Jorge Noguera
Seguridad Democrática
La biografía
Jorge Aurelio Noguera Cotes es el hombre que, entre agosto de 2002 y octubre de 2005, dirigió el Departamento Administrativo de Seguridad de Colombia y, al hacerlo, convirtió al principal organismo de inteligencia civil del Estado en instrumento del Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia. La Corte Suprema de Justicia lo condenó en 2011, en sentencia de única instancia, por concierto para delinquir agravado y como autor mediato del homicidio del sociólogo Alfredo Correa de Andréis. Su nombre marca el punto en que la Política de Seguridad Democrática y el poder paramilitar del Caribe dejaron de ser proyectos paralelos para volverse, dentro de una franja del aparato estatal, funcionalmente indistinguibles. No es un episodio menor de corrupción: es el caso judicialmente probado en que un director de agencia con rango de ministro puso la inteligencia oficial al servicio de un jefe paramilitar y contra los civiles que ese jefe consideraba enemigos.
Línea de vida
- 2002
Jefe de campaña de Uribe en el Magdalena y nombramiento como director del DAS
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Noguera dirigió la campaña presidencial de Álvaro Uribe Vélez en el Magdalena para las elecciones de 2002, departamento donde el Bloque Norte de las AUC bajo 'Jorge 40' había construido una maquinaria de captura electoral mediante los pactos de Chivolo (2000), Pivijay (2001) y del Magdalena (2002). Tras la victoria de Uribe fue nombrado director del DAS con rango de ministro de Estado.
- 2002
Reorientación operativa del DAS y creación del G3
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Desde su llegada al cargo, Noguera orientó las acciones del DAS contra la guerrilla y protegió a los paramilitares de acciones policiales y judiciales, argumentando ante los directores seccionales que las AUC estaban en proceso de paz. Creó el Grupo Especial de Inteligencia G3, unidad clandestina que ejecutó hostigamientos, seguimientos, amenazas y operaciones encubiertas al margen de la ley, posteriormente reemplazado por el GONI. Designó directores seccionales afines al paramilitarismo en Norte de Santander, la Costa Atlántica y Casanare.
- 2004
Montaje judicial y asesinato de Alfredo Correa de Andréis
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En junio de 2004, el sociólogo Alfredo Correa de Andréis fue detenido en Barranquilla por rebelión sobre la base de un montaje en el que el agente del DAS Javier Alfredo Valle Anaya fue pieza clave: los testigos declararon bajo identidades falsas tras observar a la víctima en instalaciones del DAS. La Fiscalía revocó la medida de aseguramiento al descubrir las incoherencias. Correa de Andréis envió dos cartas al presidente Uribe (20 y 29 de junio de 2004) pidiendo garantías constitucionales sin respuesta útil. El 17 de septiembre de 2004 fue asesinado en Barranquilla por orden de una troika integrada por políticos, funcionarios del DAS encabezados por Noguera y paramilitares del Bloque Norte encabezados por 'Jorge 40'. La investigación interna del DAS que identificó a Valle Anaya fue archivada sin sanción.
- 2004
Revelaciones de Rafael García Torres y escándalo público
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El jefe de Informática del DAS, Rafael García Torres, fue detenido tras conocerse que había modificado bases de datos y borrado órdenes de captura contra narcotraficantes. Ya procesado, declaró públicamente y ante la Fiscalía que Noguera había puesto el DAS al servicio de 'Jorge 40' y los paramilitares de la Costa Caribe, describiendo la entrega de información secreta, la elaboración de listas de sindicalistas y opositores para ser eliminados, y el uso de bases del registro civil para planificar fraude electoral en 2002. Actuó en compañía del Secretario General Gian Carlo Auque di Silvestre.
- 2005
Salida del DAS y nombramiento como cónsul en Milán
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Noguera dejó la dirección del DAS en octubre de 2005. El gobierno de Uribe lo nombró cónsul de Colombia en Milán. Ante la presión pública derivada de las revelaciones de García Torres, Noguera renunció voluntariamente al consulado; esa renuncia fue la única consecuencia inmediata visible, sin destitución, captura ni pronunciamiento presidencial sobre la gravedad de los hechos.
- 2011
Condena de la Corte Suprema de Justicia
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La Corte Suprema de Justicia lo condenó en sentencia de única instancia por concierto para delinquir agravado y como autor mediato del homicidio de Alfredo Correa de Andréis. La Corte estableció que las actuaciones del DAS bajo su dirección fueron ilegales, rebasaron los límites de la competencia institucional y estuvieron dirigidas a favorecer a los paramilitares y a perseguir a la oposición política en el marco de la Política de Seguridad Democrática.
