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Hecho histórico · Regeneración · 1886–1929

El Concordato de 1887

El 31 de diciembre de 1887, Colombia y la Santa Sede firmaron un tratado que devolvió a la Iglesia católica el control sobre la educación pública, el matrimonio, el registro civil y el gobierno de territorios de frontera, configurando un régimen confesional que sobrevivió hasta la Constitución de 1991.

El Concordato de 1887
31 de diciembre de 1887 (firmado); ratificado en 1888
01

Ficha del acontecimiento

Síntesis

Cuándo
31 de diciembre de 1887 (firmado); ratificado en 1888
Protagonistas
Rafael Núñez, Miguel Antonio Caro, León XIII, Ezequiel Moreno, Tomás Cipriano de Mosquera, José Hilario López, Alfonso López Pumarejo, César Gaviria, Mariano Rampolla del Tindaro, Joaquín Fernando Vélez, Bernardo Herrera Restrepo, Monseñor Giuseppe Aloisi Masella
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Lectura causal

Causas, hecho y consecuencias

Causas

  1. Las reformas liberales sistemáticas desde 1850 —desamortización de bienes eclesiásticos (decreto del 9 de septiembre de 1861), expulsión de los jesuitas, tuición de cultos impuesta por la Constitución de Rionegro de 1863 y educación laica de los años 1870— habían despojado a la Iglesia de bienes, fuero, escuelas y presencia legal, generando un conflicto estructural entre el Estado y la institución eclesiástica.
  2. La victoria militar de la Regeneración en la guerra civil de 1885 y la promulgación de la Constitución de 1886 —centralista y confesional, redactada en lo esencial por Miguel Antonio Caro— crearon el marco político e ideológico que hacía del Concordato una pieza necesaria para consolidar el nuevo orden.
  3. El Estado regeneracionista carecía de burocracia, escuelas y presencia territorial efectiva más allá de las ciudades principales, por lo que necesitaba a la Iglesia como aparato de gobierno capilar capaz de instruir, registrar, casar y disciplinar a la población en todo el territorio nacional.
  4. Los regeneradores, encabezados por Núñez y Caro, consideraban el catolicismo un elemento esencial del orden social y político, lo que los llevó a buscar un acuerdo formal con la Santa Sede que institucionalizara esa alianza y pusiera fin al largo litigio patrimonial derivado de la desamortización.
31 de diciembre de 1887 (firmado); ratificado en 1888El Concordato de 1887

Consecuencias

  1. La educación pública quedó organizada y dirigida conforme a los dogmas y la moral de la Religión Católica (artículo 12 del Concordato y artículo 41 de la Constitución de 1886), con control clerical efectivo sobre los contenidos al menos hasta 1930, cuando los gobiernos liberales comenzaron a recuperar prerrogativas del Estado en materia educativa.
  2. El matrimonio canónico monopolizó el vínculo conyugal con efectos civiles plenos, se abolió el divorcio civil y el registro de nacimientos, matrimonios y defunciones quedó en manos parroquiales, haciendo de la sacristía el archivo primario de la ciudadanía colombiana durante casi un siglo.
  3. La Convención de Misiones de 1902, instrumento derivado del Concordato, entregó a órdenes religiosas la autoridad civil, educativa, policial y judicial en los territorios de frontera (Caquetá, Putumayo, La Guajira, Chocó, Vichada, Arauca, Sierra Nevada), donde la Iglesia funcionó literalmente como sustituto del Estado hasta bien entrado el siglo XX.
  4. El Estado se comprometió a indemnizar a la Iglesia mediante pagos anuales a perpetuidad (ab aeternitatem) por los perjuicios de la desamortización, a cambio del monopolio educativo y del reconocimiento del fuero eclesiástico, configurando una delegación estructural de soberanía.
  5. El régimen concordatario sobrevivió a guerras civiles, a la República Liberal (1930-1946), al Frente Nacional y a dos reformas parciales, y solo perdió su base constitucional con la Constitución de 1991; el divorcio del matrimonio civil fue introducido por la Ley 1ª de 1976 y el del vínculo católico por la Ley 25 de 1992.
03

La clave interpretativa

Por qué importa

El Concordato de 1887 no fue un simple acuerdo de culto sino la pieza que completó la arquitectura del Estado colombiano de la Regeneración: al delegar en la Iglesia la educación, el registro civil, el matrimonio y el gobierno de la periferia, Bogotá construyó su presencia territorial subcontratando soberanía a Roma. Ese arreglo hizo de Colombia un caso excepcional en América Latina, donde el siglo XIX había separado altares y palacios, y explica por qué tensiones que en otros países se resolvieron en el XIX —pluralismo religioso, divorcio, educación laica— siguieron siendo batallas abiertas en Colombia hasta finales del siglo XX.
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Desarrollo histórico

La historia completa

El Concordato de 1887

El 31 de diciembre de 1887, en Roma, los plenipotenciarios de la Santa Sede y del gobierno de Colombia firmaron un tratado que devolvía a la Iglesia católica la posición central que dos generaciones de reformas liberales le habían disputado. No era un mero acuerdo sobre culto ni un gesto simbólico del régimen conservador recién impuesto en Bogotá: era una arquitectura completa de gobierno. Durante los 104 años siguientes, la enseñanza pública, el matrimonio, el registro civil y el gobierno mismo de vastas regiones de frontera quedaron encomendados, en todo o en parte, a obispos, párrocos y misioneros. En un continente donde el siglo XIX había separado, con más o menos violencia, altares y palacios, Colombia hizo lo contrario: fundió ambos en un mismo andamiaje. Ese pacto, ratificado en 1888 bajo la segunda presidencia de Rafael Núñez y redactado en su articulado por Miguel Antonio Caro, sobrevivió a guerras civiles, a la República Liberal, al Frente Nacional y a dos reformas parciales, hasta que la Constitución de 1991 lo dejó, por fin, sin base constitucional.

El pleito largo entre altares y palacios

El Concordato no cayó del cielo en 1887: fue la resolución, en clave conservadora, de un pleito abierto desde mediados de siglo. Bajo la presidencia del general José Hilario López, a partir de 1850, la Nueva Granada había emprendido un programa sistemático contra los privilegios de la Iglesia. La ley del 15 de junio de 1853, llamada de Separación Absoluta de la Iglesia y el Estado, comenzó a redistribuir templos y rentas hacia los vecinos de cada parroquia; parte de esas medidas fue revertida en mayo de 1855, señal de que la ruptura era más ideológica que efectiva. La Constitución del 21 de mayo de 1853, firmada bajo José María Obando, profundizó las distancias entre los dos poderes.

