentesco doctrinal que el propio radicalismo estableció. El Decreto de Desamortización expedido el 9 de septiembre de 1861 por Tomás Cipriano de Mosquera como Presidente Provisorio se fundamentó en la premisa de que la falta de movimiento y libre circulación de las propiedades raíces era un obstáculo para la prosperidad nacional y en que las corporaciones, congregaciones y sociedades anónimas no podían poseer bienes inmuebles a perpetuidad. Rafael Núñez, años después, articularía esa premisa como doctrina económica general.

Aplicada al resguardo, la misma lógica sostenía que la propiedad comunal indígena era un obstáculo a la libre circulación de la tierra y al desarrollo del mercado. Las dos operaciones compartían el objetivo de mercantilizar la tierra y el fundamento de que la propiedad colectiva era per se inferior a la individual.

Los resultados, sin embargo, fueron asimétricos. El efecto de los decretos de desamortización sobre las estructuras de propiedad y tenencia fue tan modesto como sus efectos fiscales; en regiones como el Tequendama, La Mesa, Fredonia y Amagá, la Iglesia tuvo un papel muy reducido como propietaria y prestamista, lo que limitó drásticamente el alcance real del proceso. La desamortización eclesiástica movilizó, en el balance final, muchas menos hectáreas que la adjudicación de baldíos derivada de la disolución de resguardos. Y esta última, aunque desigual, transfirió superficies considerables y produjo transformaciones sociales profundas —proletarización rural, expansión de haciendas, minifundización— que la desamortización, en la mayoría de regiones, no alcanzó a producir.

Un sustrato duro del siglo agrario colombiano

Vista desde el material que dejó en el suelo, la disolución de resguardos entre 1870 y 1875 fue el brazo agrario más eficaz del Olimpo Radical, más consecuente en volumen y en efectos sociales que la propia desamortización eclesiástica de la que se reclamaba hermana. Los instrumentos —mensura, declaración de baldíos, titulación fraudulenta, municipalización— tenían un aire técnico que sigue siendo el gran refugio del despojo latinoamericano: no confiscar, sino descubrir que aquello nunca fue jurídicamente lo que las comunidades sabían que era.

Y sin embargo, lo que sobrevive del episodio no es solo la geografía del despojo. El evolucionismo europeo, aplicado como política pública, tropezó con formas de organización que no cabían en su cronología: cabildos que siguieron reuniéndose después de disueltos por decreto, mandones que aprendieron a escribir peticiones en el idioma del Estado, alianzas tácticas con liberales regionales contra el liberalismo doctrinal de Bogotá. La Ley 89 de 1890, en su ambigüedad conservadora, terminó legislando sobre un hecho consumado por la resistencia: los resguardos, contra todo pronóstico radical, seguían allí. Quintín Lame recogería, treinta años después, ese hilo. El CRIC, ochenta años después. La sentencia T-025 de 2004 y las cortes de la Constitución del 91, un siglo más tarde, arbitrarían todavía sobre territorios cuya genealogía jurídica se remonta a las mensuras de Barriga y Pombo.

Ahí está la asimetría que el radicalismo no calculó. Sus decretos crearon haciendas, proletarios y minifundios, y con ellos el escenario del conflicto agrario del siglo XX. Pero no lograron extinguir el resguardo ni cerrar la disputa sobre la propiedad de la tierra. Esa disputa, abierta hace siglo y medio en los planos de agrimensores del Cauca y la sabana de Bogotá, sigue litigándose hoy en las cortes de la República.