El costeño que llegó al DAS
Noguera es samario de origen y magdalenense de trayectoria política. Su carrera pública anterior al DAS pertenece a la escala regional del Caribe colombiano: su nombre no figuraba entre las grandes figuras nacionales del uribismo naciente, sino entre los operadores locales del proyecto. En 2001 y 2002 fue jefe de la campaña presidencial de Álvaro Uribe Vélez en el departamento del Magdalena, en el mismo tiempo y territorio en que el Bloque Norte de las AUC, comandado por Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40, había construido una maquinaria de captura del voto sin precedentes en la región. Los pactos de Chivolo (2000), Pivijay (2001) y del Magdalena (2002) —firmados por alcaldes, diputados y congresistas bajo tutela paramilitar— habían sectorizado el territorio y repartido municipios como zonas electorales exclusivas para candidatos designados. El movimiento Provincia Unida por una Mejor Opción de Vida, nacido en Chivolo, era el vehículo político de esa arquitectura.
En ese Magdalena hizo Noguera campaña por Uribe. Tras la victoria de agosto de 2002 fue nombrado director del DAS con rango de ministro de Estado. El material judicial no acredita que el nombramiento haya sido la contraprestación explícita de un pacto previo con el paramilitarismo, y esa cautela debe conservarse. Pero la coincidencia biográfica y territorial es la premisa del caso: el hombre que llegó a dirigir la inteligencia civil del Estado provenía del departamento donde Jorge 40 mandaba, había hecho política en ese mismo tablero y mantenía —según lo establecido después por la Corte Suprema— una relación personal con el jefe del Bloque Norte que se traduciría, ya desde el cargo, en entrega sistemática de información oficial.
Noguera tenía entonces algo más de cuarenta años, formación en derecho y un perfil administrativo antes que investigativo. No procedía del oficio de la inteligencia. Su valor para el proyecto era otro: la cercanía política con el presidente entrante y las lealtades costeñas.
El DAS como palanca: 2002–2005
El Departamento Administrativo de Seguridad era, al momento de su llegada, el brazo civil de inteligencia del Estado colombiano: un organismo adscrito a la Presidencia, con funciones de policía judicial, control migratorio, protección de personalidades e inteligencia estratégica interna y externa. Su director despachaba directamente con el presidente. Bajo Noguera, esa herramienta se orientó de manera deliberada.
La reorientación operativa fue explícita hacia adentro y disimulada hacia afuera. Ante los directores seccionales, Noguera argumentó que las acciones del DAS debían concentrarse contra la guerrilla y que los paramilitares —entonces en las mesas preliminares del proceso de Santa Fe de Ralito— estaban en camino a la paz, por lo que convenía la cautela. El razonamiento se presentaba como coherente con la Política de Seguridad Democrática: la prioridad era la insurgencia. La Corte Suprema estableció después que esa cautela funcional era la fachada de una colaboración activa: no se trataba de dejar quietos a los paramilitares mientras negociaban, sino de protegerlos de acciones policiales y judiciales y, en paralelo, de transmitirles información oficial.
Esa transmisión tuvo formas concretas. La primera fue el nombramiento de directores seccionales afines al paramilitarismo en regiones donde la coincidencia geográfica con los bloques de las AUC no admite lectura casual: Norte de Santander, donde operaba el Bloque Catatumbo; la Costa Atlántica, dominio del Bloque Norte de Jorge 40; y Casanare, territorio del Bloque Centauros. La estructura territorial del DAS se sincronizó con la estructura territorial de las autodefensas.
La segunda fue la creación del Grupo Especial de Inteligencia G3, patrocinado por Noguera y establecido dentro del DAS como unidad especializada en operaciones al margen de los procedimientos legales. El G3 hacía inteligencia y operaciones encubiertas, y ejecutaba hostigamientos, seguimientos y amenazas contra personas y organizaciones consideradas blancos. Fue reemplazado más adelante en sus funciones por el Grupo de Observación Nacional e Internacional, GONI, en un tránsito que asegura la continuidad del modelo. Estas actividades no se limitaban al monitoreo pasivo: incluían acciones ofensivas —desprestigiar, presionar, intimidar, amenazar, sabotear— sobre las personas espiadas. La red que lo hacía era jerárquica, interinstitucional, clandestina, financiada con presupuesto público y con capacidad de operar en varios países.
La tercera vía fue el manejo doloso de las bases de datos y los expedientes. Rafael García Torres, jefe de Informática del DAS y viejo conocido de Noguera, modificó bases de datos institucionales y borró órdenes de captura contra narcotraficantes y paramilitares. Actuó en compañía del Secretario General del organismo, Gian Carlo Auque di Silvestre. A través del DAS se accedió también a bases del registro civil que habrían sido utilizadas para planificar fraude electoral en 2002. Y por la misma vía se elaboraron listas de ciudadanos —sindicalistas, académicos, defensores de derechos humanos, opositores— señalados como aliados de la guerrilla y trasladados a las estructuras paramilitares de la Costa. Varios de esos nombres fueron asesinados.
