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Idea · Seguridad Democrática

Derecho Internacional Humanitario

Conjunto de normas que protege a quienes no participan en las hostilidades y limita los medios y métodos de combate; incorporado al bloque de constitucionalidad colombiano desde la segunda mitad del siglo XX, fue el rasero jurídico para medir la degradación de la guerra y el andamiaje sobre el que se levantó el Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación.

4.331 palabras60 documentos72 fragmentos citados
Derecho Internacional Humanitario

Trayectoria de una idea

  1. 1949

    Convenios de Ginebra y el artículo 3 común

  2. 1977

    Protocolo II adicional a los Convenios de Ginebra

  3. 1995

    Ratificación del Protocolo II por Colombia

  4. 2002

    Masacre de Bojayá: infracción múltiple y simultánea al DIH

  5. 2002

    Seguridad Democrática: negación del conflicto y erosión del DIH

  6. 2008

    Falsos positivos: 6.402 ejecuciones extrajudiciales documentadas

  7. 2017

    DIH como marco acordado en negociaciones con el ELN en Quito

  8. 2018

    JEP: el DIH como fundamento de la justicia transicional

03

La lectura

El Derecho Internacional Humanitario llegó a Colombia por la vía más solemne —los Convenios de Ginebra y el Protocolo II— pero su historia en el país es la de una norma permanentemente puesta a prueba por una guerra que ningún actor quería llamar por su nombre. Fue el lenguaje que permitió medir la degradación del conflicto cuando el discurso político prefería ignorarla: en Bojayá, sus principios de distinción y proporcionalidad revelaron la responsabilidad simultánea de las FARC, los paramilitares y el Estado; en los falsos positivos, su principio cardinal —no matar civiles— fue violado 6.402 veces por la propia Fuerza Pública. Durante la Seguridad Democrática, la negación oficial del conflicto armado fue también una negación implícita del DIH, cuyo campo de aplicación son precisamente las situaciones de guerra; esa erosión discursiva tuvo consecuencias reales en la impunidad de las violaciones. Al final, sin embargo, el DIH sobrevivió al intento de borrarlo del vocabulario oficial: fue el andamiaje jurídico sobre el que se construyó la JEP y el Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación, convirtiéndose en el fundamento de la única paz negociada que Colombia ha logrado en su historia reciente.

El Derecho Internacional Humanitario en Colombia

El Derecho Internacional Humanitario —el conjunto de normas que, en tiempos de guerra, protege a quienes no participan en las hostilidades y limita los medios y métodos de combate— entró al ordenamiento jurídico colombiano por la vía más solemne: los Convenios de Ginebra de 1949 y el Protocolo II adicional de 1977, incorporados desde la segunda mitad del siglo XX al bloque de constitucionalidad. En un país que ha librado durante más de medio siglo un conflicto armado no internacional, ese marco normativo no fue un lujo académico ni un adorno diplomático: fue, en distintos momentos, el único lenguaje común que quedaba entre partes que se negaban a reconocerse, el rasero para medir la degradación de la guerra y, cuando todo lo demás fallaba, el último dique contra la barbarie. Entre 2002 y 2010, esa norma fue negada en el discurso presidencial, invocada por los tribunales, esgrimida por las ONG, incumplida por casi todos los actores armados y, al final, convertida en el andamiaje jurídico sobre el que se levantó el Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación.

Qué es y por qué pesa en Colombia

El DIH aplicable al caso colombiano se sostiene sobre dos pilares. El primero es el artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, que fija el mínimo humanitario exigible en cualquier conflicto armado no internacional: prohíbe los atentados contra la vida, la integridad y la dignidad de las personas que no participan directamente en las hostilidades, incluidos los combatientes que hayan depuesto las armas o estén fuera de combate. El segundo es el Protocolo II adicional de 1977, ratificado por Colombia en 1995, cuyo artículo 4.2 amplía y precisa esas garantías. A ese núcleo se suman las normas consuetudinarias del DIH, entre ellas la obligación de las partes en conflicto de tomar todas las medidas factibles para averiguar la suerte de las personas desaparecidas.

Dos principios cardinales organizan ese cuerpo normativo. El de distinción exige separar en todo momento a los combatientes de la población civil: solo los miembros de las fuerzas armadas de una parte en conflicto pueden participar directamente en las hostilidades, y la población civil no debe ser objeto de ataques. El de proporcionalidad prohíbe los ataques cuyos efectos incidentales sobre civiles sean excesivos frente a la ventaja militar concreta esperada. Ambos principios vinculan por igual a actores estatales y a grupos armados no estatales —guerrillas, paramilitares—, que no pueden invocar su carácter no oficial como excusa para evadir responsabilidad.

Ese es el andamiaje jurídico. Lo que la historia colombiana muestra, en cambio, es cómo fue puesto a prueba —y con frecuencia derribado— por una guerra irregular, prolongada y financiada con rentas ilegales, en la que las fronteras entre combatiente y civil, entre operación militar y crimen común, entre inteligencia y complicidad, se volvieron porosas hasta el colapso.

De los ochenta al Protocolo II: la larga demora de un marco jurídico

La aplicabilidad del DIH al conflicto colombiano no fue nunca un problema técnico; fue un problema político. Desde los años ochenta, cuando el paramilitarismo empezó a expandirse en el Magdalena Medio bajo nombres como el MAS y los Tiznados, las denuncias sobre masacres contra civiles y sobre la connivencia de la Fuerza Pública con esas estructuras chocaron con una barrera doble. Por un lado, la reticencia del Ministerio de Defensa a reconocer los hechos: cuando en 1983 el congresista Horacio Serpa denunció públicamente los ataques paramilitares en la región, el ministro Fernando Landazábal salió a defender a las Fuerzas Armadas antes que a investigar las acusaciones. Por otro, una impunidad estructural en los tribunales militares ante actos violentos cometidos contra civiles en el marco de operaciones contrainsurgentes, un patrón que se prolongó por décadas y que sembró, mucho antes de que existiera la palabra, las condiciones para lo que después se llamaría falsos positivos.

La ratificación del Protocolo II en 1995 fue un punto de inflexión formal. A partir de entonces, Colombia contaba con un instrumento internacional expreso para su tipo de conflicto y con obligaciones exigibles frente a la comunidad internacional. En los años siguientes, el DIH se filtró en la jurisprudencia constitucional, en el lenguaje de las ONG, en los informes de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos —que abrió oficina en Bogotá en 1997— y en el vocabulario de las negociaciones de paz. En el Caguán, entre 1998 y 2002, la existencia de un conflicto armado interno era una premisa incontrovertida del gobierno de Andrés Pastrana; el problema no era si el DIH aplicaba, sino cómo obligar a las FARC a respetarlo.

Ese consenso —frágil, pero consenso al fin— se rompió el 7 de agosto de 2002.

La Seguridad Democrática y la negación del conflicto

Álvaro Uribe Vélez llegó a la presidencia con un diagnóstico y un vocabulario radicalmente distintos. Su gobierno fue el primero en Colombia en importar y usar el concepto de "guerra contra el terror" —forjado en Washington tras los atentados del 11 de septiembre de 2001— para enmarcar el conflicto armado interno. Y lo hizo con una consecuencia lógica que sus antecesores habían evitado: si en Colombia había terrorismo pero no conflicto armado, las FARC y el ELN no eran actores político-militares sino, en palabras del propio presidente y de sus voceros, "un grupo de bandidos". No había guerra: había amenaza criminal. No había combatientes: había terroristas.

La consecuencia jurídica de esa reformulación era grave. Al negar el estatus de conflicto armado, el gobierno erosionaba el fundamento fáctico del DIH, cuyo campo de aplicación son precisamente las situaciones de guerra. Ministros, altos funcionarios y el propio presidente evitaban sistemáticamente el vocabulario del DIH y lo reemplazaban por el del derecho penal ordinario y el de la lucha antiterrorista. La política pública se organizó bajo un solo rótulo —Política de Defensa y Seguridad Democrática— que subsumió los derechos humanos y el DIH dentro de sí misma. No hubo, entre 2002 y 2010, una política autónoma de derechos humanos ni una política autónoma de aplicación del DIH: hubo una política de seguridad que, en la medida en que consideraba estos campos, los trataba como accesorios instrumentales.

