Idea · Pre-independencia
Soberanía indígena
La soberanía indígena nombra, en la historia de Colombia, la capacidad efectiva de las comunidades originarias para gobernarse, administrar su territorio y negociar los términos de su sujeción a poderes mayores; un hecho jurídico y político de larga duración que atraviesa el orden colonial, se tensa durante la crisis juntista de 1808-1816 y reaparece transformado en herramienta de resistencia hasta el constitucionalismo multicultural de 1991.
Trayectoria de una idea
- 1542
Leyes Nuevas y sus límites en la Nueva Granada
- 1595
Institución y consolidación del resguardo
- 1636
El cacique Juan Tama y el resguardo de Vitoncó
- 1720
Abolición formal de la encomienda
- 1800
Rebelión de Túquerres y resistencia tardocolonial
- 1810
La soberanía del pueblo sin los pueblos indígenas
- 1991
Constitución multicultural y Convenio 169 de la OIT
La lectura
La soberanía indígena en Colombia no nació con el constitucionalismo del siglo XX ni fue inventada por la Constituyente de 1991: es una práctica política y jurídica de larga duración que hunde sus raíces en el pactismo de las confederaciones muiscas y en la resistencia descentralizada de los pijaos. Durante la Colonia, lejos de extinguirse, se reconvirtió en litigio: comunidades enteras aprendieron a usar el derecho indiano como escudo, presentando súplicas y apelaciones ante corregidores y oidores con la misma retórica legalista del Estado monárquico que las oprimía. El resguardo fue su trinchera material, y el cacique —de Juan Tama a Diego de Torres— su operador jurídico. La crisis de 1808-1816 reveló la fractura fundacional: cuando los criollos invocaron la soberanía del pueblo para romper con España, construyeron ese pueblo sin los indios, excluyéndolos por vía económica de los cuerpos electorales y amenazando con la igualdad formal las protecciones especiales que el derecho colonial les había reconocido. Esa omisión no fue accidental sino estructural: la élite independentista necesitaba sus vínculos con Europa para diferenciarse de la masa indígena y mestiza, y no podía fundar la nación sobre el legado originario sin cuestionar el orden de propiedad que la sostenía. Dos siglos de república formal con exclusión real dejaron el problema sin resolver, hasta que la Constitución de 1991 lo reencuadró —de nuevo— en el lenguaje del derecho, esta vez internacional.
Soberanía indígena nombra, en la historia de Colombia, la capacidad efectiva de las comunidades originarias para gobernarse, administrar su territorio y negociar los términos de su sujeción a poderes mayores. No es una categoría inventada por el constitucionalismo del siglo XX ni una lectura retrospectiva de la Constituyente de 1991: es un hecho jurídico y político con historia larga, que atraviesa el orden colonial mediante el resguardo, el cabildo y el cacicazgo, se tensa hasta el desgarro durante la crisis juntista de 1808-1816 —cuando los criollos invocaron la soberanía del pueblo sin incluir en ese pueblo a los indios—, sobrevive maltrecha al proyecto republicano de igualdad formal que disolvió sus protecciones, y reaparece, transformada en herramienta de resistencia jurídica, en la Ley 89 de 1890 y en la ratificación del Convenio 169 de la OIT mediante la Ley 21 de 1991. Entender esta continuidad discontinua es entender por qué la nación colombiana, a diferencia de la mexicana o la peruana, se pensó a sí misma como ruptura hispánica y no como recuperación de un vínculo originario, y por qué esa omisión fundacional siguió gravitando dos siglos después.
El pactismo prehispánico y su reencuadre colonial
Antes de que los españoles impusieran categorías europeas de poder, las sociedades indígenas del territorio que hoy es Colombia se organizaban en clanes —familias extensas con parentesco patriarcal o matriarcal— que se agrupaban en tribus, y estas, cuando alcanzaban la complejidad suficiente, en confederaciones. El caso mejor documentado es el muisca, en las tierras altas de Cundinamarca y Boyacá, encabezado por dos grandes autoridades, el Zipa y el Zaque, y articulado como una red de cacicazgos vinculados por lazos de parentesco: los caciques de Bogotá y Chía eran parientes, lo mismo que los de Suba y Tuna, los de Tunja y Ramiriquí, los de Guatavita y Teusacá, los de Duitama y Tobasía. Esa arquitectura de alianzas era, en la práctica, un pactismo: la autoridad de un cacique grande no equivalía a soberanía territorial total, sino a un reconocimiento gradado que podía ir del vasallaje pleno al tributo simbólico. Un declarante en un pleito colonial entre Boyacá y Tibaquirá lo dijo con precisión antes de que existiera esa palabra: a Sativaquirá le llevaban venados y mantas como a "cacique grande", pero "no porque le fueran sujetos". La distinción entre reconocer y estar sujeto es, exactamente, la materia prima de la que se hace la soberanía.
Los muiscas no llegaron a dominar todo el altiplano, y en ningún caso construyeron una estructura comparable a la azteca o a la inca. En el bajo Cauca y el Sinú, los españoles encontraron a comienzos del siglo XVI tres cacicazgos —Fincenú, Pancenú y Cenúfana— de cultura aparentemente homogénea entre sí. En la vertiente amazónica y en el sur, sociedades como los pijaos operaban sin jefaturas centralizadas: tenían muchos caciques, y esa dispersión resultó ser, paradójicamente, su forma más eficaz de resistencia. Las tribus con liderazgo unificado, más "legibles" para el conquistador, resultaron más fáciles de someter; las descentralizadas, como los pijaos —cazadores y recolectores migradores—, no podían ser derrotadas de una sola vez porque no había una cabeza que cortar.
La Conquista tampoco arrasó esas estructuras. Las reencuadró. Las encomiendas de la sabana de Bogotá se organizaron sobre el mapa político prehispánico: lo que se encomendaba era un clan o una tribu, y el cacique quedaba como su representante y como responsable de pagar el tributo por el grupo. Caciques y capitanes recibieron tierras, privilegios y a veces encomiendas propias a cambio de asumir tareas organizativas al servicio de la Corona. En términos rigurosos, la soberanía cacical prehispánica no fue destruida en el siglo XVI: fue reconvertida en administración indígena subordinada al derecho indiano. El clan como núcleo social fue reemplazado por el municipio como unidad administrativa; el cacique, por el corregidor de indios; el territorio comunal, por el resguardo. Bajo cada una de esas sustituciones, sin embargo, quedaron capas activas de la organización previa, que la República encontraría todavía funcionando tres siglos después.
Encomienda, resguardo, mita: el marco jurídico como campo de batalla
Los siglos XVI y XVII definieron los tres dispositivos que gobernaron la vida indígena bajo el orden colonial, y esos mismos dispositivos serían, más tarde, el objeto sobre el que se litigaría la soberanía. La encomienda entregaba al encomendero el control sobre la fuerza laboral de un grupo indígena; el tributo lo pagaba el grupo colectivamente y el cacique era su cara jurídica. Las Leyes Nuevas de 1542 intentaron limitar el goce a dos generaciones y humanizar el trato, pero su aplicación fue suspendida en la Nueva Granada tras la guerra civil que estalló en el Perú al intentar imponerlas. La institución sobrevivió, deformada por el abuso —los encomenderos exigían en la práctica mucho más de lo tasado—, hasta que los decretos de 1701 y 1720 ordenaron su reversión a la Corona y la abolieron formalmente en 1720.
Su relevo fue peor. El corregidor de indios, sustituto fiscal del encomendero, cobraba tan poco de la Corona que compensó su salario multiplicando la extracción sobre las comunidades. El remedio resultó, para los pueblos indígenas, más pesado que la enfermedad.