05

La época alrededor

Este hecho no ocurrió solo

07

Archivo documental

Documentos y fragmentos citados

31 documentos · 41 fragmentos
01Nosotros y los otros: las representaciones de la nación y sus habitantes Colombia, 1880-1910Amada Carolina Pérez Benavides · 2015 · p. 1931 cita
[1]Los frailes huyeron hacia países vecinos como Ecuador, Perú y Venezuela, y otros se refugiaron en regiones como los llanos del Casanare. Véase José David Cortés, Curas y políticos. Mentalidad religiosa e intransigencia en la diócesis de Tunja (Bogotá: Ministerio de Cultura, 1998), y Arcila Robledo, Apuntes históricos.…p. 193
02Historia económica de Colombia, 1845-1930William Paul McGreevey · 2015 · p. 1071 cita
[2]general del problema de- be tener en cuenta el hecho de que las primeras disposiciones legales afectaron muy poco la estructura de la tenencia de la tierra. En efecto, la verdadera disolución de la propiedad comunal y su distribución entre los indios tributarios fue demorada hasta 1832; aun entonces, se les prohibió a…p. 107
03Crafting a Republic for the World: Scientific, Geographic, and Historiographic Inventions of ColombiaLina del Castillo · 2018 · p. 143, 1702 citas
[3]While it is true that several res- guardos were, in fact, dismantled by 1863, the dynamics that led to that dismantling were less about the effectiveness of trained, tech- nological expertise, as republican leaders such as Mariano Ospina or educators like Lorenzo María Lleras would have their readers believe. Barriga…p. 170
[5]use subject to https://www.ebsco.com/terms-of-use. Calcul ating Equalit y 125 tion to pay for José María Solano’s surveying work. He received $800 from its sale, an amount supposedly greater than what he was owed. When asked to return the excess money, Solano dis- appeared. 8 Governor Acevedo’s address to the…p. 143
04Managing Multiculturalism: Indigeneity and the Struggle for Rights in ColombiaJean E. Jackson · 2019 · p. 501 cita
[4]1810, the system became, if anything, more repressive: legislation and judicial rulings autho - rizing the sale of resguardo lands legitimized their expropriation by outsiders, often achieved through violence. 5 A great deal of land was lost in this way. The dominant ideology of the era, enacted into law, facilitated…p. 50
05Antropología hecha en Colombia. Tomo IEduardo Restrepo, Axel Rojas, Marta Saade (Editores); Carlos Uribe, Roberto Pineda, Andrea Pérez, et al. · 2017 · p. 2301 cita
[6]generosos del espíritu, junto con la personalidad moral de los conquistados y sus descendientes” (Ancízar 1850-1851: 19). Como medio de liberación del indio y de transformación de la economía pública, Ancízar preconizaba la política individualista del reparto de tierras (Ancízar 1850-1851: 484), afirmado en el…p. 230
06Economía y cultura en la historia de ColombiaLuis Eduardo Nieto Arteta · 2016 · p. 2331 cita
[7]r ístasóe ld te ogpanóge ml Cntniuge en la cual no existe la propiedad individual territorial, y sí la posesión colectiva de las tierras. Está íntimamente unida a la economía familiar agrícola. Los resguardos cultiva- ban en régimen de indivisión de la propiedad, las tierras que constituyeran su respectivo territorio.…p. 233
07La tierra en ColombiaEstanislao Zuleta, Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (ANUC) · 1973 · p. 401 cita
[8]pero desplazó una gran masa de campesinos hacia las tierras de vertiente. En la segunda mitad del siglo XIX las fuerzas económicas en ascenso coincidían en la necesidad de ampliar el mercado nacional como la primera con dición de un mejor bienestar. Esta premisa llevó a obtener la libertad de los esclavos y la…p. 40
08La subversión en Colombia. El cambio social en la HistoriaOrlando Fals Borda · 2008 · p. 1061 cita
[9]que toma casi todo el siglo XIX. En el fondo, tanto las constituciones como los conflictos r e flejan las inconsistencias implícitas en el injerto de la utopía liberal, que en estas tierras americanas, a través del diafra g ma interpretativo de las clases dirigentes, deja- 07 D e la subversión y la finali D a D…p. 106
09Economía y Nación: una breve historia de ColombiaSalomón Kalmanovitz · 1994 · p. 352 citas
[10]de los indígenas en los res- guardos, que fueron agrupados unos con otros, trasladados a tierras más distantes y menos fértiles o simplemente disueltos. Únicamente en la región suroccidental los resguardos mantuvie- ron su vigencia, tanto así que resistirán no sólo los embates de la política colonial sino también los…p. 35