El golpe patrimonial más severo llegó bajo Tomás Cipriano de Mosquera. En 1861 fueron expulsados los jesuitas y confiscados sus bienes, y el 9 de septiembre de ese año un decreto adjudicó a la nación los bienes y rentas de las corporaciones eclesiásticas. La Constitución de 1863, la de Rionegro, radicalizó el marco: estableció la suprema inspección o tuición de cultos por el gobierno nacional y los estados, y sometió a los ministros del clero al juramento de obediencia a la Constitución y las leyes como condición para ejercer su ministerio. Quien se negaba podía ser desterrado sin proceso judicial. Muchos sacerdotes prefirieron cerrar las iglesias. En los años setenta, los liberales radicales añadieron una pieza más: la educación laica y obligatoria, que la Iglesia leyó como una expropiación simbólica análoga a la de 1861.

Tres décadas de ese pulso produjeron un país en el que la Iglesia había perdido bienes, escuelas, fuero y presencia legal, pero conservaba lo que ningún decreto podía confiscarle: la lealtad de la mayoría del clero, una red parroquial capilar en cada pueblo y la alianza natural con el Partido Conservador. Cuando esa coalición ganó la guerra civil de 1885, tenía muy claro qué debía deshacer.

Núñez, Caro y la fórmula regeneradora

La Regeneración, encabezada por Rafael Núñez desde 1884 y vertebrada ideológicamente por Miguel Antonio Caro, se propuso refundar el Estado sobre tres pilares: centralismo político, autoridad presidencial fuerte y catolicismo como cemento moral. Núñez había formulado ya en 1878 el dilema "regeneración administrativa fundamental o catástrofe", pero solo tras la victoria militar de 1885 se abrió paso a un cambio constitucional profundo. La Constitución sancionada el 5 de agosto de 1886, redactada en lo esencial por Caro —principal pensador conservador de la época y católico militante—, cambió el país en todos los planos: acabó con el federalismo de Rionegro, concentró el poder en Bogotá y devolvió a la Iglesia una posición constitucional.

Dos artículos condensaron esa devolución. El 38 declaró que la Religión Católica, Apostólica, Romana es la de la Nación, y ordenó a los poderes públicos protegerla y hacerla respetar como esencial elemento del orden social. El 41 dispuso que la educación pública se organizaría y dirigiría en concordancia con la Religión Católica, y que la instrucción primaria costeada con fondos públicos sería gratuita, pero no obligatoria. Cláusulas aparentemente teológicas, en realidad eran instrucciones operativas: el Estado que Núñez y Caro estaban levantando carecía de burocracia, de escuelas, de red de registro y de presencia efectiva más allá de un puñado de ciudades. Necesitaba un aparato capaz de llegar hasta la última aldea, y ese aparato existía: la Iglesia.

La Constitución sentó las bases; faltaba el tratado que hiciera operativo el pacto. Las negociaciones con la Santa Sede, entonces presidida por León XIII, culminaron el 31 de diciembre de 1887 con la firma del Concordato en Roma. El acuerdo fue ratificado en 1888 y desde entonces gobernó las relaciones entre Bogotá y el Vaticano.

La arquitectura del tratado

El Concordato es, técnicamente, un acuerdo internacional entre dos sujetos soberanos: la República de Colombia y la Santa Sede. Pero su contenido no se agotó en cuestiones de culto o de nombramientos episcopales, como en los concordatos europeos coetáneos. Colombia entregó, mediante ese instrumento, funciones que en cualquier Estado moderno eran indelegables.

En materia educativa, el artículo 12 dispuso que en universidades, colegios, escuelas y demás centros de enseñanza, la educación pública se organizaría y dirigiría conforme a los dogmas y la moral de la Religión Católica. Se articulaba con el 41 de la Constitución para configurar un régimen en el que el Estado seguía financiando la educación pública, pero cedía a la Iglesia su orientación doctrinal completa. Ese control se mantendría sin fisuras hasta al menos 1930.

En materia patrimonial, el Concordato zanjó el litigio abierto por la desamortización mosquerista de 1861. Colombia no devolvería los bienes ya vendidos a terceros, pero se comprometió a indemnizar a la Iglesia mediante pagos anuales a perpetuidad —ab aeternitatem— por los perjuicios sufridos. El intercambio tenía una lógica precisa: la Iglesia renunciaba a recuperar haciendas y conventos, y el Estado asumía una renta permanente a cambio de algo mucho más valioso, el monopolio educativo.

En materia jurisdiccional, el tratado reconoció el fuero eclesiástico —que las reformas de mediados de siglo habían disputado— y otorgó a la Iglesia total autonomía de gobierno interno. Los clérigos, en asuntos relativos a su ministerio, quedaban sustraídos de la justicia ordinaria. Esa cláusula, aparentemente técnica, tendría una vida larga y polémica: todavía en 2004, el abogado defensor de un sacerdote acusado en un proceso penal invocó el artículo XX del Concordato —aportando al expediente una copia firmada por el nuncio Beniamino Stella— para solicitar la libertad del acusado y disputar la competencia de los jueces colombianos.

En materia matrimonial, el Concordato dio efectos civiles plenos al matrimonio católico. Junto con la Constitución de 1886, comprometió al Estado en la abolición del divorcio. El registro civil de nacimientos, matrimonios y defunciones quedó en manos parroquiales: quien no aparecía en el libro del cura no aparecía para el Estado. Y el tratado protegió expresamente a la Iglesia católica de la competencia de otras iglesias, cerrando el país al pluralismo confesional que las constituciones liberales habían empezado a esbozar.

La lógica de conjunto era clara. La Iglesia hizo concesiones económicas —renunciar a la reversión de la desamortización— a cambio del control del aparato educativo y del reconocimiento del fuero. El Estado obtuvo lo que necesitaba: un socio con presencia territorial capaz de instruir, casar, enterrar, disciplinar y orientar a la población, sin cargo adicional a la ya endeble hacienda pública. Bogotá subcontrataba porciones enteras de su soberanía a Roma.

Escuelas, sacristías y libros de bautismo

El primer teatro donde el Concordato desplegó sus efectos fue la escuela. La Constitución había declarado la primaria gratuita pero no obligatoria; el Concordato añadió que se organizaría según la moral y los dogmas católicos. La combinación produjo un sistema en el que el Estado renunciaba al ideal ilustrado de la escuela nacional única. La gran mayoría de los colombianos permaneció durante décadas al margen de la instrucción mínima, y quienes accedieron a ella lo hicieron dentro de un currículo cuya autoridad última era episcopal.

Ese régimen se mantuvo intacto hasta 1930, cuando los gobiernos liberales comenzaron a recuperar prerrogativas del Estado sobre la enseñanza. Pero incluso entonces, en los territorios nacionales —Caquetá, Putumayo, La Guajira, Chocó, Vichada, Arauca, la Sierra Nevada—, la educación siguió reglamentada por convenios específicos con misiones religiosas, prácticamente sin interrupción hasta bien entrado el siglo XX.

