Ricardo Sabogal Urrego
Posconflicto
La biografía
Ricardo Sabogal Urrego fue el funcionario que le puso rostro y método a la restitución de tierras en Colombia. Durante casi siete años dirigió la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, la entidad creada por la Ley 1448 de 2011 para reparar en vida —no solo sobre el papel— a las víctimas del despojo. Su gestión coincidió con el momento más ambicioso de la política de tierras del santismo: una apuesta tecnocrática por reparar mientras el conflicto armado seguía activo, con jueces especializados, un registro nacional de predios despojados y una arquitectura de microfocalización coordinada con el Ministerio de Defensa. El balance de esa apuesta —29.185 hectáreas restituidas a junio de 2014 frente a más de ocho millones abandonadas o despojadas— pone en escala, con la aridez de las cifras, tanto la promesa como el país que la recibió.
Línea de vida
- 2011
Creación de la URT y asunción de la dirección
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Tras la promulgación de la Ley 1448 el 10 de junio de 2011, Sabogal asumió la dirección de la recién creada Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, entidad adscrita al Ministerio de Agricultura bajo el gobierno Santos, encargada de llevar el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas, tramitar reclamaciones y administrar el Fondo de Restitución de Tierras.
- 2012
Despliegue territorial y primeros procesos de microfocalización
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La URT bajo su dirección desplegó oficinas territoriales en las regiones más afectadas por el despojo —Urabá, Montes de María, Cesar, Tolima, Meta, Nariño y Chocó— y comenzó a operar el mecanismo de focalización y microfocalización coordinado con el Ministerio de Defensa a través del CI2RT, habilitando los primeros municipios para recibir solicitudes de restitución en pleno conflicto armado.
- 2013
Operación bajo amenazas y primeras sentencias emblemáticas
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La URT continuó sus labores mientras el 'ejército antirrestitución' en el Cesar y Los Rastrojos profirieron amenazas contra funcionarios, reclamantes y periodistas. En marzo de 2013 se produjo la primera condena por homicidio de un reclamante de tierras —Rogelio Martínez, en San Onofre, Sucre—. Sabogal defendió públicamente la política y la lógica de la microfocalización como garantía de retorno seguro.
- 2014
Balance a tres años: 29.185 hectáreas restituidas frente a ocho millones despojadas
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A junio de 2014 la URT había restituido 29.185 hectáreas correspondientes a 1.277 solicitudes, una fracción mínima de las más de ocho millones de hectáreas abandonadas o despojadas. Sabogal respondió públicamente por esa brecha argumentando que la calidad del proceso y el precedente jurisprudencial eran métricas igualmente válidas. Hasta enero de 2014 no se había proferido ninguna sentencia sobre territorios colectivos en Putumayo.
- 2015
Avances en restitución étnica y casos emblemáticos
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Se profirió sentencia en el caso Renacer Negro en Timbiquí, uno de los primeros fallos en el carril étnico. La URT documentaba 117 casos de restitución de territorios étnicos, pero solo una fracción llegaba ante los jueces, evidenciando la asimetría estructural entre el carril campesino mestizo y el étnico colectivo.
- 2018
Entrega de la entidad al gobierno Duque
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Al término del gobierno Santos, Sabogal entregó una Unidad de Restitución de Tierras todavía funcional a la administración Iván Duque, bajo la cual la política de restitución perdería la centralidad simbólica del sexenio anterior. Su gestión de casi siete años al frente de la entidad fue la más larga en la historia de la institución.
La cara institucional de una promesa
Sabogal no llegó a la política de tierras desde el activismo campesino ni desde la academia militante. Llegó desde la administración pública, con la trayectoria discreta de los funcionarios que se forman en el Ministerio de Agricultura y en las agencias del sector rural. Esa procedencia —la del gestor antes que la del ideólogo— explica en buena medida cómo se paró frente al cargo. La Unidad de Restitución de Tierras, creada por la Ley 1448, no era una entidad diseñada para agitar consignas ni para conducir una reforma agraria: era una máquina técnica encargada de llevar el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente, recibir y tramitar reclamaciones, y administrar el Fondo de Restitución de Tierras. Su director tenía que combinar la sensibilidad política suficiente para operar en zonas de conflicto activo con la disciplina administrativa capaz de sostener miles de expedientes en marcha simultánea.
Bajo ese doble mandato, Sabogal se convirtió en el vocero natural de la política. Fue él quien explicó ante el país, año tras año, por qué las cifras no crecían al ritmo de la promesa; quien defendió la lógica de la microfocalización cuando las víctimas reclamaban celeridad; quien firmó los convenios con la fuerza pública para proteger a jueces y reclamantes; y quien, ya en el ocaso del gobierno Santos, entregó una entidad todavía funcional a la administración Duque —bajo la cual la política de restitución perdería la centralidad simbólica que había tenido durante el sexenio anterior. La suya fue la trayectoria del funcionario que sobrevive a un mandato entero al mando de una política polémica, sin escándalos personales que lo desbanquen, sin la altura pública de un ministro y sin la protección mediática de un tecnócrata estrella. Su centralidad no está en el carisma sino en la persistencia: fue el operador continuo de una promesa que se formuló con seriedad normativa y se ejecutó con las herramientas —y los límites— del Estado colombiano.
Los orígenes de una política y de su gestor
La Ley 1448 fue promulgada el 10 de junio de 2011 y publicada en el Diario Oficial 48.096 bajo el título "Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones". Fue el hito legislativo con el que el gobierno de Juan Manuel Santos —a menos de un año de inaugurado— modificó el modelo de justicia transicional heredado del uribismo. Donde la Ley 975 de 2005, la llamada Ley de Justicia y Paz, había puesto el peso en la desmovilización paramilitar y en beneficios penales para los excombatientes, la nueva ley reordenó las prioridades: la reparación integral pasó a ser el eje, y dentro de ella, la restitución de tierras se erigió como pieza central. La Ley 1448 definió la reparación como un derecho de las víctimas, y no como una gracia administrativa o una política discrecional del Estado.
