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Ideas · Entidad
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Estado paralelo

El 'estado paralelo' designa la trama de poderes armados, políticos y económicos —legales e ilegales— que en amplias regiones de Colombia co-produjeron soberanía junto con las instituciones formales durante la segunda mitad del siglo XX y las dos primeras décadas del XXI. Es un concepto en disputa que migró de la ciencia política al lenguaje judicial y periodístico, y nombra un patrón estructural de delegación de la violencia por parte del Estado central cristalizado en fenómenos como la parapolítica.

Alejandro Gutiérrez · 03 de agosto de 2026 · 3.957 palabras · 57 fuentes
Estado paralelo
Tipo
Concepto
Roles
Concepto analítico de la ciencia política colombianaCategoría judicial empleada en procesos de parapolíticaMarco interpretativo para la relación entre paramilitarismo, élites regionales y Estado
Hitos
  1. 1965Origen jurídico: legalización del paramilitarismoEntre 1965 y 1989 el paramilitarismo fue legal en Colombia como parte de la política global de Seguridad Nacional. El Estado delegó en coaliciones regionales el monopolio de la violencia, permitiéndoles armarse con recursos y fusiles estatales y con patrocinio del Ejército, sentando las bases estructurales del estado paralelo.
  2. 1989Derogación del marco legal y mutación hacia las ConvivirAl derogarse el marco legal que autorizaba las estructuras paramilitares, el fenómeno no desapareció sino que mutó. En los años noventa las Convivir sirvieron de nuevo ropaje jurídico: Salvatore Mancuso declaró ante la Comisión de la Verdad que operó con 'una autodefensa legal, la Convivir, amparada por el Estado, con fusiles del Estado', funcionando como 'bisagra entre la institucionalidad y la autodefensa ilegal'.
  3. 1995Ausencia de cifras oficiales sobre paramilitares: asimetría estructural del EstadoAntes de 1995 no existían cifras oficiales sobre paramilitares dados de baja o encarcelados pese a su actividad violenta y pública; la acción estatal se dirigió casi exclusivamente contra la guerrilla. Esta asimetría fue el reverso lógico de la delegación: el Estado que arma a un actor privado difícilmente puede perseguirlo con la misma intensidad.
  4. 2001Pacto de Santa Fe de Ralito: proyecto de 'refundar el Estado'En el corregimiento de Santa Fe de Ralito, Tierralta, Córdoba, líderes de las AUC —entre ellos Jorge 40 (Rodrigo Tovar Pupo)— y más de cincuenta políticos entre senadores, congresistas, alcaldes y gobernadores firmaron un pacto cuyo propósito declarado era 'refundar el Estado', evidenciando la aspiración del estado paralelo a proyectarse desde las regiones al centro del poder nacional.
  5. 2003Cooptación de la contratación estatal por redes paramilitaresLa red clientelar del grupo liderado por Jorge 40 se benefició de la contratación estatal en la prestación del servicio de salud y en el manejo de recursos públicos en varias regiones, mostrando que la cooptación paramilitar del Estado alcanzó alcaldías, gobernaciones y la apropiación de recursos públicos locales y regionales.
  6. 2006Estallido judicial de la parapolíticaEn noviembre de 2006 fueron arrestados los primeros tres congresistas vinculados a las AUC; en febrero de 2008, cinco más; en marzo de 2008, otros veintiséis; en julio de 2008, la expresidenta del Senado Dilian Francisca Toro. En total, 65 congresistas elegidos en 2006 quedaron bajo arresto, revelando que el Congreso había sido en una proporción significativa un producto del estado paralelo.
