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Hecho · Pre-independencia · 1780–1809

La traducción de los Derechos del Hombre y el proceso a Nariño (1793–1795)

El 13 de diciembre de 1793, Antonio Nariño imprimió sin licencia en su Imprenta Patriótica de Santafé la traducción castellana de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789; el proceso judicial que siguió —condena a diez años de presidio, extrañamiento perpetuo de América y confiscación de bienes— convirtió un delito formal de imprenta en el primer gran acto de criminalización política del criollismo ilustrado neogranadino y en el antecedente discursivo más citado de la independencia.

Alejandro Gutiérrez · 13 de julio de 2026 · 3.845 palabras · 27 fuentes
La traducción de los Derechos del Hombre y el proceso a Nariño (1793–1795)
Fecha
13 de diciembre de 1793; proceso concluido hacia 1795
Lugares
Santafé de BogotáCartagena de IndiasQuitoCaracasCádizNueva Granada
Protagonistas
Antonio NariñoDiego Espinosa de los MonterosJoaquín de Mosquera y FigueroaJosé Antonio RicaurteFrancisco Antonio ZeaManuel del Socorro RodríguezJosé Celestino MutisImprenta PatrióticaReal Audiencia de Santafé
Causas
  • Las reformas borbónicas habían formado una élite criolla ilustrada con acceso clandestino a obras francesas y enciclopedistas, creando una tensión estructural entre el fomento oficial del conocimiento y la prohibición de sus consecuencias políticas.
  • La llegada al virreinato del texto de la Declaración de 1789 —paradójicamente incluido en el libro contrarrevolucionario de Galart de Montjoie— puso en manos de Nariño el material que tradujo e imprimió sin licencia el 13 de diciembre de 1793.
  • El clima de alarma generado por la Revolución francesa y la consolidación republicana en Estados Unidos llevó a las autoridades coloniales a leer cualquier circulación de ideas como parte de una conspiración anti-hispánica en marcha, magnificando la respuesta represiva.
  • La vulnerabilidad previa de Nariño —señalado ya por un proceso distinto como tesorero de diezmos— y su condición de propietario de imprenta privada lo convirtieron en blanco privilegiado de una ejemplarización que el régimen necesitaba hacer visible.
Consecuencias
  • Nariño fue condenado a diez años de presidio, extrañamiento perpetuo de América y confiscación total de sus bienes, incluida la biblioteca clandestina descubierta al inventariar su propiedad; comenzó a cumplir la pena en los calabozos de Cádiz, de donde se fugó en 1797.
  • El virrey extendió la alarma a Quito, Caracas y otras ciudades del virreinato, convirtiendo un delito local de imprenta en un asunto de seguridad imperial de escala continental.
  • La red de implicados —Espinosa de los Monteros, Francisco Antonio Zea, Manuel Ignacio Fróes de Carvalho— fue identificada y remitida a España, donde fueron absueltos, lo que evidenció que la condena severa de Nariño fue un acto de ejemplaridad política concentrado sobre un individuo.
  • El proceso fijó el lenguaje de los derechos como lenguaje político compartido en la élite criolla neogranadina y construyó la figura del criollo-mártir que el siglo XIX colombiano heredaría como referente fundacional del relato independentista.
Por qué importa
El proceso a Nariño es el momento en que el régimen colonial español, al reaccionar con pánico desproporcionado ante un folleto de pocas hojas, transformó la Ilustración criolla en política y el lenguaje de los derechos en arma discursiva: la condena no silenció las ideas sino que las dotó de un mártir y de una causa. Es además el primer caso documentado en la Nueva Granada en que la imprenta privada, el contrabando intelectual y la criminalización judicial se articulan en un solo expediente, trazando el mapa de tensiones —entre reforma borbónica y represión, entre sociabilidad ilustrada y orden virreinal— que definiría la antesala de la independencia.