Fue Juan Camilo Restrepo, primer Ministro de Agricultura del gobierno Santos, quien encabezó la formulación política de la restitución y quien defendió la ley en el Congreso. El Ministerio de Agricultura tuvo la responsabilidad directa de la política durante el sexenio santista, y bajo su alero se instaló la Unidad de Restitución de Tierras como entidad adscrita. La dirección recayó en Sabogal, quien la ejerció con una continuidad poco común en el sector público colombiano.
Su labor arrancó en un contexto sin precedentes comparados. La restitución bajo la Ley 1448 comenzó a implementarse en pleno conflicto armado, antes de la firma de cualquier acuerdo de paz con las FARC-EP —cuando las negociaciones de La Habana ni siquiera habían empezado. Esa cronología, atípica a nivel internacional, marcó todo lo que vino después. Como el propio Restrepo señalaría comparando el caso colombiano con el sudafricano, en la mayoría de experiencias comparadas la restitución arranca después de firmados los acuerdos, cuando el Estado ya no compite con actores armados por el control territorial. Colombia hizo lo contrario: convirtió la restitución en política pública mientras las balas seguían cayendo. Y quien tuvo que traducir ese anacronismo en trámites, plazos y ventanillas fue Sabogal.
La arquitectura de la restitución en marcha
Los primeros años de la Unidad se dedicaron a montar la infraestructura sin la cual la ley no pasaba de letra impresa. Sabogal y su equipo levantaron un registro nacional de solicitudes, definieron los procedimientos internos para verificar reclamaciones, establecieron protocolos de comprobación con un plazo de cuatro meses tras la inscripción, y desplegaron oficinas territoriales en las regiones más golpeadas por el despojo: Urabá antioqueño, Montes de María, Cesar, Tolima, Meta, Nariño, el Chocó biogeográfico. Cada oficina era, al mismo tiempo, un puesto de escucha de víctimas y un frente de riesgo: los funcionarios de la URT trabajaban en municipios donde el "ejército antirrestitución" no era una amenaza retórica.
El proceso operaba en dos fases. La administrativa, a cargo de la Unidad, iba de la reclamación inicial hasta la inscripción en el Registro de Tierras Despojadas y la posterior demanda ante los jueces especializados, pasando por la investigación del predio y la reconstrucción de la ruta del despojo. La judicial quedaba en manos de esos jueces, creados también por la ley, quienes proferían las sentencias de restitución. Este diseño, elegante sobre el papel, tenía una consecuencia poco publicitada: más de la mitad de las solicitudes no pasaban los filtros de la Unidad. Eran rechazadas antes de llegar al juez, sin que procediera la demanda. Muchos reclamantes salían de la URT con la percepción de que el Estado los había vuelto a rechazar; otros quedaban por fuera del universo protegido por la ley porque el despojo había ocurrido antes del 1 de enero de 1991, fecha de corte de la 1448 que dejó sin cobertura al desplazamiento silencioso de la década de los ochenta.
La pieza más sofisticada —y también la más criticada— de la arquitectura fue la focalización y microfocalización de áreas. La ley previó que el estudio de las reclamaciones procediera gradualmente, según la densidad de despojos, las condiciones de seguridad y las posibilidades reales de retorno. En la práctica esto significaba que la URT no podía abrir procesos de restitución en cualquier municipio: primero tenía que declararlo microfocalizado, lo que requería el visto bueno de la fuerza pública. La instancia que tomaba esas decisiones era el Comité Integrado de Restitución de Tierras (CI2RT), regulado por el Decreto Ley 4829 de 2011 y el Decreto 599 de 2012, y anclado en el Ministerio de Defensa. Lo integraban, entre otros, el ministro de Defensa, el comandante general de las Fuerzas Militares, los comandantes de cada fuerza, el director general de la Policía, el viceministro para Políticas y Asuntos Internacionales y el jefe de Inteligencia y Contrainteligencia Militar Conjunta. En el nivel local, el Comité Operativo Local de Restitución de Tierras (COLR) coordinaba la implementación.
Sabogal defendió públicamente este mecanismo como garantía de seriedad —restituir sin condiciones de seguridad era, según él, condenar al reclamante a un segundo desplazamiento— y a la vez tuvo que soportar las críticas de organizaciones de víctimas que veían en la microfocalización un veto de facto del Ministerio de Defensa sobre la política de tierras. En municipios no microfocalizados, el número de solicitudes recepcionadas caía muy por debajo de los índices reales de desplazamiento: la ausencia formal de un municipio en el mapa de la URT desestimulaba a las víctimas para acercarse. La microfocalización, en suma, era simultáneamente el paso que habilitaba la restitución y el filtro que la contenía.
Otro pilar del diseño era la inversión de la carga de la prueba. Cuando se comprobaban presiones violentas sobre el predio reclamado, correspondía al opositor —el tenedor actual— demostrar la legalidad de su adquisición, y no al reclamante demostrar el despojo. Este mecanismo, ajeno al derecho civil ordinario, fue una de las conquistas más importantes de la ley y una de las razones por las cuales sectores hacendados y gremios ganaderos se resistieron a su aplicación durante todo el sexenio. La URT también podía recibir predios para administrar cultivos cuando se producía la restitución jurídica con oposición, como ocurrió con la Parcela 9 de Buenos Aires y con la finca La Esmeralda en Tibú, Norte de Santander.
La geografía del proceso y los límites de la promesa
Los mapas de la restitución dicen más que cualquier discurso sobre la naturaleza estructural del problema. A junio de 2014, tras tres años completos de implementación, la URT había restituido 29.185 hectáreas correspondientes a 1.277 solicitudes. La política aspiraba a devolver más de ocho millones de hectáreas abandonadas o despojadas: una distancia que ninguna gestión iba a cerrar en un sexenio.
Sabogal tuvo que responder por esa distancia en cada rendición de cuentas. Su argumento —repetido con paciencia burocrática— era que la restitución no se medía en hectáreas por año sino en la calidad del proceso, en las condiciones para el retorno seguro y en la construcción de un precedente jurisprudencial. Con el tiempo, ese argumento fue matizándose. Para el 28 de febrero de 2021, ya bajo el gobierno Duque y con Sabogal fuera del cargo, se habían proferido 7.098 sentencias de restitución. De ellas, el 53 por ciento atribuía la responsabilidad del despojo a grupos paramilitares; un 19 por ciento a guerrillas; y un 20 por ciento a enfrentamientos entre actores. La composición de las sentencias confirmaba lo que el Centro Nacional de Memoria Histórica venía señalando desde hacía años: el despojo paramilitar fue el patrón dominante y sofisticado, con complicidad de notarios, registradores y funcionarios que registraron legalmente hectáreas usurpadas.