  7. 2010Condena de Álvaro Araújo Castro: cierre de un ciclo judicialEn marzo de 2010 la Corte Suprema de Justicia condenó al exsenador Álvaro Araújo Castro a nueve años y tres meses de prisión por haber conspirado con el jefe paramilitar Jorge 40 para ganar escaños en el Congreso, consolidando la jurisprudencia sobre la captura paramilitar del poder legislativo.
  8. 2016Sentencia del Tribunal Superior de Bogotá sobre las Convivir y el Bloque CentaurosEl Tribunal Superior de Bogotá documentó que las Convivir Renacer Ltda. (Casanare) y San Martín Ltda. (Meta) albergaron como organizadores o representantes a personajes con trayectoria en grupos paramilitares, evidenciando la conexión estructural entre estas figuras legales y el Bloque Centauros, y confirmando la continuidad de la lógica del estado paralelo más allá de los cambios jurídicos.
Relaciones
Paramilitarismo: actor armado que materializó territorialmente el estado paralelo mediante control social, electoral y económico en regiones como Córdoba, Urabá, Magdalena Medio, Casanare y CatatumboParapolítica: expresión institucional del estado paralelo en el poder legislativo, judicial y ejecutivo, documentada en los procesos judiciales contra 65 congresistas elegidos en 2006Pacto de Santa Fe de Ralito: hito fundacional del proyecto político del estado paralelo, firmado en Tierralta, Córdoba, entre líderes de las AUC y más de cincuenta políticos con el propósito de 'refundar el Estado'Clientelismo armado: mecanismo operativo del estado paralelo que elevó a nueva escala las prácticas de prestación y contraprestación de favores propias de los partidos tradicionales, militarizando el caciquismo regionalConvivir: figura jurídica que sirvió de bisagra entre la institucionalidad y la autodefensa ilegal en los años noventa, facilitando la 'violencia por delegación' como continuidad del estado paralelo tras la derogación del marco legal de 1989Francisco Gutiérrez Sanín: académico que cuestionó la utilidad del concepto de 'reconfiguración cooptada del Estado', argumentando que la evidencia apunta a penetraciones desiguales y territorialmente acotadas más que a un proyecto sistémico, obligando al concepto a definirse con mayor precisión
Semblanza
El estado paralelo en Colombia no fue una arquitectura central diseñada desde arriba, sino un patrón estructural de co-producción de soberanía que nació de una decisión deliberada del Estado: delegar el monopolio de la violencia en actores privados bajo el argumento contrainsurgente, entre 1965 y 1989, y luego tolerar su mutación en las Convivir de los años noventa. Lo que empezó como auxilio militar en regiones de colonización interna —el Magdalena Medio, Urabá, los Llanos— se transformó en aparato de acumulación regional, regulación social y captura electoral, con lógicas que los grupos armados y las élites locales sostuvieron mutuamente. La categoría desafía la imagen de dos líneas paralelas que no se tocan: lo que documentan Puerto Boyacá, Cúcuta o el Pacto de Ralito es una fusión densa entre lo formal y lo informal, entre el uniforme y el brazalete, entre la curul y el fusil. Su encarnación más visible fue la parapolítica, que llevó el fenómeno del terreno al centro del poder nacional y produjo la mayor crisis de legitimidad del Congreso colombiano en la historia reciente. Que el concepto siga siendo disputado —entre quienes ven una captura sistémica y quienes señalan penetraciones oportunistas y desiguales— no lo invalida: lo obliga a rendir cuentas ante la evidencia, que es precisamente la condición de cualquier concepto útil para la historia.

