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Memoria histórica institucional en Colombia (GMH-CNMH, 2007-2022)

Entre 2007 y 2022, el Estado colombiano encargó por ley su propio relato del horror a través del Grupo de Memoria Histórica y el Centro Nacional de Memoria Histórica. La pregunta es si ese experimento produjo una mutación legítima del campo historiográfico o un dispositivo de cierre simbólico que disciplinó las memorias subalternas bajo marcos estatales en disputa.

Alejandro Gutiérrez · 28 de julio de 2026 · 3.181 palabras · 81 fuentes
Memoria histórica institucional en Colombia (GMH-CNMH, 2007-2022)
Tesis
El GMH-CNMH produjo un saber históricamente nuevo —híbrido de protocolo académico, testimonio judicial y derecho internacional humanitario— que rompió con la historiografía previa y visibilizó a las víctimas de manera inédita, cifrando en unos 220.000 los muertos del conflicto entre 1958 y 2012 y documentando 2.505 masacres con 14.660 víctimas entre 1982 y 2007. Ese logro es, sin embargo, inseparable de sus condiciones de producción: nació del mismo marco legal (Ley 975 de 2005) denunciado como amnistía encubierta, operó bajo un gobierno que negaba el conflicto armado, dependió de categorías judiciales que filtraron las experiencias no traducibles al derecho, y quedó expuesto a la captura política de cada gobierno de turno. La institución fue simultáneamente ruptura epistemológica y trampa estructural, y ambas dimensiones son constitutivas, no separables.
En debate
La primera lectura celebratoria equipara el GMH-CNMH a la mutación que representó la Nueva Historia de los años setenta: metodología participativa real, víctimas como coautoras, corpus sistemático producido contra la doctrina oficial. La segunda lectura crítica sostiene que la memoria institucional operó como suplemento simbólico de una transición negociada por arriba, donde el Estado repara con narrativa lo que no repara con justicia —apenas 92 sentencias condenatorias tras dieciséis años de Justicia y Paz— y donde el lenguaje neutralizante del 'conflicto entre actores' disuelve las asimetrías reales de la victimización. Una tercera lectura desplaza el eje hacia la tensión entre verdad histórica y verdad judicial: la sala de versionados de Justicia y Paz determinó el catálogo de eventos narrables y dejó fuera memorias no traducibles a categorías legales. El debate se agudiza con la sucesión de directores —de Gonzalo Sánchez Gómez a Rubén Darío Acevedo Carmona bajo Iván Duque—, que demostró que una institución cuya autoridad depende de la coherencia de su relato queda expuesta, por diseño, a que cada gobierno reencuadre ese relato.
Temas
Justicia transicional y Ley de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005)Memoria histórica y régimen de visibilidad de las víctimasVerdad judicial versus verdad histórica en el conflicto armado colombianoCaptura política de instituciones memoriales bajo distintos gobiernosMetodología participativa y producción de saber con comunidades victimizadas

¿Qué tipo de verdad produce un Estado en guerra cuando se encarga por ley de narrar su propio horror?

Entre 2007 y 2022, el Estado colombiano encargó por ley su propio relato del horror. Primero fue el Grupo de Memoria Histórica (GMH), constituido dentro de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación por mandato de la Ley 975 de 2005; luego, desde 2011, el Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH), creado por la Ley 1448. Bajo la dirección de Gonzalo Sánchez Gómez —violentólogo veterano que había pasado por la Comisión de Estudios sobre la Violencia de 1987— la institución produjo, en plena guerra y contra la doctrina oficial que negaba la existencia del conflicto armado, el corpus más sistemático de verdad histórica jamás elaborado sobre la violencia colombiana: informes sobre Trujillo, El Salado, Bojayá, La Rochela, Bahía Portete, San Carlos, la Comuna 13 de Medellín; una investigación transversal sobre mujeres y guerra; el balance nacional ¡Basta Ya! (2013), que cifró en unos 220.000 los muertos del conflicto entre 1958 y 2012. Ese saber —híbrido de academia, testimonio judicial y derecho internacional humanitario— no continuó la historiografía previa: la mutó. Y esa mutación es a la vez su mayor logro y su problema estructural.