La traducción de los Derechos del Hombre y el proceso a Nariño (1793–1795)

En la noche del 12 al 13 de diciembre de 1793, en un taller de la calle de la Carrera de Santafé de Bogotá, Antonio Nariño hizo componer y tirar en su Imprenta Patriótica un pliego de pocas hojas: la traducción castellana de la Déclaration des droits de l'homme et du citoyen aprobada por la Asamblea Constituyente francesa en 1789. Diecisiete artículos, sin licencia, sin pie de imprenta ostentoso, sin más aparato que el propio texto. En ese gesto tipográfico —técnicamente un delito menor de imprenta— confluyeron treinta años de sociabilidad ilustrada criolla, una biblioteca clandestina, dos imprentas rivales en la capital virreinal y la sensibilidad crispada de un régimen borbónico que, tras 1789, ya no sabía cómo administrar la maquinaria intelectual que él mismo había fomentado. Lo que siguió —la delación, el arresto, el juicio dirigido por el oidor Joaquín de Mosquera y Figueroa, la condena a diez años de presidio, extrañamiento perpetuo de América y confiscación de bienes, la remisión de los presos a Cádiz en 1795— convirtió una traducción en acto fundacional. No porque el folleto circulara ampliamente: circuló poco. Sino porque el aparato judicial y virreinal, al reaccionar con pánico, alertar a Quito y Caracas y encadenar durante meses a su autor en Cartagena, transformó un panfleto en lenguaje político compartido y a Nariño en la primera figura del criollo-mártir que el siglo XIX colombiano heredaría casi intacta.

El mundo del que brota el pliego

Santafé, a finales del siglo XVIII, era una ciudad tarde para casi todo lo que importaba a los ilustrados. La imprenta había llegado en 1738, traída por los jesuitas, casi tres siglos después de Gutenberg y unos doscientos años después de la fundación de la ciudad; los primeros años de la máquina se gastaron en novenas y devocionarios. Para 1793 funcionaban dos talleres: la Imprenta Real, dependiente de las autoridades, y la Imprenta Patriótica, de propiedad de Nariño. Esa dualidad —una imprenta oficial y una imprenta particular en manos de un criollo con inquietudes— resume el estrecho margen material sobre el que se apoyaba la circulación impresa en el virreinato.

El periodismo tenía apenas un antecedente firme: el Papel Periódico de la Ciudad de Santafé de Bogotá, fundado el 9 de febrero de 1791 bajo la dirección del habanero Manuel del Socorro Rodríguez, que se sostuvo seis años hasta el 6 de enero de 1797. Antes hubo una Gaceta de Santafé (1785) que no llegó a tres números. El Papel Periódico fue el vehículo permitido —afín al virrey José de Ezpeleta, cauto, ilustrado en la variante reformista aceptable— del ambiente intelectual capitalino. Junto a él operaban las tertulias: la del Buen Gusto, donde jóvenes patricios como Camilo Torres y Francisco Ulloa comentaban los mejores libros llegados de Francia y componían versos, y otras reuniones alrededor del propio Nariño y de Manuel del Socorro Rodríguez. Eran los espacios donde se leía, en voz alta y en francés, lo que la Corona prefería no ver impreso en castellano.

Esa red no era una excepción marginal: era el fruto directo de las reformas borbónicas. La misma Corona que había impulsado la Expedición Botánica de José Celestino Mutis, que patrocinaba cátedras de ciencias naturales en el Colegio de San Bartolomé —donde enseñaba Francisco Antonio Zea—, que abría sociedades económicas y toleraba las tertulias, había formado a la intelligentsia criolla que ahora empezaba a leerla desde afuera. Entre 1760 y 1800, esa élite compartía con la Ilustración española el rechazo a la escolástica, el entusiasmo por la ciencia moderna y la fe en la educación como remedio social. La diferencia estaba en el ritmo con que llegaban los franceses: lento, de contrabando, en pequeños envíos que se distribuían mano a mano y se guardaban con cerradura.