Entre 1595 y 1642 se consolidó la institución clave: el resguardo, tierra de propiedad colectiva asignada a las comunidades. En principio inalienable, protegido por la Corona, el resguardo fue el marco material sobre el que se apoyó todo lo demás. Coincidió con la racionalización del tributo y con la ruptura del monopolio laboral de los encomenderos: la lógica fiscal buscaba integrar a los indígenas a la producción sin depender de un intermediario privado. Pero el visitador Verdugo y Oquendo lo dijo con la brutalidad del funcionario: solo el pago del tributo había originado el usufructo transitorio de esas tierras. Es decir, la propiedad indígena no era plena; era una concesión sujeta a contraprestación fiscal. Esta cláusula, tácita o expresa, sería la puerta jurídica por donde el latifundio entraría, dos siglos después, a demoler los resguardos.
La mita, entretanto, funcionaba como la maquinaria de disolución. Convocaba trabajadores indígenas para las minas de plata de Las Lajas en Ibagué y de Vetas y La Montuosa en Pamplona, para obras públicas, para transporte a hombros y para la boga en el río Magdalena. Al obligar al indígena a asalariarse fuera de su comunidad para poder pagar el tributo, la mita destejió el resguardo por dentro: producía una masa creciente de campesinos desligados de la tierra comunal, disponibles como peones, aparceros y arrendatarios para las haciendas que empezaban a rodearlos. En el siglo XVIII, la Corona vendió tierras de resguardo, concentró varios resguardos en uno solo —generalmente lejos de los centros poblados, en suelos peores— y remató lo restante. La presión de mestizos, colonos y terratenientes hizo el resto. En el macizo colombiano, al final de la Colonia, los resguardos estaban debilitados por su lucha centenaria contra el colonizador, y ya había litigios internos por tierras porque los propios indígenas se habían quedado sin dónde trabajar.
En todo ese proceso, la soberanía indígena no se afirmó como grito ni como bandera. Se ejerció como práctica jurídica. Las comunidades convirtieron el propio derecho indiano en instrumento de defensa: presentaron súplicas, peticiones y apelaciones ante corregidores, oidores, visitadores y virreyes, adoptando la retórica legalista del Estado monárquico para negociar los términos de su sujeción. El caso emblemático es el del cacique paez Juan Tama, mediador en la crisis de supervivencia de su pueblo, que persuadió a los suyos de hacer concesiones a las autoridades coloniales a cambio de títulos de tierra —entre ellos el resguardo de Vitoncó— que aún serían invocados dos siglos después. Antes que él, el cacique Diego de Torres, mestizo, cacique de Turmequé, había ensayado en el siglo XVI la misma estrategia: viajar a la corte, litigar, escribir. La soberanía indígena colonial habitó los tribunales.
Cuando la resistencia armada fue posible, también existió. Pijaos, paeces y yalcones sostuvieron durante casi un siglo la resistencia al avance español en la región de Popayán. Y hacia 1800, en Túquerres, una rebelión indígena y mestiza mató al corregidor y a su hermano. La catástrofe demográfica —epidemias del XVI, guerras de conquista, encomienda, mita— había reducido, sin embargo, la capacidad de sostener ese tipo de respuesta: en el Cauca, no pocas sociedades del centro y norte desaparecieron y otras estuvieron al borde del aniquilamiento biológico, de modo que el número actual de indígenas caucanos sería solo levemente superior al del inicio de la Conquista.
1808-1816: la soberanía del pueblo sin los pueblos
En 1808, Napoleón invadió España y confinó a la familia real. El vacío de poder que se abrió en la metrópoli obligó a los criollos americanos a formular una teoría política de emergencia: ausente el monarca, la soberanía retornaba a su legítimo depositario, el pueblo. En septiembre de 1809, Ignacio de Herrera y Vergara escribió al delegado neogranadino ante la Junta de Sevilla la fórmula que fundaría todo lo demás: "el pueblo es la fuente de la autoridad absoluta". El mes siguiente, el cabildo del Socorro remitió un documento con propuestas de reforma económica que apuntaban, entre otras cosas, contra las protecciones jurídicas coloniales de las comunidades. La revolución de la soberanía popular empezó, en Colombia, con un pie ya pisando el terreno del resguardo.
Entre julio y agosto de 1810 se instalaron al menos una decena de juntas en el Nuevo Reino de Granada. El Acta del 20 de julio, redactada por José Acevedo y Gómez, invocó explícitamente la soberanía del pueblo y protestó contra cualquier cesión de esa soberanía a persona distinta de Fernando VII. Seis días después, el 26 de julio, la Junta de Santafé declaró el rechazo formal a toda autoridad peninsular, incluido el Consejo de Regencia. En pocas semanas proliferaron juntas en Mompós, Socorro, Cartagena, Cali, Pamplona, Tunja, Neiva y Girón. Cundinamarca y Antioquia se dotaron de constituciones propias. La Nueva Granada entró en la etapa que los historiadores llamarían la Patria Boba, no por bobería sino por la multiplicación centrífuga de soberanías provinciales sin cabeza común.
¿Qué lugar ocupó el indio en esa efervescencia soberanista? En el discurso, un lugar retórico. Se proclamó el cambio de condición de criollos e indígenas. Se dijo que la libertad alcanzaba a todos. En la práctica, entre 1811 y 1816, seis de las nueve provincias-estados de la Nueva Granada crearon un cuerpo electoral compuesto por "hombres de todos los colores" siempre que tuvieran independencia económica. La cláusula era decisiva: al exigir independencia económica se excluía de facto a la mayoría indígena, atada a los resguardos deteriorados, a las haciendas como agregados, a la mita del último tramo colonial. En comparación con México, Perú, Bolivia, Argentina o Chile, la fórmula neogranadina era temprana y menos rígida en su ruptura con la división racial del Antiguo Régimen. Pero temprana e imperfecta no significa incluyente: significaba, sencillamente, que la exclusión operaba ahora por vía económica en lugar de por vía étnica.
La lucidez retrospectiva de un observador de la época lo formuló sin adornos: el plan y el secreto de la revolución estaban entre unos pocos, y la masa del pueblo, que nada sospechaba, participó dejando explotar sus antipatías y resentimientos contra algunos españoles. No fue una guerra popular. La élite criolla no estaba interesada en exaltar las cualidades de la raza indígena como fundamento del nuevo orden: sus nexos culturales con Europa le servían, precisamente, para marcar distancia frente a la masa de mestizos, indios y negros. Comparada con la insurrección mexicana del cura Miguel Hidalgo, que arrastró tras de sí a la población indígena y ganó por ello el rango de revolución social democrático-popular, la neogranadina fue una insurrección de minorías cultas y ricas.
Y así fue vista desde abajo. Las lealtades indígenas se dividieron por regiones, por comunidades y por historias particulares con la Corona, pero la tendencia general fue el rechazo, la neutralidad o el respaldo activo al bando realista. Los pastos, en el sur, siguieron a las unidades realistas —entre ellas las que comandaría Agustín Agualongo desde Pasto, epicentro del realismo popular del suroeste hasta 1824. Comunidades aisladas de los grandes centros de conflicto continuaron su vida cotidiana como si nada ocurriera. La razón de fondo era estructural: los indígenas se sentían vinculados a España a través del rey, a quien consideraban su padre y protector, y bajo cuyo nombre habían obtenido, durante siglos, los títulos de resguardo y las protecciones especiales del derecho indiano. El proyecto criollo, en cambio, se anunciaba con la teoría de la igualdad ante la ley y con propuestas —como las del cabildo del Socorro— que apuntaban a la disolución de esas protecciones. Ante la disyuntiva entre un rey lejano que había reconocido tierras comunales y una élite local que hablaba de propiedad individual, la elección no era irracional. Era defensiva.
Tanto realistas como patriotas intentaron reclutar a los indígenas como fuerza social durante la guerra, ofreciéndoles beneficios inmediatos, y España otorgó algunos que contribuyeron a la derrota patriota en la Reconquista de Pablo Morillo. Cuando volvió el ejército español en 1816 y se instalaron el Consejo de Purificación y las causas contra los insurgentes, oficiales realistas como Juan Sámano encontraron en el sur un terreno socialmente propicio, no solo geográficamente favorable. Antonio Nariño lo comprobaría al ser derrotado y capturado en su campaña al sur en 1814. Francisco José de Caldas, sabio granadino de una élite ilustrada convencida de la superioridad europea, moriría fusilado en 1816 sin haber alcanzado a formular una política del nuevo orden hacia los indios: el proyecto criollo simplemente no la contenía.