El mapa por regiones dibuja un patrón desigual. Meta, Guaviare, Casanare, Boyacá y Cundinamarca concentraban 11.990 sentencias hasta marzo de 2020. En la zona del Bloque Mineros —Bajo Cauca antioqueño y sur de Córdoba— la URT recibió 4.244 solicitudes, con el grueso en el Bajo Cauca. En la región histórica de las Autodefensas de Cundinamarca, con presencia en Caparrapí, Puerto Salgar, Pacho y La Palma, se analizaron 96 sentencias frente a 1.549 solicitudes a 2020, y La Palma sola concentraba el 83 por ciento. En Urabá, sur de Córdoba y Darién chocoano, Turbo lideraba en solicitudes y Valencia (Córdoba) sobresalía por su porcentaje de predios restituidos. En Tibú, epicentro del despojo del Catatumbo, a 2014 se habían restituido judicialmente apenas dos predios, de 24 y 43 hectáreas: una fracción minúscula frente al vaciamiento de esa zona.
El déficit más doloroso, y el que menos capital político generaba, era el étnico. Para 2021 la URT documentaba 117 casos de restitución de derechos territoriales para comunidades indígenas y afrodescendientes; solo 30 —principalmente del Pacífico y el Caribe— habían llegado ante los jueces. El 74 por ciento no presentaba avances, y la mayoría de esas poblaciones seguía en desplazamiento forzado. La mitad de las demandas del Pacífico correspondía al Chocó. En Putumayo, con 33 resguardos indígenas y seis consejos comunitarios afrodescendientes, hasta enero de 2014 no se había proferido ninguna sentencia sobre territorios colectivos, pese a que en 2013 ya 123 indígenas y 38 afrodescendientes habían presentado solicitudes. La restitución étnica avanzó en casos emblemáticos —Renacer Negro en Timbiquí obtuvo sentencia en 2015; Cocomopoca y Río Yurumanguí contaron con medidas cautelares—, pero el ritmo estructural fue muy inferior al del carril campesino mestizo.
Este rezago no admite exculpación fácil. La política nació hablando el idioma del predio individual, del expediente por familia, y solo a través de decretos-ley específicos —el 4633 para pueblos indígenas y el 4635 para comunidades negras, ambos de 2011— construyó un carril étnico paralelo. La adaptación del aparato administrativo a la lógica territorial colectiva fue, durante los años Sabogal, más lenta que la promesa. En su descargo cabe decir que también fue más lenta que el aparato mismo hubiera querido: los tiempos rituales de consulta previa, la complejidad de reconstruir despojos colectivos y la superposición con procesos de titulación pendientes ante el Incoder —después Agencia Nacional de Tierras— entorpecían todo. Pero la asimetría entre los dos carriles quedó, y quedó como una de las deudas más visibles de la gestión.
La sangre que rodeaba los expedientes
Sabogal dirigió una entidad cuyos funcionarios trabajaban rodeados de amenazas concretas. El fenómeno se documentó desde muy temprano y no cesó. En el Cesar operaba abiertamente un llamado "ejército antirrestitución", que en 2013 profirió amenazas colectivas contra la URT y contra periodistas de la región que cubrían el tema. Los Rastrojos firmaron amenazas contra organizaciones acompañantes de los procesos. Una defensora de derechos humanos y funcionaria de la URT en un pueblo minero del Cesar fue amenazada y tuvo que exiliarse con su familia sin siquiera presentar denuncia formal.
La violencia contra reclamantes era aún más grave. En marzo de 2013 se produjo la primera condena por homicidio de un reclamante de tierras: el asesinato de Rogelio Martínez, líder que reclamaba un predio en San Onofre, Sucre, y contaba con medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; los autores materiales, miembros del grupo Los Paisas, fueron condenados. Detrás de ese hecho hubo decenas de casos menos sonoros. En Antioquia, en 2012, a una mujer reclamante le pusieron un arma en la cabeza exigiéndole abandonar su solicitud. Otras mujeres retornaron por hambre —empujadas por "doctores encorbatados" que las presionaban a vender— sin condiciones mínimas de seguridad.
Sabogal defendió con matices la política de acompañamiento y coordinación con la fuerza pública. En los municipios microfocalizados, la policía de carabineros era la encargada de proteger a jueces, funcionarios y reclamantes. El argumento del director era que sin esa presencia no era posible ni operar la Unidad ni ejecutar sentencias; el de sus críticos, que la restitución quedaba subordinada al ritmo y la voluntad de un Ministerio de Defensa que tenía sus propias prioridades operacionales. Ambos argumentos eran ciertos.
El posacuerdo como horizonte y como límite
El punto de inflexión política de la restitución fue la firma del Acuerdo Final con las FARC-EP en 2016. Durante los años anteriores, la política se había justificado ante la comunidad internacional como una señal seria del compromiso reparador del Estado antes incluso de que hubiera paz que firmar. Santos declaró en junio de 2015, durante una visita a Noruega, que Colombia ya había entrado en el posconflicto, y esa retórica —adelantada a los hechos— formaba parte de la estrategia negociadora.
En junio de 2015 —el mismo mes de aquella declaración noruega— Sabogal ya había interiorizado esa lectura: la Unidad no era solo una entidad reparadora, era también una prueba de que el Estado colombiano podía cumplir compromisos difíciles antes de que se le exigieran. Un funcionario del programa lo formularía sin rodeos poco después: la no repetición dependía de que se cumpliera el punto 1 del Acuerdo de La Habana, la reforma rural integral. Sin bienes públicos rurales, sin vivienda digna, sin proyectos productivos, la restitución jurídica de un predio se quedaba en gesto simbólico. Restituir sin retorno era, en la práctica, entregar un título a una familia que no podía volver.