Los blancos de las operaciones ilegales no eran combatientes ni redes criminales. Eran periodistas, defensores, magistrados, políticos de oposición, sindicalistas, sacerdotes. La Operación Transmilenio fue desplegada específicamente contra el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, CAJAR, con el objetivo declarado de restringir o neutralizar su accionar: seguimientos a sus miembros, rastreo de fuentes de financiación, preparación de eventuales judicializaciones. Otras operaciones —Europa, Extranjeros, Canela, Imprenta— tejieron una geografía del espionaje ilegal que se extendió al exterior y alcanzó a periodistas y organizaciones de derechos humanos de varios países. La lógica es la misma: el disidente convertido en objetivo del Estado.
Alfredo Correa de Andréis
El caso por el que Noguera fue condenado como autor mediato de homicidio es también el que mejor muestra cómo funcionaba, en concreto, la maquinaria que dirigía.
Alfredo Correa de Andréis era sociólogo, académico de la Costa, autor de trabajos sobre población desplazada y consultor en temas sociales. Su perfil no correspondía al de un objetivo militar por ningún criterio razonable. En junio de 2004 fue detenido en Barranquilla por orden de un juez que dictó su captura por el delito de rebelión, es decir, por presunta pertenencia a la guerrilla. La imputación se sostenía sobre declaraciones de testigos que aportaban descripciones físicas precisas del acusado. El agente del DAS Javier Alfredo Valle Anaya fue identificado después, por una investigación interna del propio organismo, como pieza clave del montaje.
La detención duró aproximadamente un mes. La Fiscalía revocó la medida de aseguramiento al encontrar incoherencias en el expediente y al descubrir que los testigos declaraban bajo identidades falsas: los mismos que describían al académico con precisión lo habían visto en los lugares de reclusión del DAS, donde les permitieron observarlo para que sus declaraciones tuvieran la verosimilitud del detalle.
Durante ese mes, Correa de Andréis escribió dos cartas al presidente Uribe, fechadas el 20 y el 29 de junio de 2004, pidiendo garantías constitucionales. No hubo respuesta útil. El 17 de septiembre de 2004, poco menos de dos meses después de recuperar la libertad, fue asesinado en Barranquilla.
La Corte Suprema estableció que la orden de matarlo salió de una troika compuesta por políticos, funcionarios del DAS encabezados por Noguera y paramilitares del Bloque Norte encabezados por Jorge 40. El montaje judicial previo cumplió la doble función de justificar la vigilancia y de estigmatizar públicamente a la víctima; la información recopilada por el DAS pasó a los ejecutores materiales. La investigación interna que identificó a Valle Anaya como pieza del montaje fue archivada rápidamente. La cadena, así, quedó cerrada por arriba y por abajo: el aparato de inteligencia produce el señalamiento; los paramilitares producen el cuerpo.
Correa de Andréis no fue el único. Edgar Ignacio Fierro Flórez, alias Don Antonio, excomandante del Frente José Pablo Díaz del Bloque Norte, se refirió durante el juicio contra Noguera ante la Corte Suprema a un plan de exterminio contra líderes sindicales orquestado por altos funcionarios del DAS y por los paramilitares. En el proceso de Justicia y Paz se demostró la responsabilidad de Don Antonio en al menos siete hechos imputados contra sindicalistas. La lista de nombres que salía del DAS no era metafórica: era un instrumento de trabajo.
Rafael García y la ruptura del silencio
El escándalo que expuso el funcionamiento interno del DAS bajo Noguera no vino de la Fiscalía, ni de la Corte, ni del Congreso. Vino de dentro.
Rafael García Torres, el jefe de Informática, fue detenido por sus propias irregularidades —el borrado de órdenes de captura contra narcotraficantes en las bases del organismo se conoció por reportería periodística en 2004— y, ya procesado, decidió hablar. Su versión, expuesta públicamente y bajo declaración ante la Fiscalía, fue frontal: Jorge Noguera había puesto al DAS al servicio de Jorge 40 y de los paramilitares de la Costa Caribe. García describió el mecanismo desde adentro, con la autoridad del funcionario que había manipulado los sistemas: la entrega de información secreta al Bloque Norte, las listas de sindicalistas y opositores destinadas a ser eliminadas, la protección informática a narcoparamilitares, el uso de bases del registro civil con fines de fraude electoral en 2002.