En el plano del estado civil, los efectos fueron igualmente profundos. Durante casi un siglo, casarse en Colombia significó casarse por la Iglesia; separarse legalmente fue imposible. El matrimonio canónico monopolizó el vínculo. La abolición del divorcio civil lo convirtió en indisoluble para todos los efectos jurídicos. Los libros parroquiales fueron el archivo primario de la ciudadanía: quien había sido bautizado existía, quien no, no. El registro de nacimientos dependía del bautismo; el de defunciones, de la anotación en el libro de finados. Cambiar de nombre, probar la filiación, heredar, contraer segundas nupcias tras enviudar, litigar sobre estado civil: todo pasaba por la sacristía. Un niño no bautizado era invisible para la administración. Un matrimonio no consagrado no era matrimonio. Las parejas que convivían sin la bendición del cura eran, jurídica y socialmente, concubinatos; sus hijos, ilegítimos, con las restricciones sucesorales y sociales que ese estatus arrastraba. Y como el divorcio civil no existía, un cónyuge abandonado —casi siempre la mujer— quedaba atado a un vínculo sin salida: podía separarse de hecho, pero no rehacer legalmente su vida. La abolición del divorcio no fue una cláusula abstracta: fue, para varias generaciones de mujeres colombianas, una prisión sin puerta trasera. Habría que esperar hasta 1976 para que la Ley 1ª de ese año introdujera el divorcio del matrimonio civil, y hasta la Ley 25 de 1992 para que el vínculo católico pudiera disolverse civilmente en Colombia.

La periferia entregada: la Convención de Misiones

Si en las ciudades el Concordato se traducía en escuelas confesionales y curas párrocos con doble investidura, en la periferia el arreglo tomó una forma mucho más radical. En 1902, apenas terminada la Guerra de los Mil Días, el presidente José Manuel Marroquín firmó con el Vaticano la Convención de Misiones, un instrumento derivado del Concordato que reguló la presencia estatal en los territorios que Bogotá no podía —o no quería— administrar directamente.

La Convención otorgó a las órdenes religiosas —capuchinos, montfortianos, lazaristas, jesuitas, entre otras— autoridad amplia para gobernar, policiar y educar a los nativos en los territorios de misiones. No solo eso: también extendió su control sobre la educación pública de los ciudadanos colombianos que vivían allí, no solo indígenas. El prefecto apostólico era jefe superior de Policía en los pueblos bajo su jurisdicción y máxima autoridad en materia de baldíos e inmigración. El subsidio oficial a las misiones se elevó a setenta y cinco mil pesos anuales, y la nación autorizó la formación de haciendas en terrenos baldíos cedidos para promover la colonización.

La cláusula más asombrosa establecía que ninguna persona inaceptable para los misioneros podía ser nombrada en un cargo de autoridad civil en los territorios. Una simple queja del delegado apostólico bastaba para retirar a un funcionario; en 1913, así fue removido el general Joaquín Escandón. Alcaldes, comisarios y jueces quedaban sometidos al veto de un vicario extranjero.

En regiones como el Caquetá, la Iglesia funcionó literalmente como sustituto del Estado: cumplía funciones civiles, educativas, judiciales y de organización social y política. Los pueblos de misión eran comarcas administradas por sacerdotes con poderes que en el resto del país correspondían al alcalde, al maestro, al notario y al jefe de policía a la vez. Los opositores liberales denunciaron desde temprano que órdenes religiosas dirigidas por extranjeros —muchos misioneros no eran ciudadanos colombianos— ejercían influencia política determinante sobre poblaciones enteras. Pero la Convención se renovó sin modificaciones sustantivas en 1928, y de nuevo en 1953, cubriendo con su manto medio siglo largo de vida institucional.

Fue esa dimensión periférica, más que el control urbano de la escuela, la forma más literal en que el Concordato operó como delegación de soberanía. En Sibundoy, en la Sierra Nevada, en el Vaupés, en la Guajira, el Estado colombiano fue durante décadas un uniforme que llevaba el capuchino además de su hábito.

La Iglesia como aparato político

La longevidad del arreglo concordatario no se explica solo por su diseño jurídico. Se explica, sobre todo, por la alianza orgánica que la Iglesia sostuvo con el Partido Conservador durante toda la Hegemonía Conservadora (1886-1930) y de nuevo en el período 1946-1957. Esa alianza fue uno de los recursos clave para la gobernabilidad conservadora, del que la República Liberal careció.

La Iglesia intervino activamente en política. Lanzó condenas contra el liberalismo, orientó a sus fieles durante los comicios electorales y disciplinó desde el púlpito. En julio de 1902, en plena Guerra de los Mil Días, se difundió un juramento para liberales que quisieran renegar, en el que el arrepentido debía condenar "todo tipo de liberalismo religioso o político y todas aquellas falsas libertades que amenazan nuestra fe católica". El sacramento se convertía en instrumento de sometimiento partidista.

Durante el gobierno conservador de 1946-1950, aunque no hubo política oficial de persecución religiosa, persistieron hostigamientos contra comunidades protestantes en muchos pueblos, a veces instigados por curas, con más frecuencia por civiles fanáticos, y no faltaron casos de violencia contra pastores. Los gobiernos liberales fueron, en general, más respetuosos de la libertad de conciencia y redujeron esas presiones, lo que generó simpatía protestante hacia el liberalismo y quejas eclesiásticas contra la "contaminación protestante".

El intento liberal: la Reforma de 1936

Esa densidad política del clero convirtió cualquier intento de renegociar el Concordato en un desafío de proporciones. No se trataba de discutir un tratado con Roma: se trataba de romper con un aparato que orientaba desde el confesionario y desde la homilía, enraizado en cada parroquia, con un aliado —el conservatismo— dispuesto a ir a la guerra por él. Y varias veces lo había hecho. Cualquier reformador liberal que quisiera tocar el pacto de 1887 sabía que el enemigo no era el nuncio en Bogotá sino la coalición territorial que respondía al toque de campanas dominicales; sabía también que la última vez que un gobierno se había atrevido a hacerlo en serio —bajo Mosquera— la respuesta había sido una guerra civil.

Con esa memoria a la vista, Alfonso López Pumarejo encabezó, con el Partido Liberal, la reforma constitucional de 1936. Los liberales radicales entendían que las relaciones Iglesia-Estado codificadas por el Concordato de 1887 eran un obstáculo para la modernización del país. Su estrategia, meditada, consistía en modificar primero la Constitución para poder negociar después un nuevo concordato con el Vaticano, pues la Iglesia hacía valer sus privilegios apoyada tanto en el tratado como en los artículos concordantes de la Constitución de 1886. Desmontar la fachada constitucional era el paso previo indispensable para poder sentarse en Roma con margen de negociación.