Nariño ejemplifica ese tipo social con una nitidez casi excesiva. Alcalde ordinario y tesorero de diezmos desde 1789, propietario de imprenta, dueño de una biblioteca extensa —introducida clandestinamente y compuesta por clásicos griegos y latinos, historia, filosofía, teología, matemáticas, medicina, ciencias naturales, tratados de leyes y de derecho, y los enciclopedistas franceses del siglo XVIII—, hacia 1793 tenía a la vez los recursos, las redes y una vulnerabilidad reciente. Como tesorero de diezmos había caído en un supuesto desfalco que, examinado de cerca, era menos un fraude que un accidente del sistema: los recaudadores acostumbraban negociar con los fondos hasta la fecha convenida de entrega, y a Nariño se le exigió restituir antes del vencimiento por motivos políticamente cargados; sus créditos a favor superaban la deuda, pero la insolvencia inmediata era real. La causa por los diezmos y la posterior por la impresión de los Derechos del Hombre fueron procesos distintos, no una operación coordinada; pero el hombre que en diciembre de 1793 se acercó al chibalete de la Imprenta Patriótica llevaba ya el expediente de un criollo señalado.

El texto que iba a imprimir había llegado por una vía casi novelesca. No a través de un ejemplar francés de la Declaración misma, sino intercalado en un libro contrarrevolucionario: Les causes et commencement de la Révolution, del realista Christophe Félix de la Touloubre, conocido como Galart de Montjoie, que reproducía la Declaración de 1789 —los diecisiete artículos, no la versión más radical de 1793, de treinta y cinco, que años después traduciría alguien vinculado a la conspiración de Gual y España en Venezuela—. El volumen había pasado por manos de un oficial antes de llegar a las de Nariño. Es la paradoja completa del período: las ideas de Rousseau entraron al Nuevo Reino de Granada a través de un enemigo declarado de Rousseau, porque era la única forma en que el texto podía viajar sin levantar sospecha en la aduana.

Diciembre de 1793: la noche del pliego

La secuencia material del acto es corta y precisa. Nariño tradujo del francés —"de la lengua de Voltaire", según el expediente— los diecisiete artículos de 1789. Llevó su versión a la Imprenta Patriótica, de su propiedad, situada en Santafé. Allí trabajó Diego Espinosa de los Monteros, el editor a quien las diligencias posteriores identificarían como el otro responsable directo del pliego. El 13 de diciembre de 1793 quedó tirado un folleto que, en cuerpo tipográfico, era casi nada: unas hojas con el texto de la Declaración y poco aparato adicional.

La imprenta funcionaba sin licencia previa para ese pliego. Ese detalle, aparentemente formal, es lo que constituyó el delito imputable en términos estrictamente legales: "impresión, sin licencia, de un papel intitulado Los Derechos del Hombre". La legislación de imprenta en las Indias venía de una tradición larga que exigía "nuestra licencia y especial mando", o la de los arzobispos, para cualquier obra impresa; el control era regio y eclesiástico a la vez, y no reconocía zonas grises. Un folleto sin licencia era un objeto ilegal aunque su contenido hubiera sido inocuo. El contenido, en este caso, no lo era.

La circulación efectiva del folleto fue limitada. Nariño no organizó una distribución masiva: repartió algunos ejemplares en su círculo cercano, y otros pasaron a manos que él no controlaba. Lo suficiente para que la delación llegara pronto. Antes de que terminara el año, o en las primeras semanas de 1794, las autoridades tenían noticia del impreso y de su autor.

El proceso: acusados, jueces, cargos

El expediente se abrió con rapidez. La causa quedó a cargo del oidor Joaquín de Mosquera y Figueroa, payanés, hombre de la Audiencia de Santafé, jurista de formación peninsular en la práctica y criollo por nacimiento —una combinación frecuente entre los magistrados de la Real Audiencia que complicaría siempre la lectura simple del proceso como choque entre "españoles" y "criollos"—. La defensa de Nariño la asumió otro criollo, José Antonio Ricaurte, abogado formado en la misma élite letrada capitalina.