Estado paralelo

En Colombia, la expresión estado paralelo nombra un fenómeno y también una controversia. Designa, en su uso más extendido, la trama de poderes armados, políticos y económicos —legales e ilegales— que en amplias regiones del país co-produjeron soberanía junto con las instituciones formales durante la segunda mitad del siglo XX y las dos primeras décadas del XXI. Pero es, al mismo tiempo, un concepto en disputa: migró de la ciencia política al lenguaje judicial y al periodismo entre los años noventa y los dos mil, y en ese viaje se cargó de significados encontrados. Para algunos analistas describe una captura estructural del Estado por el paramilitarismo y sus aliados; para otros nombra apenas una constelación de arreglos regionales oportunistas. Lo que sigue reconstruye el concepto —su genealogía, sus definiciones enfrentadas, sus encarnaciones históricas— con la convicción de que su fuerza explicativa reside precisamente en lo que resiste toda simplificación: un patrón sostenido de delegación de la violencia por parte del Estado central, cristalizado en fenómenos como la parapolítica y sobreviviente, mutado, en las estructuras posdesmovilización.

Un concepto en disputa

Estado paralelo no es un término técnico de definición cerrada. Es una etiqueta que circula, con parientes cercanos —para-Estado, reconfiguración cooptada del Estado, áreas cafés, clientelismo armado, forma perversa del Estado— y con adversarios que le disputan su alcance. Todas esas fórmulas intentan nombrar lo mismo: que en Colombia, en franjas considerables del territorio y durante décadas, las funciones que la teoría clásica atribuye al Estado —monopolio de la violencia, administración de justicia, recaudación, regulación del orden social, elección de representantes— fueron ejercidas de manera compartida, negociada o directamente sustituida por actores armados no estatales, casi siempre con la aquiescencia, la connivencia o el patrocinio de agentes estatales.

La palabra paralelo engaña, sin embargo, si se toma al pie de la letra. Sugiere dos líneas que no se tocan, dos aparatos independientes que operan uno junto al otro. Lo que el caso colombiano documenta es lo contrario: un entrelazamiento denso, con puertas giratorias entre lo formal y lo informal, entre el uniforme y el brazalete, entre la curul y el fusil. Por eso una parte de la literatura —siguiendo a Guillermo O'Donnell— prefiere hablar de áreas cafés: zonas dentro de un mismo Estado democrático donde las instituciones son inefectivas, la ciudadanía se ejerce con baja intensidad y subsisten subsistemas subnacionales de poder con base territorial y sistemas legales informales pero efectivos. Esas áreas coexisten con un régimen que, al menos en el centro político nacional, es democrático. El concepto sirve mejor que la imagen de dos ríos separados: describe un Estado desigual consigo mismo, no un Estado duplicado.

Otra vertiente, encarnada en trabajos de Mauricio Romero Vidal, León Valencia Agudelo, Claudia López Hernández y Gustavo Duncan, prefirió hablar de para-Estado, reconfiguración cooptada o parapolítica para nombrar la forma específica que ese fenómeno tomó en Colombia a partir de la expansión paramilitar de los años noventa. Frente a esa lectura, Francisco Gutiérrez Sanín ha objetado que la evidencia disponible no siempre alcanza para hablar de una intervención sistémica, coordinada y exitosa de organizaciones ilegales en la vida política nacional: lo documentado, sostiene, apunta a penetraciones desiguales, oportunistas y territorialmente acotadas, más que a un proyecto coherente de refundación estatal. La objeción es seria y merece integrarse, no descartarse. Pero no anula el fenómeno: lo obliga a definirse mejor. El estado paralelo colombiano no fue una arquitectura central sino un patrón estructural de co-producción de soberanía, con lógica de fondo compartida y ejecuciones regionales heterogéneas.

La delegación como origen: 1965-1989

La primera clave para entender el concepto está en su origen jurídico. Entre 1965 y 1989, el paramilitarismo fue legal en Colombia. Los crímenes cometidos por esos grupos no lo eran, pero la existencia misma de estructuras civiles armadas bajo tutela militar sí, amparada en el marco de la Seguridad Nacional y en las lecturas locales de la doctrina contrainsurgente hemisférica. Esa legalidad no fue accidental: fue una decisión de Estado. El Estado colombiano delegó, en coaliciones regionales, una parte del monopolio de la violencia, permitiéndoles armarse con recursos y fusiles suyos, con patrocinio del Ejército y con el argumento de la lucha antisubversiva.

En el Gran Magdalena, tres grupos paramilitares operaron durante cerca de veinticinco años al amparo de ese marco legal que autorizaba armar a la población civil para ejecutar acciones contrainsurgentes "conjuntamente y al amparo de la fuerza pública". Esa fórmula —conjuntamente y al amparo— es la clave del asunto. No se trataba de fuerzas separadas del Estado, sino de fuerzas armadas por el Estado y coordinadas con él. Lo que después se llamaría estado paralelo nació, entonces, no como usurpación desde afuera sino como delegación desde adentro.