La reforma derogó el artículo 38, que reconocía a la Religión Católica como la de la Nación, y amplió las libertades de conciencia y de cultos. Pero mantuvo una restricción decisiva: esas libertades no podían ser contrarias a la moral católica ni a las leyes. Y, sobre todo, no logró completar la segunda fase: el Concordato de 1887 siguió vigente, y la Convención de Misiones —renovada sin modificaciones en 1928— tampoco fue tocada. La reforma de 1936 dejó al país en una situación de convivencia no resuelta: un texto constitucional más plural coexistía con un tratado internacional confesional que seguía gobernando la educación, el matrimonio y los territorios nacionales.

La razón de esa incompletud fue política. El bloque conservador-eclesiástico, aun en minoría parlamentaria, movilizó suficiente presión para impedir una renegociación de fondo. La República Liberal cambió mucho el país —trabajo, tierra, ciudadanía—, pero no logró desmontar la pieza más central del régimen regeneracionista. Cuando terminó, en 1946, el arreglo concordatario seguía en pie, y con el retorno conservador y la Violencia se reactivó con fuerza.

Retoques y renovaciones: 1953 y 1973

La derrota parcial de López Pumarejo dejó abierta una pregunta que atravesaría las cuatro décadas siguientes: si no era posible desmontar el Concordato de un golpe, ¿podía al menos ajustarse por partes, aprovechando cambios de régimen o de humor pastoral? Los dos intentos que siguieron respondieron esa pregunta con retoques desiguales.

El primero llegó en 1953, bajo el gobierno del general Gustavo Rojas Pinilla, con la renovación de la Convención de Misiones. La medida prolongó la posición dominante de los misioneros católicos en los territorios de frontera. Durante todo el Frente Nacional (1958-1974), la educación en esos territorios siguió reglamentada por ese convenio, que encargaba al vicariato y al prefecto apostólico —contratados por la nación a través del nuncio del Vaticano— la dirección, vigilancia e inspección de la enseñanza y el nombramiento de maestros. Medio siglo después de la Convención original de Marroquín, el modelo seguía funcionando con retoques mínimos.

El segundo llegó en 1973, ya en plena posguerra frentenacionalista, con una reforma del Concordato mismo. Fue el segundo intento de reforma de fondo desde 1887, y llegó en un contexto muy distinto del que había enfrentado López Pumarejo: el Concilio Vaticano II había reconfigurado en Roma la doctrina sobre libertad religiosa y relaciones con los Estados modernos; la Conferencia Episcopal de Medellín de 1968 había desplazado el centro de gravedad pastoral hacia lo social; y en Bogotá, tras el bipartidismo forzado del Frente Nacional, existía una convergencia política inusitada para renegociar el pacto sin riesgo de fractura interna. El nuevo texto atenuó algunas de las cláusulas más rígidas de 1887: matizó el fuero eclesiástico, reconfiguró disposiciones sobre el matrimonio y admitió el matrimonio civil como alternativa efectiva, abriendo por primera vez desde 1887 una vía legal sustantiva por fuera del vínculo canónico. Otras piezas se afinaron: la enseñanza dejó de estar formalmente subordinada a la moral católica en los mismos términos absolutos de 1887, aunque persistió una fuerte impronta confesional en el sistema público; los pagos indemnizatorios perpetuos se reformularon en clave de cooperación con la Iglesia; y ciertos privilegios jurisdiccionales se recortaron. Pero el edificio quedó en pie: el catolicismo seguía siendo el marco de referencia del Estado colombiano, la Iglesia mantenía privilegios y el vínculo con la Santa Sede seguía regulado por un tratado bilateral, no por la ley interna. La reforma de 1973 fue una modernización cosmética que ajustaba el pacto al lenguaje posconciliar sin desmontar su núcleo: se cambió el vocabulario, no la arquitectura.

Durante casi un siglo, todos los intentos de renegociar el Concordato tropezaron con la misma piedra: no era un contrato ordinario que pudiera ser modificado por acuerdo entre las partes. Era, en la lectura de la Iglesia y de sus aliados políticos, un pacto de fundación del país, tan constitutivo como la propia Constitución de 1886.

La ruptura de 1991

El desmantelamiento del régimen concordatario no llegó por vía de renegociación bilateral, sino por refundación constitucional. La Asamblea Nacional Constituyente convocada por el presidente César Gaviria en 1990-1991 nació de un mecanismo excepcional: la llamada "séptima papeleta" impulsada por jóvenes universitarios en las elecciones de marzo de 1990, ratificada por consulta popular en mayo y amparada por el gobierno en el marco del estado de sitio del artículo 121 de la Constitución de 1886. La convocatoria tenía además una función política precisa: abrir un espacio institucional para reincorporar a la vida civil a los grupos guerrilleros con voluntad de paz, señaladamente el M-19 recién desmovilizado.

Instalada el 5 de febrero de 1991, la Asamblea sesionó cinco meses y promulgó el nuevo texto el 4 de julio. Su composición anunciaba ya la ruptura con el orden regeneracionista: sin mayoría bipartidista hegemónica, con participación indígena y con la Unión Cristiana, de raíz evangélica pentecostal, como bancada minoritaria pero decisiva a la hora de discutir la confesionalidad. La presidencia colegiada reunió en una misma mesa a Horacio Serpa por el liberalismo, Álvaro Gómez Hurtado —hijo del caudillo Laureano Gómez, el mismo que había hecho del catolicismo bandera partidista en los años cuarenta— por el conservatismo, y Antonio Navarro Wolff por el M-19.

Bajo esa tríada, el nuevo texto abandonó la confesionalidad católica que había caracterizado el ordenamiento colombiano desde 1886. El preámbulo invocó "la protección de Dios" en fórmula deliberadamente aconfesional, ya no a la Iglesia católica; el artículo 19 reconoció la libertad de cultos y el derecho de toda persona a profesar su religión y difundirla individual o colectivamente, y añadió que todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley. La consagración expresa del catolicismo como religión de la Nación desapareció del ordenamiento. La educación quedó regulada por los artículos 67 y siguientes sin referencia a la moral católica, y el registro civil pasó definitivamente al Estado. En 1994, la Ley 133 —conocida como Ley Estatutaria de Libertad Religiosa— desarrolló ese marco y permitió al Estado firmar convenios con iglesias no católicas en condiciones análogas a las que el Concordato reservaba a Roma.

Con ese giro, el Concordato quedó sin la base constitucional que lo había sustentado durante 104 años. La Corte Constitucional, en sentencias sucesivas —C-027 de 1993 sobre varios artículos del propio Concordato de 1973, y otras a lo largo de la década—, declaró inexequibles cláusulas centrales por incompatibilidad con el nuevo marco: el privilegio educativo, el fuero eclesiástico extendido, las prerrogativas del matrimonio canónico frente al civil, ciertos efectos automáticos del bautismo. El régimen concordatario no fue derogado de una sola vez, sino desguazado pieza por pieza por vía jurisdiccional. Lo que 1936 no había podido hacer con reforma, 1991 lo hizo con refundación.