La pregunta que ese ciclo obliga a formular tiene una forma engañosamente sencilla: ¿qué tipo de verdad produce un Estado que se investiga a sí mismo por ley, con víctimas como coautoras, mientras sigue en guerra? Toda comisión de la verdad enfrenta la paradoja del Estado que se examina a sí mismo, pero en Colombia esa paradoja se agudizó por tres condiciones simultáneas y sin precedente comparable. Primera: el mandato surgió de la Ley 975 de 2005 —la Ley de Justicia y Paz—, un marco denunciado desde su radicación en el Senado en agosto de 2003 por la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, y por organizaciones nacionales, como amnistía encubierta a los paramilitares que se desmovilizaban. Segunda: la institución operó bajo el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, que había proscrito el término "conflicto armado" y sustituido "guerrilleros" por "terroristas" y "narcoterroristas", haciendo del negacionismo del conflicto una política de Estado. Tercera: la guerra no había terminado. Cuando el GMH publicó Trujillo. Una tragedia que no cesa en 2008, seguían operando en el territorio los grupos armados posdesmovilización que el propio gobierno denominaba bacrim y que las Águilas Negras, en mayo de 2009, reivindicaban como continuadores políticos del paramilitarismo.

Que en esas condiciones el Estado colombiano encargara por ley un relato oficial del horror —producido por académicos, con metodología participativa, contra la propia doctrina presidencial— constituye un experimento historiográfico e institucional cuyos alcances y trampas conviene pesar con cuidado. La cuestión no es si el GMH-CNMH aportó al conocimiento —lo hizo, y considerablemente— sino qué tipo de saber se produce cuando el mandato viene de la ley, el interlocutor es un Estado en guerra y las categorías disponibles son las de la justicia transicional. Responderla exige distinguir tres planos que suelen confundirse: la innovación epistemológica del régimen memorial, sus condiciones estatales de producción y sus efectos políticos.

Sobre esos tres planos han cristalizado tres lecturas. La primera —celebratoria— sostiene que el GMH-CNMH representó una mutación legítima del campo historiográfico colombiano, comparable en su alcance al tránsito de la "historia patria" positivista a la Nueva Historia de los años setenta. Sus argumentos son fuertes. El principio metodológico adoptado desde la consolidación del grupo en 2007 —que la verdad y la memoria son construcciones sociales, y que las víctimas y sus organizaciones son partícipes, no meras informantes— rompió con la relación extractiva clásica entre historiador y fuente. Los créditos de los informes de Bojayá, La Rochela, la ATCC o la Comuna 13 incorporaron a gestores locales de memoria, representantes de organizaciones comunitarias e investigadores locales junto al equipo académico. En un país donde la memoria histórica de los años ochenta se había construido en trincheras dispersas —comités de derechos humanos, archivos parroquiales, organizaciones de víctimas— la Ley 975 encapsuló y visibilizó estatalmente ese campo previo, articulándolo con recursos, mandato y proyección pública.

La segunda lectura —crítica— señala que ese logro es inseparable de su origen jurídico. Si la Ley 975 fue redactada por el equipo del Comisionado de Paz Luis Carlos Restrepo para conceder penas alternativas de entre cinco y ocho años a jefes paramilitares confesos de crímenes de lesa humanidad, y si ese marco fue denunciado internacionalmente como sanción legal de la impunidad, entonces la memoria producida a su sombra opera dentro de un dispositivo de cierre simbólico: el Estado repara con narrativa lo que no repara con justicia. La verdad histórica del GMH funcionaría, en esa lectura, como suplemento pedagógico de una transición negociada por arriba, con víctimas en posición receptora y con las asimetrías de la victimización disueltas en el lenguaje neutralizante del "conflicto entre actores".

Una tercera lectura —la más incómoda— desplaza el eje. La tensión decisiva no sería academia contra Estado, sino verdad histórica contra verdad judicial. La epistemología de Justicia y Paz —centrada en el esclarecimiento de circunstancias de modo, tiempo y lugar de crímenes individualizados, en versiones libres regladas donde el fiscal administra la palabra— determinó el catálogo de eventos que podían constituirse en narrativa histórica y dejó fuera experiencias de guerra que no se articulan con categorías legales: espiritualidades afroatrateñas que desbordan las nociones de duelo y reparación, memorias guerrilleras que permanecen ocultas en archivos clandestinos, violencias cotidianas sin víctima jurídicamente reconocible. En esa lectura, el GMH-CNMH fue simultáneamente puerta y filtro: abrió un espacio inédito y lo enmarcó.

Las tres lecturas dicen algo verdadero. La cuestión es cómo se combinan.

