Connivencia militar-paramilitar en Colombia: ¿doctrina de Estado o desviación individual?
Entre 1962 y 2010, unidades del Ejército, la Armada, el DAS y la Policía coordinaron operaciones con estructuras paramilitares que masacraron a más de 1.700 personas solo entre 1997 y 2000. El debate central es si esa connivencia fue la aplicación operativa de una doctrina contrainsurgente codificada desde los años sesenta o el producto de desviaciones individuales de oficiales corruptos.
¿Fue la connivencia militar-paramilitar en Colombia doctrina de Estado o desviación individual?
Entre 1962 y 2010, unidades del Ejército, la Armada, la Policía y el Departamento Administrativo de Seguridad coordinaron operaciones, compartieron inteligencia, trasladaron combatientes en aviones oficiales, entregaron listas de personas para asesinar y encubrieron a estructuras paramilitares que masacraron a más de 1.700 personas solo entre 1997 y 2000. La pregunta no es si estos hechos ocurrieron —hay sentencias de la Corte Interamericana, condenas de la Corte Suprema, versiones libres de Justicia y Paz e informes de la Comisión de la Verdad que los establecen—, sino qué revelan sobre el Estado colombiano: si fueron desviaciones individuales de oficiales corruptos —la tesis oficial durante décadas, la de las "manzanas podridas"— o la aplicación operativa de una doctrina contrainsurgente que subcontrató la guerra sucia a irregulares con cobertura institucional. De la respuesta depende el diagnóstico sobre la naturaleza del régimen que gobernó Colombia durante medio siglo y sobre la subordinación real del poder militar al poder civil.
Qué se juega en la pregunta
La tesis de las "manzanas podridas" —sostenida durante años por sucesivos gobiernos, altos mandos y una parte del establecimiento judicial— afirma que los vínculos entre agentes estatales y paramilitares fueron episodios aislados, producto de la codicia, la infiltración narco o la temeridad de oficiales que actuaron por cuenta propia. Bajo esa lectura, el Estado colombiano habría sido víctima de sus propios funcionarios díscolos, no cómplice estructural del paramilitarismo. La Fuerza Pública, en su conjunto, permanecería como institución legítima que enfrentó dos amenazas simétricas: guerrilla y autodefensas ilegales.
La tesis contraria, que este artículo sostiene, es que la connivencia fue la aplicación operativa de una doctrina contrainsurgente codificada desde los años sesenta —la del "enemigo interno"— que autorizaba, promovía y protegía la delegación de la violencia sucia a civiles armados. La coordinación entre brigadas territoriales y bloques paramilitares no fue un accidente sino un diseño: la Fuerza Pública subcontrató la ejecución de crímenes que no podía cometer directamente sin costo institucional, y el sistema de justicia penal militar y de inteligencia proveyó la cobertura ex post que hizo el arreglo sostenible.
Lo que se juega en la elección entre ambas lecturas es la responsabilidad estatal estructural, la interpretación del período 1997-2010 en la memoria histórica y el juicio sobre si Colombia tuvo, en rigor, un régimen democrático con subordinación civil plena de las Fuerzas Armadas o un sistema híbrido en el que sectores militares operaron con autonomía de hecho.
Los términos del debate
La lectura de las "manzanas podridas" tiene dos versiones. La versión fuerte —hoy prácticamente insostenible— niega la sistematicidad y atribuye los hechos a oficiales aislados. La versión moderada, más plausible, admite patrones regionales pero los explica como fenómenos de captura local: brigadas específicas fueron corrompidas por élites regionales, narcotraficantes o comandantes ambiciosos, sin que exista una política central. El Estado colombiano habría sido permeable, no cómplice; débil, no responsable.
La tesis doctrinaria también admite gradaciones. Su versión maximalista sostendría que el paramilitarismo fue creación directa del Estado, gestionado desde el centro, y que las AUC operaron como brazo delegado del alto mando. La versión más rigurosa afirma algo distinto: la doctrina contrainsurgente heredada de la Guerra Fría proveyó el marco habilitante, la cobertura jurídica y la arquitectura institucional sin los cuales el paramilitarismo no habría alcanzado escala nacional. Su traducción operativa, sin embargo, fue heterogénea, con fuerte iniciativa de mandos medios, élites regionales y actores del narcotráfico que colonizaron ese marco para fines propios.
El debate real, entonces, se juega entre una lectura que preserva la legitimidad estatal fragmentando la responsabilidad y otra que reconoce complicidad estructural aceptando que el sistema fue federado, no unitario.