Esa delegación tuvo consecuencias que las estadísticas oficiales apenas alcanzaron a registrar. Antes de 1995 no existían cifras oficiales sobre paramilitares dados de baja o encarcelados, pese a su actividad violenta y pública; la acción estatal se dirigió casi exclusivamente contra la guerrilla. La asimetría no fue un descuido: fue el reverso lógico de la delegación. Un Estado que arma a un actor privado para combatir a otro difícilmente puede, sin contradecirse, perseguirlo con la misma intensidad. Las estructuras que recibieron esa concesión se especializaron rápidamente en la coerción privada al servicio de élites políticas, económicas y —cada vez más— narcotraficantes. Lo que empezó como auxilio contrainsurgente se transformó en aparato de acumulación regional y de ordenamiento social.

Cuando en 1989 se derogó el marco legal que autorizaba esas estructuras, el fenómeno no desapareció: se replegó, mutó y buscó nuevos ropajes jurídicos. Uno de esos ropajes fueron las Convivir de la década de los noventa. Salvatore Mancuso lo dijo con crudeza ante la Comisión de la Verdad: operó con "una autodefensa legal, la Convivir, amparada por el Estado, con fusiles del Estado", que servía de "bisagra, de engranaje entre la institucionalidad y la autodefensa ilegal". En 2016, el Tribunal Superior de Bogotá documentó que las Convivir Renacer Ltda., en Casanare, y San Martín Ltda., en Meta, albergaron como organizadores o representantes a personajes con trayectoria en grupos paramilitares, en conexión con el Bloque Centauros. Con las Convivir, el Estado facilitó una violencia por delegación en la que los grupos paramilitares ejecutaban lo que la fuerza pública no podía hacer legalmente. La continuidad estructural pesa más que las discontinuidades jurídicas: cambió la envoltura legal, no la lógica.

Encarnaciones territoriales: cuando el paramilitar hace de Estado

Ningún concepto sobre el poder se sostiene sin el suelo donde ese poder se ejerce. El estado paralelo en Colombia se hizo carne en municipios, corregimientos, veredas y ciudades intermedias donde la presencia estatal era débil, tardía o primordialmente militar. El Magdalena Medio ofrece el caso paradigmático: región de colonización interna, con presencia estatal ante todo represiva, dio a luz tanto al Ejército de Liberación Nacional como a las Autodefensas Unidas de Colombia. El vacío de regulación no lo llenó ni la escuela ni el juzgado: lo llenó el arma.

En Puerto Boyacá, el Frente Urbano de las autodefensas construyó una red de puntos de control, moscas y radio operadores para reportar cualquier movimiento sospechoso a la central de comunicaciones instalada en Transmisores, que se convirtió en el principal centro de detención, tortura y ejecución del grupo. Ese aparato imponía toques de queda, extorsionaba a toda la población, regulaba conflictos sociales y castigaba a los transgresores principalmente con homicidio y desaparición forzada. La palabra paralelo aquí es engañosa: no había Estado central que pudiera contrapesar. Había un aparato armado que administraba la vida cotidiana con la brutalidad de un soberano local.

Esa administración se extendió a la democracia electoral. Grupos armados reunían a la población para ordenarle votar por candidatos específicos, y en ocasiones intimidaban a los votantes con armas dentro de los cubículos electorales, ante la inacción de la Registraduría. En municipios donde operaba el Bloque Central Bolívar, integrantes armados señalaban con gestos o exhibían fusiles en las mesas de votación —así ocurrió en Morales durante las elecciones atípicas de Asín Díaz—. La regulación armada no se conformaba con imponer candidatos: aspiraba a obtener, tras la elección, espacios políticos concretos.

En Cúcuta, la escena tomó forma urbana. El Bloque Catatumbo mantenía una oficina ubicada frente a la Fiscalía. Ana María Flórez, directora seccional de Fiscalías, fue condenada por la Corte Suprema de Justicia por vínculos con los paramilitares: no era una filtración marginal, era la máxima autoridad investigativa regional actuando a favor del actor armado que decía perseguir. Que el fenómeno se llame estado paralelo pierde precisión ante casos así: no había paralelismo, había fusión.