El logro epistemológico es concreto y no menor. Antes de 2007 no existía en Colombia un corpus sistemático sobre el conflicto producido con protocolo académico, mandato oficial y acceso a testimonios de perpetradores desmovilizados. El GMH lo construyó en cinco años. Trujillo inauguró la serie en 2008; le siguieron los informes sobre El Salado, Bojayá, La Rochela, Bahía Portete y San Carlos, la reconstrucción de la resistencia civil de la Asociación de Trabajadores Campesinos del Carare en El orden desarmado, la investigación transversal Mujeres y guerra y, finalmente, el balance nacional ¡Basta Ya!. La cifra provisional de 2.505 masacres con 14.660 víctimas entre 1982 y 2007 —levantada con las reservas del propio equipo, que advirtió el subregistro— convirtió al conflicto colombiano, en su propia caracterización, en "una guerra de masacres" tanto como de combates. Y estableció, con los datos del Observatorio de Memoria y Conflicto, que la mayor parte de las víctimas civiles letales del conflicto fueron responsabilidad de grupos paramilitares, en su enorme mayoría por asesinato selectivo, masacre y desaparición forzada. Producir ese dato, en el país que produce ese dato, no es trivial.

La metodología participativa fue asimismo real, no decorativa. El informe sobre La Rochela —los diecinueve funcionarios judiciales asesinados en enero de 1989 por paramilitares del Magdalena Medio con complicidad militar— se produjo por mandato de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: la Corte condenó al Estado colombiano y ordenó que el caso fuera investigado por el GMH como parte de la reparación simbólica a las víctimas sobrevivientes y a los familiares. La memoria histórica operó ahí como sanción interamericana convertida en investigación académica. En Bojayá, la reconstrucción incorporó a la comunidad afroatrateña como coproductora del relato; el informe puso en evidencia el desamparo de centenares de pequeños poblados alejados de los centros administrativos, donde la presencia del Estado solo se materializa después de la tragedia. En Bahía Portete —masacre wayúu de abril de 2004, ejecutada por bloques paramilitares apenas días después de que los mismos comandantes se concentraran en Ralito el 31 de marzo para negociar su desmovilización— la investigación incorporó a autoridades tradicionales y protocolos indígenas de duelo que ninguna categoría de Justicia y Paz contemplaba.

Al mismo tiempo, los límites son estructurales, no coyunturales. El primero es epistemológico. La sala de versionados de Justicia y Paz —donde participan abogado defensor, fiscal e investigadores, y donde el fiscal administra la palabra— produce un escenario comunicativo regulado por categorías legales de daño. Los versionados evaden preguntas, culpan a otros, guardan silencio ante interrogaciones sobre tortura o asesinato, usan un lenguaje frío que desplaza la culpa. El propio GMH documentó el contraste: las memorias de las víctimas se centran en la dignidad e inocencia de los afectados; las de los victimarios están llenas de silencios, minimizan los hechos y los presentan como episodios aislados justificados por un supuesto enemigo guerrillero. La verdad histórica y la verdad judicial, incluso cuando los operadores judiciales se esfuerzan por usar categorías de justicia transicional, no se identifican jamás plenamente. Pero la primera, en el dispositivo colombiano, se produjo con la segunda como marco.

El segundo límite es de resultados judiciales. Tras dieciséis años de aplicación, la Ley 975 había producido apenas 92 sentencias condenatorias y, en el mismo marco, se hallaron poco más de seis mil fosas entre 2005 y julio de 2021. La lentitud fue tal que en 2012 hubo que reformar la ley con la Ley 1592. Los testimonios de víctimas expresan frustración explícita: el proceso no entregó la verdad prometida ni resolvió los casos de desaparición forzada. Las encuestas de percepción muestran que las medidas fácticas —colaboración en localización de desaparecidos, cumplimiento de penas, revelación de la verdad— reciben más respaldo que los actos simbólicos como homenajes o solicitudes públicas de perdón. La ciudadanía victimizada distingue entre reparación real y ritual estatal, y confía menos en el segundo.

El tercer límite es político y de captura institucional. La CNRR-GMH nació bajo Uribe, en tensión con la doctrina oficial que negaba el conflicto y proscribía las categorías con las que el propio GMH trabajaba. El CNMH nació bajo Juan Manuel Santos en 2011, cuando el mismo gobierno preparaba las negociaciones que se abrirían formalmente con las FARC en 2012, y su producción se alineó con la construcción de un horizonte transicional. Bajo Iván Duque, la dirección pasó a Rubén Darío Acevedo Carmona, historiador cuya designación fue leída por sectores del campo como una operación de reencuadre negacionista del conflicto: la institución que había producido ¡Basta Ya! podía ahora administrar, desde su cúpula, una lectura hostil al propio corpus acumulado. La misma línea de créditos institucionales lista a Sánchez Gómez y a Acevedo Carmona como directores sucesivos de la misma entidad. Una institución cuya autoridad depende de la coherencia de su relato queda expuesta, por diseño, a que cada gobierno reescriba ese relato.