Por qué duró tanto y qué queda

La longevidad del Concordato de 1887 —única en América Latina, donde las reformas del siglo XIX habían separado Iglesia y Estado con distinto grado de radicalidad— tiene una explicación doble. La primera es pragmática: el Estado colombiano del último tercio del siglo XIX carecía de aparato burocrático, de red educativa, de presencia territorial y de recursos fiscales para gobernar directamente un país fragmentado en climas, regiones y culturas. La Iglesia sí tenía esa red, capilar y disciplinada. Delegar en ella fue, para Núñez y Caro, la única forma realista de consolidar un Estado centralista recién fundado sobre las ruinas de la guerra civil de 1885.

La segunda explicación es ideológica y de intereses cristalizados. Caro no concibió la delegación como un contrato temporal con un proveedor fungible: la concibió como el reconocimiento constitucional de que el catolicismo era "esencial elemento del orden social". La Iglesia no fue un contratista del Estado; fue un co-constituyente del régimen. Y una vez montada esa arquitectura, generó intereses —eclesiásticos, conservadores, regionales— con capacidad de veto suficiente para bloquear su desmantelamiento incluso cuando, desde 1930, el Estado ya tenía capacidad burocrática para prescindir de sus servicios. Solo cuando el régimen entero entró en crisis de legitimidad, a finales de los años ochenta, la refundación de 1991 pudo cortar el nudo.

En la Colombia posterior a 1991, el catolicismo dejó de ser marco jurídico pero sigue siendo trasfondo cultural. El mapa educativo, jurídico y familiar del país conserva un dibujo profundo trazado por el Concordato. En muchos pueblos de la Amazonía y de la Orinoquia, la primera escuela, el primer registro y la primera autoridad reconocible fue un misionero, y esa huella sigue viva en los archivos parroquiales y en la geografía escolar. Queda, sobre todo, un hecho difícil de eludir para quien intente entender el país: durante más de un siglo, Colombia fue gobernada en buena parte por un aparato que no era estatal, y ese hecho —más que cualquier decreto de secularización— explica todavía dónde llega el Estado colombiano y dónde no.