El año 2017, primero completo tras la firma, fue descrito en su momento como el más tranquilo vivido en Colombia en medio siglo. La violencia había caído a niveles inéditos, y la política de tierras podía por primera vez operar sin el peso de la guerra activa. Pero la ventana fue corta. Los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial —los PDET, previstos en el Acuerdo como el andamiaje territorial de la reforma rural— se limitaron a proyectos demostrativos. Los sectores rurales con intereses consolidados en la propiedad, que habían resistido la restitución desde 2011 replicando patrones históricos de resistencia a reformas agrarias —la Ley 100 de 1936, el Pacto de Chicoral de los años setenta—, mantuvieron su presión. Y el plebiscito de octubre de 2016, ganado por el "No", congeló políticamente el Acuerdo justo cuando la restitución necesitaba respaldo.
Sabogal cerró su ciclo al frente de la URT en 2018, con el cambio de gobierno. La llegada de Iván Duque a la presidencia marcó una redefinición del lugar simbólico de la restitución: sin ser abolida —la ley seguía vigente y la Unidad seguía operando—, dejó de ser prioridad presidencial. Los sucesores de Sabogal en la dirección, entre ellos Andrés Castro, operaron en un ambiente político menos favorable. La política sobrevivió como aparato, pero perdió la centralidad narrativa que había tenido durante el santismo.
La red: quienes acompañaron, quienes se opusieron
Sabogal no operó solo. El eje del andamiaje era el Ministerio de Agricultura, cabeza sectorial de la política, y a su lado la Superintendencia de Notariado y Registro emergió con un peso mayor del previsto: fue su superintendente quien en 2011 detectó las irregularidades que involucraban a notarios y registradores en el despojo masivo de aproximadamente 150.000 hectáreas, un hallazgo que redefinió el mapa de la complicidad institucional y le dio a la URT munición documental para reconstruir rutas de despojo. En el terreno de la titulación operaba el Incoder —después Agencia Nacional de Tierras—, con quien la Unidad tenía que empatar expedientes y resolver superposiciones. Y en cada municipio microfocalizado funcionaba un Comité de Justicia Transicional que coordinaba la actuación local.
Ese aparato institucional se apoyó, además, en un caudal de investigación previa sin el cual la reconstrucción del despojo habría sido imposible. El trabajo de Alejandro Reyes Posada, que desde los años ochenta había documentado la compra de tierras por narcotraficantes en Córdoba —con mayor intensidad en Montería, Canaletazo, Planeta Rica, Tierralta y Valencia—, se convirtió en herramienta operativa: la URT usó esos marcos para armar contextos regionales de despojo y para sostener ante los jueces la existencia de patrones sistemáticos, no de casos aislados. Sin esa cartografía académica acumulada, la inversión de la carga probatoria habría quedado en formalismo.
Del lado de las organizaciones sociales, actores como Gerardo Vega —director de la Fundación Forjando Futuros— sostuvieron una relación tensa y productiva con la URT: acompañaron a reclamantes, presionaron por celeridad, denunciaron dilaciones y aportaron documentación regional. Del lado adverso, los opositores fueron múltiples: gremios ganaderos y agroindustriales que se sentían amenazados por la inversión de la carga probatoria; segundos ocupantes de buena fe que temían perder predios adquiridos sin conocimiento del despojo previo; y —el frente más brutal— estructuras armadas herederas del paramilitarismo con intereses directos en mantener el orden territorial vigente.
Fue en esa red donde Sabogal aprendió el oficio del funcionario en zona de conflicto: negociar la microfocalización con generales que preferían no abrir municipios calientes; explicar a víctimas por qué su expediente demoraba lo que demoraba; defender ante congresistas hostiles el costo fiscal de la Unidad; y sostener, hacia dentro, la moral de un equipo que enterraba periódicamente a colegas o los veía salir al exilio.
Huella: lo que queda y lo que se disputa
De ese oficio quedó, ante todo, un modo de trabajar. Paciente, gradualista, obsesionado con que cada paso resistiera el examen jurídico posterior: la convicción de que una política inédita en el mundo, montada en pleno fuego, no podía permitirse atajos. En el registro institucional, Sabogal dejó una Unidad de Restitución de Tierras consolidada, con procedimientos maduros, un registro nacional operativo y una jurisprudencia especializada que, incluso durante la administración Duque, siguió produciendo sentencias. La cifra de 7.098 fallos a febrero de 2021 —construida sobre el andamiaje montado en el sexenio santista— es prueba de que la política logró trascender el ciclo político que la parió. En términos comparados internacionales, la experiencia colombiana de restituir durante el conflicto es pionera, y esa condición pionera lleva la marca inequívoca de aquella manera de gestionar.
En el registro crítico, el balance es más severo. La distancia entre las hectáreas restituidas y las despojadas nunca se cerró; ni siquiera se aproximó. El techo de 1991 dejó sin protección a las víctimas del desplazamiento silencioso de los años ochenta —una omisión de diseño legal que Sabogal no creó pero tampoco impulsó a corregir. La restitución étnica quedó estructuralmente rezagada, y comunidades del Pacífico y el Catatumbo esperan sentencias que nunca llegaron o llegaron demasiado tarde para poblaciones ya dispersas en cabeceras municipales. Y la violencia contra reclamantes y funcionarios, lejos de detenerse, se recrudecería en los años posteriores al Acuerdo, con líderes sociales asesinados sistemáticamente en regiones donde la URT había abierto expedientes.
Detrás de esos límites hay causas que exceden con mucho la capacidad de cualquier director. La legislación agraria de los últimos treinta años, como advirtió Héctor Mondragón, ha sido en conjunto regresiva; la excepción son los autos de la Corte Constitucional, empezando por el Auto 008 de 2009 que señaló la impunidad frente al desplazamiento forzado. Las AUC habían construido un sistema de despojo sofisticado con complicidad de servidores públicos —notarios, registradores, funcionarios locales—; el comandante Salvatore Mancuso reconoció que el objetivo de "recuperar tierras" era "devolvérselas a los empresarios", frase que resume el pacto de fondo entre paramilitarismo y élites económicas regionales. Frente a esa arquitectura, la Ley 1448 podía nombrar el despojo, incluso invertir la carga de la prueba, pero no podía por sí sola desmantelar las redes de poder que lo habían sostenido. Los Montes de María, con sus 460.000 familias campesinas desplazadas y sus compraventas masivas irregulares, fueron el caso testigo de esa impotencia estructural.