Hubo, con todo, excepciones que iluminan la regla. El cacique Ambrosio Pisco, de la línea del Zipa, apareció en el escenario del movimiento de los Comuneros en 1781 —tres décadas antes de la crisis juntista— como figura convocada por los rebeldes para conferir legitimidad indígena a la insurrección. Su caso mostró que la soberanía cacical seguía siendo, en la memoria política del pueblo llano, un capital simbólico invocable. Pero mostró también sus límites: Pisco fue apresado por las autoridades españolas y su papel en el movimiento quedó muy por detrás del de los líderes criollos y mestizos. La legitimidad indígena podía ser convocada como recurso; no era, todavía, un poder autónomo.
La tensión de fondo no se resolvió en la década patriota. Se pospuso. La soberanía indígena no fue negada por decreto: fue silenciada por omisión en el diseño del nuevo pueblo soberano.
La República destructora: 1819-1890
La independencia consumada en Boyacá en 1819 y consolidada en el Congreso de Cúcuta de 1821 tradujo la teoría criolla de la igualdad en legislación. La ley de 1821 abolió el tributo indígena y ordenó la división de los resguardos, convirtiendo en propiedad individual lo que había sido comunal. En abstracto era emancipación; en concreto fue despojo. Al disolverse la protección jurídica que hacía inalienables las tierras, la enajenación hacia particulares ajenos a las comunidades se desató de inmediato. El tributo, abolido en 1821 en nombre de la igualdad, fue restablecido pocos años después durante la dictadura de Bolívar por presión de los sectores dominantes: quienes no querían pagar el impuesto directo republicano necesitaban seguir extrayendo del indio.
La fórmula operó con eficacia macabra. Los indígenas quedaban tratados como ciudadanos iguales ante la ley, pero perdían las protecciones especiales que el régimen colonial les había reconocido en materia de tierra y trabajo. La igualdad formal, en una sociedad de grupos de desigual formación, resultó ser —así lo diría más tarde una tradición jurídica crítica— la consagración de la injusticia. En el Cauca, la aristocracia terrateniente, en crisis por el descenso de la minería, la manumisión de los esclavos entre 1821 y 1852 y las guerras civiles del siglo, sobrevivió sostenida por las tierras y el trabajo de los indígenas. Los resguardos disueltos alimentaron a las haciendas de peones, arrendatarios y aparceros. En otras regiones —el Tequendama, el suroeste antioqueño—, la ley de manos muertas, que trató de expropiar como baldías las tierras de comunidades indígenas, tuvo efectos más modestos, sin remates significativos ni transformaciones profundas en la tenencia. El despojo fue desigual, pero constante.
Frente a esa ofensiva, los indígenas hicieron lo que ya sabían hacer desde la Colonia: litigar. Usaron los tribunales locales, provinciales y nacionales, aprovecharon las contradicciones entre normas del Congreso y ordenanzas provinciales, retrasaron particiones, impugnaron ventas. El fracaso parcial de las disoluciones, allí donde lo hubo, tuvo detrás la participación activa de las comunidades como litigantes tenaces, ciudadanos granadinos incómodos que exigían al Estado republicano las mismas prerrogativas que le habían exigido al Estado monárquico. Es lo que hoy suele llamarse republicanismo indígena: el uso deliberado del lenguaje y las instituciones del nuevo orden para preservar lo que el nuevo orden intentaba destruir.
En 1890, los conservadores en el poder aprobaron la Ley 89, "por la cual se determina la manera como deben ser gobernados los salvajes que vayan reduciéndose a la vida civilizada". El título es un manifiesto racista: la ley presuponía que la civilización se identificaba con la vida hispánica y católica. Pero el mismo articulado que despreciaba a los indios en su nombre les reconocía cabildos, resguardos, un estatus jurídico diferenciado y una forma de autoridad interna que los tribunales republicanos debían respetar. La Ley 89 frenó el proceso de disolución de los resguardos y les devolvió a las comunidades un instrumento del que carecían desde 1821. En una operación característica de la historia jurídica indígena en Colombia, la ley pensada para asimilarlas terminó siendo el escudo con que sobrevivieron.
Ni siquiera esa ley detuvo del todo la ofensiva. Las leyes 104 de 1919 y 19 de 1927 volvieron a impulsar la disolución de resguardos ya en el siglo XX. La división respondía a menudo a la revalorización de esas tierras por la construcción de carreteras y otras obras de infraestructura: los colonos y terratenientes que se beneficiaban de los presupuestos estatales para compra de terrenos eran los mismos que presionaban por la disolución. En el sur de Nariño, hacia los años setenta, las comunidades Pastos —reducidas a pequeñas parcialidades, sus miembros trabajando como peones— iniciarían procesos de recuperación de tierras en el marco del renacer de la organización indígena caucana. La circularidad del despojo y de la resistencia se prolongaba, sin desenlace, hasta el final del siglo XX.
La red del proceso
La soberanía indígena en Colombia no se comprende sin la red de personas, lugares e instituciones en que se despliega. Personas: los caciques que negocian —Juan Tama entre los paeces, Diego de Torres en Turmequé, Ambrosio Pisco en la memoria comunera. Los líderes realistas que capitalizan las lealtades del suroeste —Agustín Agualongo en Pasto. Los oficiales españoles que gobiernan el retorno —Juan Sámano como virrey de la Reconquista. Los criollos que teorizan la soberanía sin incluir a los indios —Ignacio de Herrera y Vergara, José Acevedo y Gómez, Manuel Bernardo Álvarez, Antonio Nariño, Francisco José de Caldas. Fernando VII, el rey ausente que la retórica de todos —realistas e indígenas— invoca desde 1808.
Lugares: Santafé de Bogotá, capital de una junta que teoriza el pueblo sin el pueblo. Pasto, corazón del realismo popular. Popayán, sede de una aristocracia sostenida sobre el resguardo desmantelado. La sabana de Bogotá, con Bosa, Suba, Nemocón y otros pueblos de indios donde el resguardo se disuelve a lo largo del siglo XIX. El Cauca, epicentro del republicanismo indígena litigante. La Sierra Nevada de Santa Marta y La Guajira, donde comunidades más aisladas del conflicto siguen su vida cotidiana con menor injerencia de la guerra criolla. El macizo colombiano, donde los resguardos llegan debilitados a la Independencia.
Instituciones: el cacicazgo como autoridad prehispánica reconvertida, el resguardo como marco material, el cabildo indígena como órgano de gobierno interno, la mita como institución de disolución, la encomienda como sistema tributario colectivo, el corregidor de indios como extractor fiscal, los tribunales de la audiencia como campo jurídico de defensa, y —ya en el siglo XX— el Convenio 169 de la OIT ratificado por la Ley 21 de 1991 como nuevo instrumento internacional.
Ideas: el pactismo hispánico según el cual la ausencia del rey devuelve la soberanía al pueblo, la teoría criolla de la igualdad ante la ley, la propiedad individual como principio liberal, la tutela protectora del monarca como principio del derecho indiano, la reetnización como categoría contemporánea para nombrar procesos como el de los yanaconas —que perdieron temprano la lengua pero defendieron con éxito su condición de indígenas y sus tierras a lo largo de la República.
La huella y su disputa
El siglo XIX colombiano no construyó, como el mexicano o el peruano, una épica del pasado indígena como fundamento nacional. Hubo intentos de elaborar una representación de los muiscas comparable a la del pasado azteca o inca, pero no cuajaron: la nación mestiza mayoritaria y la marginalidad política de la población indígena hicieron que el relato oficial se pensara como ruptura con lo colonial y no como recuperación de un vínculo originario. La historiografía tradicional del XIX subvaloró o directamente reprimió la historia indígena y su aporte a la formación de la nacionalidad. Habría que esperar a Juan Friede y a su libro El indio en la lucha por la tierra, de 1944, para que se abriera de manera sistemática esa preocupación reconstructiva.