Los primeros apresados fueron Nariño y Espinosa de los Monteros. Casi de inmediato, el círculo se ensanchó. Francisco Antonio Zea, catedrático de ciencias naturales en San Bartolomé y miembro de la Expedición Botánica, quedó comprometido en la causa por sedición. También el doctor Manuel Ignacio Fróes de Carvalho, Visitador de Boticas —cargo que en la administración sanitaria del virreinato tenía un peso real: su ausencia forzada, durante 1794, permitió que curanderos sin título como Ignacio Orenes, Francisco Muñoz y Manuel Alfaro ejercieran la medicina en Santafé sin control—. La red de comprometidos no era casual: los mismos nombres circulaban por las tertulias, por el Papel Periódico, por la Expedición Botánica. La represión, al identificarlos como cómplices o simpatizantes, dibujó por primera vez con nitidez el mapa de una sociabilidad política que hasta entonces había sido más difusa.

El juicio, sin embargo, no fue el proceso limpio y espectacular que la memoria posterior imaginó. Fue lento, atravesado por los conflictos de competencia habituales del sistema colonial —entre alcaldes ordinarios, oidores y el virrey—, con un expediente destinado a subir por la escalera institucional hasta la Península. El sistema no ofrecía separación de poderes; ofrecía superposición de instancias, y en cada escalón se podía perder o ganar una causa.

En su alegato, Nariño no se defendió apelando a los principios revolucionarios franceses. Hizo algo más astuto y, a la larga, más significativo: citó a la tradición escolástica española tardía. Recurrió a un pasaje de una Enciclopedia de metafísica y jurisprudencia atribuible a Francisco Suárez y a un escritor tomista de la época para sostener que la autoridad del príncipe emana del pueblo y está limitada por las leyes naturales. Era la doctrina del pactismo hispánico, ortodoxa en el propio catolicismo peninsular, que servía para argumentar que traducir la Declaración no era subvertir el orden monárquico sino recordarle sus propios fundamentos. La operación intelectual —vestir el lenguaje revolucionario francés con ropaje escolástico español— sería, en las dos décadas siguientes, uno de los recursos retóricos centrales del criollismo americano en su tránsito hacia la independencia. Nariño no la inventó, pero la usó tempranamente y en un escenario donde todavía podía costarle la vida.

No le costó la vida. Le costó todo lo demás.

La condena: penas ejemplarizantes

La sentencia, en términos de derecho de imprenta, fue desproporcionada de manera flagrante. Diez años de presidio. Extrañamiento perpetuo de América. Confiscación total de bienes. Un delito formal de imprenta sin licencia se castigaba, en la práctica ordinaria peninsular, con multas y con la destrucción de los ejemplares; ni siquiera los delitos de imprenta con contenido religioso heterodoxo alcanzaban rutinariamente esas penas. Lo que se estaba castigando no era el pliego: era lo que el pliego significaba en el momento en que apareció.

La confiscación de bienes tuvo un efecto secundario revelador. Al inventariar la propiedad de Nariño, las autoridades descubrieron la biblioteca clandestina —los clásicos, los enciclopedistas, los tratados de derecho, los textos científicos— cuya sola existencia venía a confirmar retrospectivamente lo que la sentencia daba por probado: Nariño no era un impresor descuidado sino un hombre que llevaba años preparándose intelectualmente para pensar lo que no podía pensarse en voz alta. Que las autoridades supieran o no de la biblioteca antes del embargo es discutible; lo cierto es que a partir del inventario el proceso adquirió el aire de un descubrimiento, cuando en rigor era una decisión ya tomada que se blindaba con pruebas.