La regulación paramilitar de la vida social se ejerció también en registros bajos, casi pastorales, que la guerrilla practicaba con métodos análogos: prohibición de robos, riñas, consumo de drogas; horarios de circulación; sanciones que iban del trabajo comunitario y la multa hasta la muerte. Esa suplantación de las funciones de justicia y orden público fue tan cotidiana como el homicidio ejemplarizante. Es en este plano donde la categoría de clientelismo armado rinde mejores frutos: describe cómo los grupos armados asumieron funciones de regulación, mediación y control mediante la prestación y contraprestación de favores y servicios, elevando a nueva escala prácticas que antaño habían caracterizado a los partidos tradicionales. El brazalete no reemplazó al caciquismo: lo militarizó.

La parapolítica y el asalto al Congreso

Si el paramilitarismo de los ochenta encarnó el estado paralelo en el terreno, la parapolítica de los dos mil lo llevó al centro del poder nacional. El nombre lo puso el país cuando la Corte Suprema de Justicia comenzó a abrir procesos, en 2006, contra congresistas elegidos con apoyo de las AUC. Pero el fenómeno venía de más atrás.

Su gesto emblemático fue el Pacto de Santa Fe de Ralito, firmado alrededor de 2001 en un corregimiento del municipio de Tierralta, en Córdoba. Allí, líderes significativos de las AUC —entre ellos Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40— junto con más de cincuenta políticos, entre senadores, congresistas, alcaldes y gobernadores, suscribieron un texto cuyo propósito declarado era refundar el Estado. La expresión resume el proyecto: no se trataba solo de proteger negocios ni de comprar impunidad, sino de construir, desde la región Caribe, una arquitectura política que se extendiera al conjunto del país, financiada desde el narcotráfico. El propio Carlos Castaño Gil se distanció del rumbo que tomaba el Bloque Norte, en tensiones internas que anticiparon su desaparición.

La cooptación en Córdoba y Sucre fue, en sentencia de la Corte Suprema, total en lo que respecta a alcaldías y gobernaciones. En Sucre, Álvaro García Romero llegó al Senado y participó activamente en la estrategia paramilitar. En Urabá, el Bloque Élmer Cárdenas organizó una lista de cuatro candidatos —Manuel Darío Ávila Peralta, Jesús Enrique Doval Urango, Estanislao Ortiz Lara y César Augusto Andrade Moreno— que se turnarían la curul en la Cámara de Representantes durante el periodo 2002-2006, alternándose dos años para el norte de Urabá y dos para el eje bananero. La ingeniería electoral no era metafórica: era literal.

La proliferación de partidos habilitada por la Constitución de 1991 amplió el terreno de juego. Movimientos como Colombia Democrática, Colombia Viva, Convergencia Ciudadana, Convergencia Popular Cívica, Moral, Mipol, Equipo Colombia, Apertura Liberal, Sí Colombia, Integración Regional, Alas, Cambio Radical, el Movimiento Nacional Conservador, el Movimiento Nacional Progresista, Dejen Jugar al Moreno, junto con sectores del liberalismo y el conservatismo, sirvieron —en distintos grados— como plataformas para la influencia legislativa de las AUC. La red clientelar del grupo liderado por Jorge 40 se benefició, hacia 2003, de la contratación estatal en la prestación del servicio de salud y en el manejo de recursos públicos en varias regiones.

La respuesta judicial fue, en escala latinoamericana, sin precedentes. En noviembre de 2006 fueron arrestados los primeros tres congresistas; en febrero de 2008, cinco más; en marzo de ese mismo año, otros veintiséis; en julio, la expresidenta del Senado Dilian Francisca Toro. En total, 65 congresistas elegidos en 2006 quedaron bajo arresto. En marzo de 2010, la Corte Suprema condenó al exsenador Álvaro Araújo Castro a nueve años y tres meses de prisión por haber conspirado con Jorge 40 para ganar escaños. Cuarenta y tres congresistas renunciaron a sus curules para que la Corte los investigara en lugar de la Fiscalía, calculando penas más leves bajo esa jurisdicción. La Corte impuso, además de la cárcel, la muerte política: inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. El país aprendió en tiempo real que su Congreso había sido, en una proporción significativa, un producto del estado paralelo.