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La época alrededor

Este hecho no ocurrió solo

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Archivo documental

Documentos y fragmentos citados

38 documentos · 52 fragmentos
01Manual de Historia de Colombia, Tomo IIIJaime Jaramillo Uribe (director científico), Jesús Antonio Bejarano, Darío Mesa, Miguel Urrutia Montoya, Germán Téllez Castañeda, Germán Rubiano, Rafael Gutiérrez Girardot · 1980 · p. 261, 2702 citas
[1]a la instituci ó n del patronato, aunque hubieran propiciado, como fue el caso de Ospina Rodr í guez, el mantenimien to pr á ctico de muy í ntimas relaciones con la Iglesia, y hubieran auspiciado medidas como el reingreso de los jesu í tas al pa í s para hacerse cargo de la direcci ó n de planteles p ú blicos y fundar…p. 261
[27]la Santa Sede en 1887, dar í an a la Iglesia Cat ó lica el control completo de la educaci ó n por lo menos hasta 1930, é poca en que los gobiernos liberales iniciaron una recupera ci ó n de las prerrogativas del Estado en materias educativas a. MANUAL DE HISTORIA III 279 5 ¡ 1 art í culo 41 de la Constituci ó n de…p. 270
02Religion, Culture, and Society in Colombia: Medellín and Antioquia, 1850-1930Patricia Londoño-Vega · 2002 · p. 471 cita
[2]n.p.n.; J. A. Restrepo, Retrato de un patriarca antioqueño. Pedro Antonio Restrepo Escovar,  –  (Medellín, ),  – . immoral and dangerous... [the Jesuits] always leave tears, discord and anarchy behind wherever their ill-fated destiny takes them’. 4 When the Jesuits were again expelled in , El Espía,…p. 47
03Religion, Culture, and Society in Colombia: Medellín and Antioquia, 1850–1930Patricia Londoño-Vega · 2002 · p. 471 cita
[3]n.p.n.; J. A. Restrepo, Retrato de un patriarca antioqueño. Pedro Antonio Restrepo Escovar,  –  (Medellín, ),  – . immoral and dangerous... [the Jesuits] always leave tears, discord and anarchy behind wherever their ill-fated destiny takes them’. 4 When the Jesuits were again expelled in , El Espía,…p. 47
04Gran Enciclopedia de Colombia. Tomo 7: InstitucionesRoberto Hinestrosa Rey (Director Académico), Sandra Morelli Rico (Coordinación Académica) · 1993 · p. 222, 2242 citas
[4]Ho: Fras, que en su concepto obstaculiza- ban la prosperidad de la mación La ley de junio 15 de 1853, llamada Ley deSeparación Absoluta de la Igle- el Estado, introdujo algunas dis- posiciones sobre los bienes de las en- tidades religiosas. Por ejemplo, esta- bleció que los templos católicos, así como sus bienes y…p. 224
[5]democracia. im- piden que su voz ommipatente peri tre en aquel recinto, y ahogue los UE times gritos destemplados cel jesub- tismo que aceso se oyen aún sombría y misteriosamente en-é2068 diustros tenebrosos. Sancionadlo, que La doc- tina de Jesucristo no debe vivir em boscada en unos antros oscuros» Finalmente…p. 222
05Ensayos para la historia de la política de tierras en Colombia. De la colonia a la creación del Frente NacionalAbsalón Machado Cartagena · 2009 · p. 851 cita
[6]poco flexibles. Es decir, los beneficios fueron mayores que los costos en el contexto de la principal motivación económica, que fue de orden fiscal. Desde el punto de vista político y religioso, la desamortiza ción, de alguna manera, pretendía también ponerle coto al origen de los ma yores conflictos en el siglo XIX,…p. 85
06Catolicismo, cambio social y búsqueda de paz en Colombia. Historia y MemoriaWilliam Elvis Plata Quezada (Editor), Ana María Bidegain Greising, Angélica Villamizar Beltrán, Antonio José Echeverry Pérez, Eduardo Díaz Ardila, Eliécer Soto Ardila, Héctor Alfonso Torres Rojas, Hernando Pinilla Rey, Isabel Corpas De Posada, Javier Alejandro Acevedo Guerrero, Joselín Aranda Cano, Lizeth Torres Rodríguez, Miguel Arturo Fajardo Rojas, Natalia Alejandra Mora Navarro, Osmir Ramírez Trillos, Sofía Brizuela Molina, Sor María Sampayo Flórez · 2022 · p. 381 cita
[7]y patronato estatal sobre la Iglesia lo que generó los primeros conflictos entre ambas potestades. El Estado pretendió seguir controlando a una institución eclesiástica cuya organización, peso social, político y económico, eran enormes, en comparación con la pobreza de sus arcas fiscales. En este escenario, el Estado…p. 38
07Enciclopedia de Colombia - Volumen 2Camilo Calderón Schrader · 2001 · p. 167, 1702 citas
[8]la inspección o la tuición de cultos, con lo cual la Iglesia quedó sometida, no sólo a la vigilancia sino AAA SS EE El país en la segunda mitad del siglo XIX El arzobispo Manuel Iglesia y el Estado, el ar- José Mosquera y sacer- zobispo defendió los de- dotes jesuitas. En la pri- rechos eclesiásticos, por mera gran…p. 167
[19]1991, cuando la Asam- blea Nacional Constituyente aprobó una nueva Carta. Bases económicas y religiosas Para llevar a cabo el proyecto de la Regeneración, Núñez tuvo que sentar unas bases económicas acordes con la centralización. Con el fin de tener una emisión de dinero que cubriese la totalidad del país, durante su…p. 170
08Las mujeres en la historia de Colombia. Tomo II: Mujeres y SociedadMagdala Velásquez Toro (dirección académica), Catalina Reyes Cárdenas, Pablo Rodríguez Jiménez · 1995 · p. 1921 cita
[9]libertad obtenida en la década anterior, culminó con medi- das más drásticas frente a la Iglesia: la tuición de cultos y la desamortización de bienes de manos muertas. Durante los años 70, los liberales radicales instituyeron la educa- ción laica y obligatoria, otro factor más que se convirtió en elemento de choque…p. 192
09Nueva Historia de Colombia, Vol. I: Historia Política 1886-1946Álvaro Tirado Mejía (director científico), Jorge Orlando Melo, Carlos Eduardo Jaramillo Castillo, Eduardo Lemaitre Román, Alfonso López Michelsen, Humberto Vélez Ramírez, Germán Colmenares, Mario Latorre Rueda, Germán Arciniegas, Gustavo Humberto Rodríguez R. · 1989 · p. 333, 3602 citas
[10]V que pertenecían a la derecha del par- tido de la derecha. Es decir, que esa división expresaba la antigua pugna conservadora entre históricos y nacio- nalistas, los problemas generacionales del partido y, por supuesto, las diver- gencias ideológicas. Los enfrentamientos con la Iglesia En las relaciones entre la…p. 333
[46]distri- bución y consumo de las riquezas, o de dar al trabajador la justa protección a que tiene derecho.» La novedad con- sistía en esto: a) en el texto expreso que facultaba para intervenir; b) en el concepto de racionalización; c) en la intervención en favor del trabajador. Ya desde antes, el Estado venía inter-…p. 360
10Nosotros y los otros: las representaciones de la nación y sus habitantes Colombia, 1880-1910Amada Carolina Pérez Benavides · 2015 · p. 197, 2102 citas
[11]organización política federalista a uno centralista. El catolicismo fue declarado como la reli- gión de la nación y la libertad de cultos se mantuvo mientras no fueran contra- rios a la moral cristiana ni a las leyes, además, se dictaminó que la educación pública sería organizada y dirigida en concordancia con la…p. 197
[37]recursos generales, la misión del Casanare había dejado de ser la que más recursos recibía, en tanto que la del Caquetá (manejada por los capuchinos) y la de la Intendencia Oriental eran ahora las más beneficiadas por el Estado. Las de La Guajira, el Chocó y el Darién seguían recibiendo importantes rubros, mien- tras…p. 210
11De la derecha a la izquierda: La Iglesia Católica en la Colombia contemporáneaMichael J. LaRosa · 2000 · p. 41, 442 citas
[12]papel político se man- tuvo constante. ULTRAINTOLERANCIA CAPÍTULO 1 42 Este capítulo comienza con la llegada de Rafael Núñez por segunda vez a la presidencia (1884) y la elaboración de una Constitución conservadora en 1886. Esa Constitución, que se mantuvo, en esencia, hasta la redacción de la Constitución de 1991,…p. 41