Los demás implicados corrieron una suerte distinta y, políticamente, más incómoda para el discurso posterior. Espinosa de los Monteros, Zea, Fróes de Carvalho y los demás fueron remitidos a España, donde fueron absueltos. La absolución peninsular de los cómplices frente a la condena severísima del principal delataba lo que el proceso realmente era: un acto de ejemplaridad concentrado sobre un individuo, un escarmiento cuya lógica dependía menos de la culpabilidad relativa que de la necesidad de fijar un caso.

Nariño comenzó a cumplir la pena en 1796 en los calabozos de Cádiz, punto final del arco que este relato cubre. Su fuga en 1797, sus años en Inglaterra y Francia, su regreso y su segunda detención —trasladado a Cartagena, mantenido durante meses encadenado— pertenecen ya a otra secuencia. Basta señalar que, incluso en esa segunda captura, las autoridades no intentaron revivir formalmente el proceso de 1794: no hacía falta. La sentencia original seguía viva.

Pánico virreinal: la geografía de la alarma

La reacción del gobierno virreinal frente al folleto no fue la de una autoridad segura procesando un delito menor. Fue la de una administración en pánico. La palabra no es un adorno: las autoridades entraron en pánico al recibir noticias del impreso, y en ese estado hicieron dos cosas que resultaron decisivas.

Primero, asociaron el folleto a una conspiración anti-hispánica en marcha. En diversas ciudades del virreinato habían aparecido pasquines sediciosos —hojas manuscritas, anónimas, pegadas de noche en muros y puertas— y las autoridades, que en tiempos normales habrían tratado esos pasquines como delitos aislados de lengua, en el clima de 1793–1794 los leyeron como piezas de una red única. El folleto de Nariño, para las autoridades, no era un incidente: era la prueba impresa de que la conspiración existía.

Segundo, extendieron la alarma. El virrey comunicó a los gobernadores de la Nueva Granada, pero también a Quito, a Caracas y a "otras ciudades de Su Majestad", la circulación del impreso y la aparición de los pasquines. Militarmente, la situación era frágil: el regimiento de Santafé había sido enviado casi entero a Quito para sofocar movimientos allá, de modo que la capital virreinal quedó desguarnecida. Se hicieron traer tropas desde Cartagena para reforzarla. Con los refuerzos en la ciudad, Ezpeleta procedió a detener a varios sospechosos, entre ellos Nariño, que fue enviado primero a una prisión local y luego trasladado a Cartagena, donde durante varios meses se le mantuvo encadenado.

El efecto de esa geografía de la alarma fue paradójico y, a la larga, contraproducente para la Corona. Al oficializar la noticia del impreso ante los gobernadores de tres virreinatos y varias capitanías, las autoridades hicieron algo que Nariño no habría podido hacer con su edición modesta: informaron a las élites letradas de medio continente de que existía un texto llamado Los Derechos del Hombre, traducido al castellano, que un criollo santafereño había impreso, y que el poder colonial consideraba peligrosísimo. El texto empezó a circular en las conversaciones aunque no en los pliegos. Se volvió importante por vía de la interdicción.

Este efecto tiene una lógica antigua. El pasquín, el papel prohibido, tiene siempre un triple poder desestabilizador: revela la fragilidad del orden que se atreve a nombrar como fragilidad, muestra que la rebeldía es pensable, y genera un miedo al rumor que es más perturbador que el contenido mismo. La reacción de Ezpeleta operó por completo dentro de esa lógica, aunque las autoridades no se lo formularan así. Prohibir amplifica; encadenar canoniza.

Consecuencias inmediatas: la sociabilidad se hace clandestina

En el interior del virreinato, las réplicas del proceso se sintieron durante 1794 y 1795 en un plano que no era el de los grandes hechos políticos sino el de la vida intelectual cotidiana. Las tertulias se replegaron. La correspondencia entre letrados se volvió más cautelosa. El Papel Periódico de Manuel del Socorro Rodríguez, que había navegado hasta entonces la delgada línea del reformismo tolerable, extremó su prudencia; se sostuvo hasta 1797 en parte por esa cautela. Toda actividad de oposición al gobierno, en la formulación de la época, comenzó a hacerse de forma clandestina. En ese contexto no sorprendió que, en los meses y años siguientes, se denunciaran varios complots, algunos reales y otros probablemente inflados por informantes ansiosos de mérito.