La infiltración del centro: DAS, Fiscalía y ramas judiciales

La parapolítica no se agotó en el Legislativo. Alcanzó también al Ejecutivo y a la justicia, y ese alcance obliga a matizar cualquier lectura que confine el estado paralelo a las periferias. Jorge Aurelio Noguera Cotes, quien había sido jefe de campaña del presidente Álvaro Uribe Vélez en el Magdalena, dirigió el Departamento Administrativo de Seguridad entre 2002 y 2005. En sentencia de 2017, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia estableció que Noguera puso el DAS al servicio de Jorge 40 y de los paramilitares de la costa Caribe. Patrocinó la creación del Grupo Especial de Inteligencia G3, que ejecutó labores de inteligencia y operaciones encubiertas al margen de la ley: hostigamientos, seguimientos y amenazas. Desde el DAS se compartió información obtenida ilegalmente con estructuras paramilitares y políticas. Sus bases de datos electorales fueron utilizadas para planear fraude en 2002; se borraron antecedentes penales de narcotraficantes y paramilitares; se elaboraron listas de ciudadanos señalados como aliados de la guerrilla que fueron posteriormente asesinados.

La cifra no permite eufemismos: el organismo encargado de la seguridad del Estado, bajo la dirección de un cuadro cercano al Ejecutivo, funcionó como oficina auxiliar de un aparato armado ilegal. En la rama judicial, el llamado Cartel de la Toga operó mediante funcionarios que desviaban investigaciones, dilataban procesos, utilizaban información privilegiada, alteraban evidencias y restaban credibilidad a testigos a cambio de pagos cuantiosos —en al menos un caso, cerca de 1.100 millones de pesos—. El paramilitarismo no solo capturó representantes locales: penetró el aparato central de seguridad, el investigativo y una parte de las cortes.

Es aquí donde la lectura del estado paralelo como fenómeno externo al Estado revela sus límites. Lo que las sentencias describen no es un asalto desde afuera sino una connivencia desde adentro. Por eso Mario Uribe Escobar, primo del presidente y expresidente del Senado, terminó investigado y condenado; por eso Iván Cepeda Castro construyó buena parte de su trabajo parlamentario en torno a la denuncia sostenida de esos vínculos; por eso figuras como Salvatore Mancuso, al negociar su desmovilización y luego al comparecer ante la Comisión de la Verdad, insistieron en la trama institucional que los sostuvo. El estado paralelo nombraba, en última instancia, un Estado consigo mismo.

Economía política del para-Estado

Todo aparato de poder requiere una base material. La del estado paralelo colombiano combinó tres fuentes: el narcotráfico, la apropiación de tierras y ganado, y la captura de contratación pública y regalías. El sur de Córdoba, el Urabá antioqueño y el bajo Atrato se transformaron de centros de acopio y corredores de comunicación en zonas con presencia de cultivos de coca y laboratorios para producción de cocaína. Los narcotraficantes invirtieron en grandes extensiones de tierra y ganado para legalizar sus ganancias, y ese proceso les otorgó poder económico y político, mientras la política antidroga se concentraba en el eslabón más débil: el cultivador.

La biografía de Carlos Castaño contiene una frase reveladora: "lo importante es el control de los territorios y si son de cultivos de coca mejor". La sentencia condensa la relación entre control territorial y economía cocalera que definió a las AUC. Figuras como Diego Fernando Murillo Bejarano, alias Don Berna; Carlos Mario Jiménez Naranjo, alias Macaco; y otros de extracción narcotraficante aprovecharon su asociación con las AUC para buscar sanear su situación jurídica bajo el estatus político. Otros, como Mancuso o Jorge 40, ya integrados con el narcotráfico, optaron por respaldarlo.