El cuarto límite es de financiación y encuadre internacional. El balance Regiones y conflicto armado (2018) fue publicado con apoyo de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional. Que el mismo país cuya "guerra contra el terror" fue invocada por Uribe para eludir preocupaciones internacionales de derechos humanos y continuar el flujo de ayuda militar financie parte de la producción memorial no invalida los informes, pero inscribe el proyecto en una geopolítica del saber transicional que difícilmente puede ignorarse.

El quinto límite es curatorial. El equipo del GMH incluyó a Sánchez Gómez, Eduardo Pizarro Leongómez, María Emma Wills, Absalón Machado, Pilar Riaño Alcalá, Álvaro Camacho Guizado, Iván Orozco Abad. Es una nómina de primera línea académica. También es una nómina bogotana, universitaria y en su mayoría de tradición violentológica: la misma tradición que tendió a fusionar pasado y presente violento en una cronología de guerra permanente que dificultaba distinguir ciclos históricos. Cuando esa tradición se encontró en posición de curar las memorias del país, produjo un régimen de visibilidad que privilegió el caso emblemático narrable, la masacre con víctimas identificables, el territorio susceptible de estudio de campo. Lo que no cabía en ese formato —memorias de la diáspora en España, Ecuador o Venezuela; espiritualidades no traducibles a categorías de reparación; complicidades cotidianas del vecindario— quedó en los márgenes de un archivo que se presentó, sin embargo, como nacional.

Volvamos entonces a la pregunta. El GMH-CNMH fue simultáneamente una ruptura y una trampa, y ambas dimensiones son constitutivas, no separables.

Fue una ruptura porque produjo, contra la doctrina oficial que gobernaba el país cuando la institución nació, un corpus de conocimiento que ninguna otra instancia —ni la universidad por sí sola, ni las organizaciones de víctimas por sí solas, ni la fiscalía por sí sola— habría podido producir. Ese corpus es de un tipo nuevo: mezcla protocolo académico, testimonio de víctimas y victimarios recogido bajo mandato legal, y categorías del derecho internacional de los derechos humanos. No es historia académica clásica —depende del dispositivo judicial— ni comisión de la verdad al estilo argentino, peruano o sudafricano —opera sin cierre del conflicto y sin poderes de amnistía o citación—. Es una figura híbrida que engendró un intelectual público también híbrido: académico, litigante indirecto y formulador de política pública, con Gonzalo Sánchez Gómez como caso emblemático de esa figura sostenida entre 2007 y 2018.

Fue una trampa porque su génesis en Justicia y Paz —una ley denunciada por Naciones Unidas y por el movimiento de derechos humanos como impunidad regulada— inscribió en el saber producido las categorías legales del propio dispositivo que se cuestionaba. La memoria oficial transformó el régimen de visibilidad de las víctimas —nunca antes en Colombia una víctima campesina de Trujillo, de Bahía Portete, de El Salado había tenido acceso a un aparato estatal dedicado a inscribir su experiencia en un archivo público— pero también la disciplinó, traduciendo la experiencia local a categorías estatales de daño susceptibles de reparación administrativa. En el proceso, algunas memorias fueron ganando espesor institucional; otras —las guerrilleras, las de zonas de frontera, las de la diáspora, las que involucraban espiritualidades no legibles— quedaron en un limbo.

La comparación con Perú, Sudáfrica y Argentina permite precisar la singularidad. La Comisión de la Verdad y Reconciliación peruana también incorporó testimonio comunitario y trabajo antropológico de terreno; la sudafricana tuvo poderes de amnistía condicionada; la argentina se apoyó en organismos de derechos humanos preexistentes con capital moral acumulado. El rasgo verdaderamente singular del caso colombiano no fue la metodología participativa —compartida en variantes con Perú— sino que la institución operó sin cierre del conflicto. Eso tiene una consecuencia epistemológica profunda: cada informe regional del GMH-CNMH fue un acto político con consecuencias inmediatas para comunidades aún en riesgo. Publicar sobre Bahía Portete cuando los perpetradores estaban vivos y sus estructuras operativas mutaban en grupos posdesmovilización no es el mismo acto que publicar sobre la ESMA veinte años después de la dictadura. La memoria se produjo bajo la presión de la guerra en curso, y esa presión no es un accidente que se pueda descontar del análisis: es la condición estructural del régimen memorial colombiano.