La declaración de García es el detonante del proceso penal contra Noguera y, más ampliamente, del capítulo de la parapolítica referido al aparato de inteligencia. Sin ella, la colusión hubiera seguido siendo rumor y denuncia de víctimas. Con ella, entró al circuito judicial.
La reacción del gobierno de Uribe no estuvo a la altura del contenido. Cuando las revelaciones se hicieron públicas, Noguera ya no dirigía el DAS —había dejado el cargo en octubre de 2005— y había sido nombrado por el mismo presidente Uribe cónsul de Colombia en Milán. La única consecuencia inmediata visible tras la denuncia fue que Noguera renunció voluntariamente a ese consulado ante la presión pública. No fue destituido, no fue capturado, no fue objeto de un pronunciamiento presidencial que reconociera la gravedad del asunto. El gobierno no sufrió, en ese momento, una crisis política grave. La primera respuesta institucional al escándalo del espionaje ilegal fue presentar los hechos como acciones aisladas de manzanas podridas o de exdetectives resentidos.
Las chuzadas y el desmonte del DAS
La colaboración con el paramilitarismo del Caribe fue una capa de lo que hizo el DAS en aquellos años. La otra —parcialmente superpuesta— fue el espionaje ilegal sistemático contra personas e instituciones consideradas hostiles al gobierno: magistrados de la Corte Suprema que investigaban la parapolítica, periodistas, políticos de oposición, defensores de derechos humanos, organizaciones internacionales. El conjunto se conocería en el lenguaje público como las chuzadas.
Las operaciones Europa, Transmilenio, Canela, Imprenta, Extranjeros forman el catálogo parcial de una red bien estructurada, con presupuesto oficial y proyección extraterritorial. La creación del G3 bajo Noguera y su reemplazo posterior por el GONI muestran que la infraestructura de operaciones al margen de la ley no fue una desviación puntual sino una instalación orgánica dentro del organismo. Las prácticas ofensivas —desprestigio, intimidación, sabotaje— eran parte del método, no accidente de él.
El asunto adquirió magnitud política mayor cuando salieron a la luz interceptaciones ilegales contra el magistrado auxiliar Iván Velásquez, que lideraba desde la Corte Suprema la investigación de la parapolítica: el DAS espiaba precisamente a quienes investigaban las redes que el DAS había servido. La reacción del gobierno, tras el intento inicial de minimizar los hechos, fue anunciar la liquidación del organismo. El DAS fue finalmente desmantelado ante el nivel de corrupción detectado y la extensión de la red clandestina que había operado dentro de su estructura.
La responsabilidad presidencial en las chuzadas ha sido debatida sobre bases circunstanciales antes que directas. Analistas y entrevistados han sostenido que el estilo de microgestión atribuido a Uribe hace improbable que operaciones de esa escala se hayan ejecutado sin conocimiento del jefe del gobierno; en sus memorias, el propio Uribe describió su método como uno de combinar el panorama general con los pequeños detalles, formulación que los mismos analistas interpretan como coherente con esa hipótesis. Una hipótesis alternativa —que las chuzadas fueron ordenadas por funcionarios del entorno presidencial sin autorización directa del presidente— circula sin desarrollo probatorio robusto. La evidencia disponible no acredita orden presidencial directa; tampoco desmiente el conocimiento. La condena que sí se produjo, y que sí está firme, recayó sobre el director del DAS.
La red
Ningún hombre reorienta solo un aparato de inteligencia. Alrededor de Noguera se lee la topografía de una red.
En la Costa Caribe, el vértice paramilitar era Jorge 40, comandante del Bloque Norte, con quien Noguera mantenía la relación personal que la Corte Suprema estableció como fundamento del concierto para delinquir. La estructura política afín se articulaba en los pactos regionales: el Pacto de Chivolo, el Pacto de Pivijay, el Pacto del Magdalena. Los congresistas y alcaldes que suscribieron esos acuerdos —o que se beneficiaron de la sectorización electoral que impusieron— constituyen la primera órbita del entorno. El senador Dieb Maloof buscó reelección en 2002 con Jorge Tuto Castro como segundo renglón dentro del marco del Pacto del Magdalena y desvió fondos departamentales hacia estructuras paramilitares. Enrique Rafael Caballero, senador elegido por el Magdalena en 1998, fue condenado por concierto para delinquir; testimonios señalaron que Jorge 40 y Hernán Giraldo Serna se reunían con él para decidir quién podía o no hacer proselitismo político en la región. La familia Araújo Castro de Valledupar —con Álvaro Araújo Castro en el Senado— era una pieza mayor que Jorge 40 buscaba atraer a su proyecto en el Gran Magdalena; el propio Álvaro Araújo Castro fue señalado de haber intervenido en la manipulación de contratos de cedulación a través del DAS.