La figura de Sabogal aparece, en ese cuadro, como la del gestor que sostuvo el andamiaje mientras el terreno bajo ese andamiaje se movía. La caricatura del villano cómplice del despojo, dibujada por algunos sectores, no le hace justicia; la estampa del reformador visionario que trazó la narrativa oficial santista en sus balances, tampoco. Lo que queda es un funcionario que operó una política real, con logros verificables y déficits estructurales de la misma magnitud; que evitó el escándalo personal en un sector minado por él; que sobrevivió a las amenazas contra su institución sin abandonarla; y que entregó a su sucesor una Unidad debilitada políticamente pero funcional administrativamente.
El capítulo Sabogal es el capítulo fundacional de una historia todavía en curso. Fue el momento en que el Estado colombiano decidió, por primera vez y sin esperar al fin del conflicto, que la tierra despojada tenía dueños con nombre y que devolvérsela era una obligación jurídica y no una gracia política. La ejecución quedó muy por debajo de la promesa; pero fue Sabogal quien cargó, año tras año, con la distancia entre ambas, y quien mantuvo abierta la puerta institucional por la que todavía puede pasar lo que falta.
Conexiones del archivo
Red histórica
Archivo documental
Documentos y fragmentos citados
36 documentos · 46 fragmentos01Memorias de una guerra por los Llanos. Tomo II. El Frente Capital y el declive del Bloque Centauros de las AUCDaniel Ricardo Martínez Bernal (coordinador), Lorena Camacho Muete, Esteban Caviedes Alfonso, Laura Bibiana Escobar García, José María Gutiérrez Sierra, Daniela Moreno Arriola, Daniel Augusto Serrano Corredor, Juan Manuel Villarraga Beltrán · 2021 · Página 3891 cita
[1]y comunidades indígenas. 9 de diciembre de 2011. D.O. 48278. Decreto 717 de 1996. Por el cual se dictan unas medidas tendientes a la pre- servación del orden público. 18 de abril de 1996. D.O. 42769. 390 MEMORIAS DE UNA GUERRA POR LOS LLANOS Decreto 871 de 1996. Por el cual se delimita una zona especial de orden pú-…
p. 389
02Mi cuerpo es la verdad. Experiencias de mujeres y personas LGBTIQ+ en el conflicto armadoComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · Páginas 39, 412 citas
[2]leyes y políticas públicas que protegen a las mujeres víctimas se pueden destacar la Ley 1257 de 2008, por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforma el Código Penal de Procedimiento Penal y la Ley 294 de 1996, y se dictan…
p. 39
[26]Corporación Jurídica Yira Castro, «La tierra también es nuestra», 20. 90 Entrevista 036 - VI - 00042. Mujer, campesina, Antioquia. 42 El primero, el más difícil, es el de superar el daño moral anclado en la memoria de la masacre, pues el daño que no ha sido atendido ni reparado causa una profunda sensación de…
p. 41
03El derecho a la justicia como garantía de no repetición. Volumen 1. Graves violaciones de derechos humanos: luchas sociales y cambios normativos e institucionales 1985-2012Centro Nacional de Memoria Histórica · 2015 · Página 1572 citas
[3]la pretensión discursiva de alcanzar la terminación del con fl icto, y, por el otro, la falta de desarrollo adecuado de las medidas para garantizar los de- rechos de las víctimas a la justicia, a la verdad y a la reparación. Estas últimas, como veremos en detalle más adelante, fueron in- corporadas posteriormente…
p. 157
[4]la pretensión discursiva de alcanzar la terminación del con fl icto, y, por el otro, la falta de desarrollo adecuado de las medidas para garantizar los de- rechos de las víctimas a la justicia, a la verdad y a la reparación. Estas últimas, como veremos en detalle más adelante, fueron in- corporadas posteriormente…
p. 157
04La política de reforma agraria y tierras en Colombia. Esbozo de una memoria institucionalAbsalón Machado Cartagena · 2013 · Página 1291 cita
[5]o de formalización de predios abandonados en nombre de los titulares de la acción, en los casos previstos en esta ley. 6. Pagar en nombre del Estado las sumas ordenadas en las senten- cias de los procesos de restitución a favor de los terceros de buena fe exenta de culpa. 7. Pagar a los despojados y desplazados las…
p. 129
05Una nación desplazada: Informe nacional del desplazamiento forzado en ColombiaCentro Nacional de Memoria Histórica (CNMH); Myriam Hernández Sabogal, Catalina Riveros Gómez, Mónica Johanna Rueda, Yamile Salinas Abdala, Juan Manuel Zarama Santacruz · 2015 · Páginas 116, 3712 citas
[6]ejemplo, Autos 219 de 2011 y 119 de 2013). 148 Se trata del mismo Fondo que creó la Ley 975 de 2005, con nuevas fuentes de recursos, como las multas y condenas económicas de los condenados por concierto para delinquir y los montos fijados en providencias judiciales a cargo de empresas. 149 El proyecto de Ley “Por el…
p. 116
[14]que permiten el testaferrato y la compra de “cosa ajena” declaradas constitucionales por la Corte Constitucional (Corte, C-597 de 1998; C-174 de 2001; y C-071 de 2004). A partir de las leyes de víctimas, de manera residual y temporal se subsanaron algunos de esos obstáculos, particularmente con la instauración de las…
p. 371
06Cuatro crisis que marcaron a Colombia: Memorias del fraude bancario de 1982, el apagón de 1992, la debacle financiera de 1999 y las negociaciones con el ELN en 2018Juan Camilo Restrepo · 2022 · Página 1501 cita
[7]La política de restitución de tierras, que a mi entender es la pieza de mejor implementación en cuanto toca con las políticas agrarias que ha tenido el país hasta el momento, busca fundamentalmente facilitar la recuperación de las tierras de quienes han sido despojados a sangre y fuego en las últimas décadas o por la…
p. 150
07Paramilitarismo. Balance de la contribución del CNMH al esclarecimiento históricoTeófilo Vásquez Delgado, Víctor Barrera · 2018 · Página 1361 cita