El giro fue interno y externo a la vez. En febrero de 2003, tras el atentado con carro bomba contra el Club El Nogal en Bogotá, el gobierno emprendió una campaña activa para que la OEA declarara a las FARC como grupo terrorista; Brasil, Ecuador y Venezuela se negaron. En paralelo, el discurso de "narco-guerrilla" y "narcoterrorismo" se convirtió en la piedra angular de una estrategia de relaciones públicas dirigida tanto a la opinión doméstica como a los tomadores de decisiones en Washington. Miembros de la comunidad internacional —y particularmente el gobierno de George W. Bush— utilizaron los marcos de "guerra contra el narcotráfico" y "guerra contra el terror" para eludir preocupaciones en materia de derechos humanos y sostener la ayuda militar a unidades del ejército colombiano involucradas en operaciones de contrainsurgencia, ayuda que se canalizaba principalmente bajo la apariencia de lucha antidrogas.

El DIH, en ese paisaje, se volvió incómodo. Reconocerlo era reconocer el conflicto; reconocer el conflicto era conceder a las guerrillas un estatus político; y ese estatus era, para el proyecto uribista, la puerta por donde se colaría todo aquello que la Seguridad Democrática había venido a clausurar: la negociación con reconocimiento, el intercambio humanitario, el despeje territorial. Cuando Amnistía Internacional cuestionó públicamente esa deriva, el presidente Uribe respondió acusando a la organización de legitimar al terrorismo; Amnistía replicó que se trataba de una maniobra para desviar la atención de preocupaciones legítimas atacando a los defensores de derechos humanos.

Bojayá: el DIH como diagnóstico de una hecatombe

El 2 de mayo de 2002 —tres meses antes de la posesión de Uribe— un cilindro bomba lanzado por el Bloque 58 de las FARC en el curso de un enfrentamiento con el Bloque Élmer Cárdenas de las AUC estalló dentro de la iglesia de Bellavista, cabecera del municipio de Bojayá, en el Medio Atrato chocoano. Entre 74 y 119 civiles murieron; la mayoría eran afrocolombianos que se habían refugiado en el templo buscando protección. Fue una de las masacres más graves del conflicto armado colombiano, y un caso paradigmático de infracción múltiple y simultánea al DIH.

Las FARC violaron el principio de distinción al emplear un arma —el cilindro bomba, artefacto de trayectoria imprecisa y potencia devastadora— cuyo impacto sobre la población civil era previsible y evitable. El uso de esa arma en el entorno de un asentamiento poblado no puede calificarse como error o azar: era un método intrínsecamente indiscriminado. Los paramilitares, por su parte, infringieron otro principio central al utilizar a la población civil como escudo humano frente al ataque guerrillero, exponiéndola deliberadamente al fuego. Y el Estado colombiano incumplió su deber de protección: la Fuerza Pública llegó a la zona una semana después de la masacre, pese a que múltiples alertas tempranas habían anunciado el enfrentamiento. La Procuraduría General de la Nación, mediante sentencia de única instancia del 16 de noviembre de 2004, sancionó al teniente coronel Orlando Pulido Rojas, comandante del Batallón Manosalva Flórez, con suspensión de noventa días sin remuneración por omisión en la protección de la población civil.

El Comité Internacional de la Cruz Roja —que mantiene en Colombia una de sus delegaciones más grandes fuera de su sede de Ginebra— jugó un papel preponderante en la respuesta humanitaria. Actuando bajo su mandato de neutralidad, estableció contacto directo con las partes en conflicto para obtener garantías de seguridad que permitieran el ingreso de asistencia a la zona. En sus pronunciamientos públicos atribuyó la emergencia humanitaria al brutal enfrentamiento entre grupos armados, mientras que otros actores —organizaciones de víctimas, la Iglesia local— pidieron la condena a las FARC por acciones terroristas y señalaron simultáneamente la responsabilidad estatal.

La Comisión de la Verdad, años después, estableció una responsabilidad compartida: el Estado colombiano, las FARC-EP y los paramilitares infringieron el DIH en Bojayá, cada uno con su parte. El comandante del Bloque Noroccidental, Isaías Trujillo, y otros mandos guerrilleros presentes ese día terminarían reconociendo su responsabilidad en la utilización de métodos ilegales de guerra. Bojayá se inscribió, además, en una lógica territorial más amplia: la disputa por el control del Medio Atrato, corredor estratégico que bordea Panamá y conecta el Caribe con el Pacífico, intensificada desde mediados de los años noventa. La masacre desencadenó un desplazamiento forzado masivo de la población afrocolombiana del Medio Atrato, con comunidades enteras abandonadas y nuevos episodios de expulsión en 2003.

La ironía trágica del caso es que ocurrió precisamente cuando el gobierno entrante iba a dejar de llamar al conflicto por su nombre. Bojayá exigía el vocabulario del DIH —principio de distinción, escudo humano, arma indiscriminada, deber de protección— y ese vocabulario, en la política pública que se anunciaba, estaba a punto de ser retirado del discurso oficial.

Falsos positivos: el costo de erosionar el marco

Si Bojayá reveló la degradación del DIH por parte de los actores no estatales, los llamados falsos positivos revelaron su colapso al interior de la Fuerza Pública. La Jurisdicción Especial para la Paz ha establecido 6.402 ejecuciones extrajudiciales de civiles cometidas por el Ejército colombiano entre 2002 y 2008, cifra que representa el 78% del total de esa violación a lo largo de todo el conflicto armado. El dato es difícil de leer sin detenerse: en seis años, la institución armada del Estado mató a más de seis mil civiles indefensos y los presentó como bajas en combate.

El mecanismo tenía una lógica de rutina burocrática, presente en el Magdalena Medio y expuesta también por el Relator Especial de la ONU Philip Alston tras su visita a Colombia en 2009. Se sustraía a víctimas civiles —jóvenes desempleados, habitantes de calle, campesinos, personas en situación de vulnerabilidad— mediante engaños. Se las trasladaba a lugares lejanos de su lugar de origen. Se las asesinaba. Se las vestía con prendas camufladas y se les colocaban armas al lado: el "kit de legalización" del que hablaría después un exmilitar ante la Comisión de la Verdad. El mismo testimonio recordaba haber oído sobre esas prácticas desde la Escuela Militar. Después se las presentaba como guerrilleros abatidos en combate. A cambio, la unidad recibía recompensas económicas, condecoraciones, permisos y ascensos.

La geografía del fenómeno atraviesa el país. En Nariño, la JEP investiga 37 ejecuciones extrajudiciales entre 2002 y 2010 con 61 víctimas, atribuidas al Batallón Batalla de Boyacá, mientras el Observatorio de Derechos Humanos y DIH registró 82 casos en ese mismo departamento durante el período. En el oriente antioqueño, las ejecuciones se concentraron en el Batallón de Infantería n.º 4 "Bajes", con 41 víctimas, y en el Batallón de Caballería Mecanizada n.º 4 "Juan del Corral", con 21 casos, unidades que operaban en Granada, San Luis y Cocorná. El general Mario Montoya Uribe, comandante del Ejército entre 2006 y 2008, firmó su sometimiento a la JEP en octubre de 2018; su propio abogado defensor y otras fuentes le atribuyen más de dos mil falsos positivos durante su comandancia.

Los falsos positivos son la infracción al DIH más grave cometida por la Fuerza Pública colombiana en el período. Violan el principio de distinción de la forma más brutal —al convertir deliberadamente a un civil en un combatiente ficticio para justificar su muerte—; violan el artículo 3 común y el artículo 4.2 del Protocolo II al atentar contra la vida, la integridad y la dignidad de personas que no participaban en las hostilidades; y violan la obligación consuetudinaria de identificar respetuosamente a los fallecidos, en la medida en que los cuerpos eran sepultados como NN en cementerios lejanos, ocultando su suerte a las familias durante años.