El indigenismo y el hispanismo más extremos coexistieron a lo largo del XIX y del XX, practicados por sectores enfrentados de la misma élite política, sin que el Estado tuviera una posición homogénea. Esa disputa interna no dio, sin embargo, poder político a las propias comunidades hasta muy tarde. El cambio nominal de "indio" a "indígena" en la legislación republicana no alteró las condiciones sociales de vida: fue un ajuste de vocabulario, no una transformación estructural.
La huella real de la soberanía indígena colonial y decimonónica en la Colombia contemporánea se localiza, sin embargo, con precisión. Está en los títulos coloniales que muchos resguardos del Cauca —anteriores a la década de 1960— aún exhiben en sus reivindicaciones jurídicas. Está en la vara o bastón de mando que los gobernadores de resguardo portan como símbolo de su autoridad, término y objeto que arrastran desde la Colonia. Está en la Ley 89 de 1890, redactada con desdén racista pero utilizada durante un siglo como escudo. Está en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991, donde —según la fórmula de uno de sus protagonistas— "se redescubrió la nación indígena que se había tornado invisible", y donde Colombia ratificó el Convenio 169 de la OIT mediante la Ley 21 de 1991. El continuo entre los litigios coloniales del siglo XVII, las súplicas republicanas del XIX, la Ley 89 y los programas jurídicos de las organizaciones indígenas del XX no es un artificio retórico: es la trama efectiva por la que las comunidades han sostenido, contra la corriente principal del proyecto nacional, una soberanía menor pero real.
Esa soberanía nunca fue una alternativa política al proyecto criollo. No lo fue en 1810, cuando los indígenas no tenían capacidad ni intención de proponer un orden distinto al que se estaba montando en Santafé; no lo fue en 1821, cuando la única defensa disponible era el litigio contra la ley de división de resguardos; no lo es hoy, en un país cuya población indígena, minoritaria, se organiza en el marco constitucional de 1991. Fue —y es— algo más modesto y más terco: la persistencia de una capacidad de negociación, arraigada en instituciones concretas —el resguardo, el cabildo, el bastón, el título—, ejercida por comunidades que aprendieron muy pronto que el instrumento más eficaz contra el poder externo era el propio derecho del poder externo, usado en contra de él.
La historia de la soberanía indígena en Colombia es, por eso, la historia de una anomalía duradera. En un país que se pensó como nación mestiza y hispánica, cuya élite fundacional no quiso indios en el pueblo soberano y cuya legislación republicana intentó borrar por igualdad lo que el derecho indiano había protegido por diferencia, sobrevivió una franja de instituciones indígenas cuyo origen prehispánico había sido reencuadrado por la Colonia, cuya defensa jurídica había sido perfeccionada por siglos de litigio y cuya reemergencia en el último tercio del siglo XX obligó, por fin, a reescribir la Constitución. El pueblo soberano que Acevedo y Gómez invocó el 20 de julio de 1810 no contenía a los indios. Los indios, con el tiempo, contuvieron al pueblo soberano dentro de sus propios términos.
En el archivo
2 apariciones públicas, ordenadas por período y año.
01Prehispánicoantes de 14991
Relaciones
Vínculos editoriales de la ficha y conexiones observadas dentro del archivo.
Relaciones editoriales
- 01Resguardo: institución colonial de propiedad colectiva que fue el marco material y jurídico sobre el que se apoyó la soberanía indígena durante tres siglos, y cuya erosión progresiva por la mita, el latifundio y las políticas borbónicas definió la crisis de esa soberanía al final de la Colonia.
- 02Encomienda: dispositivo colonial que reencuadró la autoridad cacical prehispánica como administración indígena subordinada, convirtiendo al cacique en representante fiscal del grupo ante el encomendero y transformando la soberanía originaria en gestión tributaria delegada.
- 03Diego de Torres (cacique de Turmequé): cacique mestizo del siglo XVI que encarnó la estrategia de litigar la soberanía indígena ante los tribunales coloniales, viajando a la corte y usando el derecho indiano como instrumento de defensa, anticipando la práctica jurídica que caracterizaría la resistencia indígena durante toda la Colonia.
- 04Manuel Quintín Lame: líder indígena del siglo XX que prolongó la tradición de resistencia jurídica y territorial iniciada en la Colonia, reclamando la vigencia de los títulos de resguardo y la autonomía de los cabildos indígenas frente al Estado republicano.
- 05Agustín Agualongo: comandante realista de Pasto cuya base social indígena en el suroeste ilustra cómo las comunidades originarias percibieron el proyecto criollo independentista como amenaza a sus protecciones coloniales, prefiriendo la lealtad al rey como garante de los resguardos.
- 06Mita: institución de trabajo forzado que funcionó como maquinaria de disolución de los resguardos al obligar al indígena a asalariarse fuera de su comunidad, produciendo una masa de campesinos desposeídos y erosionando desde adentro la base material de la soberanía territorial indígena.
- 07Consulta previa: expresión contemporánea de la soberanía indígena reconocida en el Convenio 169 de la OIT y la Constitución de 1991, que prolonga en el derecho internacional la larga tradición de negociación jurídica de las comunidades originarias con el poder estatal.
Personas
Lugares
Ideas
Documentos y fragmentos citados
54 documentos · 73 fragmentos
01Fighting Monsters in the Abyss: The Second Administration of Colombian President Álvaro Uribe Vélez, 2006–2010Harvey F. Kline · 2015 · p. 322 citas
[1]to four million people. Some were warlike hunters and fishers, includ ing the Caribs and Arawaks, but many had developed agriculture, as well as gold work that attracted the Span- ish conquerors. They were also divided by geography, includ ing the Calima (Valle de Cauca), the San Agustín (Huila), the Tumaco (Nariño),…
p. 32
[2]to four million people. Some were warlike hunters and fishers, includ ing the Caribs and Arawaks, but many had developed agriculture, as well as gold work that attracted the Span- ish conquerors. They were also divided by geography, includ ing the Calima (Valle de Cauca), the San Agustín (Huila), the Tumaco (Nariño),…
p. 32
02Arqueología de Colombia: un texto introductorioGerardo Reichel-Dolmatoff · 2016 · p. 3251 cita
[3]tros que indiquen una integración para la construcción y el mantenimiento del sistema. En el fondo, según todos los datos disponibles hasta ahora, parece que se trataba de una población rural cuyos restos materiales están muy super- ficialmente dispersados. Fue una sociedad de rangos bien definidos, al juzgar por la…
p. 325
03Mercados, poblamiento e integración étnica entre los Muiscas, Siglo XVICarl Henrik Langebaek · 1987 · p. 331 cita
[4]favorita de los cronistas (Aguado /1581/ 1956, I: 259). En nuestra opinión, al menos parte de la explicación a la formación de unidades políticas que trascendían la comunidad independiente debe buscarse en los vínculos de parentesco. Según los datos de archivo, en efecto, es posible identificar que, al interior de sus…
p. 33
04Los muiscas. La historia milenaria de un pueblo chibchaCarl Henrik Langebaek · 2019 · p. 1391 cita
[5]en lo que los españoles llamaron “reconocimiento”, o deberes de los miembros de las comunidades supuestamente suje- tas al poder de un cacique de afuera, sino más importante aún, en obligaciones y relaciones jerárquicas entre caciques. Hay, por cierto, testimonios en los que parece que los indígenas trataron de hacer…