[11]de los indígenas en los res- guardos, que fueron agrupados unos con otros, trasladados a tierras más distantes y menos fértiles o simplemente disueltos. Únicamente en la región suroccidental los resguardos mantuvie- ron su vigencia, tanto así que resistirán no sólo los embates de la política colonial sino también los…p. 35
10Estado crítico de la propiedad colectivaDelgado Castaño, P. · 2018 · p. 3, 54 citas
[12]provincias sureñas de Popayán y Pasto, de alta concentración poblacional indígena, donde el aislamiento brindado por las formidables barreras cordilleranas, elevados cañones y caudalosos ríos, permitió que los resguardos tuvieran una tregua. Los principales pueblos indígenas del alto Cauca estrecharon lazos de unión…p. 5
[13]provincias sureñas de Popayán y Pasto, de alta concentración poblacional indígena, donde el aislamiento brindado por las formidables barreras cordilleranas, elevados cañones y caudalosos ríos, permitió que los resguardos tuvieran una tregua. Los principales pueblos indígenas del alto Cauca estrecharon lazos de unión…p. 5
[32]existían franjas de terreno de pastos para la cría del ganado menor. En América, el resguardo se implantó como una medida proteccionista que, en principio, no varió la posesión del área física ocupada por los aborígenes, pero sí estableció una limitación para muchos de estos pueblos de tradición nómada.…p. 3
[33]existían franjas de terreno de pastos para la cría del ganado menor. En América, el resguardo se implantó como una medida proteccionista que, en principio, no varió la posesión del área física ocupada por los aborígenes, pero sí estableció una limitación para muchos de estos pueblos de tradición nómada.…p. 3
11La gente de GuambíaRonald A. Schwarz · 2018 · p. 831 cita
[14]El titulo estableció los límites, pero esto fue después de que los blancos ya habían usurpado parte de su territorio. La oposición de la Legislatura del Cauca a la política nacional de la división de los resguardos continuó hasta 1886, cuando se aprobó una nueva Constitución. Esta Constitución, con modificaciones,…p. 83
12Ensayos para la historia de la política de tierras en Colombia. De la colonia a la creación del Frente NacionalAbsalón Machado Cartagena · 2009 · p. 21, 482 citas
[15]indígenas acudían a vender su fuerza de trabajo para cubrir los tributos con el salario obtenido; la economía monetaria empezó a introducirse en estos núcleos de economía natural y las ventas de tierra por la Corona a partir del siglo XVIII y el robo descarado de ellas por los terratenientes vecinos fueron reduciendo…p. 48
[19]y se remataron tierras. El despojo se inició cuando se concentraron varios resguardos en uno solo, generalmente distantes de los centros poblados y en tierras de menor calidad (Liévano Aguirre, 2002)3. Con la descomposición de los resguardos se fue formando el trabajo a sa lariado al que se incorpora el indio y una…p. 21
13Resistencia en el San JorgeOrlando Fals Borda · 2002 · p. 1891 cita
[16]familia de don Manuel Gerónimo Cárcamo. Don Manuel era un comerciante pequeño y agricultor y ganadero que descendía de Macario Cárcamo, el cabo de justicia del pueblo que no movió un dedo contra la gente durante la sedición de 1804. Tenía, pues, don Manuel plenos REITERACIÓN: LOS RÍANOS SE REPLIEGAN 101 derechos como…p. 189
14Introducción a la historia económica de ColombiaÁlvaro Tirado Mejía · 2019 · p. 87, 2572 citas
[17]declaraban que el resguardo de indígenas dejaba de existir por carecer de titulación necesaria, es decir, por ser imposible encontrarla en las notarías; por lo mismo, las tierras se consideraban como baldías y los indígenas como simples ocupantes o colonos a quienes se les podía reconocer lo que tuviesen cultivado y…p. 257
[23]otros muchos preferían continuar como asalariados, a la terminación de la mita. En suma, muy pocos regresaban y de ellos gran número volvían enfermos e incapacitados. Como el tributo de la encomienda era constante sobre el grupo, al disminuir por causa de la mita el número de sus componentes, el indígena se veía…p. 87
15Patía, de la tierra de nadie a las grandes haciendasCarlos Daniel Quiñonez Rodríguez, Carlos Enrique Osorio Garcés · 2024 · p. 1871 cita