La Política de Seguridad Democrática no ordenó ejecutar civiles; sí construyó un ecosistema institucional en el que la métrica del éxito era el número de bajas en combate, en el que la presión por resultados descendía por la jerarquía como un imperativo, y en el que la negación del conflicto armado hacía políticamente incómodo hablar del DIH aplicable a las operaciones de la propia fuerza. Sobre una cultura militar marcada por la impunidad de los tribunales castrenses desde los ochenta, esa presión encontró incentivos perversos —recompensas por bajas, la Directiva 029 de 2005 firmada por el ministro Camilo Ospina Bernal, que reglamentó pagos por información y por resultados operacionales— que activaron la peor deriva posible. El viceministro de Defensa Sergio Jaramillo llegó a hablar públicamente de nexos entre bandas criminales emergentes y la Fuerza Pública a través de los falsos positivos, señalando que algunos miembros del Ejército habrían pactado con esas bandas para sumar "bajas" a cambio de garantizarles inmunidad.

Los casos de Soacha —jóvenes desaparecidos entre enero y agosto de 2008 que aparecieron muertos, presentados como guerrilleros, en fosas de Ocaña, Norte de Santander— se convirtieron en el símbolo público del fenómeno. Su descubrimiento a finales de 2008 forzó al gobierno a destituir a 27 oficiales del Ejército y a reconocer, por primera vez, la existencia del problema.

Complicidad, paramilitarismo y el otro DIH

La erosión del DIH desde el Estado no se limitó a las ejecuciones extrajudiciales. Entre 2000 y 2002, agentes y estructuras de la Fuerza Pública —ejército, policía, organismos de inteligencia— actuaron de manera premeditada y sistemática en contravía de los derechos humanos y del DIH, particularmente en operaciones de contrainsurgencia. El caso más notorio en el aparato civil de inteligencia fue el de Jorge Noguera Cotes, director del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) con rango de ministro, condenado en 2011 por concierto para delinquir agravado con paramilitares y como autor mediato del homicidio del sociólogo Alfredo Correa de Andreis, en coordinación con Rodrigo Tovar Pupo, alias "Jorge 40", jefe del Bloque Norte de las AUC. El general Mauricio Santoyo, jefe de seguridad presidencial durante buena parte del gobierno Uribe, actuó como facilitador de las comunicaciones entre la Fuerza Pública y los paramilitares.

Los testimonios recogidos por el Centro Nacional de Memoria Histórica describen una arquitectura de complicidad que atraviesa décadas y regiones. En Puerto Boyacá, campesinos apodados "escopeteros" actuaron como guías geográficos en patrullajes del Ejército, en prácticas que sus propios protagonistas describen como consideradas "legales" en su momento —violando de plano el principio de distinción entre civiles y combatientes—. En El Castillo, Meta, un habitante recogido por el CNMH describió una secuencia recurrente: primero la aviación bombardeaba, luego entraban los paramilitares y después llegaba el Ejército, coreografía que solo se explica por una coordinación operativa. En el oriente antioqueño, grupos del Batallón Juan del Corral habrían mantenido contubernio con estructuras paramilitares, permitiendo que su presencia fuera advertida con anterioridad a operativos que, en apariencia, iban dirigidos contra ellas.

Los propios paramilitares —las Autodefensas Campesinas de Puerto Boyacá (ACPB) y las Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio (ACMM), entre otras estructuras— operaron sin criterios ni políticas de protección a civiles. Su lógica priorizó la oportunidad del ataque sobre la salvaguarda de la población no combatiente, provocando desplazamientos masivos en violación del principio del DIH que prohíbe obligar a civiles a abandonar sus residencias salvo por razones militares imperiosas. Estaban obligados por el DIH tanto como el Estado: los grupos armados no estatales no pueden invocar su condición para eludir las normas mínimas del artículo 3 común.

Las FARC y el ELN, por su parte, sumaron infracciones sistemáticas. La instalación masiva de minas antipersona en territorios indígenas de Meta, Caquetá, Guaviare y Vichada afectó a pueblos como los Makabaju, Inga, Murui, Jiw, Nukak y Sikuani. El saldo nacional es devastador: entre 1990 y 2022 se registraron 4.884 víctimas civiles de minas en Colombia, de las cuales 3.997 resultaron heridas y 887 murieron; los menores de edad sumaron 1.013 heridos y 259 muertos, y los civiles representaron el 40% del total de víctimas. La guerrilla asesinó a líderes y comuneros indígenas, secuestró médicos tradicionales, gobernadores y estudiantes, y forzó desplazamientos que afectaron la integridad cultural de comunidades enteras. En Barbacoas, Nariño, en 2001, bienes protegidos por el DIH como escuelas fueron utilizados indebidamente por la Fuerza Pública, lo que constituye otra infracción.

Ningún actor sale indemne del cuadro completo. El DIH colombiano fue infringido de manera sistemática por Fuerza Pública, paramilitares y guerrillas. Lo específico del período 2002-2010 no fue la creación de esas prácticas, sino la remoción del lenguaje —y con él, de una parte de los frenos políticos e institucionales— que las nombraba y las delimitaba.

Secuestro, canje humanitario y la disputa por el vocabulario

Una arista particular del DIH durante la Seguridad Democrática fue el problema del secuestro y el intercambio humanitario. Las FARC habían acumulado durante los años noventa y comienzos de los dos mil cientos de secuestrados —militares, policías, políticos, civiles—, y condicionaban su liberación a un canje por guerrilleros presos y al despeje militar de los municipios de Florida y Pradera, en el Valle del Cauca. Sostuvieron esa exigencia prácticamente hasta mediados de 2008, cuando la Operación Jaque —el rescate incruento de Íngrid Betancourt, tres contratistas estadounidenses y once militares y policías, el 2 de julio— les quitó de las manos a los últimos secuestrados considerados "canjeables".

Uribe se negó sistemáticamente al despeje. Sus argumentos combinaban una promesa de campaña —no ceder territorio— con una razón geopolítica que un interlocutor recogió en términos elocuentes: el presidente sostuvo que Bush había prohibido negociar con terroristas y que las FARC estaban clasificadas como tales en el marco de la política antiterrorista estadounidense post-11 de septiembre. La lógica antiterrorista, importada como cobertura discursiva, se convirtió aquí en un obstáculo operativo: si no había conflicto sino terrorismo, no había intercambio humanitario sino cesión ante criminales.

Algunos analistas plantearon —desde una lectura estricta del DIH— que las retenciones de miembros de la Fuerza Pública capturados en combate por las FARC podrían asimilarse a la figura de prisioneros de guerra, y que los medios de comunicación tendían a calificar indiferenciadamente como "secuestros" tanto esas retenciones como los secuestros de civiles con fines de extorsión o presión política. La distinción jurídica era relevante: el DIH regula la captura de combatientes; el secuestro de civiles es una infracción grave sin ambigüedad. Pero la política gubernamental, al negar la existencia del conflicto, negó también la utilidad de esa distinción.

Con el ELN, el gobierno colombiano avanzó por un camino distinto. En las conversaciones sostenidas en Quito en 2017 —ya en el gobierno de Juan Manuel Santos, sucesor de Uribe—, el DIH fue explícitamente adoptado como marco conceptual común para guiar los aspectos humanitarios de las negociaciones. La razón práctica era transparente: el lenguaje de la legalidad ordinaria colombiana resultaba inoperante para dialogar con un grupo armado que no se reconocía como criminal, y el DIH ofrecía un vocabulario técnico neutral que ambas partes podían aceptar sin ceder posiciones políticas de fondo.

Entre 2003 y 2007, el número de secuestros descendió un 78% respecto al período 1996-2002, resultado atribuible al debilitamiento militar de las FARC bajo la ofensiva de la Seguridad Democrática y a operaciones de contrainsurgencia sostenidas. El logro es real y merece ser dicho: en materia de reducción del secuestro como fenómeno masivo, la política obtuvo resultados. Contra ese saldo pesan los 6.402 falsos positivos, las complicidades con el paramilitarismo y la erosión del marco jurídico, cuentas que la Seguridad Democrática nunca saldó del todo.