[22]civil [...] y la sociedad religiosas". El documen- to también señala cómo la Iglesia Católica es «[una] parte esencial del orden nacio- MICHAEL J. LAROSA La Constitución de J 886 fue, en gran medida, obra de Miguel Antonio Caro. el principal pensador conservador de la época. Firme defensor de la Iglesia y la fe…p. 44
12De la derecha a la izquierda. La Iglesia Católica en la Colombia contemporáneaMichael J. LaRosa · 2000 · p. 41, 442 citas
[13]tuvo constante. ULTRAINTOLERANCIA CAPÍTULO 1 42 Este capítulo comienza con la llegada de Rafael Núñez por segunda vez a la presidencia (1884) y la elaboración de una Constitución conservadora en 1886. Esa Constitución, que se mantuvo, en esencia, hasta la redacción de la Constitución de 1991, fue notable por el nexo…p. 41
[23]sociedad religiosas". El documen- to también señala cómo la Iglesia Católica es «[una] parte esencial del orden nacio- MICHAEL J. LAROSA La Constitución de J 886 fue, en gran medida, obra de Miguel Antonio Caro. el principal pensador conservador de la época. Firme defensor de la Iglesia y la fe católica, publicó un…p. 44
13Historia concisa de Colombia 1810-2017Michael J. LaRosa, Germán Mejía · 2017 · p. 1201 cita
[14]los limitó a solo aquellos que no fueran contrarios a la moral cristiana y a las leyes (Artículo 40), y en su Artículo 38 estableció con claridad lo que será dominante durante los siguientes cincuenta años: “La Religión Católica, Apostólica, Romana, es la de la Nación; los Poderes públicos la protegerán y harán que…p. 120
14Colombia: A Concise Contemporary HistoryMichael J. LaRosa, Germán R. Mejía · 2017 · p. 891 cita
[15]carry out the constitution and will of the people expressed in this act, concerning the form of provisional government that has been installed; and to defend our sacred Roman Catholic Apostolic Religion until the last drop of blood has been sacrificed.’” 4 Subsequent constitutions, including that of 1991, but with the…p. 89
15Entre la legitimidad y la violencia: Colombia, 1875-1994Marco Palacios · 2003 · p. 56, 1102 citas
[16]as libe rt ades individuales y e nton ces decayó el núm ero y vitalidad iconoclasta de periódicos y publicaciones. Los pasquines y perió- dicos irresponsables que florecieron durante el federali smo fue- r on sustituidos por pub li caciones o btu sas y tan sectarias. N úñ cz y Ca ro, d os hombr es provenient es de la…p. 56
[48]Vaticano Primero, del Concilio Plenario de Obispos 1.a tinoa- mericanos, y las enseñanzas del Syl/alms, rechazaban los conceptos básicos de libera li smo, naturalismo, socialismo y racionalismo. En julio de 1902 se emitió otro juramento para los li berales que qui- sieran renegar; el arrepentido condenaba < < sin…p. 110
16¿Otra historia de Colombia? De tiempos prehispánicos a hoy: lo fundamental en 12 capítulosFelipe Arias Escobar · 2023 · p. 681 cita
[17]la aparición de ferrerías e industrias anexas en Pacho, Amagá y Samacá, como también los avances mucho más estables en la producción de alimentos y bebidas, cuyo ejemplo más notable fueron las fábricas de cerveza aparecidas a fmales de siglo. COLOMBIA EN 1886, BAJO LA ILUSIÓN DEL ORDEN Una dura consecuencia del ciclo…p. 68
17Historia de Colombia. La República de Colombia IRicardo Martín (dir.), Gonzalo Hernández de Alba (dir. científico), y colaboradores: Arturo Alape, Óscar Alarcón Núñez, Germán Arciniegas, Mauricio Archila, Antonio Caballero, Antonio Cacua Prada, Germán Cavelier, entre otros · 1988 · p. 101 cita
[18]el Senado de Plenipotenciarios, tom6 posesion de la jefatura del gobierno de la Union Colombiana el general Ju- lian Trujillo, el presidente de la corporacién, doctor Rafael Nunez, inaguro el periodo de la denominada «regeneracién», implicita en este enunciado suyo: hemos llegado a un punto en que estamos con-…p. 10
18Grandes momentos de ColombiaGustavo Castro Caycedo · 2016 · p. 2751 cita
[20]de fuerte autoridad, sería elegido por un período de seis años. Núñez no quiso firmar la constitución, considerando que defraudaba justas aspiraciones nacionales y que en sus folios quedaban envueltas futuras guerras civiles. Según Miguel Samper “así concluía una época tormentosa que había comprendido la estabilidad…p. 275
1930 hechos que cambiaron la historia de ColombiaRafael Pardo Rueda · 2022 · p. 1081 cita
[21]años más, mediante las formalidades que prescriba la ley. Ofrécese la misma garantía a los propietarios de obras publicadas en países de lengua española, siempre que la Nación respectiva consigne en su legislación el principio de reciprocidad y sin que haya necesidad de celebrar al efecto convenios internacionales.…p. 108
20Historia contemporánea de Colombia (1920-2010)José Ricardo Arias Trujillo · 2011 · p. 441 cita
[24]dación de un régimen confesional. Las disposiciones constitucionales y concordatarias hicieron del catolicismo una pieza fundamental del andamiaje del Estado colombiano, lo que se vio reflejado de inme- diato en los planos educativo, moral, social y cultural. Además de su influencia en la sociedad y en el individuo,…p. 44
21Historia mínima de ColombiaJorge Orlando Melo · 2017 · p. 168, 3192 citas
[25]p í tulo sobre derechos del hombre y el ciudadano — desaparecieron las libertades de expresi ó n, imprenta, pensamiento y movimiento,, ¡ aunque se mantuvo la libertad de prensa “ en tiempo de paz ” y se concedi ó a los no cat ó licos el derecho a “ no ser molestados ” por ’ sus creencias — y lo reemplaz ó con f ó…p. 168
[50]los cat ó licos. En muchos pueblos hab í a conflictos y hostigamientos, a veces instigados por los curas y quiz á con m á s frecuencia por ci viles fan á ticos contra las peque ñ as comunidades protestantes, con casos de violencia contra sus pastores. Estas persecuciones dismi nuyeron bajo los gobiernos liberales, m á…p. 319
22El café en Colombia, 1850-1970: una historia económica, social y políticaMarco Palacios · 2009 · p. 1261 cita
[26]perspectiva nacional, extraordinariamente matizada en las localidades, dos regímenes políticos dominaron el periodo. Como veremos en las páginas y capítulos siguientes, tuvieron implicaciones en el modelo económico. Desde 1850 hasta 1885 hay un predominio liberal con breves interregnos entre 1854 y 1861. El régimen…p. 126
23Nueva Historia de Colombia, Vol. II: Historia Política 1946-1986Alvaro Tirado Mejía (Director Científico y Académico), Catalina Reyes Cárdenas, Arturo Alape, Gonzalo Sánchez, Gabriel Silva Luján, Medófilo Medina, Alvaro Valencia Tovar, Fernán González · p. 3521 cita
[28]aumentando equi- tativamente cuando mejore la situa- ción fiscal. Esta renta se destinará al auxilio de diócesis, cabildos, semina- rios, misiones y otras obras eclesiásti- cas. En resumen, la Iglesia hace conce- siones sobre sus derechos económicos a cambio del monopolio en el aparato educativo; esto significó un…p. 352
24La subversión en Colombia. El cambio social en la HistoriaOrlando Fals Borda · 2008 · p. 1501 cita
[29]- cordato con la Santa Sede es aprobado en 1888, que concede a la Iglesia pleno control sobre la educación nacional, total autonomía de gobierno, el fuero eclesiástico antes disputado y ventajas fiscales. Dispone también que se indemnice a la Iglesia del perjuicio por la desamortización de sus bienes, mediante pagos…p. 150
25Breve historia económica de ColombiaSalomón Kalmanovitz · 2017 · p. 1281 cita
[30]amenazaran con abandonar la República. 129 Bfiíní dicerfiis ítraópits uí Crlrpois Gráfica 18 Fuente: Kalmanovitz, 2012. La República tuvo también una regla de sucesión clara pero sesgada del partido en el poder, con serios proble- mas en los derechos de la oposición, como los vetos a la participación liberal en el…p. 128
26Historia de Colombia. La Nueva Granada y los Estados Unidos de Colombia IIJavier Ocampo López, Marco Palacios, Germán Arciniegas, Gonzalo Hernández de Alba y otros (obra colectiva) · p. 481 cita