[8]autores encuentran más bien una relación di- ferenciada entre las etapas del conflicto, el desplazamiento, el 68 Estos informes son la continuación de la línea de investigación sobre tierra y conflicto armado del CNMH, desarrollada para responder al creciente interés que había tomado el tema sobre la estrecha relación…
p. 136
08Antropología hecha en Colombia. Tomo IIEduardo Restrepo, Axel Rojas, Marta Saade (Editores); Carlos Uribe, Roberto Pineda, Andrea Pérez, et al. · 2017 · Página 3371 cita
[9]subsidiados de salud, cupos para programas de vivienda y ayuda a población desplazada indígena. En el caso de los pueblos indígenas, la indeterminación de la reparación y el lugar llenado por la integralidad tuvo un elemento adicional: las políticas multiculturales. Allí se cierra el círculo del problema de la deuda…
p. 337
09Guerreros y campesinos. Despojo y restitución de tierras en ColombiaAlejandro Reyes Posada · 2016 · Páginas 325, 3302 citas
[10]las reclamaciones en el Registro de tierras despojadas, y la tarea judicial, que termina con el fallo de los jueces de restitución de tierras. La ley 1448 previó que el estudio de las reclamaciones procediera gradualmente, según fuera la densidad de despojos, las condiciones de seguridad para el proceso y las…
p. 330
[11]o despojo, pues si se comprueban las presiones violentas, existen los indicios que permiten invertir la carga de la prueba en contra de los opositores, que son los actuales tenedores del predio reclamado. Es tan riguroso este trabajo de comprobación —que se cumple dentro de los cuatro meses a partir de la inscripción…
p. 325
10Con licencia para desplazar. Masacres y reconfiguración territorial en Tibú, CatatumboYamile Salinas Abdala, María Fernanda Pérez Trujillo, Juan Pablo Luque, Juan Manuel Zarama Santacruz · 2015 · Página 2281 cita
[12]coordinación con el Comité Integrado de Restitución de Tierras (CI2RT) del Ministerio de Defensa y el COLR (Comité Operativo Local de Restitución de Tierras). Artículos 4 y 6 del Decreto Ley 4829 de 2011 y Decreto Ley 599 de 2012. 177 Artículo 6 del Decreto 4829 de 2011 y Decreto 599 de 2012, “Por el cual se regula la…
p. 228
11Pueblos arrasados. Memorias del desplazamiento forzado en El Castillo (Meta)Myriam Hernández Sabogal, Catalina Riveros Gómez, Francisco Hernando Vanegas Toro, Julián Augusto Vivas García, Pablo Andrés Convers Hilarión · 2015 · Página 3091 cita
[13]hasta el momento recepcionadas es bajo si se compara con los índices de desplazamiento y vacia- miento. En cuanto se microfocaliza el municipio y se concreta la res- titución de tierras, se recomienda al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, al Incoder (Instituto Colombiano de Desarrollo Rural), a la…
p. 309
12Hallazgos y recomendaciones de la Comisión de la Verdad de ColombiaComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · Página 5181 cita
[15]Convivir. 1033 Ver el tomo Hasta la guerra tiene límites. Violaciones de los derechos humanos, infracciones al derecho internacional humanitario y responsabilidades colectivas, del Informe Final de la Comisión de la Verdad. 1034 Ibíd, 368. hacia la paz territorial 519 Forjando Futuros, de 7.098 sentencias de…
p. 518
13Resistir no es aguantar. Violencias y daños contra los pueblos étnicos de ColombiaComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · Página 3711 cita
[16]de Restitución de Tierras (URT), para 2021 se adelantaba la documentación de 117 casos, de los cuales solo 30, ubicados principalmente en las regiones del Pacifico y el Caribe 835, se han llevado ante los jueces de restitución de tierras despojadas; el 50% de las demandas del Pacífico corresponde a tierras del…
p. 371
14Petróleo, coca, despojo territorial y organización social en PutumayoEdinso Culma Vargas, Juliana Guerra Rudas, Rocío Londoño Botero · 2015 · Página 2651 cita
[17](municipio de San Miguel); San Isidro, El Carmen, La Kofania, La Castella- na y San Vicente de Villarrica (municipio de Villagarzón) (URT, Microfocalización Putumayo). 266 Petróleo, coca, despojo territorial y organización social en Putumayo 4.4.2. Restitución en territorios colectivos de comunidades étnicas A pesar…
p. 265
15Estrategias de guerra y trasfondos del paramilitarismo en el Urabá antioqueño, sur de Córdoba, bajo Atrato y Darién. Tomo IILaura Milena Ballén Velásquez, Ronald Edward Villamil Carvajal, Luisa Fernanda Hernández Mercado · Página 4031 cita
[18]una Colombia en paz con opor- tunidades y garantías para todos. Por el Gobierno Nacional: LUIS CARLOS RESTREPO Alto Comisionado para la Paz Por las Autodefensas Unidas de Colombia AUC: HERNAN HERNÁNDEZ RAMIRO VANOY LUIS CIFUENTES FRANCISCO TABARES ADOLFO PAZ JORGE PIRATA VICENTE CASTAÑO CARLOS CASTAÑO SALVATORE…
p. 403
16Memorias de una guerra por los Llanos. Tomo I. De la violencia a las resistencias ante el Bloque Centauros de las AUCCentro Nacional de Memoria Histórica · 2021 · Página 3921 cita
[19]abordar este tema se tomaron como fuente las Sentencias de Restitución de Tierras en los departamentos de Meta, Guaviare, Casanare, Boyacá y Cundinamarca, de donde se desprende la siguiente tabla, actualizada hasta marzo de 2020, que muestra la solicitud de 11.990 sentencias de despojo y restitución de tierras…
p. 392
17El Bloque Mineros de las AUC. Violencia contrainsurgente, economías criminales y depredación sexualJuan Esteban Jaramillo Giraldo, José Manuel Hernández, Dairo Correa Gutiérrez · 2022 · Página 2641 cita
[20]4244 solicitudes, que compren- den 3953 predios y 3305 reclamantes. En la subregión del Bajo Cauca se regis- tran más solicitudes de restitución de tierras; le sigue el sur de Córdoba. Esto se relaciona con los problemas de acceso a la propiedad que históricamente se han dado en estas zonas, además por el gran interés…
p. 264
18Autodefensas de Cundinamarca. Olvido estatal y violencia paramilitar en las provincias de Rionegro y Bajo MagdalenaCamilo Ernesto Villamizar Hernández, Rodrigo Arturo Triana Sarmiento, León Felipe Rodríguez Hernández, César Nicolás Peña Aragón · 2020 · Página 3341 cita