De Ralito a la JEP: el DIH como fundamento de la justicia transicional

La negociación con las AUC, iniciada formalmente en 2003 y culminada en la desmovilización de más de 31.000 combatientes entre 2003 y 2006, obligó al gobierno Uribe a construir un marco jurídico específico. La Ley 782 de 2002 modificó la Ley 418 de 1997 eliminando el requisito de reconocimiento de carácter político para negociar con grupos armados, lo que permitió abrir diálogos con las autodefensas —a las que nunca se les reconoció ese carácter—. Pero esa ley no ofrecía alternativa penal para paramilitares acusados de crímenes de lesa humanidad y violaciones al DIH, lo que resultaba poco atractivo para las cúpulas. De esa tensión emergió la Ley 975 de 2005, conocida como Ley de Justicia y Paz, que introdujo beneficios penales alternativos a cambio de contribuciones a la verdad, la justicia y la reparación.

La negociación con las AUC y la adopción de la Ley 975 constituyeron el hito fundacional de la justicia transicional como campo jurídico en Colombia. Fue en ese proceso donde entraron al debate público las categorías —derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación; imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad; imposibilidad de amnistiar violaciones graves al DIH— que después estructurarían el Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación acordado en La Habana en 2016. El propio proceso con las AUC ha sido descrito como "una especie de proceso de justicia transicional", advertencia que reconoce sus insuficiencias: no hubo cambio de régimen político ni terminación del conflicto, y los resultados judiciales fueron modestos —de los más de 31.000 desmovilizados, solo 4.153 fueron encontrados potencialmente elegibles para recibir beneficios bajo el marco de la ley—.

El Marco Jurídico para la Paz, adoptado como Acto Legislativo 01 de 2012 ya bajo el gobierno Santos, corrigió el rumbo. Estableció como condiciones para los beneficios penales la dejación de armas, el reconocimiento de responsabilidad, la contribución a la verdad, la cooperación con la reparación y el aporte de información sobre secuestrados y menores reclutados. Fue el andamiaje sobre el que se construiría, después del Acuerdo Final de 2016, la Jurisdicción Especial para la Paz.

La JEP heredó, así, un doble legado. Del gobierno Uribe recibió los casos: los 6.402 falsos positivos que hoy investiga en el macrocaso 03; los crímenes cometidos por las FARC —secuestro, reclutamiento de menores, minas antipersona— que investiga en otros macrocasos; los crímenes cometidos por terceros civiles y por agentes del Estado no militares. Del propio proceso de Justicia y Paz, y de la construcción jurisprudencial de la Corte Constitucional y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos —cuyas sentencias contra Colombia en las masacres de Mapiripán, Ituango y La Rochela consolidaron el reconocimiento de la responsabilidad estatal—, heredó el marco normativo. Sobre ambos legados opera el DIH como fundamento: el reconocimiento de que en Colombia hubo un conflicto armado interno al que aplicaba el ius in bello es la condición de posibilidad misma de una jurisdicción de transición.

Legado institucional

El paso del DIH por la Seguridad Democrática dejó, para la historia colombiana, un aprendizaje incómodo. Mostró que un marco normativo aceptado en abstracto puede ser vaciado en la práctica sin ser formalmente derogado, simplemente cambiando el vocabulario con que se nombra la realidad. Mostró también que ningún marco normativo, por sólido que sea en el papel, sustituye a las instituciones que deben aplicarlo: sin control judicial efectivo, sin fiscalías autónomas, sin tribunales militares dispuestos a investigar a los suyos, sin una política pública que reconozca los hechos, el DIH se convierte en letra muerta.

Pese a todo, el DIH sobrevivió a la ofensiva. Sobrevivió en las oficinas de la Alta Comisionada de la ONU en Bogotá, primero con Michael Frühling y después con Christian Salazar Volkmann, cuyos informes anuales documentaron sin eufemismos las violaciones cometidas por todos los actores. Sobrevivió en las ONG nacionales e internacionales que sostuvieron el vocabulario cuando el gobierno lo abandonó, y en la Corte Constitucional colombiana, que en varias sentencias reafirmó la aplicabilidad del DIH y la existencia del conflicto armado interno pese al discurso presidencial. Sobrevivió en el CICR, que negoció acceso humanitario con todas las partes sin ceder a la presión política. Y quedó, finalmente, cimentado en la propia arquitectura de la JEP, la Comisión de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, construidas sobre la premisa —hoy jurídicamente incontestable— de que en Colombia hubo un conflicto armado no internacional, al que aplicó siempre el DIH, y cuyas víctimas tienen derecho a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.

Quedan los 6.402, Bojayá y el idioma común que Colombia aprendió a hablar con muchos años de retraso, para nombrar al fin lo que le pasó.

04

En el archivo

3 apariciones públicas, ordenadas por período y año.

01Crisis y narcotráfico1974–19901
  1. 1983Carlos Jiménez GómezFicha
02Transversal1
  1. 1995Bloque de constitucionalidadFicha
05

Relaciones

Vínculos editoriales de la ficha y conexiones observadas dentro del archivo.

Relaciones editoriales

  1. 01Álvaro Uribe Vélez — negó la aplicabilidad del DIH al conflicto colombiano al rechazar la existencia de un conflicto armado interno y subsumir los derechos humanos en la Política de Seguridad Democrática
  2. 02Bojayá — caso paradigmático de infracción múltiple y simultánea al DIH por parte de las FARC, los paramilitares y el Estado colombiano el 2 de mayo de 2002
  3. 03Falsos positivos — violación sistemática del principio de distinción del DIH por parte del Ejército colombiano, con 6.402 ejecuciones extrajudiciales documentadas entre 2002 y 2008
  4. 04Justicia transicional — la JEP y el Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación se asientan jurídicamente en el reconocimiento del conflicto armado interno y la aplicabilidad del DIH
  5. 05Bloque de constitucionalidad — los Convenios de Ginebra de 1949 y el Protocolo II de 1977 forman parte del bloque de constitucionalidad colombiano desde la segunda mitad del siglo XX
  6. 06Seguridad Democrática — política que erosionó el marco del DIH al negar el conflicto armado y reemplazar su vocabulario por el de la lucha antiterrorista
06

Documentos y fragmentos citados

60 documentos · 72 fragmentos

01Cuatro crisis que marcaron a Colombia: Memorias del fraude bancario de 1982, el apagón de 1992, la debacle financiera de 1999 y las negociaciones con el ELN en 2018Juan Camilo Restrepo · 2022 · p. 1631 cita
[1]

términos de legalidad, parecíamos hablarles en chino. ¿Cómo encontrar entonces un lenguaje común que nos permitiera entendernos? Fue allí donde surgió la idea del Derecho Internacional Humanitario, que al decir del ELN tiene incorporado en sus códigos de guerra –interpretado claro está al modo de ellos–, y en el caso…

p. 163
02Álvaro Uribe: El Caballo de Troya del NeoliberalismoJuan Manuel López Caballero · 2009 · p. 751 cita
[2]

discutirlo o el negarse a ello les da espacio mediático, propagandístico y, potencialmente, de interlocución, es claro que en el momento que éste se dé el gobierno solo los tratará como enemigos a eliminar, y el 76 Álvaro Uribe: el Caballo de Troya del Neoliberalismo único interés noticioso será el número de bajas que…

p. 75
03«¡Déjennos en paz!» La población civil, víctima del conflicto armado interno de ColombiaAmnistía Internacional · 2008 · p. 151 cita
[3]