p. 139
05Gran Enciclopedia de Colombia. Tomo 7: InstitucionesRoberto Hinestrosa Rey (Director Académico), Sandra Morelli Rico (Coordinación Académica) · 1993 · p. 1751 cita
[6]dano familia extensa, integrado por personas unidas entre Si por una relación de parentels pa- Eriarcal o matriarcal, El conjunto de clanes formaba una mibu, y la unir de tabus formaba una confederación. La conquista española y la consi gulente aculturización a que fueron sometidas las civilizaciones indige- nas,…
p. 175
06Economía y Nación: una breve historia de ColombiaSalomón Kalmanovitz · 1994 · p. 232 citas
[7]y capitanes se convirtieron prácticamente en agentes de la Corona, y se les concedieron pri- vilegios, tierras y a veces encomiendas, responsabilidades organi- zativas y títulos. Las encomiendas en la sabana de Bogotá, por ejemplo, se organizaron con base en las capitanías, pueblos ente- ros sometidos a la dirección…
p. 23
[8]y capitanes se convirtieron prácticamente en agentes de la Corona, y se les concedieron pri- vilegios, tierras y a veces encomiendas, responsabilidades organi- zativas y títulos. Las encomiendas en la sabana de Bogotá, por ejemplo, se organizaron con base en las capitanías, pueblos ente- ros sometidos a la dirección…
p. 23
07Tres culturas, tres familias y otros ensayosEstanislao Zuleta · p. 391 cita
[9]de la dominación seño- rial de una población aborigen, ya desarrollada desde el punto de vista agrícola y previamente organizada en tor- no de sus jefes. Para que una tribu pueda ser derrotada se necesita, antes que todo, que esté unida y que tenga jefes. Los pijaos, por ejemplo, no podían ser derrotados porque sus…
p. 39
08Breve historia de BogotáMarco Forero · 2016 · p. 41 cita
[10]© Marco Forero, 2016 © Editorial Planeta Colombiana S. A., 2016 Calle 73 N.° 7-60, Bogotá Diseño de cubierta: Departamento de diseño Grupo Planeta Primera edición: abril de 2016 ISBN 13: 978-958-42-4984-5 Desarrollo e-pub: Hipertexto Ltda. Este libro no podrá ser reproducido, ni total ni parcialmente, sin el previo…
p. 4
09Enciclopedia de Colombia - Volumen 3Camilo Calderón Schrader (coordinador), Carmen Astrid Romero Baquero, Néstor Iván Osuna Patiño, José Eduardo Rueda Enciso, Blas Jaramillo Martínez, José Alejandro Rodríguez Ruiz, Henry Luque Muñoz · 2002 · p. 131 cita
[11]y los resguardos, para organizar la producción agrícola de autoabaste- cimiento, así como la mita, para la extracción del oro y otros metales preciosos. La encomienda La encomienda fue una institución que se caracterizó por el poder otorgado por la Corona a un hidal- go, quien ejercía el control, cuida- do y…
p. 13
10Nueva Historia de Colombia. Vol. I: Colombia Indígena, Conquista y ColoniaÁlvaro Tirado Mejía, Jaime Jaramillo Uribe · 1989 · p. 1391 cita
[12]los esfuerzos de la casta de los encomenderos por mantener las prerrogativas que se derivaban de la conquista. Dentro de este marco tan amplio de interpretación se inscriben las particularidades de una historia social en la que los encomenderos se enfrentaban a menudo con funcionarios del Estado español, por un…
p. 139
11Historia económica de ColombiaJosé Antonio Ocampo Gaviria (compilador), Germán Colmenares, Jaime Jaramillo Uribe, Hermes Tovar Pinzón, Jorge Orlando Melo González, Jesús Antonio Bejarano Ávila, Joaquín Bernal Ramírez, Mauricio Avella Gómez, María Errázuriz Cox, Carmen Astrid Romero Baquero · 2017 · p. 461 cita
[13]diversa, han sido uno de los rasgos más peculiares y permanentes de las sociedades hispanoamericanas. CONFLICTOS Y REFORMAS Gran parte de los conflictos politicos y sociales posteriores a la Conquista se originaron en los intentos de la Corona española de limitar los privilegios y los abusos de los encomenderos. Las…
p. 46
12Industria y protección en Colombia, 1810-1930Luis Ospina Vásquez · 2017 · p. 441 cita
[14]sentido cultural—, o para fines de utilidad general: mitas para el transporte de leña, para obras públicas; y —lo que en un tiempo fue particularmente opresivo— para el transporte de perso- nas y mercancías a hombros, para la boga en el Magdalena 5, y para el trabajo de las minas de plata de propiedad fiscal de Las…
p. 44
13La gente de GuambíaRonald A. Schwarz · 2018 · p. 77, 792 citas
[15]H i s t o r i a: d e s d e l a C o n q u i s t a h a s t a 1 9 7 1 emitidos en 1701 y 1720 determinaron que las encomiendas debían revertir a la Corona a la muerte de su titular (Haring 1947: 67). Bajo esta regulación la encomienda en el territorio guambiano en poder de Manuel de Belalcázar regresó a poder de la…
p. 77
[54]de más del triple en un 15 ACC, 1801: Sig. 67 13 [Col-C II 19t]. 16 ACC, 1807 Sig. 67 13 [Col-C II 19t]. EBSCOhost: eBook Collection (EBSCOhost) printed on 4/29/2025 8:26:42 PM UTC via UNIVERSIDAD DE LOS ANDES. All use subject to https://www.ebsco.com/terms-of-use. 80 L a g e n t e d e G u a m b i a período de 76…
p. 79
14Paramilitarism and Neoliberalism: Violent Systems of Capital Accumulation in Colombia and BeyondJasmin Hristov · 2014 · p. 1981 cita
[16]to forcibly extract a tribute in the form of labour, gold, or other products from a certain number of indigenous people from within a given geographic area. In exchange the colonizer was responsible for converting them to Catholicism and teaching them Spanish. The encomendero had property rights over the labour of the…
p. 198
15Enciclopedia de ColombiaCamilo Calderón Schrader · 2002 · p. 196, 2284 citas
[17]normas que databan del siglo anterior pero 216 Minas de Montuosa ya que escapaban a Baja, en Santander. Los todas las normas de pueblos de minas no fundaciones urbanas eran núcleos formales dictadas en la época. ANOAAREn A que no habían sido puestas en práctica por los en- comenderos —fieles al principio de «se acata…
p. 228
[18]normas que databan del siglo anterior pero 216 Minas de Montuosa ya que escapaban a Baja, en Santander. Los todas las normas de pueblos de minas no fundaciones urbanas eran núcleos formales dictadas en la época. ANOAAREn A que no habían sido puestas en práctica por los en- comenderos —fieles al principio de «se acata…
p. 228
[23]las autoridades dispusieron que los indios vivieran en pueblos con arreglo a normas fijas: una plaza mayor de 180 varas en cuadro, con una iglesia «lo mejor que pudieren», con calles rectas de 14 varas de ancho y manzanas cuadradas igual- mente de 80 varas de lado, con una casa para el cacique que «sea mayor y mejor…
p. 196
[24]las autoridades dispusieron que los indios vivieran en pueblos con arreglo a normas fijas: una plaza mayor de 180 varas en cuadro, con una iglesia «lo mejor que pudieren», con calles rectas de 14 varas de ancho y manzanas cuadradas igual- mente de 80 varas de lado, con una casa para el cacique que «sea mayor y mejor…
p. 196
16Historia Económica y Social de Colombia I 1537-1719Germán Colmenares · 1997 · p. 2741 cita
[19]de la estructura institucionalizada de una sociedad dualista. 147 Ibid. Resg. Boy., t. 4. f. 1 r. ss. Especialmente f. 71 v. ss., f. 123 v. f. 186 r. y f. 228 r. ss. 148 Ibid. Cae. e ind., t. 3 f. 383 r. ss. f. 390 r. ss. 149 Ibid. Vis. Boy., 1.16 f. 744 r. ss. 150 Ibid. f. 791 r. ss. 151 Ibid. f. 800 r. „ TIERRA 2 5…
p. 274
17Ensayos para la historia de la política de tierras en Colombia. De la colonia a la creación del Frente NacionalAbsalón Machado Cartagena · 2009 · p. 21, 482 citas