[21]violencia generalizada y amenazas directas de los grupos armados de la zona, es decir, FARC y AC. Esto que- da en evidencia en el análisis de las sentencias de restitución de tierras revisadas para este informe. Dentro de dicha revisión se analizaron 96 sentencias de restitución de tie- rras correspondientes a los…
p. 334
19Pueblos arrasados: Memorias del desplazamiento forzado en El Castillo (Meta)Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH); Catalina Riveros Gómez, Francisco Hernando Vanegas Toro, Julián Augusto Vivas García, Pablo Andrés Convers Hilarión (relatores) · 2015 · Página 3091 cita
[22]Inteligencia Policial o Equivalente Militar. 123 Estas se deben hacer tanto en El Castillo como en los municipios que recibieron a la mayoría de su población desplazada, como Villavicencio, Granada, Bogotá, San Martín, Soacha. 309 Recomendaciones de los derechos sobre las tierras de las personas desplazadas por la…
p. 309
20La Colombia fuera de Colombia. Las verdades del exilioComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · Páginas 103, 2142 citas
[23]de derechos humanos y funcionaria de la Unidad de Restitución de Tierras (URT) en un pueblo minero del departamento del Cesar, que documentaba las situaciones de despojo y buscaba medidas cautelares colectivas para estos territorios, fue amenazada por el llamado “ejército antirrestitución”, presente en algunas…
p. 103
[25](GEFPDC), «Desde el exilio», 01105. quiénes se han ido: voces, rostros y causas del exilio 215 «Eso es lo que yo he venido entendiendo, que el problema no es la tierra, es lo que está debajo de ella, y eso es gravísimo. El problema es el oro, la finca tiene oro y manganeso. […] A los dos meses me llaman, que vaya a la…
p. 214
21Nuevos escenarios de conflicto armado y violencia. Panorama posacuerdos con AUC. Región Caribe, Departamento de Antioquia, Departamento de ChocóÁlvaro Villarraga Sarmiento, Alberto Santos Peñuela, Priscila Zúñiga Jiménez, Margarita Jaimes Velásquez, Lukas Rodríguez Lizcano, Gisela Andrea Aguirre García, Camilo Villamizar Hernández · 2014 · Página 411 cita
[24]organizacio - nes y la misma Unidad de Restitución de Tierras, firmadas por Los Rastrojos en los dos primeros casos y por el Ejército Antires - titución en el último. Así mismo, en mayo se profirió una amena - za contra periodistas de la región que vienen cubriendo el tema de restitución de tierras. Es importante…
p. 41
22"Patrones" y campesinos: tierra, poder y violencia en el Valle del Cauca (1960 – 2012)Absalón Machado Cartagena, John Jairo Rincón García · 2014 · Página 4131 cita
[27]Comité de Presos; Ecate; Movice; Banco de Datos; Cabildos y Líderes Indígenas (…) Muerte a ustedes y comenzamos desde hoy. Águilas Negras Nueva Generación (Comunicado, 2010). Asimismo, han llegado otros mensajes como los siguientes: benefactores de la guerrilla morirán como perros, con sus fa- milias acabaremos,…
p. 413
23Hasta la guerra tiene límites. Violaciones de los derechos humanos, infracciones al derecho internacional humanitario y responsabilidades colectivasComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · Página 6921 cita
[28]de derechos terri- toriales, 23 de septiembre de 2014. 2359 Entrevista 233-PR-02372. Hombre, defensor de derechos humanos. Entrevista 143-PR-00186. Mujer, abogada, derechos humanos. 2360 Defensoría del Pueblo, Alertas tempranas e informes de riesgo 2008-2016. 2361 Juzgados Especializados en Restitución de Tierras.…
p. 692
24Desmovilización y reintegración paramilitar. Panorama posacuerdos con las AUCÁlvaro Villarraga Sarmiento · 2015 · Páginas 526, 5434 citas
[29]RECLAMANTES POR GRUPOS POSDESMOVILIZACIÓN Y OTROS ACTORES 2011 informó sobre un “plan de choque” ante las demandas de las víctimas campesinas y la entrega de parcelas a familias víctimas de masacres y desplazamiento forzado en El Salado (Bolívar) y en Mampuján (Sucre), en respuesta al posicionamiento conseguido de las…
p. 543
[30]RECLAMANTES POR GRUPOS POSDESMOVILIZACIÓN Y OTROS ACTORES 2011 informó sobre un “plan de choque” ante las demandas de las víctimas campesinas y la entrega de parcelas a familias víctimas de masacres y desplazamiento forzado en El Salado (Bolívar) y en Mampuján (Sucre), en respuesta al posicionamiento conseguido de las…
p. 543
[32]- praron predios de forma irregular (Eltiempo.com, 2010 noviem - bre 21, “La toma ‘para’ al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, INCODER”). Un Grupo Élite de la Superintendencia de Notariado y Registro se tomó la Oficina de Registro de Instru - mentos Públicos de Carmen de Bolívar, una vez destituida su di -…
p. 526
[33]- praron predios de forma irregular (Eltiempo.com, 2010 noviem - bre 21, “La toma ‘para’ al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, INCODER”). Un Grupo Élite de la Superintendencia de Notariado y Registro se tomó la Oficina de Registro de Instru - mentos Públicos de Carmen de Bolívar, una vez destituida su di -…
p. 526
25No matarás. Relato histórico del conflicto armado interno en ColombiaComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · Página 4001 cita
[31]ellas a través de mecanismos ilegales o aparentemente legales. La Comisión de la Verdad ha documentado que las AUC se caracterizaron por un despojo sofisticado al contar con la complicidad de servidores públicos para registrar en notarías las miles de hectáreas usurpadas e impulsar la creación de empresas y la llegada…
p. 400
26La tierra en disputa. Memorias de despojo y resistencia campesina en la costa Caribe (1960-2010)Absalón Machado, Donny Meertens · 2010 · Página 1091 cita
[34]colonos. Los actores y beneficiarios del despojo son múltiples y heterogé- neos, y así sus motivaciones. Los actores armados, en primer lugar los paramilitares, seguidos por la guerrilla; y detrás los «actores históricos»: hacendados y grandes ganaderos; o los más modernos, como los narcotraficantes 87 o los…