A pesar de ello, nunca negaron la existencia de un conflicto armado per se, a diferencia del actual presidente. Además, el gobierno del presidente Uribe es el primero en utilizar el concepto de «guerra contra el terror». Esta formulación y la de la «guerra contra el narcotráfico» han sido utilizadas por algunos…

p. 15
04Los procesos de paz en Colombia, 1982-2014 (documento resumen)Álvaro Villarraga Sarmiento · 2015 · p. 1861 cita
[4]

y sociales; iniciativas legislativas sobre reformas asociadas a los procesos de paz o a sus instrumentos; el desarrollo de programas de inversión social en zonas de conflicto; el reconocimiento de la grave problemática humanitaria y la urgente aplicación del DIH y el recurso a formas de facilitación e intermediación…

p. 186
05La tierra se quedó sin su canto. Trayectoria e impactos del Bloque Norte en los departamentos de Atlántico, Cesar, La Guajira y Magdalena. Tomo ICentro Nacional de Memoria Histórica, Lukas Rodríguez Lizcano · 2022 · p. 3261 cita
[5]

el DIH aplica a los conflictos armados no internacionales, como el colombiano, y que sus obligaciones abarcan tanto a actores estatales como no estatales. Asimismo, les aplican los principios de pro- porcionalidad y distinción del derecho internacional consuetudinario relativos a los conflictos armados no…

p. 326
06Memorias de una guerra por los Llanos. Tomo I. De la violencia a las resistencias ante el Bloque Centauros de las AUCCentro Nacional de Memoria Histórica · 2021 · p. 3041 cita
[6]

de las claridades que hace el Derecho Internacional Humanitario en materia de guerra corresponde a la diferenciación entre combatientes y pobla- ción civil al establecer que: Los miembros de las fuerzas armadas de una Parte en conflicto son comba- tientes, con excepción del personal sanitario y religioso y del…

p. 304
07Gran Enciclopedia de Colombia. Tomo 7: InstitucionesRoberto Hinestrosa Rey (Director Académico), Sandra Morelli Rico (Coordinación Académica) · 1993 · p. 2511 cita
[7]

de agosto de 1949, El primer convenio se refiere a los heridos y en- fermos de las fuerzas amadas en campaña, y el seguido,4 los heridos, enfermos y ndutragos de las fuerzas armadas en el mar. Ellos disponen que nose podrá alentar contrast vida y que deberá prestárseles tocala asis- tencia médica que regulera su…

p. 251
08Hasta encontrarlos. El drama de la desaparición forzada en ColombiaMartha Nubia Bello Albarracín, Andrés Fernando Suárez, Mónica Márquez Ramírez · 2016 · p. 401 cita
[8]

1949 y el artículo 4. 2 del Protocolo II de 1977 26 adicional a dicho convenio -las normas más importantes del derecho humani- tario aplicables a con fl ictos armados no internacionales-, prohíben los atentados contra la vida, la integridad personal y la dignidad personal de las personas que no participan directamente…

p. 40
09Convocatoria a la paz grande. Declaración de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No RepeticiónComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 411 cita
[9]

padres los que murieron como paramilitares y los que están en los hogares, ahora sin brazos o sin piernas. Hemos recibido publicaciones de las Fuerzas Militares sobre sus víctimas en el conflicto, y en menor número de las FARC-EP. Este conflicto no fue en su origen una guerra por el negocio del narcotráfico. Los…

p. 41
10Nos matan y no es noticia. Parapolítica de Estado en ColombiaRicardo Ferrer Espinosa, Nelson J. Restrepo A. · 2010 · p. 481 cita
[10]

son captu- rados, difícilmente pueden pedir que se les trate y respete como a civiles. Dado ese marco, más realista, tenemos en Colombia prisioneros de guerra. Contrarios capturados en medio del combate de fuer- zas abiertamente enfrentadas y diferenciadas de la población ci- vil. Recientemente la guerrilla se ha…

p. 48
11At the Margins of the Global Market: Making Commodities, Workers, and Crisis in Rural ColombiaPhillip A. Hough · 2022 · p. 2951 cita
[11]

fi ce, Uribe openly refused to accept the political nature of the guerrillas, instead calling them “ terrorists ” and “ dragons ” and refusing to negotiate without a unilateral cease- fi re. 91 Aiming to further beef up Colombia ’ s armed forces, Uribe looked to Washington for political and military support from the…

p. 295
12¡Adiós a las FARC! ¿Y ahora qué? Construir ciudadanía, Estado y mercado para unir las tres ColombiasClaudia López Hernández · 2016 · p. 2491 cita
[12]

contra el terrorismo". Tanto sus alocuciones como los documentos gubernamentales y oficiales sobre el conflicto político o armado en Colombia se hablaba exclusivamente de la "amenaza narcoterrorista". Este discurso se profundizó con los atentados del 11 de septiembre en los Estados Unidos, que alinearon más…

p. 249
13Violencia pública en Colombia, 1958-2010Marco Palacios · 2012 · p. 1601 cita
[13]

de los políticos, incluidos los de la coalición centro-izquierdista del Polo De mocrático que, en la campaña electoral del 2005-2006 ni mencionó el tema que, claro está, descubrió poco después.39 Contra el Caguán En las elecciones del 26 de mayo de 2002 Alvaro Uribe Vélez ganó la presi dencia de Colombia. Había…

p. 160
14Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado. Valle y norte del CaucaComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 1281 cita
[14]

que eran Florida y Pradera, había mucha población civil; y mi punto era que allí no había bases del Ejército como tal, sino que había batallones móviles. Por consiguiente, no se podía hablar de un despeje, sino que era un punto de encuentro donde se podía sentar a negociar y no era un acuerdo de paz, sino un acuerdo…

p. 128
15America's Other War: Terrorizing ColombiaDoug Stokes · 2005 · p. 1522 citas
[15]

policy-makers in Washington. The ads all had a similar theme. They asked the American people to remember the bravery of the Colombian military, stressed that the Colombian military was engaged in a war against drugs, and attempted to change perceptions of Colombia from being a drug supplier to the USA as drug…

p. 152
[16]

policy-makers in Washington. The ads all had a similar theme. They asked the American people to remember the bravery of the Colombian military, stressed that the Colombian military was engaged in a war against drugs, and attempted to change perceptions of Colombia from being a drug supplier to the USA as drug…

p. 152
16Álvaro Uribe Vélez: El Narcotraficante Nº 82Sergio Camargo V. · 2008 · p. 1251 cita
[17]

temeraria declaración. El “presidente” Uribe se reunió con los presidentes centroamericanos convenciéndoles del enorme peligro que representaba los “terroristas de las FARC” y por su parte la Ministra de Defensa Martha Lucia Ramírez salió corriendo hacia Washington a pedir más armas, y el vicepresidente Santos dio una…

p. 125
17Alvaro Uribe Velez El Narcotraficante # 82Sergio Camargo V. · 2008 · p. 1251 cita
[18]

temeraria declaración. El “presidente” Uribe se reunió con los presidentes centroamericanos convenciéndoles del enorme peligro que representaba los “terroristas de las FARC” y por su parte la Ministra de Defensa Martha Lucia Ramírez salió corriendo hacia Washington a pedir más armas, y el vicepresidente Santos dio una…

p. 125
18El terrorismo de Estado en ColombiaHernando Calvo Ospina · 2018 · p. 3492 citas
[19]

la policía el presidente Uribe Vélez sostuvo: “por no tener el valor de denunciar a Amnistía Internacional, hemos permitido que legitimen al terrorismo internacionalmente [...]” Al día siguiente AI contestó públicamente, entre otros: “En vez de responder ante las legítimas preocupaciones internacionales sobre sus…

p. 349
[20]

la policía el presidente Uribe Vélez sostuvo: “por no tener el valor de denunciar a Amnistía Internacional, hemos permitido que legitimen al terrorismo internacionalmente [...]” Al día siguiente AI contestó públicamente, entre otros: “En vez de responder ante las legítimas preocupaciones internacionales sobre sus…

p. 349
19Hasta la guerra tiene límites. Violaciones de los derechos humanos, infracciones al derecho internacional humanitario y responsabilidades colectivasComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 31, 8502 citas
[21]

pruebas que justificaran su privación de libertad 3002. Estos incentivos y relaciones con paramilitares condujeron, así mismo, a 6.402 ejecuciones extrajudiciales de civiles, entre 2002 y 2008, según las cifras de la JEP. Este número representa el 78 % del total de esa violación de derechos humanos a lo largo del…

p. 850
[64]

derecho internacional humanitario o de violaciones graves y manifiestas de las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno». hasta la guerra tiene límites 32 Principales violaciones e infracciones cometidas durante el conflicto armado En la primera parte se presentan…

p. 31
20Memoria de la infamia. Desaparición forzada en el Magdalena MedioCentro Nacional de Memoria Histórica, Liz Yasmit Arévalo Naranjo, Andrés Prieto Ruiz · 2017 · p. 4381 cita
[22]

Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, 28 de septiembre de 2008, Comu- nicado de Prensa). Es importante resaltar, como ya se anotó, que en este tipo de desapariciones la justificación de la lucha contrainsurgente per- manece como en los períodos anteriores, pero de lo que en verdad 439 6…

p. 438
21Granada: Memorias de guerra, resistencia y reconstrucciónMarta Inés Villa Martínez, Laura Cartagena Benítez, Fernando Valencia Rivera · 2016 · p. 1921 cita
[23]

de los casos reportados en el oriente antioqueño fueron atribuidos a esa unidad militar (41 víctimas). Le sigue el Batallón de Caballería Mecanizada n° 4 “Juan del Corral” (GMJCO) con 21 casos reportados. A la Unidad Bombarda 1 al mando del subteniente Andrés Mauricio Rosero Bravo se le imputan 4 de los 35 casos…

p. 192
22Cuando los pájaros no cantaban: historias del conflicto armado en ColombiaAlejandro Castillejo-Cuéllar · 2022 · p. 2001 cita
[24]

y luego lo viste, los rotos del uniforme no van a coincidir con el disparo que tiene». O el primer ejemplo que el instructor pone: si tienen un problema y un campesino resultó muerto, pues hagan esto como para no tener problemas. Entonces ellos hablaban de que muchas veces, si uno andaba con su tropa y... no sé... Es…

p. 200
23Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado. Nariño y sur de CaucaComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 1461 cita
[25]

la Paz, se vienen investigando un total de 37 de ejecuciones extrajudiciales ocurridas entre 2002 y el 2010, las cuales han dejado 61 víctimas; el Batallón Batalla de Boyacá es el responsable de estos hechos. Esta cifra se puede comple- mentar con el registro del Observatorio de Derechos Humanos y Derecho Humanitario,…

p. 146
24Isaza, el clan paramilitar. Las Autodefensas Campesinas del Magdalena MedioCentro Nacional de Memoria Histórica, Camilo Ernesto Villamizar Hernández, Juan Alberto Gómez Duque, César Nicolás Peña Aragón · 2020 · p. 2461 cita
[26]

Mario Montoya Uribe, quien en octu- bre de 2018 firmó su sometimiento a la Justicia Especial para la Paz por su pre- sunta responsabilidad en las ejecuciones extrajudiciales: “El abogado Germán Romero consideró que lo que se está haciendo es darle prioridad al “perpetra- dor” de las ejecuciones extrajudiciales.…

p. 246
25Desmovilización y reintegración paramilitar. Panorama posacuerdos con las AUCÁlvaro Villarraga Sarmiento · 2015 · p. 4382 citas
[27]

Violaciones a DDHH Violaciones al DIH Fuente: elaboración propia con base en: Cinep, 2013, mayo, Informe Especial sobre la Situación de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanita - rio en Colombia durante 2012, Programa por la Paz 6.1.2 Ejecuciones extrajudiciales En 2010 se denunciaron 59 casos de ejecuciones…

p. 438
[28]

Violaciones a DDHH Violaciones al DIH Fuente: elaboración propia con base en: Cinep, 2013, mayo, Informe Especial sobre la Situación de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanita - rio en Colombia durante 2012, Programa por la Paz 6.1.2 Ejecuciones extrajudiciales En 2010 se denunciaron 59 casos de ejecuciones…

p. 438
26Bojayá: La guerra sin límitesGrupo de Memoria Histórica, Martha Nubia Bello Albarracín, Pilar Riaño Alcalá, Gonzalo Sánchez G. · 2010 · p. 36, 2652 citas
[29]

Co- lombia la muerte de por lo menos 12 civiles y heridas a otros 45, entre los cuales 10 eran niños, como resultado del uso de bombas de cilindro de gas similares a las empleadas en el combate del 2 de mayo de 2002. El uso de estos artefactos y el desenlace trágico que ocasionó para el caso de Bojayá, no fue un…

p. 36
[33]

se pidió la condena a las FARC por la comisión de acciones terroristas. 394 También jugaron un papel preponderante varios organismos especializados en asistencia humanitaria cuyas acciones de aten- ción a la comunidad fueron lideradas por el Comité Internacio- nal de la Cruz Roja (en adelante CICR), organismo con una…

p. 265
27Resistir no es aguantar. Violencias y daños contra los pueblos étnicos de ColombiaComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 5171 cita
[30]

hacer patrullajes y a agarrar algunos miembros del grupo armado que se encontraban en el pueblo» 1332. Después de la retoma de Barbacoas, en 2001, el Ejército Nacional infringió normas del derecho internacional humanitario al emplear la escuela como sitio de reunión e involucró a la población negra en acciones de…

p. 517
28Una nación desplazada: Informe nacional del desplazamiento forzado en ColombiaCentro Nacional de Memoria Histórica (CNMH); Myriam Hernández Sabogal, Catalina Riveros Gómez, Mónica Johanna Rueda, Yamile Salinas Abdala, Juan Manuel Zarama Santacruz · 2015 · p. 891 cita
[31]

terri- torial, las AUC planearon brutales estrategias de incursión violenta, principalmente en aquellas regiones en que la guerrilla se había consolidado desde las décadas de los años setenta y ochenta 97. 96 Las negociaciones del Plan Colombia con Estados Unidos se llevaron a cabo bajo el gobierno de Bill Clinton…

p. 89
29Histories of Perplexity: Colombia, 1970s–2010sLina Britto, A. Ricardo López-Pedreros · 2024 · p. 4711 cita
[32]

of the victims’ remains to the territory, describing how knowledge keepers guided the process and the ritual, spir - itual, and accompaniment practices they brought in dialogue with forensic procedures and protocols. War in the Middle Atrato The municipality of Bojayá in the Middle Atrato, department of Chocó, is…

p. 471
30Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado. PacíficoComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 1491 cita
[34]

Víctima, afrocolombiano, Chocó. 150 fiflćflff́Th fl. fiThfifl La fuerza pública solo llegó a la zona una semana después de los hechos 584. El teniente coronel Orlando Pulido Rojas, comandante del Batallón Manosalva Flórez, incumplió con su deber jurídico y constitucional de proteger a la población civil. La inminencia…

p. 149
31Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado. OrinoquíaComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 1801 cita
[35]

742 Reyes Posada y Duica Amaya, Guerreros y campesinos. 743 Ibíd. 744 Entrevista 278-VI-00009. Campesina, víctima. 745 Entrevista 228-VI-00046. Víctima de extorsión. la guerra a muerte: el territorio en medio de las violencias (1997-2010) 181 ocasiones a las autoridades indígenas, reclutaron jóvenes y niños y usaron…

p. 180
32Hallazgos y recomendaciones de la Comisión de la Verdad de ColombiaComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 1661 cita
[36]

(AICMA) 172 entre 1990 y 2022 se registraron 4.884 víctimas civiles, de las cuales 3.997 civiles fueron heridos y 887 murieron como consecuencia de la explosión de minas antipersona. De los heridos, 1.013 eran menores de edad, de los cuales 259 murieron. También se han registrado 7.286 víctimas de la fuerza pública…

p. 166
33Doble discurso, múltiples crímenes. Análisis temático de las ACMM y las ACPBCentro Nacional de Memoria Histórica, Camilo Ernesto Villamizar Hernández (coordinador) · 2021 · p. 4501 cita
[37]

de las ACPB y las ACMM en los desplazamien- tos por enfrentamientos armados radica en que la población civil no fue obje- to de protección y, por tanto, primaba la oportunidad del ataque por encima de la protección de civiles en zonas de conflicto. No se encontraron indicios que permitan inferir que estas estructuras…

p. 450
34Estrategias de guerra y trasfondos del paramilitarismo en el Urabá antioqueño, sur de Córdoba, bajo Atrato y Darién. Tomo ILaura Milena Ballén Velásquez, Ronald Edward Villamil Carvajal, Luisa Fernanda Hernández Mercado · 2022 · p. 3711 cita
[38]