El impacto institucional fue más concreto de lo que suele recordarse. La remisión de Fróes de Carvalho a España dejó descabezada la Visita de Boticas y abrió un año de ejercicio ilegal de la medicina en Santafé por parte de tres curanderos sin título. Zea, alejado por meses de la cátedra de ciencias naturales de San Bartolomé, arrastró consigo una desestabilización menor pero real de la enseñanza científica en la capital. La Expedición Botánica, dirigida por Mutis, quedó tocada en su periferia: uno de sus miembros era un procesado por sedición.

En la élite criolla más amplia, el efecto fue de otro orden. Los enfrentamientos entre criollos y peninsulares por el nombramiento de españoles en cargos públicos venían acumulándose desde años atrás. Episodios anteriores como el encarcelamiento del marqués de San Jorge habían alimentado la percepción de que las autoridades eran cada vez más hostiles a los intereses letrados criollos. El proceso a Nariño confirmó esa percepción y la extendió: si un hombre de esa posición —alcalde, tesorero, dueño de imprenta, con parientes y aliados en toda la élite— podía terminar encadenado en Cartagena y de camino a Cádiz por traducir un texto que circulaba libremente en Filadelfia y en París, entonces el pacto tácito entre la Corona reformista y sus élites americanas había dejado de funcionar.

Esa conclusión no se sacó en 1795 con la claridad con que se sacaría en 1809. Pero se sacó en algún registro subterráneo. Los mismos hombres que en 1794 firmaban peticiones respetuosas al virrey, en 1810 firmarían actas de juntas. El proceso a Nariño no produjo por sí solo esa transición; contribuyó a definir su vocabulario.

Causas: por qué el choque era inevitable

En el nivel más profundo, había una contradicción estructural en el reformismo borbónico. La Corona había impulsado durante décadas la formación de una élite ilustrada americana —expediciones, colegios, tertulias, sociedades económicas, imprentas— con el propósito de modernizar la administración y aumentar la productividad de las colonias. Esa misma élite, formada en la crítica racional, en la ciencia moderna y en las categorías del derecho natural, no podía dejar de aplicar sus herramientas al orden que la había formado. Después de 1789, cuando Francia dio a esas herramientas una dirección política revolucionaria, la Corona se encontró con que su propia obra intelectual americana leía a Rousseau con la misma naturalidad con que leía a Feijóo. El choque no era una anomalía; era el resultado previsible de una política exitosa.

En un nivel coyuntural, la Revolución Francesa y la consolidación republicana en Estados Unidos habían cambiado los cálculos de las autoridades coloniales. En los años 1790 lo que antes se toleraba —una biblioteca discreta, una tertulia de lecturas francesas, un impreso ambiguo— se leía como amenaza. La sensibilidad ante los pasquines, ante los papeles anónimos, ante los rumores de conspiración, se elevó a un umbral en el que cualquier chispa podía ser interpretada como fuego. Nariño, en diciembre de 1793, cruzó ese umbral casi mecánicamente.

En un nivel individual, Nariño trajo su propia carga. La causa pendiente por los diezmos lo había expuesto políticamente y probablemente lo endureció. La existencia de una imprenta propia le daba una capacidad de acción que casi ningún otro miembro de la élite santafereña tenía; los demás dependían de la Imprenta Real o del silencio. Su biblioteca, acumulada durante años, era el reservorio del que salió la traducción. El acto del 13 de diciembre no fue improvisado: fue la conclusión lógica de una trayectoria que había venido acumulándose desde 1789.