Dentro del DAS, la primera línea de la colaboración incluye a Rafael García Torres como jefe de Informática, a Gian Carlo Auque di Silvestre como Secretario General y a los directores seccionales afines nombrados en Norte de Santander, la Costa Atlántica y Casanare. En el nivel operativo, la figura del agente Javier Alfredo Valle Anaya en el montaje contra Correa de Andréis ilustra el eslabón medio de la cadena: los funcionarios que producían materialmente los expedientes, los seguimientos y los informes que después se convertían en decisiones judiciales y, luego, en cadáveres.
Del lado paramilitar, además de Jorge 40, la reconstrucción judicial ha involucrado a comandantes del Bloque Norte que operaban en la ejecución: Don Antonio en Barranquilla y el Frente José Pablo Díaz; la comandancia del propio Rodrigo Tovar Pupo sobre el conjunto del bloque. Salvatore Mancuso, comandante general de las AUC en la Costa, es el marco superior de esa estructura.
El punto no es la enumeración. Es que la reorientación del DAS bajo Noguera no fue el gesto de un hombre solitario dentro de una entidad limpia. Fue la puesta a punto de una franja transversal —costeña, paramilitar, política y de inteligencia— que compartía enemigos, intereses electorales y economía criminal.
El proceso judicial
La ruta judicial contra Noguera atravesó los recursos del fuero constitucional. Como exdirector del DAS con rango de ministro de Estado, gozaba del fuero que asigna a la Corte Suprema de Justicia el juzgamiento y a la Fiscalía General la investigación por el propio Fiscal General, no por un delegado. Una actuación previa de 2006 fue declarada nula por la Corte Suprema precisamente por vicio de competencia, y el Fiscal General debió disponer la apertura formal de la investigación el 18 de junio de 2008.
La sentencia condenatoria se produjo en 2011, en única instancia, y encontró a Noguera responsable de concierto para delinquir agravado —por integrar una empresa criminal con paramilitares— y de homicidio en la modalidad de autoría mediata por el asesinato de Alfredo Correa de Andréis. La construcción dogmática de la autoría mediata es la clave del fallo: Noguera no disparó, no estuvo en Barranquilla el 17 de septiembre de 2004, no dio la orden operativa al sicario. La responsabilidad se establece porque desde la dirección del organismo puso en marcha los mecanismos —el montaje, la información, la transmisión al Bloque Norte, la protección del ejecutor— sin los cuales el homicidio no se habría producido. Es una figura pensada para atribuir responsabilidad penal a quienes dominan aparatos organizados de poder y, a través de ellos, cometen los delitos: doctrina de origen europeo, aplicada por la Corte Suprema colombiana con precisión al caso del director del DAS.
El proyecto y la persona
Queda por decir lo más difícil, que es también lo más importante. Noguera no fue un infiltrado. No fue el resultado del descuido de un gobierno bienintencionado. Su ascenso, su gestión y su caída pertenecen al mismo proceso histórico.
La Política de Seguridad Democrática definió a la guerrilla como el enemigo prioritario del Estado y trató a los paramilitares como interlocutores en un proceso de paz. Esa doble decisión, en sí misma, no equivale a una alianza con el paramilitarismo. Pero en el terreno —y sobre todo en la Costa Caribe, donde el poder territorial paramilitar era total y las estructuras políticas locales estaban capturadas— la asimetría produjo un espacio en el que las agendas se solaparon. Concentrar el fuego contra las FARC y el ELN mientras el Bloque Norte controlaba departamentos enteros, sectorizaba elecciones y elaboraba listas de sindicalistas para eliminar significaba, en la práctica, dejar operar al segundo actor mientras se combatía al primero. Cuando el director del DAS proviene del departamento en que ese segundo actor manda, la práctica se convierte en operación.
Es posible sostener que la responsabilidad recae en la red subnacional costeña —Noguera, García, Valle Anaya, los directores seccionales, los congresistas del Magdalena y del Cesar— sin que la sentencia haya alcanzado a probar orden presidencial directa. Es posible sostener también que la clave explicativa es estructural y regional: cuando Jorge 40 firmó el Pacto de Chivolo en 2000, la maquinaria de captura del Estado costeño ya estaba en marcha, y la dirección del DAS por Noguera coronó un proceso que la precedía. Ambas lecturas conviven con el hecho central: la reorientación del principal organismo de inteligencia civil del país a favor de un bloque paramilitar y contra la oposición civil ocurrió dentro del gobierno que lo nombró, se prolongó tres años, produjo víctimas identificadas y quedó judicialmente probada.