[31]Papel Periddico Illustrado». Durante su mandato se firmé el concordato con el Vaticano, que ponia fin al largo litigio entre la Iglesia y el Estado, A la izquierda, entrada en Bogoté del arzobispo monsenor José Telesforo Patil. El arzobispo desempené un destacado papel en los anos iniciales del Movimiento de la…p. 48
27Nueva Historia de Colombia. Vol. IV: Educación y Ciencia, Luchas de la Mujer, Vida DiariaÁlvaro Tirado Mejía (Director Científico y Académico), Jorge Orlando Melo, Jesús Antonio Bejarano, Magdala Velásquez Toro, Renán Silva Olarte, Jaime Jaramillo Uribe, Aline Helg, Gabriel Poveda Ramos, Jorge Arias De Greiff, Bernardo Tovar Zambrano, Rubén Sierra Mejía, Enrique Low Murtra, Gonzalo Cataño, Jaime Arocha Rodríguez, Néstor José Miranda Canal, Patricia Londoño Vega, Santiago Londoño Vélez · p. 67, 1552 citas
[32]fun- cionar más que como complemento. El Estado estimula, protege y ayuda, pero ahí debe concluir el campo de su intervención. Ahora, más allá del complejo tejido interno de las justificaciones ideoló- gicas en que este precepto se apoya, hay que decir que su realización sig- nificó en el plano práctico la renuncia…p. 67
[33]políticos y menos técnicos pudieron hacerse respetar mejor por los gobiernos departamen- tales y desempeñar algo mejor su pa- pel de vigilancia y control de la ad- ministración educativa. Los territorios de misiones Los FER abarcaron los veintidós de- partamentos con que contaba Colom- bia y el distrito especial de…p. 155
28Territorial Rule in Colombia and the Transformation of the Llanos OrientalesJane M. Rausch · 2013 · p. 7, 17, 993 citas
[34]Thousand Days, but soon after the fighting ceased, President José Manuel Marroquín and the Vatican signed the Convention on Missions of 1902. This agreement granted to the religious orders absolute authority to govern, police, and educate the natives in their mission territories. It also gave them control over the…p. 7
[35]Boyacá the Llanos of San Martín and Casanare re- spectively and ordered the national government to administer those regions as it judged convenient. Four months later, Decree 392 of January 17, 1893, declared each a “national intendancy” in which the chief administrative officer, or intendant, was appointed by the…p. 17
[41]military and its alleged involvement in a massacre of Guahibos in 1970 reinforced popular belief that it was really a secret CIA operation. 76 By 1978 President López Michelsen was ready to revoke the government’s contract with SIL, but his successor, Julio Turbay Ayala allowed the institute to continue its work in…p. 99
29Colombia: Territorial Rule and the Llanos FrontierJane M. Rausch · 1999 · p. 19, 52, 1153 citas
[36]a, the places where they are created, and the functions that the respective employees perform." 21 Such glaring ambiguities would continue to inhibit effective government in the territories for the next fifty years. Church State Relations Despite efforts by radical Liberals, the Constitutional Reform of 1936 did not…p. 52
[39]1917, for example, when the apostolic prefect of Putumayo blocked efforts by the governor of Nari ñ o to annex some territory, the governor complained that most of the vicarios generales (vicars general) were actively participating in politics without being Colombian citizens. 53 Another incident took place on April…p. 19
[40]with serious Indian problems, abandoned and ignored by the great centers of the country," remained a province within the department of Boyacá. Third, disregarding the fact that geographic isolation, tropical climate, and the sparse populations of the territories required special legislation, Article 2 implied that the…p. 115
30Herederos del jaguar y la anacondaNina S. de Friedemann, Jaime Arocha · 2016 · p. 2651 cita
[38]manejo de las escue- las públicas localizadas dentro de su territorio. Por otra, se 266 Jfiínd Aicerfi s Nítfi S. ad Fiídadnfitt autorizó a las misiones la formación de haciendas en terre- nos baldíos cedidos a ellas por la nación. Se impartieron claras instrucciones para que los candidatos escogidos para ocupar los…p. 265
31La tierra no basta. Colonización, baldíos, conflicto y organizaciones sociales en el CaquetáCentro Nacional de Memoria Histórica, Erika Andrea Ramírez Jiménez · 2017 · p. 141 cita
[42]la memoria de los habitantes de la región y es fundamental para entender sus identidades y la fortaleza de sus organizaciones sociales. En la zona sur se dieron, por su parte, procesos de colonización eclesiástica llevados a cabo por misiones capuchinas, franciscanas y consolatas, a las que se les delegó la…p. 14
32Colombia adentro. Relatos territoriales sobre el conflicto armado. AmazoníaComisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición · 2022 · p. 451 cita
[43]entre 1932 y 1933. Al final de la guerra la Casa Arana se retiró al Perú. Sin embargo, la retirada de la Casa Arana –e incluso de otras caucheras que años más tarde cesarían actividades debido al auge del caucho producido en el Sudeste Asiático–, no significó el fin del suplicio para los pueblos indígenas, pues ya se…p. 45
33Historia de Colombia. Colombia Contemporánea IArturo Alape, Antonio Caballero, Gonzalo Hernández de Alba, Mauricio Archila, Germán Arciniegas, Enrique Sánchez y otros (obra colectiva) · 1988 · p. 91 cita
[44]encaminadas a fortalecer meca- nismos y un nuevo derecho interamericano. En la reforma constitucional de 1936 se con- sagraron, entre otras materias, la funcién social de Ja propiedad, se abrid el camino de la intervencién del Estado «en la explotacién de industrias o em- presas publicas y privadas, con el fin de…p. 9
34Enciclopedia de Colombia - Volumen 3Camilo Calderón Schrader (coordinador), Carmen Astrid Romero Baquero, Néstor Iván Osuna Patiño, José Eduardo Rueda Enciso, Blas Jaramillo Martínez, José Alejandro Rodríguez Ruiz, Henry Luque Muñoz · 2002 · p. 1151 cita
[45]institucionalidad se pretendió dar respuesta. En efecto, Colombia padecía desde hacía varios lustros de una larvada guerra civil que en los años ochenta y noventa tomó inusitado vigor. Diversos procesos de pacificación han logrado que algunos de los grupos armados se integren al sistema. No obstante, la guerra civil…p. 115
35Dejad que los niños vengan a míJuan Pablo Barrientos · 2019 · p. 411 cita
[47]mencionada por ningún lado. Significaba un cambio de estrategia del nuevo defensor del sacerdote, Gilberto Cárdenas Jaramillo, quien el 17 de mayo de 2004 allegó una copia de ese tratado internacional firmada, nada más y nada menos, por el nuncio apostólico en Colombia, monseñor Beniamino Stella, gran protector y…p. 41
36El orangután con sacoleva: cien años de democracia y represión en Colombia (1910-2010)Francisco Gutiérrez Sanín · 2014 · p. 981 cita
[49]partido dominante reconocido como tal) (Gutiérrez, en prensa). Estaban demasiado faccionalizados, sufrían de una cantidad muy grande de fracturas territoriales e ideológi cas, y carecían del acceso a recursos claves (como por ejemplo una alianza orgánica con la Iglesia católica) que habían constituido un aspecto…p. 98
37Cambiar el futuro. Historia de los procesos de paz en Colombia (1981-2016)Eduardo Pizarro Leongómez · 2017 · p. 1931 cita
[51]el país. A pesar de lo corto del tiempo, su coordinador, Ricardo Santamaría, sostiene que hubo mucho interés, el cual se vio reflejado, por ejemplo, en el Una de las mayores paradojas de la Constitución de 1991 fue que esta nació con base en la controvertida figura del “estado de sitio”. En efecto, el presidente…p. 193
38Una conversación pendienteJuan Manuel Santos, Ingrid Betancourt, Juan Carlos Torres · 2021 · p. 851 cita
[52]Era esperanzador ver a los tres copresidentes de la Asamblea, tan distintos, dándose la mano y liderando el proceso con convicción y convivencia. Nada menos que Álvaro Gómez, hijo del gran caudillo conservador Laureano Gómez, sentado al lado de Antonio Navarro, exguerrillero del M-19, la misma organización armada que…p. 85