ACCU: 1994−1997 AUC: 1998−2006 Fuente: CNMH-DAV (2018). Base de datos sobre violaciones a los DD. HH e infracciones al DIH cometidas por grupos paramilitares en el Urabá antioqueño, sur de Córdoba, bajo Atrato y Darién (ACCU, BEC; BB, BHT) (1994-2006). De la totalidad de los 98 casos identificados a partir de esta…

p. 371
35Vivir sabroso. Luchas y movimientos afroatrateños en Bojayá, Chocó, ColombiaNatalia Quiceno Toro · p. 1761 cita
[39]

ÙOJDP DBOBMEFDPNVOJDBDJÓO RVFEÓDPNQMFUBNFOUFDPOđOBEB-PTQPHVFÒPTWFÎBO pasar el tiempo con impotencia, presintiendo como algo inminente el encuentro entre guerrilleros y paramilitares. En medio de semejante desamparo, el pueblo encontró en el poder del santo una estrategia para hacerle frente al terrible mal de…

p. 176
36Beyond Bogotá: Diary of a Drug War Journalist in ColombiaGarry Leech · 2009 · p. 2111 cita
[40]

municipality of, 150, 160–61 Bojayá River, 151 Bolivia, 178 Bolivia, Colombia, 173–78 Boquiaza, Colombia, 163–65 Brazil, 32, 36 Bucaramanga, Colombia, 198 Bush, George H. W., 30 Bush, George W., 108–109 Bush administration: aerial fumigations and, 2; global war on terror and, 105, 111, 118, 179, 217; troop deployment…

p. 211
37Fighting Monsters in the Abyss: The Second Administration of Colombian President Álvaro Uribe Vélez, 2006–2010Harvey F. Kline · 2015 · p. 2282 citas
[41]

Catam que ‘arreciará’ su ofensiva contra las Farc,” El Tiempo, February 22, 2007, http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS- 3451139. 15. “Las Farc insistieron en despeje para canje,” El Colombiano, May 18, 2007. 16. Presidencia de la República, “Declaración del Presidente frente al inter- cambio humanitario,”…

p. 228
[42]

Catam que ‘arreciará’ su ofensiva contra las Farc,” El Tiempo, February 22, 2007, http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS- 3451139. 15. “Las Farc insistieron en despeje para canje,” El Colombiano, May 18, 2007. 16. Presidencia de la República, “Declaración del Presidente frente al inter- cambio humanitario,”…

p. 228
38Una conversación pendienteJuan Manuel Santos, Ingrid Betancourt, Juan Carlos Torres · 2021 · p. 2481 cita
[43]

se tiene en cuenta que Uribe había ganado la presidencia por oponerse al proceso del Caguán y había prometido que jamás despejaría ni un centímetro del territorio nacional. Las Farc continuaron defendiendo su propuesta de despejar los dos municipios, y en eso se mantuvieron prácticamente hasta mediados de 2008, cuando…

p. 248
39La Colombia fuera de Colombia. Las verdades del exilioComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 1731 cita
[44]

en Canadá desde 2001. la colombia fuera de colombia 174 guerrilleros; entretanto, crecía el temor de los familiares por un rescate a sangre y fuego. Era un contexto que se interpretaba como de «debilidad» del Estado y un momento muy difícil para el país, pues se estaba configurando todo el proceso del derecho…

p. 173
40Detrás de la guerra en ColombiaAriel Ávila · 2019 · p. 1761 cita
[45]

de secuestro basado en cierta inteligencia en terreno y se pedía determinado monto de dinero a cambio de la liberación. Pescas milagrosas: la práctica más degradada del secuestro. Se hacían retenes en vías principales del país, allí las diferentes estructuras de las Farc se llevaban 30 o 40 personas y aspiraban a que…

p. 176
41Guerrilla y Población Civil. Trayectoria de las FARC 1949-2013Mario Aguilera Peña · 2013 · p. 1951 cita
[46]

secuestros, correspondiente al 62% de ese pe- riodo. Luego de ese pico, entre el 2003 y el 2007, se dio un vertigi- noso descenso del número de plagiados por las farc y por otras organizaciones, fenómeno asociado con las operaciones militares contrainsurgentes y el debilitamiento de esa guerrilla. A partir del 40…

p. 195
42¡Basta satisfecho! Colombia: Memorias de guerra y dignidadCentro Nacional de Memoria Histórica (GMH) · 2013 · p. 174, 1862 citas
[47]

aunque, como se ha mencionado, Gobiernos anteriores hubieran sugerido esta alternativa con respecto al paramilitarismo, lo cierto es que algunos de los elementos característicos del origen y accio- nar de estos grupos sembraban dudas acerca de la posibilidad de darles este tipo de reconocimiento. 121 Para zanjar ese…

p. 174
[52]

a condiciones que responden a una perspectiva holística de la justicia tran- sicional. A partir de esta forma de concebir la justicia, resulta admisible cierta lógica de compensación entre sus distintas dimensiones, como por ejemplo, menos castigo a condición de mayor verdad y reparación para las víctimas. Por esta…

p. 186
43El derecho a la justicia como garantía de no repetición. Volumen 1. Graves violaciones de derechos humanos: luchas sociales y cambios normativos e institucionales 1985-2012Centro Nacional de Memoria Histórica · 2015 · p. 165, 1964 citas
[48]

negociación con los paramilitares constituye uno de los hitos fundamentales de la actuación del Estado en relación con los derechos de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos. La discusión que condujo a la adopción de esta Ley, y los debates posteriores relativos a su implementación, marcaron la…

p. 165
[49]

negociación con los paramilitares constituye uno de los hitos fundamentales de la actuación del Estado en relación con los derechos de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos. La discusión que condujo a la adopción de esta Ley, y los debates posteriores relativos a su implementación, marcaron la…

p. 165
[53]

de descongestión judicial, Congreso de Colombia, Diario O fi cial No. 47. 768 de 12 de julio de 2010, disponible en http://www.secretariasenado.gov.co/senado/ basedoc/ley_ 1395 _ 2010.html Colombia, (2010), Ley 1407 de 2010 (agosto 17), Por la cual se expide el Código Penal Militar, Congreso de Colombia, dis- ponible…

p. 196
[54]

de descongestión judicial, Congreso de Colombia, Diario O fi cial No. 47. 768 de 12 de julio de 2010, disponible en http://www.secretariasenado.gov.co/senado/ basedoc/ley_ 1395 _ 2010.html Colombia, (2010), Ley 1407 de 2010 (agosto 17), Por la cual se expide el Código Penal Militar, Congreso de Colombia, dis- ponible…

p. 196
44Guerras, paces y vidas entrelazadas: coexistencia y relaciones locales entre víctimas, excombatientes y comunidades en ColombiaJuan Diego Prieto Sanabria · 2012 · p. 261 cita
[50]

para quienes formulan e implementan políticas al respecto. 1.2.2. La justicia transicional y la hora de las víctimas En segundo lugar, las negociaciones con las auc iniciaron una especie de pro- ceso de justicia transicional en el marco de la Ley de Justicia y Paz (véase Res- trepo y Bagley 2011). La justicia…

p. 26
45Colombia: Background, U.S. Relations, and Congressional InterestJune S. Beittel · 2013 · p. 261 cita
[51]

are concerned that many paramilitaries have not participated in the Justice and Peace process. Of the more than 31,000 paramilitary members that had demobilized, only 4,153 had been found potentially eligible to receive benefits under the Justice and Peace Law’s framework. 113 In response to concerns raised by NGOs…

p. 26
46Colombia, así en la guerra como en la pazJorge Giraldo Ramírez · 2018 · p. 491 cita
[55]