La arquitectura doctrinaria: 1962-1968
El punto de partida es normativo. El Decreto Legislativo 3398 de 1965, expedido bajo estado de excepción, estableció en su artículo 25 que todos los colombianos no comprendidos en el llamamiento al servicio militar obligatorio podían ser utilizados por el gobierno en actividades relacionadas con la defensa nacional. Tres años después, la Ley 48 de 1968 convirtió ese decreto —junto con el 1667 de 1966— en legislación permanente. Sobre esa base legal se construyó durante dos décadas la figura de las "juntas de autodefensa": grupos civiles armados por el Estado para tareas contrainsurgentes.
El marco doctrinario que dio contenido a esa arquitectura legal vino de afuera. La visita del general William P. Yarborough a Colombia dejó, en un anexo secreto de su informe, la recomendación de desarrollar una estructura civil-militar que ejecutara actividades paramilitares, de sabotaje y terrorismo contra comunistas conocidos, con respaldo estadounidense. La doctrina se nutrió también de la experiencia colonial francesa en Vietnam y Argelia, revisada por estrategas norteamericanos a partir de Filipinas, Malasia y Kenia. Los manuales contrainsurgentes colombianos de 1963 y 1979 ordenaron incluir a la población civil en la guerra y organizar militarmente a los habitantes en juntas de autodefensa para "protegerse de guerrillas y apoyar operaciones de combate".
Esta arquitectura no fue un accidente burocrático. Fue una política deliberada de delegación de la violencia contrainsurgente a civiles armados, con precedentes en los Llanos Orientales de 1952-1953 y continuidad ininterrumpida hasta que el Decreto 815 de 1989 y sentencias posteriores la declararon inconstitucional. Durante veintiún años, la ley colombiana autorizó explícitamente lo que después de 1989 pasó a ser ilegal pero no dejó de practicarse: la conformación de grupos civiles armados en coordinación con la Fuerza Pública. La reaparición de esa figura bajo el rótulo de las Convivir en los años noventa cierra el arco de continuidad.
El aparato de inteligencia como Estado clandestino
Si la doctrina proveyó el marco habilitante, los aparatos de inteligencia proveyeron la infraestructura operativa. Tres estructuras concentran el patrón: la Brigada XX de Inteligencia y Contrainteligencia del Ejército, la Red de Inteligencia No. 07 de la Armada Nacional y el DAS bajo la dirección de Jorge Noguera Cotes.
La Brigada XX operaba con un doble registro de hojas de vida que permitía presentar a sus funcionarios como civiles ante investigaciones judiciales o disciplinarias, desviando así las pesquisas. Fue señalada por participar en ejecuciones extrajudiciales, torturas y desapariciones forzadas en coordinación con grupos paramilitares. Tras el asesinato del abogado Eduardo Umaña Mendoza el 18 de abril de 1998, y ante las declaraciones del fiscal general Alfonso Gómez Méndez sobre implicaciones de la brigada, el Ejército ordenó su desmonte en mayo de ese año, reconociendo que estaba implicado un oficial superior en el crimen. El mayor Iván Ramírez Quintero, comandante de la Brigada XX y ex jefe de Operaciones de la Binci, había sido señalado como uno de los creadores de la Triple A; en 1992 ascendió a director nacional de Inteligencia. Su trayectoria muestra que la coordinación con estructuras paralelas no era obstáculo para la carrera.
La Red 07 de la Armada, creada en 1991 y dirigida por el capitán Juan Carlos Álvarez Gutiérrez, operó en el Magdalena Medio con base en Barrancabermeja. Sus miembros —el suboficial Carlos David López Maquillón, Ancizar Castaño Buitrago y agentes como Miguel Antonio Durán o Milton Martínez Plata— combinaron oficiales, suboficiales y sicarios contratados. Uno de ellos, Felipe Gómez, recibió instrucción militar de grupos paramilitares del Magdalena Medio y organizó estructuras paramilitares en varios municipios. En 1994, un tribunal militar absolvió al teniente coronel Rodrigo Quiñones y a otros siete militares de la Red, pese a que la Procuraduría demostró que Quiñones estaba al frente de la estructura y pese a la evidencia de que la Red planeó, ordenó y pagó a paramilitares para cometer asesinatos. La responsabilidad institucional recaía en el Jefe del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, y de ese mismo Estado Mayor se desembolsaban los fondos.