La huella de Noguera es doble. Hacia adentro del Estado colombiano, marcó el fin del DAS —liquidado por acumulación de escándalos— y forzó una reforma del sistema de inteligencia civil que buscó separar funciones y aumentar controles. Hacia afuera, fijó en la memoria pública un precedente: el director de un organismo con rango de ministro puede ser condenado como autor mediato del homicidio de un civil desarmado cuando el organismo que dirige es la palanca institucional del crimen. Esa condena no cerró el capítulo. Los años de la parapolítica y de las chuzadas produjeron, junto a la de Noguera, otras sentencias contra directivos del DAS del período Uribe, y dejaron abiertas discusiones que la justicia colombiana y la memoria histórica siguen tramitando: cuánta oposición civil fue objeto de persecución estatal, cuánto conocía la Casa de Nariño, cuánto se ha reparado, cuánto se ha olvidado.
Alfredo Correa de Andréis fue asesinado el 17 de septiembre de 2004. Sus dos cartas al presidente están fechadas el 20 y el 29 de junio de ese mismo año. Entre esas fechas y la sentencia contra Jorge Aurelio Noguera Cotes pasaron siete años. El nombre del sociólogo y el del director del DAS quedaron unidos en la jurisprudencia colombiana como la definición jurídica de un tipo de crimen que hasta entonces solo se nombraba en informes de derechos humanos: el que un aparato del Estado comete, mediante sus propios agentes, contra un ciudadano al que ese mismo Estado debía proteger.
Conexiones del archivo
Red histórica
Archivo documental
Documentos y fragmentos citados
19 documentos · 28 fragmentos01La tierra se quedó sin su canto. Trayectoria e impactos del Bloque Norte en los departamentos de Atlántico, Cesar, La Guajira y Magdalena. Tomo IICentro Nacional de Memoria Histórica · 2022 · Página 3061 cita
[1]esta entidad. Jorge Aurelio Noguera Cotes. Fue jefe de campaña del expresidente Álvaro Uribe Vélez en el Magdalena, posteriormente director del DAS en 2002-2005. CAPÍTULO III. CONSOLIDACIÓN Y RELACIONAMIENTO DEL BLOQUE NORTE CON ACTORES EN LOS TERRITORIOS 307 En el marco de sus funciones patrocinó la creación de un…
p. 306
02Álvaro Uribe Vélez: El Narcotraficante Nº 82Sergio Camargo V. · 2008 · Página 1501 cita
[2]Inteligencia, DAS (Departamento Administrativo de Seguridad), Uribe nombro a su amigo Jorge Noguera Cote, amigo este mismo del sanguinario cabecilla narcoparamilitar Rodrigo Tovar Pupo alias 'Jorge 40', y a quien Noguera entregaba datos secretos y daba listas de sindicalistas y opositores del gobierno para ser…
p. 150
03Alvaro Uribe Velez El Narcotraficante # 82Sergio Camargo V. · 2008 · Página 1501 cita
[3]Inteligencia, DAS (Departamento Administrativo de Seguridad), Uribe nombro a su amigo Jorge Noguera Cote, amigo este mismo del sanguinario cabecilla narcoparamilitar Rodrigo Tovar Pupo alias 'Jorge 40', y a quien Noguera entregaba datos secretos y daba listas de sindicalistas y opositores del gobierno para ser…
p. 150
04Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado. CaribeComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · Páginas 117, 1322 citas
[4]en este entramado de corrupción. Una pista para develar dicho entramado son los pactos electorales entre políticos regionales y jefes paramilitares en los municipios magdalenenses de Chivolo y Pivijay. En 2000 se suscribió el Pacto de Chivolo, que le dio vida el movimiento político de Jorge 40. El movimiento fue…
p. 117
[15]juez ordenara la detención de Correa por el delito de rebelión 298. Correa estuvo detenido entre junio y julio de 2004. Su detención era insólita. Recuperó la libertad al demos- trar su inocencia. Sin embargo, su muerte fue ordenada por una troika de políticos, funcionarios del DAS encabezados por su director, Jorge…
p. 132
05Colombia Elites and Organized CrimeHannah Stone · Página 961 cita
[5]Noguera. Araújo Castro had become a congressman, but he remained more of a wildcard, one that would be fundamental if Jorge 40 wanted the traditional political class behind him. That is because, despite their politica l setbacks with regards to the Gnecco family, the Araújos were still important political patrons in…
p. 96
06The Colombia Reader: History, Culture, PoliticsAnn Farnsworth-Alvear, Marco Palacios, Ana María Gómez López · 2017 · Página 4451 cita
[6]agency], provided confirmation that paramilitaries used voter databases from the civil status registry to plan and execute a massive amount of electoral fraud in the 2002 elections. García’s testimony and other evidence demonstrated that paramilitaries committed this breach through the DAS to erase the criminal…