[20]indígenas acudían a vender su fuerza de trabajo para cubrir los tributos con el salario obtenido; la economía monetaria empezó a introducirse en estos núcleos de economía natural y las ventas de tierra por la Corona a partir del siglo XVIII y el robo descarado de ellas por los terratenientes vecinos fueron reduciendo…
p. 48
[22]y se remataron tierras. El despojo se inició cuando se concentraron varios resguardos en uno solo, generalmente distantes de los centros poblados y en tierras de menor calidad (Liévano Aguirre, 2002)3. Con la descomposición de los resguardos se fue formando el trabajo a sa lariado al que se incorpora el indio y una…
p. 21
18Introducción a la historia económica de ColombiaÁlvaro Tirado Mejía · 2019 · p. 871 cita
[21]otros muchos preferían continuar como asalariados, a la terminación de la mita. En suma, muy pocos regresaban y de ellos gran número volvían enfermos e incapacitados. Como el tributo de la encomienda era constante sobre el grupo, al disminuir por causa de la mita el número de sus componentes, el indígena se veía…
p. 87
19Guerra propia, guerra ajena. Conflictos armados y reconstrucción identitaria en los Andes colombianos. El Movimiento Armado Quintín LameDaniel Ricardo Peñaranda Supelano · 2015 · p. 106, 1152 citas
[25]La evolución de esta enorme y poderosa región hasta finales del siglo XIX estuvo determinada por los ciclos de la producción minera en sus zonas de influencia y por el desa- rrollo de las haciendas, basado en el trabajo de la mano de obra esclava. El poder y la riqueza que alcanzó a acumular hicieron de Popayán y de…
p. 106
[59]más importante durante la Colonia y la primera parte de la República, marcó el curso de los pueblos indígenas. Es- tos debieron soportar en buena medida el peso del hundimiento 172 Cieza de León, Pedro. Crónica del Perú, Primera parte, p. 173. 173 González, Margarita (1979). El resguardo en el Nuevo Reino de Granada.…
p. 115
20Colombia: las razones de la guerraJorge Orlando Melo González · 2021 · p. 30, 422 citas
[26]argumento de que no era necesario tener tantos “miramientos” con Sagipa, como con un cristiano. Lo que es claro es que los participantes no dudaban del derecho a aplicar toda la violencia al cacique para obligarlo a entregar sus tesoros. Esta confianza ya no aparece, por ejemplo, en Pedro Simón, que escribía casi 100…
p. 30
[33]Túquerres, en 1800, los rebeldes —indios y mestizos— mataron al corregidor y a su hermano; tres acusados fueron condenados a muerte. _______________ 22 “Los indios deben ser reducidos a caseríos y no permitidos a vivir divididos y separados en montañas y selvas, donde están privados de todo consuelo espiritual y…
p. 42
21Herederos del jaguar y la anacondaNina S. de Friedemann, Jaime Arocha · 2016 · p. 298, 3042 citas
[27]y con ellos sus madres, desgastadas prematu- ramente por los múltiples partos y por el arduo trabajo de la casa y la parcela. La poca comida y las enfermedades hacen que el crecimiento de las poblaciones del Cauca indí- gena sea más lento que el de las poblaciones del Cauca campesino. La pausada expansión demográfica…
p. 298
[28]desempeñaron en la lucha de los paeces por consolidar su territorio tradicional 34. Después de estudiar su desempeño en la defensa de los paeces, Roberto Pineda Camacho sugiere que Juan Tama probablemente fue un indígena tama de la selva tropical amazónica, arrancado por los españoles de su tierra natal y esclavizado.…
p. 304
22Aproximaciones a la historia del Derecho en ColombiaLuis Freddyur Tovar, Beatriz Eugenia Salamanca Charria, Carlos Andrés Delvasto Perdomo, Carlos Andrés Echeverry Restrepo, Francesco Zappalá Sastoque, Iván Alberto Díaz Gutiérrez · 2014 · p. 2831 cita
[29]para resistir. España administraba sus colonias a través de un sistema legal y magistrados equivalentes a los propios. Adicionalmente, se trataba de un gobierno de jueces, donde cada oficial delegado ejercía funciones jurisdiccionales de una u otra manera 7. La costumbre y la equidad jugaron un papel crucial en los…
p. 283
23Antropología hecha en Colombia. Tomo IIEduardo Restrepo, Axel Rojas, Marta Saade (Editores); Carlos Uribe, Roberto Pineda, Andrea Pérez, et al. · 2017 · p. 1241 cita
[30]i desnudos de la cintura para arriba fueron traídos por las calles publicas [Sic] con pregonero manifestando su delito” (AGN, CI 63, folio 574). Para comprender la efectividad de estas formas de inscripción alfabética debemos entender la manera en que la vigorosa preocupación del Estado por el individuo, el grupo y el…
p. 124
24El indio en la lucha por la tierra: historia de los resguardos del macizo central colombianoJuan Friede · 2017 · p. 166, 1762 citas
[31]a edificar mi casa no hubo quien me lo impidiese y antes si muchos lo tuvieron a bien y prácticamente el dicho Juan Manuel Quinayás. 3.°— Item si es cierto que yo me hallo sin tener terreno donde trabajar y si el dicho Manuel y sus hermanos tienen sobrantes y sin necesidad de llevarse el llano mencionado. 4.°— Item si…
p. 166
[52]pudo dejar esta seguridad colectiva compro- bada en varios siglos de lucha, a cambio de un ideal que, si bien podía ser bello, era peligroso para su existencia. No puede interpretarse esta actitud del indio como retrógrada o antirrevolucionaria, sino simplemente como una lógica consecuencia de las condiciones sociales…
p. 176
25Colombia complejaJulio Carrizosa Umaña · 2014 · p. 411 cita
[32]mulatos; diez años después se calcula una población de 750.000 indígenas, 10.000 mestizos y blancos y 15.000 negros. En el primer censo confiable (1778-1780) solo aparecen un poco más de 150.000 indios cuando el total de la población probablemente había sido superior a tres millones (Martínez 2010). Si hoy se…
p. 41
26Historia concisa de Colombia 1810-2017Michael J. LaRosa, Germán Mejía · 2017 · p. 35, 402 citas
[34]Provincias americanas, lo que provocó que muchos americanos no aceptaran su legitimidad para gobernar en nombre de Fernando VII. Tal malestar estaba además motivado por el miedo de que Napoleón estuviera a punto de conseguir una victoria definitiva en España y en Europa. Ante la posibilidad de perder del todo a su…
p. 35
[40]más radical de santafereños, conocidos como los “chisperos”, se encargó de dificultarle a la Junta Suprema de Santafé la moderación de sus decisiones iniciales. A consecuencia de ello, el 26 de julio, la Junta finalmente declaró que no reconocía al Consejo Supremo de Regencia, marcando un momento decisivo: ninguna…
p. 40
27Colombia: A Concise Contemporary HistoryMichael J. LaRosa, Germán R. Mejía · 2017 · p. 29, 332 citas
[35]went on to formulate enlightened ideas and true programs for governance. Narváez y Latorre received instructions from the cabildos of Santafé (known as the “Memorial de Agravios,” or “Memorandum of Grievances”), Popayán, Socorro, Tunja, and Loja, among others. Similarly, he received a document written by Ignacio de…
p. 29
[41]Written by José Acevedo y Gómez, the act made clear the purposes and direction of the recently constituted junta: All authority will be placed provisionally in the Supreme Governing Body of this Kingdom, until this same Junta forms the Constitution that assures public happiness. The noble provinces will be counted on…
p. 33
28Colombia: A Concise Contemporary HistoryMichael J. LaRosa, Germán R. Mejía · 2023 · p. 33, 372 citas
[36]to Origins 17 the Seville junta. The town councils did much more than merely complain of the Americans’ unequal representation in the junta or offer the familiar protests concerning the abuses of royal authorities. They went on to formu- late enlightened ideas and true programs for governance. Narv á ez y Latorre…