[18]o s a g u a s, d o s m u n d o s 187 Paralelamente, la amañada confabulación entre los nuevos actores o inmigrantes blancos se configuró como una estrategia para imponer nuevos modelos de desplazamiento a los propietarios patianos. Esta dinámica, como se ha podido constatar, fue posible por medio de instituciones como…p. 187
16La invención de El Dorado. Museos arqueológicos, imágenes cartográficas y redes de conocimiento en Colombia (1935-1955)Daniel García Roldán · 2022 · p. 1801 cita
[20]de la división de los resguardos (disfrazado con una retórica legalista), obedecía al hecho de que estas tie - rras habían adquirido una nueva valorización gracias a la construcción de una carretera que las pondría en contacto con los mercados del Cauca, Valle del Cauca y Huila. La partida presupuestal aprobada por el…p. 180
17El indio en la lucha por la tierra: historia de los resguardos del macizo central colombianoJuan Friede · 2017 · p. 2091 cita
[21]haberle quitado una posesión en que no tenía ni apariencia de derecho», etcétera. Poco a poco, bajo la influencia de las adversas leyes de la Nueva Granada y del inminente peligro que conte- nían en sí las disposiciones legales sobre el reparto de los resguardos, y debido a las primeras, aunque infructuosas,…p. 209
18Guerra propia, guerra ajena. Conflictos armados y reconstrucción identitaria en los Andes colombianos. El Movimiento Armado Quintín LameDaniel Ricardo Peñaranda Supelano · 2015 · p. 1151 cita
[22]más importante durante la Colonia y la primera parte de la República, marcó el curso de los pueblos indígenas. Es- tos debieron soportar en buena medida el peso del hundimiento 172 Cieza de León, Pedro. Crónica del Perú, Primera parte, p. 173. 173 González, Margarita (1979). El resguardo en el Nuevo Reino de Granada.…p. 115
1930 hechos que cambiaron la historia de ColombiaRafael Pardo Rueda · 2022 · p. 941 cita
[24]desde 1863 hasta la expedición de la Constitución de 1886. Fue elegido para el primer periodo, que terminó en abril de 1864. De acuerdo con la Constitución, la presidencia debía durar dos años. Fue elegido por cuarta vez para el periodo 1866 al 1868. Murió en su Hacienda Coconuco. Este es el texto de la ley de manos…p. 94
20El café en Colombia, 1850-1970: una historia económica, social y políticaMarco Palacios · 2009 · p. 222, 2702 citas
[25]privada de las tierras públicas- salieron del patrimonio estatal por lo menos tres millones de hectáreas ubicadas en las regiones que estos movimientos colonizadores ganaban a la civilización, entonces el tema merece el esfuerzo de desbrozar de entre la enmarañada legislación y las estadísticas confusas y de poco…p. 270
[27]la expedición del decreto de desamor- tización de bienes de manos muertas, no había en la región del Tequen- dama ninguna propiedad con vinculación pendiente, y debe añadirse que en el distrito de La Mesa, no se remató ninguna propiedad en aplicación del decreto. La Iglesia tuvo allí un papel muy reducido como…p. 222
21El café en ColombiaMarco Palacios · 2002 · p. 2681 cita
[26]años después de la expedición del decreto de Desamortización de Bienes de Manos Muertas, no había en la región del Tequendama ninguna propiedad con vinculación pendiente y debe añadirse que en el distrito de La Mesa no se remató ninguna propiedad en aplicación del decreto. La Iglesia tuvo allí un papel muy reducido…p. 268
22Enciclopedia de ColombiaCamilo Calderón Schrader · 2002 · p. 2282 citas
[28]normas que databan del siglo anterior pero 216 Minas de Montuosa ya que escapaban a Baja, en Santander. Los todas las normas de pueblos de minas no fundaciones urbanas eran núcleos formales dictadas en la época. ANOAAREn A que no habían sido puestas en práctica por los en- comenderos —fieles al principio de «se acata…p. 228
[29]normas que databan del siglo anterior pero 216 Minas de Montuosa ya que escapaban a Baja, en Santander. Los todas las normas de pueblos de minas no fundaciones urbanas eran núcleos formales dictadas en la época. ANOAAREn A que no habían sido puestas en práctica por los en- comenderos —fieles al principio de «se acata…p. 228
23A lomo de mula. Viajes al corazón de las FarcAlfredo Molano · 2016 · p. 112 citas