p. 445
07Gobernar en medio de la violencia. Estado y paramilitarismo en ColombiaJacobo Grajales · 2017 · Páginas 111, 1142 citas
[7]su llegada a la agencia de inteligencia, orientó las acciones del organismo exclusivamente contra la guerrilla. Este punto lo con fi rma uno de los directores bajo su mando: “[su énfasis] fue que procediéramos contra la guerrilla, sobre las otras organizaciones [paramilitares] argumentaba que estaban ya en trámite…
p. 111
[16]un mes después de su captura, la Fiscalía revocó la medida de aseguramiento en contra del sociólogo. Los fi scales no solo encontraron incoherencias en el expediente, sino que también descubrieron que los guerrilleros que habían dado testimonio contra Correa de Andreis lo habían hecho bajo falsas identidades y que…
p. 114
08El terrorismo de Estado en ColombiaHernando Calvo Ospina · 2018 · Página 3392 citas
[8]de Informática del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), declaró públicamente y ante la Fiscalía que el entonces director de ese organismo, Jorge Noguera, puso la entidad al servi- cio de Jorge 40 y los paramilitares de la costa caribeña. Demostró lo que algunos han denunciado desde hace años, en particular…
p. 339
[9]de Informática del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), declaró públicamente y ante la Fiscalía que el entonces director de ese organismo, Jorge Noguera, puso la entidad al servi- cio de Jorge 40 y los paramilitares de la costa caribeña. Demostró lo que algunos han denunciado desde hace años, en particular…
p. 339
09Hasta la guerra tiene límites. Violaciones de los derechos humanos, infracciones al derecho internacional humanitario y responsabilidades colectivasComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · Páginas 722, 9092 citas
[10]los grupos paramilitares en diferentes zonas del país y obstruyó la justicia a su favor. Así, en 2004 se conoció por fuentes periodísticas que el jefe de Informática del DAS, Rafael García, había modificado las bases de datos de la entidad y había borrado las órdenes de captura en contra de un grupo de…
p. 909
[11]Bloque Norte a la región 2464. En la primera década de los años dos mil, la Comisión Colombiana de Juristas denunció que se estaban ejecutando labores de inteligencia por parte de organismos estatales como el DAS con base en las cuales luego actuaban los grupos paramilita- res. En el juicio en la Corte Suprema de…
p. 722
10La Colombia fuera de Colombia. Las verdades del exilioComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · Página 1281 cita
[12]número de personas, entre las que se encuentran periodistas y defensores de derechos humanos de varios países. Las operaciones Europa, Extranjeros, Canela, Imprenta y Transmilenio se llevaron a cabo por parte de una red de inteligencia establecida al interior del DAS bien estructurada, jerárquica, interinstitucional,…
p. 128
11El derecho a la justicia como garantía de no repetición. Volumen 1. Graves violaciones de derechos humanos: luchas sociales y cambios normativos e institucionales 1985-2012Centro Nacional de Memoria Histórica · 2015 · Página 1482 citas
[13]Nacional e Internacional (GONI) que reemplazó al G 3 en sus actividades (Gallón, 2013). 149 Víctimas y organizaciones de derechos humanos en busca de incidir en la satisfacción del derecho a la justicia y la implementación de un modelo de justicia transicional (2005–2012) de actividades “ofensivas” contra las personas…
p. 148
[14]Nacional e Internacional (GONI) que reemplazó al G 3 en sus actividades (Gallón, 2013). 149 Víctimas y organizaciones de derechos humanos en busca de incidir en la satisfacción del derecho a la justicia y la implementación de un modelo de justicia transicional (2005–2012) de actividades “ofensivas” contra las personas…
p. 148
12El derecho a la justicia como garantía de no repetición. Volumen 2. Las víctimas y las antesalas de la justicia. Conclusiones y RecomendacionesCentro Nacional de Memoria Histórica · 2016 · Páginas 221, 2254 citas
[17]y Loma Roja, este último aus- piciado por las ONG – Checys Company y USAHI (sic)-, así como también con la Red de Solidaridad (Juzgado 11 Penal del Circuito Especializado, Radicado 110013107011-2008-00002-00, 2009, fe- brero 27). Esta es la contribución más importante que tienen familiares y personas allegadas a la…
p. 225
[18]y Loma Roja, este último aus- piciado por las ONG – Checys Company y USAHI (sic)-, así como también con la Red de Solidaridad (Juzgado 11 Penal del Circuito Especializado, Radicado 110013107011-2008-00002-00, 2009, fe- brero 27). Esta es la contribución más importante que tienen familiares y personas allegadas a la…