p. 33
[42]it was clear—and the vice- roy knew it—that the army would not act against the demonstrators. The plan worked: a junta was organized. At dawn on July 21, 1810, a document was signed that Colombians now refer to as their act of independence. Written by José Acevedo y Gómez, the act made clear the purposes and direction…
p. 37
29Enciclopedia de Colombia - Volumen 2Camilo Calderón Schrader · 2001 · p. 106, 1122 citas
[37]los distintos grupos sociales de la Nueva Granada. En realidad, fue la coyuntura nacida de la inva- sión napoléonica a España la que incitó a los criollos a llenar el vacío de poder dejado por los Borbones, con la teoría en virtud de la cual, cuando faltaba el monarca, la sobe- ranía que éste ejercía a nombre del…
p. 106
[49]padres de familia de cada parroquia, para que el 11 de fe- brero de 1811 eligieran diputados al Colegio Electoral Constituyente. La Constitución, de cor- te monárquico-republicana, fue aprobada el 30 de marzo de 1811 y promulgada por el presiden- te Jorge Tadeo Lozano el 4 de abril de ese año. Mediante el Acta de…
p. 112
30La elección de la República. Historia del sufragio en Colombia entre 1809 y 1838Nhora Patricia Palacios Trujillo · 2022 · p. 152, 2042 citas
[38]de la Independencia. Bogotá: I/M, 2000, p. 25. 22 Sosa Abella, Guillermo. Representación e independencia 1810-1816. Bogotá: Instituto Colombiano de Antropología e Historia, 2006, pp. 139-144. 23 Caballero, Diario de la Independencia..., p. 26. 24 Diario Político de Santafé, n.º 24, tomo 1, 24 de noviembre de 1810. La…
p. 152
[45]la calificación de los representantes fue transferida a las cámaras provin- ciales. El Gobierno creaba una junta especial cuando se trataba de la calificación de los diputados a la convención constituyente, Los ciudadanos activos de las primeras repúblicas: los padres de familia libres de todos los colores La sociedad…
p. 204
31Historia de Colombia. La República de Colombia IRicardo Martín (dir.), Gonzalo Hernández de Alba (dir. científico), y colaboradores: Arturo Alape, Óscar Alarcón Núñez, Germán Arciniegas, Mauricio Archila, Antonio Caballero, Antonio Cacua Prada, Germán Cavelier, entre otros · 1988 · p. 831 cita
[39]acta en la que se declaraba la total independencia de la provincia de Cartagena, en Nueva Granada, histérico documento que se conserva en el Museo Nacional de Bogota. que s6lo esperaba la oportunidad para manifes- tarse, como ocurrié en Cartagena el 22 de mayo y el 14 de junio de 1810, cuando el cabildo depuso al…
p. 83
32Memorias de un abanderadoJosé María Espinosa · 2016 · p. 342 citas
[43]por instantes la orden que debía dar el virrey, pero este 35 Míndicer sí ta eóeasíiesd por fortuna era pusilánime, y no se atrevió a darla ni a hacerse responsable de la sangre que pudiera correr. Más entereza tuvo la señora, y así le echaba en cara a aquel su cobardía. No hubo, en efecto, más sangre derramada aquel…
p. 34
[44]por instantes la orden que debía dar el virrey, pero este 35 Míndicer sí ta eóeasíiesd por fortuna era pusilánime, y no se atrevió a darla ni a hacerse responsable de la sangre que pudiera correr. Más entereza tuvo la señora, y así le echaba en cara a aquel su cobardía. No hubo, en efecto, más sangre derramada aquel…
p. 34
33Muiscas: representaciones, cartografías y etnopolíticas de la memoriaAna María Gómez Londoño (editora), Carl Henrik Langebaek Rueda, Jorge Augusto Gamboa Mendoza, Michael J. Francis, Marta Clemencia Herrera Ángel, François Correa Rubio, Óscar Guarín Martínez, Hermann Trimborn, Luis Fernando Restrepo, Mercedes López Rodríguez, Carlos Andrés Durán · 2005 · p. 95, 1012 citas
[46]la Independencia fue otro factor que quizá no permitió un campo más fértil para que la élite criolla exaltara las ‘cuali- dades’ de la raza indígena. Además, la ‘defensa’ de América de las calumnias de Buffon y otros ilustrados se dejaba de un lado, porque la nueva élite no estaba del todo interesada en romper los…
p. 101
[73]exacta- mente los mismos intereses. Por lo tanto, la actitud intelectual con respecto al estudio del pasado refleja no una posición estatal dominante, sino un conjunto de posiciones, muchas veces antagónicas a veces irreconciliables, que pretenden legitimar el rol de determinado sector de la sociedad, en su lucha…
p. 95
34Historia de Colombia. La Gran Colombia II. Tomo 10Juan Salvat, Roberto García Rojas (directores); Ricardo Martín (director de la obra); Gonzalo Hernández de Alba (director científico) · p. 17, 232 citas
[47]desde el mismo ins- 1100 1102 Retrato de José Tomas Boves que se conserva en el Museo Nacional de Bogota. Este jefe realista fue el que primero moviliz6 a los llaneros, que en un principio pelearon a favor de Esparia. tante en que Crist6bal Colon desembarco en las costas del Nuevo Mundo. Por lo que se puede ver, al…
p. 17
[53]no participaron a favor de la Independencia, y que otros, aislados geografica- mente y ausentes de las grandes luchas que forja- ban una nueva naci6n, continuaron viviendo sim- plemente como si nada ocurriera. En la atraccién de esta fuerza social a su causa, Espana puso en juego una politica de caracter in- 1106…
p. 23
35Historia de Colombia. La Nueva Granada y los Estados Unidos de ColombiaRicardo Martín (dir.), Gonzalo Hernández de Alba (dir. científico); con colaboración de Germán Arciniegas, Mauricio Archila, Antonio Caballero, Fernán González, Margarita González, Alfredo Iriarte, entre otros · 1988 · p. 941 cita
[48]americanas y acataron las decisio- nes de la Junta Central, la Regencia y las Cortes Es- panolas; otras juntas fueron autonomistas, como la que se organiz6 en Santa Fe de Bogota el 20 de julio de 1810, partidarias de una autonomia de los gobiernos provisionales de Espana y guardadoras de los derechos de Fernando VII.…
p. 94
36Historia de la primera República de Colombia, 1819-1831. "Decid Colombia sea, y Colombia será"Armando Martínez Garnica · 2019 · p. 1261 cita
[50]admitir a éstos (respetando los fundamentos de la sociedad, los principios eternos de la justicia y la paz de los pueblos armados y dispuestos a perecer por su independencia) hasta que unidos los representantes de todo el Reyno procedan sabiamente a su organización y demarcación? Segunda: Qué será mejor, ¿qué cada…
p. 126
37Grandes momentos de ColombiaGustavo Castro Caycedo · 2016 · p. 2511 cita
[51]en nuestra patria. Alcance social: por primera vez se habla en nuestro país de soberanía del pueblo; el pueblo confiere a Amar el cargo de presidente de la junta; cambió la condición de la raza indígena y de los criollos. Los hijos de este suelo pudieron aspirar a los elevados cargos. Alcance económico: dado que esta…
p. 251
38Historia de Colombia. La Independencia II. Tomo 8Gonzalo Hernández de Alba (dir. científico); Ricardo Martín (dir. de la obra); German Arciniegas y otros colaboradores · 1988 · p. 521 cita
[55]que buscaban enemigos rezagados. El panico se apoderé del Ejército del Sur, pues fue atacado desde el primer momento por cuarenta soldadosy veinte indios, al mando del teniente co- ronel Francisco Jiménez, quien habia quedado re- zagado después de Tacines; con estos efectivos persiguié a los doscientos patriotas…
p. 52
39El pensamiento colombiano en el siglo XIXJaime Jaramillo Uribe · 2017 · p. 4321 cita
[56]ocurrió con toda la legis- lación sobre indígenas. Las leyes de Indias se acogieron al hecho de que en una sociedad donde existían grupos so- ciales tan diferentes como los indígenas, los criollos y los españoles, los primeros necesitaban una especial protec- ción de la ley, lo cual dio por resultado toda la…