El escándalo del Proceso 8.000 —la financiación de la campaña presidencial de Ernesto Samper Pizano por parte del narcotráfico— había mostrado, ya en los años noventa, que la relación entre dinero ilícito y política nacional no era una novedad de los dos mil. Lo que cambió con la parapolítica fue la escala y la forma: no solo se trataba de aportes a campañas, sino de la construcción de listas, la asignación de curules por rotación, la captura de contratos públicos y la penetración de organismos de seguridad.

Genealogías teóricas: entre Weber, O'Donnell y Pearce

El estado paralelo no habría podido pensarse sin un aparato conceptual que le hiciera lugar. La ciencia política y la sociología históricas, entre los años ochenta y dos mil, ofrecieron los términos. Francisco Gutiérrez Sanín sistematizó la literatura académica sobre formación del Estado en tres vertientes: la sociológica weberiana —que arranca de Max Weber y su definición del Estado por el monopolio legítimo de la violencia—, la belicista —donde se inscribe Charles Tilly y su tesis de que la guerra hace al Estado y el Estado hace la guerra— y la institucionalista. Sobre ese trípode se apoyó buena parte de la investigación colombiana que intentó explicar por qué el Estado nacional nunca ejerció ese monopolio de manera efectiva en amplias regiones del país.

Guillermo O'Donnell aportó una distinción decisiva: dentro de un mismo Estado democrático coexisten áreas azules con instituciones efectivas y áreas cafés con gobernanza inefectiva, donde los ciudadanos ejercen una ciudadanía de baja intensidad y persisten subsistemas subnacionales de poder con base territorial y sistemas legales informales pero efectivos. El concepto describe el mapa colombiano con precisión notable: Bogotá y algunas capitales departamentales funcionan como áreas azules; buena parte del Magdalena Medio, Catatumbo, Urabá, Casanare y el sur de Córdoba, como áreas cafés. La democracia nacional convive con soberanías locales gestionadas por otros.

Jenny Pearce llevó la pregunta un paso más allá al sugerir que quizás lo que ocurre en América Latina no es Estado fallido sino forma perversa del Estado: una configuración en la que el propio Estado habilita múltiples formas de violencia, no como falla sino como modo de funcionamiento. La pregunta, planteada como interrogante y no como conclusión definitiva, ilumina el caso colombiano mejor que la retórica del fracaso: aquí no se trata de un Estado incapaz de imponerse sobre actores externos, sino de un Estado cuya relación con esos actores es constitutiva de su forma histórica. En la misma línea, muchos grupos armados ilegales no guerrilleros mantienen relaciones mutuamente beneficiosas con miembros de instituciones estatales, o están integrados por personal de seguridad activo, en un contexto de creciente militarización y criminalización de la disidencia.

Gutiérrez Sanín introdujo, además, el concepto de brokerage aplicado a contextos clientelistas como el colombiano: los brokers conectan actores a distintos niveles territoriales, y cuando su capacidad de conexión incorpora la coerción, aparece la figura del intermediario armado. Esa figura —el político regional con jefe paramilitar, el comandante con concejal, el fiscal con emisario— es la unidad mínima del estado paralelo colombiano. No la conspiración nacional, sino el nudo local.

La territorialidad difusa del Estado colombiano se ilustra con datos elocuentes: fronteras sin control efectivo, un estimado de 40% de predios urbanos sin títulos de propiedad en grandes ciudades y la circulación libre de armas, cocaína y dinero ilegal. Sobre ese suelo, la soberanía plena era imposible y los intermediarios entre lo legal y lo ilegal, indispensables.

La disputa por el concepto

Vale la pena volver, con más pausa, a la objeción que Gutiérrez Sanín ha formulado contra las lecturas más fuertes de la reconfiguración cooptada del Estado. Su reparo es que la evidencia no siempre alcanza para demostrar una intervención sistémica y coordinada. La observación tiene fuerza empírica: la penetración paramilitar fue desigual entre regiones, oportunista en muchos momentos y limitada en sus resultados —el proyecto de refundar el Estado declarado en Ralito no se consolidó, buena parte de sus firmantes terminó en la cárcel y las estructuras armadas se fragmentaron tras 2006—.