una especie de adenda sobre derechos humanos y una presentación de los principios y las generalidades. El título del documento ilustra su enfoque. Se encamina a darle cuerpo a la obsesión gubernamental de que las víctimas tienen que estar en el centro de la salida política del conflicto armado. Se trata de un acuerdo…

p. 49
47El Estado suplantado. Las Autodefensas de Puerto BoyacáCamilo Ernesto Villamizar Hernández, Juan Alberto Gómez Duque · 2019 · p. 432 citas
[56]

uniforme e ir a patrullar con ellos, era legal, era uno como un guía”. (CNMH, CV, Triana, 2017, 13 de julio) Yo en algún momento, como hasta en dos o tres ocasiones, estuve también de guía del Ejército. (…) Prácticamente es que los escopeteros fuimos, I. CREACIÓN Y DESARROLLO 1977-1991 45 guías del Ejército también.…

p. 43
[57]

uniforme e ir a patrullar con ellos, era legal, era uno como un guía”. (CNMH, CV, Triana, 2017, 13 de julio) Yo en algún momento, como hasta en dos o tres ocasiones, estuve también de guía del Ejército. (…) Prácticamente es que los escopeteros fuimos, I. CREACIÓN Y DESARROLLO 1977-1991 45 guías del Ejército también.…

p. 43
48Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado. Dinámicas urbanas de la guerraComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 1801 cita
[58]

Rodríguez (alias Aguilar) en Justicia y Paz. Es de anotar que el General Mauricio Santoyo jugó un papel importante al ser el facilitador de las comunicaciones entre la fuerza pública y los paramilitares 584. El mismo informe concluyó que: Durante el periodo de agudización del conflicto (2000-2002), la responsabilidad…

p. 180
49Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado. CaribeComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 1321 cita
[59]

juez ordenara la detención de Correa por el delito de rebelión 298. Correa estuvo detenido entre junio y julio de 2004. Su detención era insólita. Recuperó la libertad al demos- trar su inocencia. Sin embargo, su muerte fue ordenada por una troika de políticos, funcionarios del DAS encabezados por su director, Jorge…

p. 132
50Pueblos arrasados: Memorias del desplazamiento forzado en El Castillo (Meta)Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH); Catalina Riveros Gómez, Francisco Hernando Vanegas Toro, Julián Augusto Vivas García, Pablo Andrés Convers Hilarión (relatores) · 2015 · p. 1111 cita
[60]

tener que difamar de un ejército constituido en Colombia, sino que a nosotros nos tenía atemori- zados era la guerra que se estaba librando desde las mismas insti- tuciones encargadas para protegernos a nosotros en compañía de las instituciones al margen de la ley (…) como son los señores pa- ramilitares (…) que…

p. 111
51Elementos para una genealogía del paramilitarismo en Colombia. Historia y contexto de la ruptura y continuidad del fenómeno (I)Alfonso Insuasty Rodríguez, José Fernando Valencia Grajales, Janeth Restrepo Marín · 2016 · p. 882 citas
[61]

Derechos Humanos y DIH, 2010). Esta primera incursión va a cambiar las estrategias de autodefensa impulsadas inicialmente por el de ataque y contraataque a posiciones militares guerrilleras, y retaliaciones y masacres so- bre la población civil. En este periodo se aprecia cómo se dan secuestros de con- gresistas y la…

p. 88
[62]

Derechos Humanos y DIH, 2010). Esta primera incursión va a cambiar las estrategias de autodefensa impulsadas inicialmente por el de ataque y contraataque a posiciones militares guerrilleras, y retaliaciones y masacres so- bre la población civil. En este periodo se aprecia cómo se dan secuestros de con- gresistas y la…

p. 88
52Gobernar en medio de la violencia. Estado y paramilitarismo en ColombiaJacobo Grajales · 2017 · p. 2041 cita
[63]

Comisión Internacional de Juristas, Comisión Andina de Juristas Seccional Colombiana (1992). 2 Como lo sugiere, en un contexto muy diferente, Philippe Garraud (2002). 3 Las memorias de Jiménez Gómez (1999), cruzadas con los artículos de prensa de la época, permiten reconstruir esta situación. El exprocurador general…

p. 204
53Desaparición forzada. Balance de la contribución del CNMH al esclarecimiento históricoElsa Blair · 2018 · p. 311 cita
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es negada. De allí el concepto de la huma- nidad como víctima que caracteriza de manera esencial los críme- nes contra la humanidad (CNMH, 2014a, página 215). Es preciso señalar que de esta condición de crimen de lesa hu- manidad se deriva su carácter imprescriptible y no sujeto a amnis- tías e indultos (CNMH, 2014,…

p. 31
54Normas y dimensiones de la desaparición forzada en Colombia. Tomo ICentro Nacional de Memoria Histórica; Germán Lozano Villegas; Luz Janeth Forero M. · 2014 · p. 2051 cita
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la mayoría de los ordenamientos jurídicos internos como por los instrumentos internacionales de derechos humanos 170. Ambas conductas son tratadas uniformemente por la legisla- ción internacional en virtud de que vulneran los dos mismos bie- nes jurídicos tutelados: la vida y la con fi anza de los ciudadanos frente al…

p. 205
55Guerreros y campesinos. Despojo y restitución de tierras en ColombiaAlejandro Reyes Posada · 2016 · p. 261 cita
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el ELN y las bandas criminales, aunque no derrotarlas. La elección de Juan Manuel Santos Calderón, ministro de Defensa del gobierno de Álvaro Uribe, en 2010, significó una inflexión en la manera de concebir la respuesta al conflicto armado, pues comenzó por reconocer la existencia de este. A finales de 2010, Santos…

p. 26
56La Verdad de las Mujeres. Víctimas del conflicto armado en Colombia. Tomo IRuta Pacífica de las Mujeres · 2013 · p. 3571 cita
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las mujeres como una violación grave y como una forma de tortura. Si bien durante el siglo XX, otras violaciones masivas durante la segunda guerra mundial o durante los conflictos armados en Centroamérica las muje - res habían vivido experiencias similares de violación y desprecio masivos a través de la práctica de la…

p. 357
57JEP - En funciones 31 magistrados - perfil de Patricia Linares Prieto.htmlp. 11 cita
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Estado. Ana Manuela Ochoa Arias Abogada de la Universidad de los Andes. Hizo un curso en derechos humanos en el Instituto Internacional de los Derechos del Hombre en Estrasburgo. Ha sido durante varios años asesora de la Organización Nacional Indígena de Colombia (Onic) y del pueblo indígena Kankuamo, y trabajó como…

p. 1
58Orden y libertad. Economía política del castigo en Colombia y LatinoaméricaManuel Iturralde · 2022 · p. 1611 cita
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que se originan en esta región tienen mucho que aportar al debate, no simplemente a favor o en contra de una postura determinada, sino como una forma de enriquecerlo y llevarlo a nuevas direcciones. 163 Capítulo 4 L a just ICI a tra N s ICI o N a L EN C o L omb I a y L a EC o N om Í a po LÍ t IC a DEL or DEN jur ÍDIC…

p. 161
59Balance de la acción del Estado colombiano frente a la desaparición forzada de personas. Tomo IVCentro Nacional de Memoria Histórica; Luz Marina Monzón Cifuentes (relatora); Carlos Miguel Ortiz (coordinador) · 2014 · p. 901 cita
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extensión de los crímenes de lesa humanidad” 96. El criterio que se siguió en la constitución de esta instancia den- tro de la Fiscalía fue el de procurar el éxito de las investigaciones, a través de la “preservación, aseguramiento y análisis de los medios probatorios”, mediante “la intervención inmediata de…

p. 90
60Justicia. Balance de la contribución del CNMH al esclarecimiento históricoFrancisco Barbosa Delgado · 2018 · p. 791 cita
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quienes les rodean. Todo ello implicó trascender el escena- rio del proceso judicial e invitó a una reflexión sobre la necesidad de trabajar por una reparación más amplia que la que ofrece la vía judicial”. 46 “Este periodo estuvo marcado, en buena medida, por el activismo de las víc- timas y de las y los defensores…

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