p. 109
27Elementos para una genealogía del paramilitarismo en Colombia. Historia y contexto de la ruptura y continuidad del fenómeno (I)Alfonso Insuasty Rodríguez, José Fernando Valencia Grajales, Janeth Restrepo Marín · 2016 · Página 222 citas
[35]precio propiedades que perdían valorización por estar ubicadas en las llamadas zonas rojas, es decir, de presencia y dominio guerrillero. La sustitución de propietarios rurales tam- bién fue favorecida por el cobro de impuestos (vacunas), secuestros y amenazas de las guerrillas a grandes terratenientes y empresarios…
p. 22
[36]precio propiedades que perdían valorización por estar ubicadas en las llamadas zonas rojas, es decir, de presencia y dominio guerrillero. La sustitución de propietarios rurales tam- bién fue favorecida por el cobro de impuestos (vacunas), secuestros y amenazas de las guerrillas a grandes terratenientes y empresarios…
p. 22
28Justicia. Balance de la contribución del CNMH al esclarecimiento históricoFrancisco Barbosa Delgado · 2018 · Páginas 57, 612 citas
[37]derechos individuales como la vida y la libertad (CNMH, 2012b, página 246). De modo que se enmarcan en la misma lógica del discurso de Isaza y justifican la apropiación de territorios. Pero un factor adicional, que refuerza la exis- tencia de intereses ajenos a los grupos y por ello la existencia de la quíntuple…
p. 57
[38]del informe (CNMH, 2012c, página 176). En consecuencia, se evidencia la importancia de que los Tribunales de Restitución de Tierras sean rigurosos con la exigencia de la buena fe exenta de culpa cuando se estudien las acciones de res- titución (CNMH, 2012c, página 177). Pero la aplicación rígida de los presupuestos de…
p. 61
29Post-conflict Colombia and the Global Circulation of Military ExpertiseManuela Trindade Viana · 2022 · Página 331 cita
[39]such an enthusiasm with a “post-conflict” Colombia was manifested even before a peace agreement had been reached in La Habana (Cuba) between the government and the FARC. 4 As an illus- tration, Fundación Ideas para La Paz (FIP, in Spanish), a think tank established in 1999 with resources from the Colombian private…
p. 33
30Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado. El campesinado y la guerraComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · Página 1631 cita
[40]a cabo. Obviamente, esto se produjo en el contexto de un avance determinante durante esta década, resultado de la Constitución, en la aplicación de los derechos territoriales 337 Congreso de la República de Colombia, Ley 1448 de 2011. 164 fiflćflTh fl. ć fiThfl ć étnicos y del establecimiento de un marco de derechos…
p. 163
31Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado. Región CentroComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · Página 2051 cita
[41]ajustes de cuentas entre viejos grupos, más o menos vinculados a las antiguas FARC-EP, y en confusas circunstancias donde el Partido Comunes, conformado por antiguos miembros de las FARC-EP, y organizaciones de Derechos Humanos han denunciado la falta de garantías y protección por parte de Estado. No obstante, las…
p. 205
32Histories of Perplexity: Colombia, 1970s–2010sLina Britto, A. Ricardo López-Pedreros · 2024 · Página 4371 cita
[42]point of the negotiation was to establish ground rules to guarantee land access for its members, as well as other conditions essential for their sustenance, without disputing the right of the business class to rural property. History seemed to be repeating itself, however, replicating what happened in 1936 when Law…
p. 437
33Convocatoria a la paz grande. Declaración de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No RepeticiónComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · Página 161 cita
[43]desapariciones y los secuestros se contaban por centenas; los desplazamientos, por cientos de miles, y todas las camas del Hospital Militar estaban copadas por heridos de guerra. Lo ganado con el Acuerdo de Paz de noviembre de 2016 es una realidad. Si bien no se dio la transformación participativa regional que se…
p. 16
34Más allá del desplazamiento: políticas, derechos y superación del desplazamiento forzado en ColombiaCésar Rodríguez Garavito (coord.), Juan Carlos Guataquí, Ana María Ibáñez Londoño, María Mercedes Maldonado Copello, Luis Eduardo Pérez Murcia, Esteban Restrepo Saldarriaga, Héctor Riveros Serrato, Diana Rodríguez Franco, Yamile Salinas Abdala · 2010 · Página 481 cita
[44]ha contemplado el enfoque restitutivo en la Política, no existe una institucionalidad que tenga a su cargo la devolución de los bienes y la garantía de su uso, goce y libre dis- posición. Por lo tanto, no son claras las funciones de las entidades Más allá del desplazamiento 92 La protección y restitución de las…
p. 48
35La economía de los paramilitares: Redes de corrupción, negocios y políticaMauricio Romero Vidal (coordinador y editor), Ariel Fernando Ávila Martínez, Vilma Liliana Franco R., Ángela Olaya, Hernán Pedraza Saravia, Bernardo Pérez Salazar, Juan Diego Restrepo E., Diana Torres · 2011 · Página 2351 cita
[45]sino de baldíos nacionales". 31 La legislación de los últimos años ha sido bastante regresiva en tér- minos de restitución de tierras a desplazados y la protección de la misma, con la excepción de los diferentes autos que sobre el tema ha expedido la Corte Constitucional. "Este conjunto de normas confi- gura pues un…
p. 235
36Tierra y carbón en la vorágine del Gran Magdalena. Los casos de las parcelaciones de El Toco, El Platanal y Santa FeYamile Salinas Abdala, María Paula Hoyos, Ana María Cristancho · 2018 · Página 2741 cita
[46]275 Referencias restitucion-de-tierras-en-cesar-mas-papel-que-realidad/, recu- perado el 30 de octubre de 2018 a las 11:30 a.m. (2018, 27 de octubre), “Parceleros de Pacho Prieto temen morir sin ver sus tierras restituidas”, disponible en https:/ /verdadabierta.…
p. 274