Pero la objeción, bien tomada, no anula el concepto: lo especifica. El estado paralelo colombiano no fue una arquitectura central con plano maestro, sino un patrón estructural con ejecuciones regionales heterogéneas. Su lógica de fondo —la delegación de la violencia, el clientelismo armado, la co-producción de soberanía— fue compartida; sus formas concretas variaron. Reconocerlo así permite integrar tanto los casos de cooptación densa (Córdoba, Sucre, Urabá) como los de penetración parcial o fallida, sin renunciar a la categoría.

Hay, además, un uso del concepto que conviene señalar sin celebrarlo. Su migración desde la academia hacia la jurisprudencia y el periodismo entre los noventa y los dos mil no fue neutral. Sirvió para nombrar y perseguir judicialmente la parapolítica —un logro considerable—, pero también permitió, a ratos, fijar una narrativa en la que la parapolítica aparecía como anomalía paralela al Estado, cuando las sentencias mismas documentan que la connivencia institucional directa —desde el DAS hasta las Fiscalías seccionales, desde el Ejército hasta las cortes— fue parte constitutiva del fenómeno. Llamar paralelo a algo que en buena medida fue interno es una elección política, no solo analítica.

La huella: neoparamilitarismo y continuidades

Tras la desmovilización de las AUC negociada con el gobierno de Álvaro Uribe entre 2003 y 2006, el fenómeno no se cerró. Los llamados grupos armados posdesmovilización —las organizaciones que surgieron después de aquel proceso o que no se acogieron a él— heredaron rutas, contactos, territorios y en muchos casos mandos medios. Las Autodefensas Gaitanistas de Colombia, también conocidas como Urabeños o AGC, ocuparon un lugar central en esa continuidad. Aprovecharon el caos generado en la Oficina de Envigado para intentar establecer su dominio en Medellín, y su expansión hacia zonas rurales y fronterizas dibujó un mapa en el que coexistieron con guerrillas y afectaron especialmente a poblaciones desplazadas, víctimas, indígenas y comunidades afrodescendientes.

El proceso de desmovilización fracasó en garantizar la reintegración plena de los combatientes, el empleo, el apoyo económico, la seguridad de los jefes y sus familias y, sobre todo, la evitación de la extradición. Ese fracaso alimentó las estructuras posdesmovilización. En el Eje Cafetero, el periodo 2003-2016 puede caracterizarse como uno de desmovilizaciones y fortalecimiento simultáneo de bandas criminales, con persistencia de violencia urbana y retos rurales vinculados a estructuras herederas del narcoparamilitarismo. El estado paralelo, si el concepto sirve para algo hoy, sobrevive mutado: menos ideológico, más fragmentado, más entrelazado con economías criminales globales, pero conservando la lógica de fondo —regulación armada de territorios, clientelismo con brokers coercitivos, connivencia intermitente con agentes estatales—.

Balance

Vista en conjunto, la trayectoria del concepto de estado paralelo en Colombia enseña varias cosas. Que su fuerza descriptiva es real: hay un patrón estructural —delegación de la violencia, clientelismo armado, co-producción de soberanía— que atraviesa medio siglo de historia y que no puede reducirse a episodios sueltos. Que su nombre es parcialmente engañoso: lo que llamamos paralelo fue, en amplias regiones y en momentos decisivos, interno, y la contabilidad histórica debe cargar la responsabilidad al Estado central tanto como a los aparatos armados regionales. Que el fenómeno no fue homogéneo ni tuvo plano maestro: fue una constelación de arreglos locales con lógica compartida, lo que explica tanto su persistencia como sus límites.

La judicialización de la parapolítica, con más de sesenta congresistas presos y con la muerte política impuesta por la Corte Suprema, constituye un capítulo sin equivalente reciente en América Latina. Pero el mismo país que produjo ese ajuste de cuentas judicial vio, en paralelo, la reconstitución del fenómeno bajo nuevas siglas. El concepto de estado paralelo seguirá siendo útil mientras esa dialéctica —entre la captura y su nombramiento, entre la delegación y su judicialización— siga operando en el país. Ese es, quizás, el mejor argumento para no descartarlo: nombra algo que la historia colombiana no termina de resolver.