Y hay una causa más difícil de nombrar, que atraviesa todo lo anterior: el episodio ocurrió porque una comunidad —no un individuo— había alcanzado la masa crítica necesaria para producirlo. Sin Zea en la cátedra, sin Fróes en la Visita de Boticas, sin Manuel del Socorro Rodríguez en el Papel Periódico, sin las tertulias, sin los libros de contrabando circulando de mano en mano, sin Espinosa de los Monteros en el taller, la traducción de Nariño no habría tenido lector, editor ni contexto. Cuando la represión cayó sobre esa comunidad, reveló lo que estaba ya allí. La causa fue tanto sistémica como personal, y separar una dimensión de la otra falsea el episodio.

Por qué sigue importando

El proceso de 1794–1795 quedó fijado en la memoria histórica colombiana bajo una fórmula fácil —"Nariño, el Precursor"— que oscurece más de lo que ilumina. La palabra sugiere que el episodio interesa porque anticipa 1810 y 1819. Es cierto que los anticipa, pero esa lectura teleológica pasa por alto lo que el episodio hizo por sí mismo, en su tiempo.

Hizo tres cosas, y las tres importan.

Introdujo en el vocabulario político del virreinato el lenguaje moderno de los derechos individuales, no como abstracción filosófica sino como texto impreso en castellano y objeto de proceso judicial. Antes de diciembre de 1793 se podía leer sobre derechos en francés, discutir en tertulia el pactismo suarista, comentar la Constitución de Filadelfia. Después, existía un pliego en castellano cuyo solo título nombraba lo que hasta entonces se decía con rodeos. El objeto material había cambiado el mapa.

Ligó por primera vez y de manera duradera la Ilustración criolla al riesgo penal. Antes de 1794, ser ilustrado en Santafé era compatible con ser funcionario respetable. Después, dejó de serlo con la misma tranquilidad. La represión estableció que había un umbral —invisible pero real— más allá del cual la lectura se volvía delito y el intelectual, reo. Esa lección se aprendió en toda la élite letrada, y explica en buena medida por qué la generación siguiente, la que hizo la Independencia, mezcló desde el principio la reflexión política con la conspiración. No había otra forma de continuar el trabajo.

Y fabricó una figura política que hasta entonces no existía en el virreinato: el criollo mártir de los derechos. Nariño encadenado en Cartagena, remitido a Cádiz, condenado a extrañamiento perpetuo de América y a confiscación total, se convirtió en la primera imagen americana de un tipo humano que el siglo XIX multiplicaría. No es que él haya cultivado el papel —lo cultivaría después, con habilidad—; es que el aparato judicial se lo entregó ya hecho. La sentencia desproporcionada, la remisión a España, la absolución de los cómplices y el castigo concentrado sobre el traductor eran los elementos precisos para producir un símbolo. Las autoridades borbónicas, empeñadas en suprimir un pliego, produjeron sin proponérselo el modelo del disidente ilustrado que caracterizaría al siglo siguiente.

Hay un detalle final que conviene retener. La traducción que Nariño imprimió era la de 1789, la Declaración moderada, la de los diecisiete artículos. No la versión jacobina de 1793 con sus treinta y cinco artículos y su radicalidad social. Nariño no era un revolucionario francés: era un ilustrado criollo que traducía a los liberales de la Asamblea Constituyente, no a los montañeses. Ese matiz —invisible para el fiscal, decisivo para la historia— explica por qué el episodio se articula tan bien con la trayectoria posterior del constitucionalismo hispanoamericano: el lenguaje que Nariño puso en castellano en diciembre de 1793 era el lenguaje de las declaraciones de derechos que las repúblicas americanas del siglo XIX iban a redactar, no el de las revoluciones sociales que ninguna de ellas se atrevió a hacer.

Por eso el proceso a Nariño no es solo la antesala de la Independencia. Es el momento en que se define su gramática. Lo que se juzgó en Santafé entre 1794 y 1795 no fue la traición a la monarquía: fue la aparición pública, en castellano y en imprenta, del vocabulario con que las élites americanas iban a construir sus repúblicas. La monarquía perdió el juicio antes de perder las colonias.