El DAS, bajo Noguera Cotes, funcionó como un tercer nodo. Noguera fue condenado en 2011 por concierto para delinquir agravado con paramilitares y como autor mediato del homicidio del sociólogo Alfredo Correa de Andreis, ordenado por una troika compuesta por políticos, funcionarios del DAS encabezados por Noguera y el paramilitar Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40. Noguera designó directores seccionales que colaboraran con el paramilitarismo, al menos en Norte de Santander —a favor del Bloque Catatumbo— y en la Costa Atlántica —a favor del Bloque Norte—. El jefe de Informática, Rafael García, modificó las bases de datos de la entidad y borró órdenes de captura contra narcotraficantes. Junto con el secretario general, Gian Carlo Auque di Silvestre, borró expedientes de reconocidos narcoparamilitares. En Nariño, el DAS entregó a las autodefensas nombres, direcciones y fotografías de personas para ser asesinadas, y copias de procesos judiciales abiertos contra paramilitares.
Que estas tres estructuras hayan operado durante años con conocimiento del alto mando y sin desmonte oportuno permite hablar, con fundamento, de un Estado clandestino: un aparato de inteligencia con autonomía de hecho, coordinado con el paramilitarismo, protegido por el fuero penal militar y por el poder ejecutivo. No es una figura retórica. Es una descripción operativa de lo que ocurría dentro del Estado formal.
Mapiripán, Génesis y Cacarica: el caso de laboratorio
Ninguna operación revela mejor la coordinación logística entre Fuerza Pública y paramilitares que la masacre de Mapiripán, ejecutada entre el 15 y el 20 de julio de 1997 por miembros de las ACCU/AUC, que torturaron, desmembraron, desvisceraron y degollaron a aproximadamente 49 personas y arrojaron sus restos al río Guaviare. La operación exigió el traslado de combatientes desde Urabá hasta el Guaviare en aviones que aterrizaron en San José del Guaviare con coordinación de miembros de la Fuerza Pública. Salvatore Mancuso y alias El Cura declararon ante la justicia que el general Rito Alejo del Río, entonces comandante de la Brigada XVII, coordinó el despegue de los aviones desde Urabá, aunque la justicia no ha probado formalmente esas acusaciones específicas contra Del Río. El coronel Lino Hernando Sánchez, coordinador operativo de la Brigada Móvil 2, actuó como facilitador de suministros militares y garante de la entrada de los paramilitares a la región sin enfrentamiento con la Fuerza Pública. La Convivir de San Martín (Meta), dirigida por Pablo Trigos, participó en la planeación, según el testimonio de alias Carecuchillo.
Durante los días de la masacre, el mayor Hernán Orozco Castro, comandante de inteligencia del Batallón Joaquín París, envió un fax al general Jaime Uscátegui, comandante de la VII Brigada en Villavicencio, alertando sobre la presencia de hombres armados y calificando la información como confiable, confirmada y seria. Recomendó el envío inmediato de tropas. No se tomó ninguna acción. Dos meses después, Uscátegui ordenó a Orozco presentar un segundo fax fraudulento con la misma fecha y número de registro, minimizando la información y sustituyendo la identificación de los armados como paramilitares por "presuntos guerrilleros". Orozco declaró haber cumplido por miedo a represalias. La falsificación buscaba justificar la inacción y preservar la candidatura de Uscátegui a comandar una fuerza antidroga financiada por Estados Unidos.
Siete meses antes, entre el 24 y el 27 de febrero de 1997, la Décimo Séptima Brigada del Ejército ejecutó la Operación Génesis en el área de los ríos Salaquí y Truandó, formalmente dirigida contra el frente 57 de las FARC-EP. Simultáneamente, del 23 de febrero al 5 de marzo, grupos paramilitares de las ACCU —Bloque Chocó y grupo Pedro Ponte— ejecutaron la Operación Cacarica. La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 20 de noviembre de 2013 estableció que la Operación Génesis fue ejecutada conjuntamente por el Ejército y los paramilitares, y declaró al Estado colombiano responsable de violaciones de derechos humanos, incluyendo el desplazamiento forzado de miles de personas y el asesinato del líder campesino Marino López Mena, ejecutado en el caserío Bijao y desmembrado con un machete. Rito Alejo del Río fue condenado por la Corte Suprema de Justicia en 2012 por delitos relacionados con su auxilio a los paramilitares.
El patrón se repite en Urabá con las Convivir como canal de coordinación entre paramilitares —Bloques Élmer Cárdenas, Bananero y Tolová— y la Décimo Séptima Brigada: despeje de áreas, retardo deliberado en la llegada de tropas, operaciones militares conjuntas. En Riosucio, miembros de las ACCU usaron uniformes y fusiles de la Fuerza Pública durante la toma, planeada desde el comando de la Policía del Chocó en reunión entre alias el Alemán, Raúl Emilio Hasbún y el teniente coronel Rigoberto Ambrosio Ojeda Prieto. El Bloque Mineros coordinaba con la Policía el ingreso y permanencia de sus grupos urbanos en las cabeceras municipales para actividades sicariales.