p. 225
[20]enfrenta en los casos con gran cantidad o dispersión de víctimas, o con una escasa accesibilidad geográfica o cultu- ral, especialmente en zonas rurales o lejanas. Se requiere entonces contar con medios de contacto y comunicación, así como con interlocutores locales de confianza que pue- dan facilitar el proceso…
p. 221
[21]enfrenta en los casos con gran cantidad o dispersión de víctimas, o con una escasa accesibilidad geográfica o cultu- ral, especialmente en zonas rurales o lejanas. Se requiere entonces contar con medios de contacto y comunicación, así como con interlocutores locales de confianza que pue- dan facilitar el proceso…
p. 221
13El orangután con sacoleva: cien años de democracia y represión en Colombia (1910-2010)Francisco Gutiérrez Sanín · 2014 · Página 1931 cita
[19]a su familia, etc.) hasta el 11 imandante paramilitar en proceso de reinserción. IH 7. ()tra forma importante de ceguera activa es el tratamiento dentro de las agencias del Estado de aquellos que denunciaron la relación de agentes estatales con el paramilitarismo. A muchos no les fue bien. Por ejemplo, el coronel…
p. 193
14La palabra y el silencio. La violencia contra periodistas en Colombia (1977-2015)Germán Rey, Camilo Vallejo Giraldo, María Angélica Nieto Uribe, Álvaro Fernando Núñez Zúñiga, Andrea Torres · 2015 · Página 3331 cita
[22]Jorge Noguera, director del DAS entre 2002 y 2005. Según se pudo averiguar, en esa información apor- tada por Romero podía haber documentos digitales que compro- metían la responsabilidad de Noguera, pero aun así no fueron usados. En ello parece haber algo de omisión, de desidia o de inca- pacidad técnica para…
p. 333
15Hallazgos y recomendaciones de la Comisión de la Verdad de ColombiaComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · Página 4101 cita
[23]organizaciones sociales, cívicas y culturales. También la impunidad y la opacidad total en la rendición de cuentas ha sido un factor de persistencia de las responsa - bilidades de organismos de inteligencia en violaciones de derechos humanos. Por ejemplo, la Brigada XX contó con un doble registro de hojas de vida que,…
p. 410
16Fighting Monsters in the Abyss: The Second Administration of Colombian President Álvaro Uribe Vélez, 2006–2010Harvey F. Kline · 2015 · Página 1882 citas
[24]bore responsibility for the wiretaps is one based on circumstantial evidence related to the governing style of Álvaro Uribe Vélez and to the structure of the Colombian government. As I ar- gued in my book on Uribe’s first term, he was a micromanager. 81 Although in his memoirs, Uribe is reluctant to use the term he…
p. 188
[25]bore responsibility for the wiretaps is one based on circumstantial evidence related to the governing style of Álvaro Uribe Vélez and to the structure of the Colombian government. As I ar- gued in my book on Uribe’s first term, he was a micromanager. 81 Although in his memoirs, Uribe is reluctant to use the term he…
p. 188
17No matarás. Relato histórico del conflicto armado interno en ColombiaComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · Página 5181 cita
[26]en los magistrados que investigaban la parapolítica. Ante este escenario, la primera reacción del Gobierno fue minimizar la gravedad de las denuncias e intentar presentarlas como acciones aisladas de «manzanas podridas» o como «exdetectives de esa entidad que que- rían hacerle daño al DAS». Cuando se divulgaron…
p. 518
18Tierra y carbón en la vorágine del Gran Magdalena. Los casos de las parcelaciones de El Toco, El Platanal y Santa FeYamile Salinas Abdala, María Paula Hoyos, Ana María Cristancho · 2018 · Página 701 cita
[27]radicado 26.470, que dispone la detención de Álvaro Araújo Cas- tro, Mauricio Pimiento Barrera, Dieb Nicolás Maloof Cusse, Jorge Luís Caballero Caballero, Alfonso Antonio Campo Escobar y Luis Eduardo Vives Lacouture; y 2012, 1 de febrero, radicado 27.199, Sentencia condenatoria contra Miguel Pinedo Vidal. 72 Tierra y…
p. 70
19Herederos del mal. Clanes, mafias y mermelada. Congreso 2014-2018León Valencia, Ariel Ávila Martínez · 2014 · Página 1501 cita
[28]en los departamentos de 2002 en la zona de mfluenCia e a fc b d 2011 El d ll ' 1 21 de e rero e · Cordoba y Sucre. Su con ena ego e, d 7 Alto Tribunal sentencio que e exsena o, I d r purgana una pena e afios y cinco meses de prision. Enrique Rafael Caballero 1, · d 1 departamento e ag a ena, d 1 M d 1 · llego a1…
p. 150