p. 432
40Historia de Colombia. La Gran Colombia I. Tomo 9Salvat Editores (Dirección: Juan Salvat, Roberto García Rojas; Director científico: Gonzalo Hernández de Alba) · 1988 · p. 741 cita
[57]propiedad privada. Esta disposicion, referente a la poblacién indige- na, lejos de realizarse en los términos dispuestos en 1821, se convirtid en Ultima instancia en una enajenacion de las tierras comunales que pasaron a manos de particulares y no propiamente a las de la comunidad indigena. Dada la persistencia de la…
p. 74
41Historia económica de Colombia, 1845-1930William Paul McGreevey · 2015 · p. 1901 cita
[58]de la Ley 90 de 1889. No hemos encontrado el Decreto del 30 de enero de 1863 aquí citado. Puede verse Adolfo Triana Antorveza (comp.), Le- gislación indígena nacional: leyes, decretos, resoluciones, jurisprudencia y doctrina, Bogotá: Librería y Editorial América Latina, 1980; y Fabián Díaz Aristizábal, El resguardo…
p. 190
42Crafting a Republic for the World: Scientific, Geographic, and Historiographic Inventions of ColombiaLina del Castillo · 2018 · p. 1741 cita
[60]aspects of community life that he might need to know, and they were to do so without any com- pensation. 99 The fact that indigenous cabildo members did par- ticipate in this task, despite their lack of compensation, points to the importance of the endeavor to key individuals of indigenous communities. Less…
p. 174
43Managing Multiculturalism: Indigeneity and the Struggle for Rights in ColombiaJean E. Jackson · 2019 · p. 501 cita
[61]1810, the system became, if anything, more repressive: legislation and judicial rulings autho - rizing the sale of resguardo lands legitimized their expropriation by outsiders, often achieved through violence. 5 A great deal of land was lost in this way. The dominant ideology of the era, enacted into law, facilitated…
p. 50
44Estudios interdisciplinarios de las élites en ColombiaCatalina Acosta Oidor, Alexander Gamba Trimiño, Verónica Salazar Baena · 2023 · p. 1121 cita
[62]con la reconstrucción histórica de las dinámicas pobla - cionales de los yanaconas hecha por Sodemman y otros, “una nieta de Huáscar, Pascuala Inca, casada con un español de apellido Salazar trajo a los pueblos yana, yanacona y anacona al macizo” (Sodemann, 2014, p. 21). Debido a la temprana pérdida de la lengua por…
p. 112
45El café en ColombiaMarco Palacios · 2002 · p. 2681 cita
[63]años después de la expedición del decreto de Desamortización de Bienes de Manos Muertas, no había en la región del Tequendama ninguna propiedad con vinculación pendiente y debe añadirse que en el distrito de La Mesa no se remató ninguna propiedad en aplicación del decreto. La Iglesia tuvo allí un papel muy reducido…
p. 268
46La invención de El Dorado. Museos arqueológicos, imágenes cartográficas y redes de conocimiento en Colombia (1935-1955)Daniel García Roldán · 2022 · p. 1801 cita
[64]de la división de los resguardos (disfrazado con una retórica legalista), obedecía al hecho de que estas tie - rras habían adquirido una nueva valorización gracias a la construcción de una carretera que las pondría en contacto con los mercados del Cauca, Valle del Cauca y Huila. La partida presupuestal aprobada por el…
p. 180
47Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado. Nariño y sur de CaucaComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 601 cita
[65]Thfl fifi Ya desde el siglo XIX, la ley de manos muertas había intentado expropiar las tierras de las comunidades indígenas porque se consideraban baldías. Esto continuó entre las décadas de los veinte y los cincuenta con las leyes 104 de 1919 y 19 de 1927 de disolución de los resguardos. Un líder indígena Pasto le…
p. 60
48Resistir no es aguantar. Violencias y daños contra los pueblos étnicos de ColombiaComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 3521 cita
[66]Asamblea Nacional Constituyente. Puede afirmarse, entonces, que hay un continuo de resistencia jurídica en las luchas indígenas, ya que resulta válida la afirmación de que los programas jurídicos de las organizaciones constituyen una forma más de sus procesos de reivindicación histórica. Con la Asamblea Nacional…
p. 352
49Nuestra vida ha sido nuestra lucha. Resistencia y Memoria en el Cauca indígenaDaniel Ricardo Peñaranda Supelano (coordinador), Graciela Bolaños, Víctor Daniel Bonilla, Jorge Caballero Fula, Myriam Amparo Espinoza, Vianney Judith García, Jorge Hernández Lara, Pablo Tattay, Libia Tattay Bolaños · 2012 · p. 601 cita
[67]departamentos y las transferencias del estado dejan ver la forma de integración, a través de alcaldes. No todos los resguardos cuentan con la misma cantidad, ni calidad de tierra, existe población sin ella y otros que tienen dis- tribuido por familias cinco hectáreas a manera de minifundio, o una hectárea o menos,…
p. 60
50Memorias dispersasHumberto De La Calle Lombana · 2021 · p. 821 cita
[68]pude. No me percaté de que alguien dentro del público filmaba la escena. Por ese tiempo, había ocurrido el estallido de una bomba en Bogotá. El noticiero dedicó 29 minutos a desmenuzar esa noticia. En el minuto final, la presentadora dijo: “Mientras los bogotanos sufrían las consecuencias de las bombas, el candidato…
p. 82
51Una Colombia que nos quedaLinsu Fonseca · 2007 · p. 481 cita
[69]de Páez. La misma Beatriz asegu ra que a partir de allí “la vara es la que manda”. Con esa expresión indica que los indígenas que viven en este territorio obedecen las leyes de sus gobernadores, máximas autoridades de sus resguardos, quienes cargan un bastón de madera como símbolo de su poder. Las tierras habitadas…
p. 48
52Caminos de guerra, utopías de paz (Colombia: 1948-2020)Gonzalo Sánchez Gómez · 2021 · p. 581 cita
[70]de los ejércitos patriotas luego; 15 y llevaron a que el movimiento de Independencia pudiera ser visto en la Colombia mestiza sencillamente como una ruptura con el orden colonial, en tanto que en los otros países de población mayoritariamente indígena la Independencia fuera pensada y vivida como una recuperación del…
p. 58
53Nosotros y los otros: las representaciones de la nación y sus habitantes Colombia, 1880-1910Amada Carolina Pérez Benavides · 2015 · p. 3101 cita
[71]jerarquización de las narraciones históricas y de las imágenes que habían sido elaboradas en el trascurso del siglo XIX y que fueron compiladas, catalogadas y exhibidas por la generación de letrados de las últimas décadas de dicho siglo y la primera del XX. El pasado indígena, por su parte, se identificó con otra…
p. 310
54Nueva Historia de Colombia. Vol. IV: Educación y Ciencia, Luchas de la Mujer, Vida DiariaÁlvaro Tirado Mejía (Director Científico y Académico), Jorge Orlando Melo, Jesús Antonio Bejarano, Magdala Velásquez Toro, Renán Silva Olarte, Jaime Jaramillo Uribe, Aline Helg, Gabriel Poveda Ramos, Jorge Arias De Greiff, Bernardo Tovar Zambrano, Rubén Sierra Mejía, Enrique Low Murtra, Gonzalo Cataño, Jaime Arocha Rodríguez, Néstor José Miranda Canal, Patricia Londoño Vega, Santiago Londoño Vélez · p. 2061 cita
[72]concerniente al problema indígena que recobraba actualidad. Entre los autores que desarrollan la Capítulo 8 207 temática indigenista en sentido histó- rico propiamente dicho sobresale Juan Friede con su libro El Indio en la lucha por la tierra (1944). A partir de enton- ces se abre la preocupación por re- construir la…
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