Que estos hechos ocurrieran en regiones distintas —Chocó, Meta, Antioquia, Córdoba— bajo brigadas distintas y comandantes distintos, con patrones operativos convergentes (suministro logístico, despeje de áreas, coordinación por radioteléfono, cobertura ex post), es incompatible con la hipótesis de la desviación individual. Un accidente no se repite con esa geometría.
La impunidad como pegamento del sistema
Si la coordinación fue el ejecutor y la doctrina el marco, la impunidad fue el pegamento. La justicia penal militar operó durante décadas como el mecanismo institucional que protegía a los oficiales implicados: el general Faruk Yanine Díaz fue absuelto en su momento por la Justicia Penal Militar, y solo en junio de 2008 la Fiscalía reabrió el caso llamándolo a indagatoria. El teniente coronel Quiñones y los siete militares de la Red 07 fueron absueltos en 1994 pese a la evidencia.
Pero la protección no vino solo del fuero castrense. Vino también del poder ejecutivo y de la Fiscalía General. El fiscal general Luis Camilo Osorio, días después de posesionarse en 2001, liberó a Rito Alejo del Río de prisión, y tres años después cerró el caso en su contra. Varios fiscales y funcionarios de la Unidad Nacional de Derechos Humanos que habían tramitado medidas de aseguramiento contra Del Río fueron forzados al exilio, principalmente en 2001. En 2014, Semana denunció que Del Río, ya preso en prisión militar tras su condena de 2012, mantenía ascendencia sobre oficiales en servicio.
La impunidad sistemática, coordinada entre justicia militar, Fiscalía y presión política, sostuvo materialmente la coordinación operativa. El sistema protegía a los oficiales que delinquían, y esa protección atravesó tres gobiernos: Samper, Pastrana, Uribe. Un pacto institucional civil-militar que sobrevivió a los relevos presidenciales no puede describirse como accidente.
Los falsos positivos: la práctica protocolizada
La lectura de los falsos positivos como fenómeno aislado del período 2002-2008 se sostiene difícilmente cuando se los sitúa en la genealogía completa. El Bloque Norte de las AUC llevó a cabo ejecuciones extrajudiciales presentadas como bajas en combate con apoyo de la Fuerza Pública, y viceversa, en los departamentos del Atlántico, Cesar, La Guajira y Magdalena. La presión institucional por resultados medidos en "bajas" —comandantes exigiendo cifras, capturas convertidas en bajas por presión desde arriba, condecoraciones, primas y ascensos por resultados— fue documentada como factor significativo. Oficiales del Ejército se valieron de delincuentes e informantes para fraguar montajes presentados como "positivos".
El testimonio de un exguerrillero convertido en paramilitar, alias Danilo, señala que las ejecuciones y las listas de muerte funcionaban como pruebas de lealtad en la estructura paramilitar, dinámica paralela a la lógica de "resultados" del Ejército. El testimonio recogido por el CNMH en Villavicencio en 2014 sobre el caso de Eider Quiguanas documenta que tropas del FUDRA y de la Séptima Brigada actuaron conjuntamente, informando a la familia que la víctima había sido asesinada por ser "un terrorista".
Philip Alston, relator especial de la ONU, tras visitar Colombia en junio de 2009, declaró que las ejecuciones extrajudiciales eran cercanas a ser sistemáticas, aunque no encontró evidencia de que fueran política oficial ni ordenadas directamente por el presidente o los ministros de Defensa. Esa formulación —sistemáticas sin ser ordenadas desde el vértice— captura precisamente la naturaleza del arreglo: una práctica que se reproduce en múltiples unidades porque el sistema de incentivos, la impunidad y la doctrina compartida la vuelven racional a nivel operativo, sin necesidad de una orden central.
El veredicto
La connivencia militar-paramilitar en Colombia entre 1962 y 2010 no fue una suma de desviaciones individuales. Fue la aplicación operativa de una doctrina contrainsurgente heredada de la Guerra Fría —codificada en el Decreto 3398 de 1965, la Ley 48 de 1968 y los manuales de 1963 y 1979— que autorizó, promovió y protegió la delegación de la violencia contrainsurgente a civiles armados. Esa doctrina sobrevivió a su declaratoria de inconstitucionalidad en 1989 mediante mutaciones legales —las Convivir— y prácticas informales sostenidas por la Fuerza Pública, los aparatos de inteligencia, el fuero penal militar y presiones políticas concretas sobre la Fiscalía.