Sobre la eficacia pedagógica —la promesa transicional de que la verdad histórica transformaría el sentido común nacional— la evidencia es más modesta que el discurso institucional que la acompañó. La violencia colombiana tiene alto impacto local y regional y baja resonancia nacional; genera habituación y movilización limitada. ¡Basta Ya! vendió, circuló, se enseñó en algunas universidades. Pero la sociedad que en 2016 rechazó el plebiscito por los acuerdos con las FARC no era, evidentemente, una sociedad transformada por el corpus del GMH. Los informes operaron —al menos en parte— más como rituales de cierre simbólico estatal, dirigidos a un lector internacional, académico y de organizaciones de víctimas, que como dispositivos pedagógicos efectivos sobre el sentido común de la ciudadanía media.

Queda, así, una respuesta con tres tiempos: el GMH-CNMH produjo un tipo de saber histórico nuevo y valioso; ese saber está estructuralmente marcado por su origen en Justicia y Paz y por la guerra activa en la que se produjo; su legado pedagógico, curatorial y político es un problema abierto que la sociedad colombiana apenas empieza a discutir con distancia.

Hay al menos cinco flancos que la propia trayectoria de la institución deja pendientes. El primero es el estatuto de las memorias que el dispositivo no pudo procesar. La memoria de las guerrillas colombianas permanece parcialmente en archivos privados, legales o clandestinos, contradiciendo el deber de verdad propio de las transiciones. Las espiritualidades afroatrateñas del Medio Atrato desbordan las nociones de reparación, reconciliación y duelo del léxico transicional. Las memorias de la diáspora colombiana en España, Ecuador y Venezuela obligan a desnacionalizar la historia patria: si el sujeto victimizado está fuera del territorio, el dispositivo memoria-nación-territorio empieza a agrietarse. Ninguno de esos frentes fue cerrado por el CNMH; algunos apenas fueron abiertos.

El segundo son los efectos no deseados sobre las familias de los victimarios: el estigma heredado por hijos, viudas y hermanos de combatientes desmovilizados que aparecen nombrados o descritos en los informes. Es un problema tratado con parquedad en el debate regional latinoamericano y que la institución colombiana, por su alcance y detalle documental, produce con especial intensidad. Cómo compatibilizar el deber de verdad con la protección de esas familias es una pregunta abierta.

El tercero es el destino del Museo de la Memoria, cuya administración corresponde al CNMH por mandato legal y cuya ejecución bajo Duque fue objeto de disputas públicas. Un museo nacional de la memoria de un conflicto no terminado, dirigido por directores designados según la mayoría política del momento, es un artefacto institucional cuya viabilidad está por demostrarse.

El cuarto es la relación con la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Jurisdicción Especial para la Paz y la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas, creadas tras los acuerdos de La Habana. La CEV cerró en 2022 con su Informe Final. El CNMH, que había sido la institución pionera del ecosistema memorial colombiano, quedó redefinido —y en cierta medida disminuido— por esa nueva arquitectura. Cómo se articulan y qué división del trabajo se consolida entre las cuatro instancias es una pregunta institucional aún abierta.

El quinto es la posibilidad misma de una memoria histórica no estatal capaz de sostenerse en el largo plazo. El campo de memoria que actuó en Colombia desde los años ochenta —comités de derechos humanos, organizaciones de víctimas, la Comisión Intercongregacional de Justicia y Paz, iniciativas territoriales— existía antes del GMH y sobrevive al CNMH. Que ese campo subalterno haya cedido protagonismo público al dispositivo estatal durante quince años fue un efecto de la Ley 975; que lo recupere, en formas nuevas, después de un ciclo institucional en el que el saber memorial demostró ser tan poderoso como capturable, es probablemente la tarea del período que se abre.

Si algo enseña el ciclo 2005-2022 es que la pregunta inicial no admite respuesta pacífica. Colombia produjo, en plena guerra, un archivo que va a sobrevivir a la institución que lo generó; ensayó un método —la memoria como construcción social con participación comunitaria y protocolo académico— que constituye una contribución latinoamericana genuina al saber transicional; y aprendió, quizá a su pesar, que ningún relato del horror producido por el Estado —incluso cuando lo escriben los mejores investigadores del país, incluso cuando incorpora a las víctimas como coautoras, incluso cuando contradice la doctrina oficial del gobierno de turno— puede evadir las condiciones estatales de su producción. Reconocer esa contradicción sin colapsarla ni en la celebración institucional ni en el desmontaje cínico es, probablemente, la única forma seria de heredar el trabajo del GMH-CNMH.