[30]Una de las preguntas más inquietantes es por qué el sur del Tolima y el norte del Cauca fueron la cuna de las Farc y por qué son regiones que aún están envueltas en el conflicto. La respuesta está vinculada a dos grandes litigios históricos vigentes en esos territorios: la lucha por la tierra de los indígenas — paeces…p. 11
[31]Una de las preguntas más inquietantes es por qué el sur del Tolima y el norte del Cauca fueron la cuna de las Farc y por qué son regiones que aún están envueltas en el conflicto. La respuesta está vinculada a dos grandes litigios históricos vigentes en esos territorios: la lucha por la tierra de los indígenas — paeces…p. 11
24The Agrarian Question and the Peasant Movement in Colombia: Struggles of the National Peasant Association, 1967-1981Leon Zamosc · 1986 · p. 291 cita
[34]produced surpluses for the limited regional markets as part of their traditional pattern of cattle raising and agricultural production. In Colombia, as in most Latin American countries, the formation of the haciendas and the peasantry was a long process that can be traced back to the evolution of the colonial agrarian…p. 29
25Paramilitarism and Neoliberalism: Violent Systems of Capital Accumulation in Colombia and BeyondJasmin Hristov · 2014 · p. 1981 cita
[35]to forcibly extract a tribute in the form of labour, gold, or other products from a certain number of indigenous people from within a given geographic area. In exchange the colonizer was responsible for converting them to Catholicism and teaching them Spanish. The encomendero had property rights over the labour of the…p. 198
26No matarás. Relato histórico del conflicto armado interno en ColombiaComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 391 cita
[36]la Verdad ha encontrado que dicha ironía encarna un patrón de comportamiento histórico respecto al despojo de tierras, especialmente de los pueblos étnicos 22. En Tolima y Huila había un levantamiento social liderado desde 1915 por Manuel Quintín Lame y José Gonzalo Sánchez. Era una lucha por la recuperación de los…p. 39
27Historia de Colombia. Colombia Contemporánea IArturo Alape, Antonio Caballero, Gonzalo Hernández de Alba, Mauricio Archila, Germán Arciniegas, Enrique Sánchez y otros (obra colectiva) · 1988 · p. 1071 cita
[37]la usurpacién de las tierras de los resguardos, lo que le valié ser perseguido im- placablemente por sus enemigos. Eso le llevé a di- tigirse al Tolima, donde se puso al frente de los re- clamos por la recuperacién del gran resguardo in- digena de Ortega y Chaparra, que habia sido di- suelto por la presién de los…p. 107
28The Colombia Reader: History, Culture, PoliticsAnn Farnsworth-Alvear, Marco Palacios, Ana María Gómez López · 2017 · p. 3001 cita
[38]“little republic” of Indians, counterposed to the “big republic” of the whites. A few years after his death, indigenous activists founded the Consejo Regional Indígena del Cauca (Regional Indigenous Council of Cauca), and later, an indigenous armed guerrilla movement took Quintín Lame’s name. Both groups took up his…p. 300
29El desplazamiento en Colombia: Regiones, ciudades y políticas públicasMartha Nubia Bello, Marta Inés Villa Martínez (editoras) · 2005 · p. 3611 cita
[39]“tierra para quien la trabaja” y otros, de mantener a toda costa sus propiedades. Los indígenas como protagonistas históricos, propieta- rios ancestrales de esos territorios de resguardos, han expresaron su descontento por las formas caducas y absurdas de esas relaciones de producción (peonía) y fue así como en un…p. 361
30El desplazamiento en Colombia. Regiones, ciudades y políticas públicasMartha Nubia Bello, Marta Inés Villa Martínez · 2005 · p. 3611 cita
[40]“tierra para quien la trabaja” y otros, de mantener a toda costa sus propiedades. Los indígenas como protagonistas históricos, propieta- rios ancestrales de esos territorios de resguardos, han expresaron su descontento por las formas caducas y absurdas de esas relaciones de producción (peonía) y fue así como en un…p. 361
31When Colombia Bled: A History of the Violencia in TolimaJames David Henderson · 1985 · p. 751 cita
[41]that the resguardos uhave no reason to exist} given the fact that their inhabi- tants... are all civilized." 1 In 1924 Quintin Lame} acting in concert with two tolimense Indians named Jose Gonzalo Sanchez and Euti- quio Timonte} formed the Supreme Indian Council. Through it} they founded a town named San Jose de…p. 75