Los tres nodos de inteligencia —Brigada XX, Red 07, DAS— operaron como un Estado clandestino con autonomía de hecho. La coordinación en Mapiripán, Cacarica-Génesis, el Urabá bajo la Brigada XVII y el Magdalena Medio bajo la Red 07 revela patrones convergentes que no admiten explicación por casualidad. La impunidad sostenida a lo largo de tres gobiernos indica un pacto institucional, no episodios aislados. Los falsos positivos son la masificación de prácticas previamente protocolizadas en alianza con paramilitares.
La tesis maximalista, que reduce el paramilitarismo a instrumento centralizado del alto mando, tampoco se sostiene. La traducción operativa de la doctrina fue heterogénea y fragmentada. La agencia de las élites regionales —ganaderos del Magdalena Medio, bananeros del Urabá, políticos locales— fue tan determinante como la doctrina militar. El triángulo fundacional del Magdalena Medio —militares, ganaderos, narcotráfico— muestra que actores civiles con intereses económicos concretos fueron promotores activos. Desde mediados de los ochenta, el peso creciente del narcotráfico, con Gonzalo Rodríguez Gacha y Pablo Escobar invirtiendo masivamente en tierras y comprando estructuras paramilitares, desplazó progresivamente la lógica doctrinaria por lógicas de acumulación territorial. El testimonio de Ramón Isaza sobre militares que dispararon contra paramilitares para permitir la huida de Escobar, o que avisaban a paramilitares sobre operativos antinarcóticos, muestra que las relaciones no fueron uniformemente cooperativas: hubo ambivalencia, competencia y tensión.
El Estado colombiano fue cómplice estructural del paramilitarismo, pero no su director unificado. La doctrina contrainsurgente proveyó el marco habilitante y la cobertura institucional sin los cuales el paramilitarismo no habría alcanzado escala nacional; los mandos medios, las élites regionales y las estructuras del narcotráfico colonizaron ese marco para fines propios; la impunidad mantuvo coherente un sistema operativamente federado. La lectura de las "manzanas podridas" es insostenible: no explica la geometría de los patrones, ni la continuidad a través de tres gobiernos, ni la coordinación logística entre unidades distantes, ni la protección sistemática desde la Fiscalía. La lectura doctrinaria maximalista es demasiado gruesa: no captura la fragmentación real ni el papel autónomo de actores civiles y narcotraficantes. Entre ambas, la lectura correcta es la de complicidad estructural con ejecución federada.
La consecuencia es grave. Si la coordinación fue estructural y no accidental, la subordinación civil de las Fuerzas Armadas en Colombia estuvo, durante décadas, comprometida de facto. No en el sentido de un régimen militar abierto, sino en el sentido de que sectores del aparato militar y de inteligencia operaron con márgenes de autonomía incompatibles con la lógica democrática, y que el poder civil —ejecutivo, legislativo, judicial— toleró, encubrió o participó activamente en esa autonomía.
Lo que queda abierto
Cuatro flancos permanecen sin cerrar. El primero es la cadena de mando exacta en operaciones como Mapiripán: las declaraciones de Mancuso y alias El Cura contra Rito Alejo del Río por su papel en el despegue de los aviones desde Urabá no han sido probadas judicialmente en ese caso específico, y su condena de 2012 fue por otros hechos. Establecer si existió una decisión centralizada o si se trató de coordinaciones ad hoc entre comandantes regionales sigue siendo objeto de investigación.
El segundo es la responsabilidad presidencial directa en las prácticas más graves. Alston no encontró evidencia de que los falsos positivos fueran ordenados desde el vértice, aunque los describió como sistemáticos. La distancia entre práctica sistemática y orden presidencial permanece sin resolver.
El tercero es el peso relativo de la doctrina frente al narcotráfico en la fase 1994-2005 de expansión de las AUC. La consolidación paramilitar en esos años exhibe una hibridación de motivos —contrainsurgencia, acumulación territorial, control de rutas de coca— cuya proporción varía por región y por bloque.
El cuarto es la eficacia real de las Convivir como canal formal de la coordinación posterior a 1994. Hay testimonios claros de su uso en Urabá y el Meta, pero el mapa completo de su articulación con brigadas territoriales y bloques paramilitares aún no está trazado.
Que estas preguntas permanezcan abiertas no debilita el diagnóstico central. Lo matiza. La complicidad estructural del Estado colombiano con el paramilitarismo entre 1962 y 2010 está establecida por sentencias internacionales, condenas nacionales y evidencia documental convergente. Lo que sigue en discusión es el alcance de la cadena de mando y la proporción exacta entre doctrina, negocio y captura regional en cada bloque.